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Document 22012D0089

    Decisión del Comité Mixto del EEE n ° 89/2012, de 30 de abril de 2012 , por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

    DO L 248 de 13.9.2012, p. 26–26 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2012/89/oj

    13.9.2012   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 248/26


    DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

    No 89/2012

    de 30 de abril de 2012

    por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

    EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 15/2012, de 10 de febrero de 2012 (1).

    (2)

    Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2010/3/UE de la Comisión, de 1 de febrero de 2010, por la que se modifican los anexos III y VI de la Directiva 76/768/CEE del Consejo, relativa a los productos cosméticos, para adaptarlos al progreso técnico (2).

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    En el punto 1 (Directiva 76/768/CEE del Consejo) del capítulo XVI del anexo II del Acuerdo se añade el guion siguiente:

    «—

    32010 L 0003: Directiva 2010/3/UE de la Comisión, de 1 de febrero de 2010 (DO L 29 de 2.2.2010, p. 5).».

    Artículo 2

    Los textos de la Directiva 2010/3/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

    Artículo 3

    La presente Decisión entrará en vigor el 1 de mayo de 2012, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (3) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

    Artículo 4

    La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Bruselas, el 30 de abril de 2012.

    Por el Comité Mixto del EEE

    El Presidente en funciones

    Gianluca GRIPPA


    (1)  DO L 161 de 21.6.2012, p. 21.

    (2)  DO L 29 de 2.2.2010, p. 5.

    (3)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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