Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 22006D0035

    Decisión del Comité Mixto del EEE n o  35/2006, de 10 de marzo de 2006 , por la que se modifica el anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE

    DO L 147 de 1.6.2006, p. 53–54 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (BG, RO, HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2006/35(2)/oj

    1.6.2006   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 147/53


    DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

    N o 35/2006

    de 10 de marzo de 2006

    por la que se modifica el anexo XIII (Transporte) del Acuerdo EEE

    EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y en particular su artículo 98,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión no 11/2006 del Comité Mixto del EEE de 27 de enero de 2006 (1).

    (2)

    La Directiva 2005/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, sobre el reconocimiento mutuo de los títulos expedidos por los Estados miembros a la gente de mar y por la que se modifica la Directiva 2001/25/CE (2), debe incorporarse al Acuerdo.

    DECIDE:

    Artículo 1

    El anexo XIII del Acuerdo se modificará como sigue:

    1)

    Después del punto 56r [Reglamento (CE) no 884/2005 de la Comisión] se insertará el siguiente punto:

    «56s.

    32005 L 0045: Directiva 2005/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, sobre el reconocimiento mutuo de los títulos expedidos por los Estados miembros a la gente de mar y por la que se modifica la Directiva 2001/25/CE (DO L 255 de 30.9.2005, p. 160).».

    2)

    En el punto 56j (Directiva 2001/25/CE del Parlamento Europeo y del Consejo), se añadirá el siguiente guión:

    «—

    32005 L 0045: Directiva 2005/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005 (DO L 255 de 30.9.2005, p. 160).».

    Artículo 2

    Los textos de la Directiva 2005/45/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento del EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

    Artículo 3

    La presente Decisión entrará en vigor el 11 de marzo de 2006, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (3).

    Artículo 4

    La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Bruselas, el 10 de marzo de 2006.

    Por el Comité Mixto del EEE

    El Presidente

    R. WRIGHT


    (1)  DO L 92 de 30.3.2006, p. 34.

    (2)  DO L 255 de 30.9.2005, p. 160.

    (3)  No se han indicado preceptos constitucionales.


    Top