EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 22015D2149

Decisión del Comité Mixto del EEE no 282/2014 de 12 de diciembre de 2014 por la que se modifica el anexo XI (Comunicación electrónica, servicios audiovisuales y sociedad de la información) del Acuerdo EEE [2015/2149]

DO L 311 de 26.11.2015, p. 35–35 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2015/2149/oj

26.11.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 311/35


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

No 282/2014

de 12 de diciembre de 2014

por la que se modifica el anexo XI (Comunicación electrónica, servicios audiovisuales y sociedad de la información) del Acuerdo EEE [2015/2149]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución 2014/207/UE de la Comisión, de 11 de abril de 2014, sobre la designación del Registro del dominio de primer nivel «.eu» (1).

(2)

La Decisión de Ejecución 2014/207/UE deroga la Decisión 2003/375/CE de la Comisión (2), incorporada al Acuerdo EEE y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo.

(3)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia, el anexo XI del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El texto del punto 5oaa (Decisión 2003/375/CE de la Comisión) del anexo XI del Acuerdo EEE se sustituye por el texto siguiente:

«32014 D 0207: Decisión de Ejecución 2014/207/UE de la Comisión, de 11 de abril de 2014, sobre la designación del Registro del dominio de primer nivel “.eu” (DO L 109 de 12.4.2014, p. 41).».

Artículo 2

Los textos de la Decisión de Ejecución 2014/207/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 13 de diciembre de 2014, siempre que se hayan transmitidotodas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (3).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 12 de diciembre de 2014.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Kurt JÄGER


(1)  DO L 109 de 12.4.2014, p. 41.

(2)  DO L 128 de 24.5.2003, p. 29.

(3)  No se han indicado preceptos constitucionales.


Top