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Document 11997E041
Treaty establishing the European Community (Amsterdam consolidated version)#Part Three: Community policies#Title III: Free movement of persons, services and capital#Chapter 1: Workers#Article 41#Article 50 - EC Treaty (Maastricht consolidated version)#Article 50 - EEC Treaty
Tratado constitutivo de la Communidad Europea (versión consolidada Amsterdam)
Tercera parte: Políticas de la Communidad
Título III: Libre circulacíon de personas, servicios y capitales
Capítulo 1: Trabajadores
Artículo 41
Artículo 50 - Tratado CE (versión consolidada Maastricht)
Artículo 50 - Tratado CEE
Tratado constitutivo de la Communidad Europea (versión consolidada Amsterdam)
Tercera parte: Políticas de la Communidad
Título III: Libre circulacíon de personas, servicios y capitales
Capítulo 1: Trabajadores
Artículo 41
Artículo 50 - Tratado CE (versión consolidada Maastricht)
Artículo 50 - Tratado CEE
In force
Tratado constitutivo de la Communidad Europea (versión consolidada Amsterdam) - Tercera parte: Políticas de la Communidad - Título III: Libre circulacíon de personas, servicios y capitales - Capítulo 1: Trabajadores - Artículo 41 - Artículo 50 - Tratado CE (versión consolidada Maastricht) - Artículo 50 - Tratado CEE
Diario Oficial n° C 340 de 10/11/1997 p. 0194 - Versión consolidada
Diario Oficial n° C 224 de 31/08/1992 p. 0021 - Versión consolidada
(Tratado CEE - publicación oficial no disponible)
Tratado constitutivo de la Communidad Europea (versión consolidada Amsterdam) Artículo 41 Los Estados miembros facilitarán, en el marco de un programa común, el intercambio de trabajadores jóvenes.