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Document 11951K078OCTAVO

Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbon y del Acero ( CECA ), Titulo Cuarto: Disposiciones Generales, Articulo 78 octavo

DO L 359 de 31.12.1977, p. 8 (DA, DE, EN, FR, IT, NL)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 23/07/2002

11951K078OCTAVO

Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbon y del Acero ( CECA ), Titulo Cuarto: Disposiciones Generales, Articulo 78 octavo

Diario Oficial n° L 359 de 31/12/1977 p. 0008


Artículo 78 octavo. (*) (*) Texto añadido por el artículo 9 del Tratado que modifica determinadas disposiciones financieras.

El Parlamento Europeo, por recomendación del Consejo, que decidirá por mayoría cualificada, aprobará la gestión de la Alta Autoridad en la ejecución del presupuesto administrativo. A tal fin, examinará, después del Consejo, las cuentas y el estado financiero mencionados en el artículo 78 quinto, así como el informe anual del Tribunal de Cuentas, acompañado de las respuestas de las instituciones controladas a las observaciones de dicho Tribunal.

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