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Document 22007D0054

Decisión del Comité Mixto del EEE n°  54/2007, de 8 de junio de 2007 , por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE

DO L 266 de 11.10.2007, p. 14–14 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2007/54(2)/oj

11.10.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 266/14


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N o 54/2007

de 8 de junio de 2007

por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 44/2007, de 27 de abril de 2007 (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 103/2007 de la Comisión, de 2 de febrero de 2007, relativo a la ampliación del período transitorio contemplado en el artículo 53, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1592/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo (2).

DECIDE:

Artículo 1

Después del punto 66n [Reglamento (CE) no 1592/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo] del anexo XIII del Acuerdo, se añade el punto siguiente:

«66na.

32007 R 0103: Reglamento (CE) no 103/2007 de la Comisión, de 2 de febrero de 2007, relativo a la ampliación del período transitorio contemplado en el artículo 53, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1592/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 28 de 3.2.2007, p. 8).».

Artículo 2

Los textos del Reglamento (CE) no 103/2002 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 9 de junio de 2007, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (3).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 8 de junio de 2007.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Alan SEATTER


(1)  DO L 209 de 9.8.2007, p. 80.

(2)  DO L 28 de 3.2.2007, p. 8.

(3)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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