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Document 22023D0759

Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 230/2022 de 23 de septiembre de 2022 por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE [2023/759]

PUB/2022/1130

DO L 106 de 20.4.2023, p. 7–8 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document Date of entry into force unknown (pending notification) or not yet in force.

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/759/oj

20.4.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 106/7


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 230/2022

de 23 de septiembre de 2022

por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE [2023/759]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Directiva de Ejecución (UE) 2021/2171 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021, por la que se modifica la Directiva 66/402/CEE del Consejo en lo que respecta a los pesos de un lote de semillas y de las muestras de Avena nuda (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE.

(2)

La presente Decisión se refiere a legislación relativa a cuestiones fitosanitarias. Dicha legislación no se aplica a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas incluya a dicho país, como se recoge en las adaptaciones sectoriales del anexo I del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein.

(3)

Procede, por tanto, modificar el anexo I del Acuerdo EEE en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el punto 3 (Directiva 66/402/CEE del Consejo) de la parte 1 del capítulo III del anexo I del Acuerdo EEE, se añade el guion siguiente:

«—

32021 L 2171: Directiva de Ejecución (UE) 2021/2171 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021 (DO L 438 de 8.12.2021, p. 84).».

Artículo 2

El texto de la Directiva de Ejecución (UE) 2021/2171 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 24 de septiembre de 2022, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 23 de septiembre de 2022.

Por el Comité Mixto del EEE,

El Presidente

Kristján Andri STEFÁNSSON


(1)  DO L 438 de 8.12.2021, p. 84.

(*)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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