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Document 22023D0798
Decision of the EEA Joint Committee No 269/2022 of 23 September 2022 amending Annex XX (Environment) to the EEA Agreement [2023/798]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 269/2022 de 23 de septiembre de 2022 por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE [2023/798]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 269/2022 de 23 de septiembre de 2022 por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE [2023/798]
DO L 106 de 20.4.2023, p. 74–74
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
Date of entry into force unknown (pending notification) or not yet in force.
20.4.2023 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 106/74 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 269/2022
de 23 de septiembre de 2022
por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE [2023/798]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Decisión de Ejecución (UE) 2021/1967 de la Comisión, de 11 de noviembre de 2021, por la que se crea un archivo de datos obligatorio y un mecanismo obligatorio de intercambio de información digital de conformidad con la Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
(2) |
Procede, por tanto, modificar el anexo XX del Acuerdo EEE en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Después del punto 32ga [Directiva (UE) 2015/996 de la Comisión] del anexo XX del Acuerdo EEE, se inserta el punto siguiente:
«32gb. |
32021 D 1967: Decisión de Ejecución (UE) 2021/1967 de la Comisión, de 11 de noviembre de 2021, por la que se crea un archivo de datos obligatorio y un mecanismo obligatorio de intercambio de información digital de conformidad con la Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 400 de 12.11.2021, p. 160).». |
Artículo 2
El texto de la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1967 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 24 de septiembre de 2022, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 23 de septiembre de 2022.
Por el Comité Mixto del EEE,
El Presidente
Kristján Andri STEFÁNSSON
(1) DO L 400 de 12.11.2021, p. 160.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.