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Document 22008D0011

Decisión del Comité Mixto del EEE n o  11/2008, de 1 de febrero de 2008 , por la que se modifica el anexo XI (servicios de telecomunicaciones) del Acuerdo EEE

DO L 154 de 12.6.2008, p. 23–24 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2008/11/oj

12.6.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 154/23


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

no 11/2008

de 1 de febrero de 2008

por la que se modifica el anexo XI (servicios de telecomunicaciones) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo XI del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 162/2007, de 7 de diciembre de 2007 (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2007/90/CE de la Comisión, de 12 de febrero de 2007, que modifica la Decisión 2005/513/CE por la que se armoniza la utilización del espectro radioeléctrico en la banda de frecuencias de 5 GHz con vistas a la aplicación de los sistemas de acceso inalámbrico, incluidas las redes radioeléctricas de área local (WAS/RLAN) (2).

(3)

Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2007/116/CE de la Comisión, de 15 de febrero de 2007, relativa a la reserva del rango de numeración nacional que comienza por «116» como números armonizados para los servicios armonizados de valor social (3).

(4)

Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2007/176/CE de la Comisión, de 11 de diciembre de 2006, por la que se establece una relación de normas y/o especificaciones para las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas y los recursos y servicios asociados, por la que se sustituyen todas las versiones anteriores (4).

DECIDE:

Artículo 1

El anexo XI del Acuerdo se modificará de la forma siguiente:

1)

En el punto 5cs (Decisión 2005/513/CE de la Comisión) se añade el siguiente texto:

«, modificado por:

32007 D 0090: Decisión 2007/90/CE de la Comisión, de 12 de febrero de 2007 (DO L 41 de 13.2.2007, p. 10).».

2)

Después del punto 5cw (Decisión 2007/131/CE de la Comisión) se añaden los siguientes puntos:

«5cx.

32007 D 0116: Decisión 2007/116/CE de la Comisión, de 15 de febrero de 2007, relativa a la reserva del rango de numeración nacional que comienza por 116 como números armonizados para los servicios armonizados de valor social (DO L 49 de 17.2.2007, p. 30).

5cy.

32007 D 0176: Decisión 2007/176/CE de la Comisión, de 11 de diciembre de 2006, por la que se establece una relación de normas y/o especificaciones para las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas y los recursos y servicios asociados, por la que se sustituyen todas las versiones anteriores (DO L 86 de 27.3.2007, p. 11).».

Artículo 2

Los textos de las Decisiones 2007/90/CE, 2007/116/CE y 2007/176/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 2 de febrero de 2008, siempre que se hayan comunicado al Comité Mixto del EEE (5) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 1 de febrero de 2008.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Alan SEATTER


(1)  DO L 124 de 8.5.2008, p. 28.

(2)  DO L 41 de 13.2.2007, p. 10.

(3)  DO L 49 de 17.2.2007, p. 30.

(4)  DO L 86 de 27.3.2007, p. 11.

(5)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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