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Document 11951K036

    Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbon y del Acero ( CECA ), Titulo Segundo: Instituciones de la Comunidad, Capitulo IV: El Tribunal, Articulo 36

    Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 23/07/2002

    ELI: http://data.europa.eu/eli/treaty/ceca/art_36/sign

    11951K036

    Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbon y del Acero ( CECA ), Titulo Segundo: Instituciones de la Comunidad, Capitulo IV: El Tribunal, Articulo 36


    Artículo 36.

    La Alta Autoridad, antes de imponer una de las sanciones pecuniarias o de fijar una de las multas coercitivas previstas en el presente Tratado, deberá ofrecer al interesado la posibilidad de formular sus observaciones.

    Las sanciones pecuniarias y las multas coercitivas impuestas en virtud de las disposiciones del presente Tratado podrán ser objeto de un recurso de plena jurisdicción.

    Los recurrentes podrán alegar, en apoyo de este recurso, en las condiciones previstas en el párrafo primero del artículo 33 del presente Tratado, la irregularidad de las decisiones y recomendaciones cuya inobservancia se les reprocha.

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