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Document 22012D0059

    Decisión del Comité Mixto del EEE n ° 59/2012, de 30 de marzo de 2012 , por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE

    DO L 207 de 2.8.2012, p. 39–39 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2012/59(2)/oj

    2.8.2012   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 207/39


    DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

    No 59/2012

    de 30 de marzo de 2012

    por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE

    EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 27/2012, de 10 de febrero de 2012 (1).

    (2)

    Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva 2009/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, por la que se modifica la Directiva 2002/59/CE relativa al establecimiento de un sistema comunitario de seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo (2).

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    En el anexo XIII del Acuerdo, después del punto 55a (Directiva 2002/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) se añade el siguiente guion:

    «—

    32009 L 0017: Directiva 2009/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2009 (DO L 131 de 28.5.2009, p. 101).».

    Artículo 2

    Los textos de la Directiva 2009/17/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento del EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

    Artículo 3

    La presente Decisión entrará en vigor el 1 de mayo de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (3).

    Artículo 4

    La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Bruselas, el 30 de marzo de 2012.

    Por el Comité Mixto del EEE

    El Presidente en funciones

    Gianluca GRIPPA


    (1)  DO L 161 de 21.6.2012, p. 33.

    (2)  DO L 131 de 28.5.2009, p. 101.

    (3)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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