EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 22024D0304

Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 209/2021, de 9 de julio de 2021, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2024/304]

DO L, 2024/304, 8.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/304/oj (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document Date of entry into force unknown (pending notification) or not yet in force.

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/304/oj

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2024/304

8.2.2024

DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 209/2021

de 9 de julio de 2021

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2024/304]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Directiva (UE) 2019/1922 de la Comisión, de 18 de noviembre de 2019, por la que se modifica, para adaptarlo al progreso técnico y científico, el punto 13 de la parte III del anexo II de la Directiva 2009/48/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la seguridad de los juguetes, en lo que respecta al aluminio (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(2)

La Directiva (UE) 2019/1929 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2019, por la que se modifica el apéndice C del anexo II de la Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, con el fin de adoptar valores límite específicos para los productos químicos utilizados en determinados juguetes, por lo que respecta al formaldehído (2), debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(3)

Procede, por tanto, modificar el anexo II del Acuerdo EEE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el punto 1a (Directiva 2009/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) del capítulo XXIII del anexo II del Acuerdo EEE, se añaden los guiones siguientes:

«-

32019 L 1922: Directiva (UE) 2019/1922 de la Comisión, de 18 de noviembre de 2019 (DO L 298 de 19.11.2019, p. 5).

-

32019 L 1929: Directiva (UE) 2019/1929 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2019 (DO L 299 de 20.11.2019, p. 51).».

Artículo 2

Los textos de las Directivas (UE) 2019/1922 y (UE) 2019/1929 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 10 de julio de 2021, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 9 de julio de 2021.

Por el Comité Mixto del EEE,

El Presidente

Rolf Einar FIFE


(1)   DO L 298 de 19.11.2019, p. 5.

(2)   DO L 299 de 20.11.2019, p. 51.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.


ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2024/304/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)


Top