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Document 02013D0054-20181113

    Consolidated text: Decisión de Ejecución del Consejo, de 22 de enero de 2013, por la que se autoriza a la República de Eslovenia a introducir una medida especial de excepción a lo dispuesto en el artículo 287 de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (2013/54/UE)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2013/54/2018-11-13

    02013D0054 — ES — 13.11.2018 — 002.001


    Este texto es exclusivamente un instrumento de documentación y no surte efecto jurídico. Las instituciones de la UE no asumen responsabilidad alguna por su contenido. Las versiones auténticas de los actos pertinentes, incluidos sus preámbulos, son las publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, que pueden consultarse a través de EUR-Lex. Los textos oficiales son accesibles directamente mediante los enlaces integrados en este documento

    ►B

    DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO

    de 22 de enero de 2013

    por la que se autoriza a la República de Eslovenia a introducir una medida especial de excepción a lo dispuesto en el artículo 287 de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido

    (2013/54/UE)

    (DO L 022 de 25.1.2013, p. 15)

    Modificada por:

     

     

    Diario Oficial

      n°

    página

    fecha

     M1

    DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2015/2089 DEL CONSEJO de 10 de noviembre de 2015

      L 302

    107

    19.11.2015

    ►M2

    DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2018/1700 DEL CONSEJO de 6 de noviembre de 2018

      L 285

    78

    13.11.2018




    ▼B

    DECISIÓN DE EJECUCIÓN DEL CONSEJO

    de 22 de enero de 2013

    por la que se autoriza a la República de Eslovenia a introducir una medida especial de excepción a lo dispuesto en el artículo 287 de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido

    (2013/54/UE)



    Artículo 1

    No obstante lo dispuesto en el artículo 287, punto 15, de la Directiva 2006/112/CE, se autoriza a la República de Eslovenia a eximir del IVA a los sujetos pasivos cuyo volumen de negocios anual no exceda de 50 000  EUR.

    Artículo 2

    La presente Decisión surtirá efecto el día de su notificación.

    ▼M2

    Se aplicará desde el 1 de enero de 2013 hasta la primera de las dos fechas siguientes:

    a) 31 de diciembre de 2021;

    b) la fecha a partir de la cual los Estados miembros deban aplicar las disposiciones nacionales que estén obligados a adoptar en caso de que entre en vigor una Directiva que modifique los artículos 281 a 294 de la Directiva 2006/112/CE, que regulan el régimen especial para las pequeñas empresas.

    ▼B

    Artículo 3

    El destinatario de la presente Decisión es la República de Eslovenia.

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