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Document 22022D2137
Decision of the EEA Joint Committee No 145/2019 of 14 June 2019 amending Annex I (Veterinary and phytosanitary matters) to the EEA Agreement [2022/2137]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 145/2019 de 14 de junio de 2019 por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE [2022/2137]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 145/2019 de 14 de junio de 2019 por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE [2022/2137]
DO L 291 de 10.11.2022, p. 16–17
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
Date of entry into force unknown (pending notification) or not yet in force.
10.11.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 291/16 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE n.o 145/2019
de 14 de junio de 2019
por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE [2022/2137]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Decisión de Ejecución (UE) 2018/1519 de la Comisión, de 9 de octubre de 2018, que modifica la Decisión de Ejecución 2014/150/UE relativa a la organización de un experimento temporal en cuyo marco se establecen determinadas exenciones para la comercialización de poblaciones de las especies vegetales trigo, cebada, avena y maíz con arreglo a la Directiva 66/402/CEE del Consejo (1), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
(2) |
La presente Decisión se refiere a legislación relativa a cuestiones fitosanitarias. Dicha legislación no se aplica a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas incluya a dicho país, como se recoge en las adaptaciones sectoriales del anexo I del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein. |
(3) |
Procede, por tanto, modificar el anexo I del Acuerdo EEE en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el punto 59 (Decisión de Ejecución 2014/150/UE de la Comisión) de la parte 2 del capítulo III del anexo I del Acuerdo EEE, se añade el texto siguiente:
«, modificada por:
— |
32018 D 1519: Decisión de Ejecución (UE) 2018/1519 de la Comisión, de 9 de octubre de 2018 (DO L 256 de 12.10.2018, p. 65).». |
Artículo 2
El texto de la Decisión de Ejecución (UE) 2018/1519 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 15 de junio de 2019, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 14 de junio de 2019.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Claude MAERTEN
(1) DO L 256 de 12.10.2018, p. 65.
(*) No se han indicado preceptos constitucionales.