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Document 22012D0070
Decision of the EEA Joint Committee No 70/2012 of 30 March 2012 amending Annex XX (Environment) to the EEA Agreement
Decisión del Comité Mixto del EEE n ° 70/2012, de 30 de marzo de 2012 , por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE
Decisión del Comité Mixto del EEE n ° 70/2012, de 30 de marzo de 2012 , por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE
DO L 207 de 2.8.2012, p. 49–49
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(HR)
In force
2.8.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 207/49 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
No 70/2012
de 30 de marzo de 2012
por la que se modifica el anexo XX (Medio ambiente) del Acuerdo EEE
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El anexo XX del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 29/2012, de 10 de febrero de 2012 (1). |
(2) |
Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (UE) no 664/2011 de la Comisión, de 11 de julio de 2011, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los traslados de residuos, para incluir determinadas mezclas de residuos en su anexo IIIA (2). |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el anexo XX del Acuerdo, en el punto 32c [Reglamento (CE) no 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo], se añade el siguiente guion:
«— |
32011 R 0664: Reglamento (UE) no 664/2011 de la Comisión, de 11 de julio de 2011 (DO L 182 de 12.7.2011, p. 2).». |
Artículo 2
Los textos del Reglamento (UE) no 664/2011 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 31 de marzo de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (3).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 30 de marzo de 2012.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente en funciones
Gianluca GRIPPA
(1) DO L 161 de 21.6.2012, p. 36.
(2) DO L 182 de 12.7.2011, p. 2.
(3) No se han indicado preceptos constitucionales.