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Document 11997E041

Tratado constitutivo de la Communidad Europea (versión consolidada Amsterdam)
Tercera parte: Políticas de la Communidad
Título III: Libre circulacíon de personas, servicios y capitales
Capítulo 1: Trabajadores
Artículo 41
Artículo 50 - Tratado CE (versión consolidada Maastricht)
Artículo 50 - Tratado CEE

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/treaty/tec_1997/art_41/oj

11997E041

Tratado constitutivo de la Communidad Europea (versión consolidada Amsterdam) - Tercera parte: Políticas de la Communidad - Título III: Libre circulacíon de personas, servicios y capitales - Capítulo 1: Trabajadores - Artículo 41 - Artículo 50 - Tratado CE (versión consolidada Maastricht) - Artículo 50 - Tratado CEE

Diario Oficial n° C 340 de 10/11/1997 p. 0194 - Versión consolidada
Diario Oficial n° C 224 de 31/08/1992 p. 0021 - Versión consolidada
(Tratado CEE - publicación oficial no disponible)


Tratado constitutivo de la Communidad Europea (versión consolidada Amsterdam)

Artículo 41

Los Estados miembros facilitarán, en el marco de un programa común, el intercambio de trabajadores jóvenes.

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