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Document 02020R1081-20230527

    Consolidated text: Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1081 de la Comisión, de 22 de julio de 2020, por el que se establecen derechos compensatorios definitivos sobre las importaciones de vidrio solar originario de la República Popular China a raíz de una reconsideración por expiración con arreglo al artículo 18 del Reglamento (UE) 2016/1037 del Parlamento Europeo y del Consejo

    ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2020/1081/2023-05-27

    02020R1081 — ES — 27.05.2023 — 001.001


    Este texto es exclusivamente un instrumento de documentación y no surte efecto jurídico. Las instituciones de la UE no asumen responsabilidad alguna por su contenido. Las versiones auténticas de los actos pertinentes, incluidos sus preámbulos, son las publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, que pueden consultarse a través de EUR-Lex. Los textos oficiales son accesibles directamente mediante los enlaces integrados en este documento

    ►B

    REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/1081 DE LA COMISIÓN

    de 22 de julio de 2020

    por el que se establecen derechos compensatorios definitivos sobre las importaciones de vidrio solar originario de la República Popular China a raíz de una reconsideración por expiración con arreglo al artículo 18 del Reglamento (UE) 2016/1037 del Parlamento Europeo y del Consejo

    (DO L 238 de 23.7.2020, p. 43)

    Modificado por:

     

     

    Diario Oficial

      n°

    página

    fecha

    ►M1

    REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2023/1033 DE LA COMISIÓN de 25 de mayo de 2023

      L 139

    44

    26.5.2023




    ▼B

    REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/1081 DE LA COMISIÓN

    de 22 de julio de 2020

    por el que se establecen derechos compensatorios definitivos sobre las importaciones de vidrio solar originario de la República Popular China a raíz de una reconsideración por expiración con arreglo al artículo 18 del Reglamento (UE) 2016/1037 del Parlamento Europeo y del Consejo



    Artículo 1

    1.  
    ►M1  Se impone un derecho compensatorio definitivo sobre las importaciones de vidrio solar, consistente en vidrio plano sódico-cálcico templado, con un contenido de hierro inferior a 300 ppm, una transmisión solar superior al 88 % (medida de acuerdo con AM1,5 300-2 500  nm), una resistencia al calor de hasta 250 °C (medida de acuerdo con la norma EN 12150), una resistencia a los choques térmicos de Δ 150 K (medida de acuerdo con la norma EN 12150) y una resistencia mecánica igual o superior a 90 N/mm2 (medida de acuerdo con la norma EN 1288-3), actualmente clasificado en el código NC ex 7007 19 80 (códigos TARIC 7007198012 , 7007198018 , 7007198080 y 7007198085 ) y originario de la República Popular China. El vidrio solar sujeto al derecho compensatorio incluye todo el vidrio que cumpla las características técnicas y físicas mencionadas, ya se utilice para módulos fotovoltaicos, colectores de energía fototérmica planos, muebles, la construcción de invernaderos o para otros usos. ◄
    2.  

    Los tipos del derecho compensatorio aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, del producto descrito en el apartado 1 y fabricado por las empresas indicadas a continuación serán los siguientes:



    Empresa

    Derecho compensatorio

    Código TARIC adicional

    Xinyi PV Products (Anhui) Holdings, Ltd

    3,2 %

    B943

    Zhejiang Hehe Photovoltaic Glass Technology Co., Ltd

    17,1 %

    B944

    Zhejiang Jiafu Glass Co., Ltd; Flat Solar Glass Group Co., Ltd; Shanghai Flat Glass Co., Ltd

    12,8 %

    B945

    Henan Yuhua New Material Co., Ltd

    16,7 %

    B946

    Otras empresas cooperantes enumeradas en el anexo I

    12,4 %

     

    Todas las demás empresas

    17,1 %

    B999

    3.  
    La aplicación de los tipos de derechos compensatorios individuales especificados para las empresas mencionadas en el apartado 2 estará condicionada a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida, que se ajustará a los requisitos establecidos en el anexo II. En caso de que no se presentara dicha factura, se aplicará el tipo de derecho aplicable a «todas las demás empresas».
    4.  
    Salvo disposición en contrario, serán de aplicación las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana.

    Artículo 2

    El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.




    ANEXO 1



    Nombre

    Código TARIC adicional

    Avic Sanxin Sol-Glass Co. Ltd y Avic (Hainan) Special Glass Material Co., Ltd

    B949

    Wuxi Haida Safety Glass Co., Ltd

    B950

    Dongguan CSG Solar Glass Co., Ltd

    B951

    Pilkington Solar Taicang, Ltd

    B952

    Novatech Glass Co., Ltd

    B954




    ANEXO 2

    La factura comercial válida a la que se hace referencia en el artículo 1, apartado 3, deberá contener la información siguiente:

    1. 

    El nombre y el cargo del responsable de la entidad que expide la factura comercial.

    2. 

    La siguiente declaración: «El abajo firmante certifica que los [superficie en m2] de vidrio solar objeto de esta factura vendidos para su exportación a la Unión Europea fueron fabricados por [nombre y dirección de la empresa] [Código TARIC adicional] en la República Popular China. Declara, asimismo, que la información que figura en la presente factura es completa y correcta».

    3. 

    La fecha y la firma del responsable de la entidad que expide la factura comercial.

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