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Document 22012D0046

Decisión del Comité Mixto del EEE n ° 46/2012, de 30 de marzo de 2012 , por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

DO L 207 de 2.8.2012, p. 26–26 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2012/46(2)/oj

2.8.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 207/26


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

No 46/2012

de 30 de marzo de 2012

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 10/2012, de 10 de febrero de 2012 (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo la Directiva de Ejecución 2011/38/UE de la Comisión, de 11 de abril de 2011, por la que se modifica el anexo V de la Directiva 2004/33/CE con respecto a los valores de pH máximos para concentrados de plaquetas al caducar (2).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el anexo II del Acuerdo, en el punto 15v (Directiva 2004/33/CE de la Comisión) del capítulo XIII del anexo II del Acuerdo, se añade el siguiente texto:

«, modificado por:

32011 L 0038: Directiva de Ejecución 2011/38/UE de la Comisión, de 11 de abril de 2011 (DO L 97 de 12.4.2011, p. 28).».

Artículo 2

Los textos de la Directiva de Ejecución 2011/38/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento del EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de mayo de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (3).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 30 de marzo de 2012.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente en funciones

Gianluca GRIPPA


(1)  DO L 161 de 21.6.2012, p. 16.

(2)  DO L 97 de 12.4.2011, p. 28.

(3)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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