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Document 22007D0162

    Decisión del Comité Mixto del EEE n°  162/2007, de 7 de diciembre de 2007 , por la que se modifica el anexo XI (Servicios de telecomunicaciones) del Acuerdo EEE

    DO L 124 de 8.5.2008, p. 28–29 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2007/162(2)/oj

    8.5.2008   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 124/28


    DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

    no 162/2007

    de 7 de diciembre de 2007

    por la que se modifica el anexo XI (Servicios de telecomunicaciones) del Acuerdo EEE

    EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El anexo XI del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 143/2007, de 26 de octubre de 2007 (1).

    (2)

    Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2007/98/CE de la Comisión, de 14 de febrero de 2007, relativa al uso armonizado del espectro radioeléctrico en las bandas de frecuencias de 2 GHz para la implantación de sistemas que presten servicios móviles por satélite (2).

    (3)

    Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2007/131/CE de la Comisión, de 21 de febrero de 2007, por la que se autoriza la utilización armonizada del espectro radioeléctrico para los equipos que utilizan tecnología de banda ultraancha en la Comunidad (3).

    DECIDE:

    Artículo 1

    En el anexo XI del Acuerdo, después del punto 5cu [Reglamento (CE) no 717/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo] se añaden los siguientes puntos:

    «5cv.

    32007 D 0098: Decisión 2007/98/CE de la Comisión, de 14 de febrero de 2007, relativa al uso armonizado del espectro radioeléctrico en las bandas de frecuencias de 2 GHz para la implantación de sistemas que presten servicios móviles por satélite (DO L 43 de 15.2.2007, p. 32).

    5cw.

    32007 D 0131: Decisión 2007/131/CE de la Comisión, de 21 de febrero de 2007, por la que se autoriza la utilización armonizada del espectro radioeléctrico para los equipos que utilizan tecnología de banda ultraancha en la Comunidad (DO L 55 de 23.2.2007, p. 33).».

    Artículo 2

    Los textos de las Decisiones 2007/98/CE y 2007/131/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

    Artículo 3

    La presente Decisión entrará en vigor el 8 de diciembre de 2007, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (4).

    Artículo 4

    La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Bruselas, el 7 de diciembre de 2007.

    Por el Comité Mixto del EEE

    El Presidente

    Stefán Haukur JÓHANNESSON


    (1)  DO L 100 de 10.4.2008, p. 84.

    (2)  DO L 43 de 15.2.2007, p. 32.

    (3)  DO L 55 de 23.2.2007, p. 33.

    (4)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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