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Dokument 22006D0129

Decisión del Comité Mixto del EEE n o  129/2006, de 27 de octubre de 2006 , por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

DO L 366 de 21.12.2006, lk 66—67 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (BG, RO, HR)

Dokumendi õiguslik staatus Kehtivad

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2006/129(2)/oj

21.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 366/66


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N o 129/2006

de 27 de octubre de 2006

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo») y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión no 82/2006 del Comité Mixto del EEE de 7 de julio de 2006 (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2006/257/CE de la Comisión, de 9 de febrero de 2006, que modifica la Decisión 96/335/CE por la que se establece un inventario y una nomenclatura común de ingredientes empleados en los productos cosméticos (2),

DECIDE:

Artículo 1

En el punto 10 (Decisión 96/335/CE de la Comisión) del capítulo XVI del anexo II del Acuerdo se añade el siguiente texto:

«modificada por:

32006 D 0257: Decisión 2006/257/CE de la Comisión de 9 de febrero de 2006 (DO L 97 de 5.4.2006, p. 1).»

Artículo 2

Los textos de la Decisión 2006/257/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento del EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 28 de octubre de 2006, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (3).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 27 de octubre de 2006.

Por el Comité Mixto del EEE,

El Presidente

Oda Helen SLETNES


(1)  DO L 289 de 19.10.2006, p. 14.

(2)  DO L 97 de 5.4.2006, p. 1.

(3)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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