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Document 02013D0354-20230701
Council Decision 2013/354/CFSP of 3 July 2013 on the European Union Police Mission for the Palestinian Territories (EUPOL COPPS)
Consolidated text: Decisión 2013/354/PESC del Consejo, de 3 de julio de 2013, sobre la Misión de Policía de la Unión Europea para los Territorios Palestinos (EUPOL COPPS)
Decisión 2013/354/PESC del Consejo, de 3 de julio de 2013, sobre la Misión de Policía de la Unión Europea para los Territorios Palestinos (EUPOL COPPS)
02013D0354 — ES — 01.07.2023 — 010.001
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DECISIÓN 2013/354/PESC DEL CONSEJO de 3 de julio de 2013 sobre la Misión de Policía de la Unión Europea para los Territorios Palestinos (EUPOL COPPS) (DO L 185 de 4.7.2013, p. 12) |
Modificada por:
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Diario Oficial |
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n° |
página |
fecha |
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L 201 |
28 |
10.7.2014 |
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L 174 |
21 |
3.7.2015 |
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L 183 |
65 |
8.7.2016 |
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L 172 |
13 |
5.7.2017 |
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L 166 |
17 |
3.7.2018 |
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DECISIÓN (PESC) 2019/1114 DEL CONSEJO de 28 de junio de 2019 |
L 176 |
5 |
1.7.2019 |
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L 207 |
30 |
30.6.2020 |
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DECISIÓN (PESC) 2021/1066 DEL CONSEJO de 28 de junio de 2021 |
L 229 |
13 |
29.6.2021 |
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DECISIÓN (PESC) 2022/1018 DEL CONSEJO de 27 de junio de 2022 |
L 170 |
76 |
28.6.2022 |
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DECISIÓN (PESC) 2023/1302 DEL CONSEJO de 26 de junio de 2023 |
L 161 |
62 |
27.6.2023 |
Rectificada por:
DECISIÓN 2013/354/PESC DEL CONSEJO
de 3 de julio de 2013
sobre la Misión de Policía de la Unión Europea para los Territorios Palestinos (EUPOL COPPS)
Artículo 1
Misión
Artículo 2
Declaración de Misión
La EUPOL COPPS contribuirá al establecimiento de dispositivos policiales y disposiciones más generales en materia de justicia penal eficaces y sostenibles bajo responsabilidad palestina, de conformidad con las mejores prácticas internacionales, en colaboración con los programas de desarrollo institucional de la Unión, así como con otros esfuerzos internacionales en el contexto general del sector de la seguridad y la reforma de la justicia penal.
Con tal fin, la EUPOL COPPS:
Artículo 3
Revisión
Un proceso de revisión semestral, conforme a los criterios de evaluación fijados en el Concepto de Operaciones (CONOPS) y en el Plan de la Operación (OPLAN) y que tendrá en cuenta las novedades habidas sobre el terreno, permitirá adaptar el tamaño y el alcance de la EUPOL COPPS en la medida necesaria.
Artículo 4
Cadena de mando y estructura
Artículo 5
Comandante civil de la operación
Artículo 6
Jefe de Misión
Artículo 7
Personal de la EUPOL COPPS
Artículo 8
Estatuto del personal de la EUPOL COPPS
Artículo 9
Control político y dirección estratégica
Artículo 10
Participación de terceros Estados
Artículo 11
Seguridad
Artículo 11 bis
Disposiciones legales
La EUPOL COPPS tendrá capacidad para contratar servicios y suministros, celebrar contratos y acuerdos administrativos, contratar personal, llevar cuentas bancarias, adquirir y enajenar bienes y liquidar su pasivo, y ser parte en acciones judiciales, según proceda a efectos de la ejecución de la presente Decisión.
Artículo 12
Disposiciones financieras
El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la EUPOL COPPS durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2014 y el 30 de junio de 2015 será de 9 820 000 EUR.
El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la EUPOL COPPS durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2015 y el 30 de junio de 2016 será de 9 175 000 EUR.
El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la EUPOL COPPS durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2016 y el 30 de junio de 2017 será de 10 320 000 EUR.
El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la EUPOL COPPS durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2017 y el 30 de junio de 2018 ascenderá a 12 372 000 EUR.
El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la EUPOL COPPS durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2018 y el 30 de junio de 2019 ascenderá a 12 666 633 EUR.
El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la EUPOL COPPS durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2019 y el 30 de junio de 2020 será de 12 430 000 EUR.
El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la EUPOL COPPS durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021 será de 12 651 893,91 EUR.
El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la EUPOL COPPS durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022 será de 12 600 000 EUR.
El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la EUPOL COPPS durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2022 y el 30 de junio de 2023 será de 11 660 000 EUR.
El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la EUPOL COPPS durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024 será de 11 360 000 EUR.
Artículo 12 bis
Célula de proyectos
A reserva de lo dispuesto en el apartado 3, la EUPOL COPPS estará autorizada a recurrir a las contribuciones financieras de la Unión y de los Estados miembros o de los Estados terceros para la ejecución de proyectos que se determine completen de modo coherente otras acciones de la EUPOL COPPS y que:
se contemplen en la ficha de financiación referente a la presente Decisión, o
se integren en el transcurso del mandato mediante una modificación de la ficha de financiación, a petición del jefe de Misión.
Una vez que la Comisión o dichos Estados hayan propuesto formalmente que su contribución financiera sea gestionada por la EUPOL COPPS, esta última celebrará un acuerdo con la Comisión o con dichos Estados, en particular sobre los procedimientos específicos para examinar cualquier reclamación procedente de terceros por daños causados como consecuencia de los actos u omisiones de la EUPOL COPPS en el uso de los fondos proporcionados por dichos Estados.
En ningún caso los Estados contribuyentes podrán considerar a la Unión o a la Alta Representante responsables de actos u omisiones de la EUPOL COPPS en el uso de los fondos proporcionados por esos Estados.
Artículo 13
Comunicación de información
Artículo 14
Guardia permanente
Para la EUPOL COPPS se activará la Capacidad de Guardia Permanente.
Artículo 15
Entrada en vigor
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Será aplicable a partir del 1 de julio de 2013.
Expirará el 30 de junio de 2024.
( 1 ) Decisión 2013/488/UE del Consejo, de 23 de septiembre de 2013, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (DO L 274 de 15.10.2013, p. 1).
( 2 ) Decisión 2009/937/UE del Consejo, de 1 de diciembre de 2009, por la que se aprueba el Reglamento interno del Consejo (DO L 325 de 11.12.2009, p. 35).