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Document 22007D0015

    Decisión del Comité Mixto del EEE n°  15/2007, de 27 de abril de 2007 , por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

    DO L 209 de 9.8.2007, p. 26–27 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

    Legal status of the document Date of entry into force unknown (pending notification) or not yet in force.

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2007/15(2)/oj

    9.8.2007   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 209/26


    DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

    N o 15/2007

    de 27 de abril de 2007

    por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

    EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 117/2006, de 22 de septiembre de 2006 (1).

    (2)

    Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 907/2006 de la Comisión, de 20 de junio de 2006, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 648/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre detergentes, con el fin de adaptar sus anexos III y VII (2).

    DECIDE:

    Artículo 1

    En el capítulo XV, punto 12u [Reglamento (CE) no 648/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo], del anexo II del Acuerdo, se añade el siguiente texto:

    «, modificado por:

    32006 R 0907: Reglamento (CE) no 907/2006 de la Comisión, de 20 de junio de 2006 (DO L 168 de 21.6.2006, p. 5).».

    Artículo 2

    Los textos del Reglamento (CE) no 907/2006 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

    Artículo 3

    La presente Decisión entrará en vigor el 28 de abril de 2007, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (3) todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

    Artículo 4

    La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Bruselas, el 27 de abril de 2007.

    Por el Comité Mixto del EEE

    El Presidente

    Alan SEATTER


    (1)  DO L 333 de 30.11.2006, p. 40.

    (2)  DO L 168 de 21.6.2006, p. 5.

    (3)  Se han indicado preceptos constitucionales.


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