This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 12002M041
Treaty on European Union (Nice consolidated version)#Title VI: Provisions on police and judicial cooperation in criminal matters#Article 41
Tratado de la Unión Europea (versión consolidada Niza)
Título VI: Disposiciones relativas a la Cooperación Policial y Judicial en Materia Penal
Artículo 41
Tratado de la Unión Europea (versión consolidada Niza)
Título VI: Disposiciones relativas a la Cooperación Policial y Judicial en Materia Penal
Artículo 41
DO C 325 de 24.12.2002, p. 27–27
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
In force
Tratado de la Unión Europea (versión consolidada Niza) - Título VI: Disposiciones relativas a la Cooperación Policial y Judicial en Materia Penal - Artículo 41
Diario Oficial n° C 325 de 24/12/2002 p. 0027 - 0027
Diario Oficial n° C 340 de 10/11/1997 p. 0168 - Versión consolidada
Tratado de la Unión Europea (versión consolidada Niza) Título VI: Disposiciones relativas a la Cooperación Policial y Judicial en Materia Penal Artículo 41 Artículo 41 1. Los artículos 189, 190, 195, 196 a 199, 203, 204, el apartado 3 del artículo 205 y los artículos 206 a 209, 213 a 219, 255 y 290 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea serán de aplicación a las disposiciones relativas a las materias a que se refiere el presente título. 2. Los gastos administrativos que las disposiciones relativas a las materias a que se refiere el presente título ocasionen a las instituciones correrán a cargo del presupuesto de las Comunidades Europeas. 3. Los gastos operativos derivados de la aplicación de dichas disposiciones también correrán a cargo del presupuesto de las Comunidades Europeas, excepto cuando el Consejo decida otra cosa por unanimidad. Cuando los gastos no corran a cargo del presupuesto de las Comunidades Europeas, correrán a cargo de los Estados miembros con arreglo a una clave de reparto basada en el producto nacional bruto, a menos que el Consejo decida otra cosa por unanimidad. 4. El procedimiento presupuestario establecido en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea se aplicará a los gastos que corran a cargo del presupuesto de las Comunidades Europeas.