Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 31986Y0924(01)

    Resolución del Consejo, de 15 de septiembre de 1986, relativa a la mejora de la eficacia energética en las empresas industriales de los Estados miembros

    DO C 240 de 24.9.1986, p. 1–2 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

    Legal status of the document In force

    31986Y0924(01)

    Resolución del Consejo, de 15 de septiembre de 1986, relativa a la mejora de la eficacia energética en las empresas industriales de los Estados miembros

    Diario Oficial n° C 240 de 24/09/1986 p. 0001 - 0002


    RESOLUCIÓN DEL CONSEJOde 15 de septiembre de 1986relativa a la mejora de la eficacia energética en las empresas industriales de los Estados miembros(86/C 240/01)

    EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Vista la comunicación de la Comisión, de 16 de mayo de 1986, titulada «Por una política europea de eficacia energética en las empresas industriales», Vistas la Resoluciones del Consejo, de 9 de junio de 1980 (1) y de 15 de enero de 1985 (2) , dirigidas a intensificar en la Comunidad los esfuerzos para ahorrar energía, reducir el consumo y las importaciones de petróleo, y que recomiendan a los Estados miembros determinadas líneas directrices de un programa de base para el ahorro de energía, Vista la Recomendación de la Comisión, de 29 de julio de 1980, referente a la utilización racional de la energía en las empresas industriales (3) , Vista la Recomendación del Consejo, de 28 de julio de 1982, referente al fomento de las inversiones en el ámbito de la utilización racional de la energía (4) , Considerando que las empresas industriales de los Estados miembros han mejorado de manera sustancial su eficacia energética; que subsiste, con todo, un potencial importante de ahorro de energía en la industria, y ello gracias a la aplicación de tecnologías que han demostrado su rentabilidad económica; Considerando que la modernización del aparato productivo constituye a largo plazo la principal fuente de ahorro de energía, y que ello es apropiado para mejorar la competitividad de la industria europea y para favorecer la creación de puestos de trabajo en las empresas; Considerando que las acciones que los Estados miembros y la Comunidad deben poner en práctica son adecuadas para sostener y facilitar las mejoras necesarias en el rendimiento energético de las empresas, y ello, sobre todo, en los ámbitos de la investigación, de la demostración, de la financiación apropiada de las inversiones, así como de la información y de la formación; Considerando que las bajas brutales de los precios del petróleo que se producen actualmente no son de carácter duradero, que pueden provocar efectos negativos directos para un abastecimiento suficiente y seguro a largo plazo y que constituyen, pues, un nuevo desafío para la política de ahorro de energía de la Comunidad, 1) invita a los Estados miembros, en el actual contexto de baja en el precio de la energía, a que no cesen sino, por el contrario, a que aumenten sus esfuerzos para fomentar el uso eficaz de la energía, en particular, en las empresas industriales en las que ello sea económicamente justificable; 2) recuerda que dichas políticas deberían inspirarse en los principios de las políticas de precios de la energía y de las medidas enunciadas en la Resolución de 9 de junio de 1980 referente a las nuevas líneas de acción de la Comunidad en materia de ahorro de energía, así como en la Resolución de 15 de enero de 1985 relativa a las líneas directrices complementarias; 3) observa que una mejora en el grado de eficacia energética en las empresas industriales de los Estados miembros puede tener, asimismo, efectos positivos sobre el medio ambiente; 4) comprueba que la Comisión sigue atentamente la evolución de los precios de la energía y, en particular, del petróleo, así como sus consecuencias sobre el ahorro de energía en la Comunidad y, en particular, en las empresas industriales; 5) toma nota de la intención de la Comisión de orientar en el futuro sus actividades para el ahorro de energía en el sector industrial según los ejes siguientes: - seguir acordando un lugar importante a los proyectos presentados por la industria y las pequeñas y medianas empresas en el marco del programa comunitario de demostración en el ámbito de la energía y, en particular, en lo que se refiere al ahorro de energía así como a la recuperación de los desechos industriales; -fomentar los intercambios de informaciones y de experiencias entre los Estados miembros sobre los resultados obtenidos en el marco de sus programas y, en particular, el intercambio de puntos de vista a nivel europeo entre las asociaciones de ahorro de energía existentes en los Estados miembros; -intensificar la información de las empresas industriales de la Comunidad sobre los proyectos de demostración acabados, así como sobre las actividades, tales como seminarios, talleres de información y estudios específicos, para facilitar la propagación de las técnicas demostradas; -continuar los esfuerzos en materia de economía y de energía en el sector industrial en el marco del programa comunitario de Investigación y de Desarrollo no nuclear; -continuar rápidamente la ultimación de la base de datos SESAME relativa a los proyectos de demostraciones realizados en el marco de los programas nacionales y comunitarios, con la perspectiva de la creación eventual de un centro de documentación sobre las nuevas tecnologías energéticas; -profundizar, en el marco del programa comunitario de Bus de la energía, los análisis de los flujos energéticos de las pequeñas y medianas empresas de ciertos sectores, informar a las industrias afectadas de los resultados, y definir basándose en una evaluación de la fase piloto 1985-1987, las acciones complementarias adecuadas que deben emprenderse; -facilitar, en su caso, el establecimiento y la puesta a punto dentro de los Estados miembros de diagnósticos energéticos para las empresas industriales; -completar la serie de controles de seguimiento energético ya realizados para determinados sectores industriales; -buscar métodos apropiados de estímulo a la comercialización de los nuevos productos o técnicas que permitan un ahorro de energía; -dar mejor a conocer nuevos métodos de financiación de las inversiones que permitan un ahorro de energía como, por ejemplo, la financiación por terceros («Third-Party Financing») , fomentar la utilización de capitales con riesgos e informar a las empresas industriales y a las instituciones financieras afectadas - el Banco Europeo de Inversiones puede desempeñar un papel en este ámbito - así como a los Estados miembros; 6) invita a la Comisión a tenerle regularmente informado sobre el desarrollo de dichas actividades y los resultados obtenidos. (1) DO no C 149 de 18. 6. 1980, pp. 1 y 3.

    (2) DO no C 20 de 22. 1. 1985, p. 1.

    (3) DO no L 239 de 12. 9. 1980, p. 26.

    (4) DO no L 247 de 23. 8. 1982, p. 9.

    Top