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Document 22005D0128

    Decisión del Comité Mixto del EEE n o  128/2005, de 30 de septiembre de 2005 , por la que se modifica el anexo XXI (Estadísticas) del Acuerdo EEE

    DO L 339 de 22.12.2005, p. 53–54 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

    Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (BG, RO, HR)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2005/128(2)/oj

    22.12.2005   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 339/53


    DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

    N o 128/2005

    de 30 de septiembre de 2005

    por la que se modifica el anexo XXI (Estadísticas) del Acuerdo EEE

    EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo», y, en particular, su artículo 98,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El anexo XXI del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 86/2005, de 10 de junio de 2005 (1).

    (2)

    Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento (CE) no 306/2005 de la Comisión, de 24 de febrero de 2005, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CE) no 138/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las cuentas económicas de la agricultura de la Comunidad (2).

    DECIDE:

    Artículo 1

    En el punto 24c [Reglamento (CE) no 138/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo] del anexo XXI del Acuerdo se añade el texto siguiente:

    «, modificado por:

    32005 R 0306: Reglamento (CE) no 306/2005 de la Comisión, de 24 de febrero de 2005 (DO L 52 de 25.2.2005, p. 9).».

    Artículo 2

    Los textos del Reglamento (CE) no 306/2005 en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.

    Artículo 3

    La presente Decisión entrará en vigor el 1 de octubre de 2005, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (3).

    Artículo 4

    La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Bruselas, el 30 de septiembre de 2005.

    Por el Comité Mixto del EEE

    El Presidente

    SAS el Príncipe Nikolaus von LIECHTENSTEIN


    (1)  DO L 268 de 13.10.2005, p. 21.

    (2)  DO L 52 de 25.2.2005, p. 9.

    (3)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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