This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 02011R0101-20140131
Council Regulation (EU) No 101/2011 of 4 February 2011 concerning restrictive measures directed against certain persons, entities and bodies in view of the situation in Tunisia
Consolidated text: Reglamento (UE) n o 101/2011 del Consejo de 4 de febrero de 2011 relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Túnez
Reglamento (UE) n o 101/2011 del Consejo de 4 de febrero de 2011 relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Túnez
2011R0101 — ES — 31.01.2014 — 003.001
Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones
REGLAMENTO (UE) No 101/2011 DEL CONSEJO de 4 de febrero de 2011 (DO L 031, 5.2.2011, p.1) |
Modificado por:
|
|
Diario Oficial |
||
No |
page |
date |
||
REGLAMENTO (UE) No 1100/2012 DEL CONSEJO de 26 de noviembre de 2012 |
L 327 |
16 |
27.11.2012 |
|
REGLAMENTO (UE) No 517/2013 DEL CONSEJO de 13 de mayo de 2013 |
L 158 |
1 |
10.6.2013 |
|
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 735/2013 DEL CONSEJO de 30 de julio de 2013 |
L 204 |
15 |
31.7.2013 |
|
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 81/2014 DEL CONSEJO de 30 de enero de 2014 |
L 28 |
2 |
31.1.2014 |
REGLAMENTO (UE) No 101/2011 DEL CONSEJO
de 4 de febrero de 2011
relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Túnez
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 215, apartado 2,
Vista la Decisión 2011/72/PESC del Consejo, de 31 de enero de 2011, relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Túnez ( 1 ),
Vista la propuesta conjunta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y de la Comisión,
Considerando lo siguiente:
(1) |
La Decisión 2011/72/PESC dispone la inmovilización de capitales y recursos económicos cuya propiedad, control o tenencia corresponda a determinadas personas responsables de la malversación de capitales del Estado tunecino, así como de las personas asociadas a ellas, que están privando, por consiguiente, a la población tunecina de los beneficios del desarrollo sostenible de su economía y sociedad y socavando el desarrollo de la democracia en el país. Tales personas físicas o jurídicas, entidades u organismos figuran en el anexo de la Decisión. |
(2) |
Esas medidas entran en el ámbito de aplicación del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, por tanto, sobre todo con el fin de garantizar su aplicación uniforme por parte de los agentes económicos en todos los Estados miembros, resulta necesario un acto reglamentario de la Unión a efectos de su aplicación. |
(3) |
El presente Reglamento respeta los derechos fundamentales y observa los principios reconocidos, en particular, en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y, en especial, el derecho a la tutela judicial efectiva y a un juicio imparcial y el derecho a la protección de los datos personales. El presente Reglamento debe aplicarse de conformidad con esos derechos. |
(4) |
Compete al Consejo enmendar las listas incluidas en el anexo I del presente Reglamento a la luz de la amenaza concreta que para la paz y seguridad internacionales suponga la situación de Túnez, y con el fin de garantizar la debida congruencia con el proceso de modificación y revisión del anexo de la Decisión 2011/72/PESC. |
(5) |
El procedimiento a seguir para la modificación de la lista incluida en el anexo I del presente Reglamento debe disponer que se comunique a las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos designados las razones por las que se los ha incluido en las listas, de forma que se les dé oportunidad de formular observaciones. En caso de que se presenten observaciones o nuevas pruebas sustanciales, el Consejo deberá reconsiderar su posición a la luz de tales observaciones e informar en consecuencia a la persona, entidad u organismo pertinente. |
(6) |
A efectos de la aplicación del presente Reglamento y para maximizar la seguridad jurídica dentro de la Unión, los nombres y otros datos pertinentes relativos a personas físicas y jurídicas, entidades y organismos cuyos capitales y recursos económicos deban ser inmovilizados de conformidad con el presente Reglamento han de hacerse públicos. Todo tratamiento de datos personales debe respetar tanto el Reglamento (CE) no 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la protección de las personas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos ( 2 ), como la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos ( 3 ). |
(7) |
Con el fin de garantizar la efectividad de las medidas establecidas en el presente Reglamento, este debe entrar en vigor inmediatamente tras su publicación. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
A efectos del presente Reglamento se entenderá por:
a) |
«capitales» : los activos o beneficios financieros de cualquier naturaleza incluidos en la siguiente relación no exhaustiva: i) efectivo, cheques, derechos dinerarios, efectos, giros y otros instrumentos de pago, ii) depósitos en entidades financieras o de otro tipo, saldos en cuentas, deudas y obligaciones de deuda, iii) valores negociables e instrumentos de deuda públicos y privados, tales como acciones y participaciones, certificados de valores, bonos, pagarés, garantías, obligaciones y contratos relacionados con productos financieros derivados, iv) intereses, dividendos u otros ingresos devengados o generados por activos, v) créditos, derechos de compensación, garantías, garantías de pago u otros compromisos financieros, vi) cartas de crédito, conocimientos de embarque y comprobantes de venta, vii) documentos que atestigüen una participación en capitales o recursos financieros; |
b) |
«inmovilización de capitales» : el hecho de impedir cualquier movimiento, transferencia, alteración, utilización, negociación de capitales o acceso a estos cuyo resultado sea un cambio de volumen, importe, localización, propiedad, posesión, naturaleza o destino de esos capitales, o cualquier otro cambio que pudiera permitir la utilización de dichos capitales, incluida la gestión de cartera de valores; |
c) |
«recursos económicos» : los activos de todo tipo, tangibles o intangibles, muebles o inmuebles, que no sean capitales, pero que puedan utilizarse para obtener capitales, bienes o servicios; |
d) |
«inmovilización de recursos económicos» : el hecho de impedir todo uso de esos recursos con fines de obtención de capitales, bienes o servicios, en particular, aunque no exclusivamente, la venta, el alquiler o la hipoteca; |
e) |
«territorio de la Unión» : los territorios de los Estados miembros, incluido el espacio aéreo, a los que se aplica el Tratado y en las condiciones establecidas en el mismo. |
Artículo 2
1. Se inmovilizarán todos los capitales y recursos económicos cuya propiedad, control o tenencia corresponda a las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que, de conformidad con el artículo 1, apartado 1, de la Decisión 2011/72/PESC, el Consejo haya determinado que son responsables de la malversación de capitales del Estado tunecino, así como a las personas físicas o jurídicas, entidades y organismos asociados a ellos, tal como figuran enumerados en el anexo I.
2. No se pondrá a disposición directa ni indirecta de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos enumerados en el anexo I ni se utilizará en su beneficio ningún tipo de capitales o recursos económicos.
3. Queda prohibida la participación voluntaria y deliberada en actividades cuyo objeto o efecto directo o indirecto sea la elusión directa o indirecta de las medidas mencionadas en los apartados 1 y 2.
Artículo 3
1. En el anexo I se expondrán las razones de la inclusión en las listas de las personas, entidades y organismos correspondientes.
2. En el anexo I constará asimismo, si está disponible, la información necesaria para determinar cuáles son las personas físicas o jurídicas, entidades y organismos interesados. En el caso de las personas físicas, dicha información puede incluir los apellidos y el nombre, incluidos los alias, la fecha y el lugar de nacimiento, la nacionalidad, los números de pasaporte y de documento de identidad, el sexo, la dirección si se conoce, y el cargo o profesión. En el caso de las personas jurídicas, entidades y organismos, dicha información puede incluir los nombres, el lugar y la fecha de registro, el número de registro y el domicilio social.
Artículo 4
1. No obstante lo dispuesto en el artículo 2, las autoridades competentes de los Estados miembros citadas en el anexo II podrán autorizar la liberación o la puesta a disposición de determinados capitales o recursos económicos inmovilizados, en las condiciones que consideren oportunas y tras haber comprobado que los capitales o recursos económicos:
a) son necesarios para satisfacer las necesidades básicas de las personas mencionadas en el anexo I y de los familiares a su cargo, como el pago de alimentos, alquileres o hipotecas, medicamentos y tratamientos médicos, impuestos, primas de seguros y tasas de servicios públicos;
b) se destinan exclusivamente al pago de honorarios profesionales razonables y al reembolso de gastos correspondientes a la prestación de servicios jurídicos;
c) se destinan exclusivamente al pago de tasas o gastos ocasionados por servicios ordinarios de custodia o mantenimiento de capitales o recursos económicos inmovilizados, y
d) son necesarios para gastos extraordinarios, siempre y cuando el Estado miembro haya notificado en ese caso a los demás Estados miembros y a la Comisión, al menos dos semanas antes de concederla, los motivos por los cuales considera que debe concederse una autorización específica.
2. El Estado miembro afectado informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida de conformidad con el apartado 1.
Artículo 5
1. No obstante lo dispuesto en el artículo 2, las autoridades competentes de los Estados miembros indicadas en los sitios de internet citados en el anexo II podrán autorizar la liberación o la puesta a disposición de determinados capitales o recursos económicos inmovilizados cuando concurran las siguientes condiciones:
a) que los fondos o recursos económicos sean objeto de una resolución arbitral dictada antes de la fecha en que la persona física o jurídica, entidad u organismo citados en el artículo 2 fue incluido en el anexo I, o de una resolución judicial o administrativa dictada en la Unión o de una resolución judicial con fuerza ejecutiva en el Estado miembro de que se trate, antes o después de dicha fecha;
b) que los fondos o recursos económicos vayan a utilizarse exclusivamente para satisfacer las obligaciones garantizadas por tal resolución o las reconocidas como válidas en tal resolución, en los límites establecidos por las normas aplicables a los derechos de los acreedores;
c) que la resolución no beneficie a ninguna persona física o jurídica, entidad u organismo citados en el anexo I, y
d) que el reconocimiento de la resolución no sea contrario al orden público en el Estado miembro de que se trate.
2. El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de toda autorización concedida en virtud del presente artículo.
Artículo 6
1. El artículo 2, apartado 2, no se aplicará al abono en cuentas inmovilizadas de:
a) intereses u otros beneficios correspondientes a esas cuentas;
b) pagos en virtud de contratos o acuerdos celebrados u obligaciones contraídas antes de la fecha en que la persona física o jurídica, entidad u organismo citado en el artículo 2 hubiera sido incluido en el anexo I, o
c) pagos en virtud de una resolución judicial, administrativa o arbitral emitida en la Unión o con fuerza ejecutiva en el Estado miembro de que se trate,
siempre y cuando tales intereses, otros beneficios y pagos estén también inmovilizados de acuerdo con el artículo 2, apartado 1.
2. El artículo 2, apartado 2, no impedirá que las entidades financieras o de crédito de la Unión que reciban capitales transferidos por terceros a las cuentas inmovilizadas de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos enumerados los abonen en ellas, siempre y cuando todo nuevo aporte de este tipo a esas cuentas sea también inmovilizado. La entidad financiera o de crédito informará sin demora a la autoridad competente pertinente sobre cualquier transacción de este tipo.
Artículo 7
No obstante lo dispuesto en el artículo 2 y siempre y cuando el pago sea debido por una persona, entidad u organismo contemplados en el anexo I en virtud de un contrato, acuerdo u obligación, celebrado por o que corresponda a la persona, entidad u organismo en cuestión, antes de la fecha en la que dicha persona, entidad u organismo haya sido designado, las autoridades competentes de los Estados miembros, tal como se indican en las páginas web expuestas en el anexo II, podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, la liberación de determinados capitales o recursos económicos inmovilizados, siempre que se cumplan las condiciones siguientes:
a) la autoridad competente correspondiente haya determinado que:
i) los fondos o los recursos económicos serán utilizados para efectuar un pago por una persona, una entidad o un organismo contemplados en el anexo I,
ii) el pago no infringe el artículo 2, apartado 2;
b) el Estado miembro de que se trate ha notificado a los demás Estados miembros y a la Comisión, por lo menos dos semanas antes de la autorización, la determinación de su autoridad competente y su intención de conceder una autorización.
Artículo 8
1. La inmovilización de los capitales y recursos económicos o la negativa a facilitar los mismos llevadas a cabo de buena fe, con la convicción de que dicha acción se atiene al presente Reglamento, no dará origen a ningún tipo de responsabilidad de la persona física o jurídica, entidad u organismo que la ejecute, ni de sus directores o empleados, a menos que se pruebe que los capitales o recursos económicos han sido inmovilizados o retenidos por negligencia.
2. La prohibición establecida en el artículo 2, apartado 2, no dará lugar a ningún tipo de responsabilidad de las personas físicas y jurídicas, entidades u organismos que hayan puesto a disposición los capitales o recursos económicos en caso de que no tuvieran conocimiento de que sus actos vulnerarían la susodicha prohibición o motivos razonables para sospecharlo.
Artículo 9
1. Sin perjuicio de las normas aplicables en materia de comunicación de información, confidencialidad y secreto profesional, las personas físicas o jurídicas, entidades y organismos:
a) proporcionarán inmediatamente a la autoridad competente del Estado miembro en el que residan o estén establecidos, citada en el anexo II, toda información que pueda favorecer el cumplimiento del presente Reglamento, especialmente en lo referente a las cuentas e importes inmovilizados con arreglo al artículo 2, y transmitirán esta información a la Comisión, directamente o a través de los Estados miembros, y
b) colaborarán con dicha autoridad competente en toda verificación de esa información.
2. Toda información facilitada o recibida de conformidad con el presente artículo se utilizará exclusivamente a los fines para los cuales se haya facilitado o recibido.
3. El apartado 2 no obstará para que los Estados miembros, con arreglo al Derecho nacional, compartan esa información con las autoridades correspondientes de Túnez y otros Estados miembros en caso necesario con el fin de facilitar la recuperación de activos malversados.
Artículo 10
La Comisión y los Estados miembros se informarán sin demora de las medidas adoptadas en aplicación del presente Reglamento y se comunicarán toda la información pertinente de que dispongan en relación con este, en particular por lo que atañe a los problemas de contravención y aplicación del presente Reglamento, y a las sentencias dictadas por los tribunales nacionales.
Artículo 11
La Comisión estará facultada para modificar el anexo II atendiendo a la información facilitada por los Estados miembros.
Artículo 12
1. En caso de que el Consejo decida aplicar a una persona física o jurídica, entidad u organismo las medidas previstas en el artículo 2, apartado 1, modificará en consecuencia el anexo I.
2. El Consejo comunicará su decisión, junto con los motivos de la inclusión en la lista, a la persona física o jurídica, entidad u organismo a que se refiere el apartado 1, bien de forma directa, cuando se conozca su dirección, o bien mediante la publicación de un anuncio, ofreciendo a dicha persona física o jurídica, entidad u organismo la posibilidad de formular observaciones.
3. En caso de que se formulen observaciones, o de que se presenten nuevos elementos de prueba sustanciales, el Consejo reconsiderará su decisión y facilitará a la persona física o jurídica, entidad u organismo afectado la información correspondiente.
4. La lista incluida en el anexo I se revisará a intervalos regulares y al menos cada 12 meses.
Artículo 13
1. Los Estados miembros determinarán el régimen de sanciones aplicable a las infracciones al presente Reglamento y adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar su aplicación. Las sanciones así establecidas deberán ser efectivas, proporcionadas y disuasorias.
2. Los Estados miembros notificarán sin demora esas normas a la Comisión tras la entrada en vigor del presente Reglamento, así como cualquier modificación posterior.
Artículo 14
En los casos en que el presente Reglamento establece el requisito de notificar, informar o comunicar a la Comisión, la dirección y los demás datos de contacto que se emplearán en dicha comunicación serán los indicados en el anexo II.
Artículo 15
El presente Reglamento se aplicará:
a) en el territorio de la Unión, incluido su espacio aéreo;
b) a bordo de toda aeronave o buque que dependa de la jurisdicción de un Estado miembro;
c) a toda persona, ya se encuentre dentro o fuera del territorio de la Unión, que sea nacional de un Estado miembro;
d) a toda persona jurídica, entidad u organismo establecido o constituido con arreglo a la legislación de un Estado miembro;
e) a toda persona jurídica, entidad u organismo en relación con cualquier negocio efectuado, en su totalidad o en parte, en la Unión.
Artículo 16
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
ANEXO I
Lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos a los que se hace referencia en el artículo 2, apartado 1
Nombre |
Información de identificación |
Motivos |
|
1. |
Zine El Abidine Ben Haj Hamda Ben Haj Hassen BEN ALI |
Ex-Presidente de Túnez, nacido en Hamman-Sousse el 3 de septiembre de 1936, hijo de Selma HASSEN, casado con Leïla TRABELSI, titular del documento nacional de identidad (DNI) n.o 00354671. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
2. |
Leila Bent Mohamed Ben Rhouma TRABELSI |
Tunecina, nacida en Túnez el 24 de octubre de 1956, hija de Saida DHERIF, casada con Zine El Abidine BEN ALI, titular del DNI n.o 00683530. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
3. |
Moncef Ben Mohamed Ben Rhouma TRABELSI |
Tunecino, nacido en Túnez el 4 de marzo de 1944, hijo de Saida DHERIF, casado con Yamina SOUIEI, administrador de sociedad, domiciliado en 11 rue de France- Radès Ben Arous, titular del DNI n.o 05000799. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
4. |
Mohamed Ben Moncef Ben Mohamed TRABELSI |
Tunecino, nacido en Sabha-Libia el 7 de enero de 1980, hijo de Yamina SOUIEI, administrador de sociedad, casado con Inès LEJRI, domicilado en Résidence de l'Étoile du Nord - suite B- 7.o piso - apart. N.o 25 - Centre urbain du nord - Cité El Khadra - Túnez, titular del DNI n.o 04524472. |
Persona que es objeto de una investigación judicial por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en el abuso de su calidad por parte de un funcionario público (en este caso el antiguo Director General de la Societé Tunisienne de Banque y antiguo Director General de la Banque Nationale Agricole) para procurar a un tercero ventajas injustificadas y causar perjuicio a la administración. |
5. |
Fahd Mohamed Sakher Ben Moncef Ben Mohamed Hfaiez MATERI |
Tunecino, nacido en Túnez el 2 de diciembre de 1981, hijo de Naïma BOUTIBA, casado con Nesrine BEN ALI, titular del DNI n.o 04682068. |
Persona que es objeto de una investigación judicial por parte de las autoridades tunecinas por ejercer una influencia negativa sobre el titular de un cargo público (el expresidente Ben Ali) para obtener directa o indirectamente ventajas para un tercero, complicidad en el abuso del cargo por parte del titular de un cargo público (el expresidente Ben Ali) para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en la apropiación indebida de caudales públicos tunecinos por parte del titular de un cargo público (el expresidente Ben Ali). |
6. |
Nesrine Bent Zine El Abidine Ben Haj Hamda BEN ALI |
Tunecina, nacida en Túnez el 16 de enero de 1987, hija de Leïla TRABELSI, casada con Fahd Mohamed Sakher MATERI, titular del DNI n.o 00299177. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
7. |
Halima Bent Zine El Abidine Ben Haj Hamda BEN ALI |
Tunecina, nacida en Túnez el 17 de julio de 1992, hija de Leïla TRABELSI, domiciliada en el Palacio Presidencial, titular del DNI n.o 09006300. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
8. |
Belhassen Ben Mohamed Ben Rhouma TRABELSI |
Tunecino, nacido en Túnez el 5 de noviembre de 1962, hijo de Saida DHERIF, administrador de sociedad, domiciliado en 32 rue Hédi Karray - El Menzah - Túnez, titular del DNI n.o 00777029. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
9. |
Mohamed Naceur Ben Mohamed Ben Rhouma TRABELSI |
Tunecino, nacido en Túnez el 24 de junio de 1948, hijo de Saida DHERIF, casado con Nadia MAKNI, administrador delegado de una Sociedad agrícola, domiciliado en 20 rue El Achfat - Cartago - Túnez, titular del DNI n.o 00104253. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
10. |
Jalila Bent Mohamed Ben Rhouma TRABELSI |
Tunecina, nacida en Radès el 19 de febrero de 1953, hija de Saida DHERIF, casada con Mohamed MAHJOUB, administradora de sociedad, domiciliada en 21 rue d'Aristote - Cartago Salammbô, titular del DNI n.o 00403106. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
11. |
Mohamed Imed Ben Mohamed Naceur Ben Mohamed TRABELSI |
Tunecino, nacido en Túnez el 26 de agosto de 1974, hijo de Najia JERIDI, hombre de negocios, domicilado en 124 avenue Habib Bourguiba-Cartago presidence, titular del DNI n.o 05417770. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
12. |
Mohamed Adel Ben Mohamed Ben Rehouma TRABELSI |
Tunecino, nacido en Túnez el 26 de abril de 1950, hijo de Saida DHERIF, casado con Souad BEN JEMIA, administrador de sociedad, domicilado en 3 rue de la colombe - Gammarth supérieur, titular del DNI n.o 00178522. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
13. |
Mohamed Mourad Ben Mohamed Ben Rehouma TRABELSI |
Tunecino, nacido en Túnez el 25 de septiembre de 1955, hijo de Saida DHERIF, casado con Hela BELHAJ, Presidente Director General de una empresa, domiciliado en 20 Rue Ibn Chabat - Salammbô - Cartago -Túnez, titular del DNI n.o 05150331. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
14. |
Samira Bent Mohamed Ben Rhouma TRABELSI |
Tunecina, nacida el 27 de diciembre de 1958, hija de Saida DHERIF, casada con Mohamed Montassar MEHERZI, Directora comercial, domiciliada en 4 rue Taoufik EI Hakim - La Marsa, titular del DNI n.o 00166569. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
15. |
Mohamed Montassar Ben Kbaier Ben Mohamed MEHERZI |
Tunecino, nacido en la Marsa el 5 de mayo de 1959, hijo de Fatma SFAR, casado con Samira TRABELSI, Presidente Director General de una empresa, domiciliado en 4 rue Taoufik El Hakim-la Marsa, titular del DNI n.o 00046988. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
16. |
Nefissa Bent Mohamed Ben Rhouma TRABELSI |
Tunecina, nacida el 1 de febrero de 1960, hija de Saida DHERIF, casada con Habib ZAKIR, domiciliada en 4 rue de la mouette - Gammarth supérieur, titular del DNI n.o 00235016. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
17. |
Habib Ben Kaddour Ben Mustapha BEN ZAKIR |
Tunecino, nacido el 5 de marzo de 1957, hijo de Saida BEN ABDALLAH, casado con Nefissa TRABELSI, promotor immobiliario, domiciliado en 4 rue Ennwras, Gammarth supérieur, titular del DNI n.o 00547946. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
18. |
Moez Ben Moncef Ben Mohamed TRABELSI |
Tunecino, nacido en Túnez el 3 de julio de 1973, hijo de Yamina SOUIEI, administrador de sociedad promotor immobiliario, domiciliado en immeuble Amine El Bouhaira-Rue du Lac Turkana-Les berges du Lac-Túnez, titular del DNI n.o 05411511. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
19. |
Lilia Bent Noureddine Ben Ahmed NACEF |
Tunecina, nacida en Túnez el 25 de junio de 1975, hija de Mounira TRABELSI (hermana de Leila TRABELSI), administrador de sociedad, casada con Mourad MEHDOUI, domiciliada en 41 rue Garibaldi -Túnez, titular del DNI n.o 05417907. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
20. |
Mourad Ben Hédi Ben Ali MEHDOUI |
Tunecino, nacido en Túnez el 3 de mayo de 1962, hijo de Neila BARTAJI, casado con Lilia NACEF, Presidente Director General de una empresa, domiciliado en 41 rue Garibaldi - Túnez, titular del DNI n.o 05189459. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
21. |
Houssem Ben Mohamed Naceur Ben Mohamed TRABELSI |
Tunecino, nacido el 18 de septiembre de 1976, hijo de Najia JERIDI, Director General de una empresa, domiciliado en lotissement Erriadh.2-Gammarth - Túnez, titular del DNI n.o 05412560. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
22. |
Bouthaina Bent Moncef Ben Mohamed TRABELSI |
Tunecina, nacida el 4 de diciembre de 1971, hija de Yamina SOUIEI, administradora de sociedad, domiciliada en 2 rue El Farrouj - la Marsa, titular del DNI n.o 05418095. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
23. |
Nabil Ben Abderrazek Ben Mohamed TRABELSI |
Tunecino, nacido el 20 de diciembre de 1965, hijo de Radhia MATHLOUTHI, casado con Linda CHERNI, agente de oficina en Tunisair, domiciliado en 12 rue Taieb Mhiri-Le Kram - Túnez, titular del DNI n.o 00300638. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
24. |
Mehdi Ben Ridha Ben Mohamed BEN GAIED |
Tunecino, nacido el 29 de enero de 1988, hijo de Kaouther Feriel HAMZA, Presidente Director General de la empresa Stafiem - Peugeot, domiciliado en 4 rue Mohamed Makhlouf -El Manar.2-Túnez |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
25. |
Mohamed Slim Ben Mohamed Hassen Ben Salah CHIBOUB |
Tunecino, nacido el 13 de enero de 1959, hijo de Leïla CHAIBI, casado con Dorsaf BEN ALI, Presidente Director General de una empresa, domiciliado en rue du jardin - Sidi Bousaid - Túnez, titular del DNI n.o 00400688. |
Persona que es objeto de una investigación judicial por parte de las autoridades tunecinas por abuso de influencia en relación con un funcionario público (el expresidente Ben Ali) para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero y complicidad en el abuso de su cargo por parte de un funcionario publico para procurar a un tercero ventas injustificadas y causar un perjuicio a la administración. |
26. |
Dorsaf Bent Zine El Abidine Ben Haj Hamda BEN ALI |
Tunecina, nacida en Bardo el 5 de julio de 1965, hija de Naïma EL KEFI, casada con Mohamed Slim CHIBOUB, domiciliada en 5 rue El Montazah - Sidi Bousaid - Túnez, titular del DNI n.o 00589759. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
27. |
Sirine Bent Zine El Abidine Ben Haj Hamda BEN ALI |
Tunecina, nacida en Bardo el 21 de agosto de 1971, hija de Naïma EL KEFI, casada con Mohamed Marouene MABROUK, Consejera en el Ministerio de Asuntos Exteriores, titular del DNI n.o 05409131. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
28. |
Mohamed Marouen Ben Ali Ben Mohamed MABROUK |
Tunecino, nacido en Túnez el 11 de marzo de 1972, hijo de Jaouida El BEJI, casado con Sirine BEN ALI, Presidente Director General de una empresa, domiciliado en 8 rue du Commandant Béjaoui - Cartago - Túnez, titular del DNI n.o 04766495. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
29. |
Ghazoua Bent Zine El Abidine Ben Haj Hamda BEN ALI |
Tunecina, nacida en Bardo el 8 de marzo de 1963, hija de Naïma EL KEFI, casada con Slim ZARROUK, médico, domiciliada en 49 avenue Habib Bourguiba - Cartago, titular del DNI n.o 00589758. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
30. |
Slim Ben Mohamed Salah Ben Ahmed ZARROUK |
Tunecino, nacido en Túnez el 13 de agosto de 1960, hijo de Maherzia GUEDIRA, casado con Ghazoua BEN ALI, Presidente Director General de una empresa, domiciliado en au 49 avenue Habib Bourguiba - Cartago, titular del DNI n.o 00642271. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
31. |
Farid Ben Haj Hamda Ben Haj Hassen BEN ALI |
Tunecino, nacido en Hammam-Sousse el 22 de noviembre de 1949, hijo de Selma HASSEN, fotógrafo de periodismo en Alemania, domiciliado en 11 rue Sidi el Gharbi - Hammam - Sousse, titular del DNI n.o 02951793. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
32. |
Faouzi Ben Haj Hamda Ben Haj Hassen BEN ALI |
Tunecino, nacido en Hammam-Sousse el 13 de marzo de 1947, casado con Zohra BEN AMMAR, administrador de sociedad, domiciliado en rue El Moez - Hammam - Sousse, titular del DNI n.o 02800443. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
33. |
Hayet Bent Haj Hamda Ben Haj Hassen BEN ALI |
Tunecina, nacida en Hammam-Sousse el 16 de mayo de 1952, hija de Selma HASSEN, casada con Fathi REFAT. representante de Tunisair, domiciliada en 17 avenue de la République-Hammam-Sousse, titular del DNI n.o 02914657. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
34. |
Najet Bent Haj Hamda Ben Raj Hassen BEN ALI |
Tunecina, nacida en Sousse el 18 de septiembre de 1956, hija de Selma HASSEN, casada con Sadok Habib MHIRI, Jefa de empresa, domiciliada en avenue de l'Imam Muslim- Khezama ouest-Sousse, titular del DNI n.o 02804872. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
35. |
Slaheddine Ben Haj Hamda Ben Haj Hassen BEN ALI |
Tunecino, nacido el 28 de octubre de 1938, hijo de Selma HASSEN, jubilado, viudo de Selma MANSOUR, domiciliado en 255 cité El Bassatine - Monastir, titular del DNI n.o 028106l4. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
36. |
Kaïs Ben Slaheddine Ben Haj Hamda BEN ALI |
Tunecino, nacido en Túnez el 21 de octubre de 1969, hijo de Selma MANSOUR, casado con Monia CHEDLI, administrador de sociedad, domiciliado en avenue Hédi Nouira - Monastir, titular del DNI n.o 04180053. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
37. |
Hamda Ben Slaheddine Ben Haj Hamda BEN ALI |
Tunecino, nacido en Monastir el 29 de abril de 1974, hijo de Selma MANSOUR, soltero, Jefe de empresa, domiciliado en 83 Cap Marina - Monastir, titular del DNI n.o 04186963. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
38. |
Najmeddine Ben Slaheddine Ben Haj Hamda BEN ALI |
Tunecino, nacido en Monastir el 12 de octubre de 1972, hijo de Selma MANSOUR, soltero, exportador e importador comercial, domiciliado en avenue Mohamed Salah Sayadi - Skanes - Monastir, titular del DNI n.o 04192479. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
39. |
Najet Bent Slaheddine Ben Haj Hamda BEN ALI |
Tunecina, nacida en Monastir el 8 de marzo de 1980, hija de Selma MANSOUR, casada con Zied JAZIRI, secretaria en una empresa, domiciliada en rue Abu Dhar El Ghafari - Khezama est - Sousse, titular del DNI n.o 06810509. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
40. |
Douraied Ben Hamed Ben Taher BOUAOUINA |
Tunecino, nacido en Hammam - Sousse el 8 de octubre de 1978, hijo de Hayet BEN ALI, Director de empresa, domiciliado en 17 avenue de la République - Hammam-Sousse, titular del DNI n.o 05590835. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
41. |
Akrem Ben Hamed Ben Taher BOUAOUINA |
Tunecino, nacido en Hammam - Sousse el 9 de agosto de 1977, hijo de Hayet BEN ALI, gerente de sociedad, domiciliado en 17 avenue de la République - Hammam - Sousse, titular del DNI n.o 05590836. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
42. |
Ghazoua Bent Hamed Ben Taher BOUAOUINA |
Tunecina, nacida en Monastir el 30 de agosto de 1982, hija de Hayet BEN ALI, casada con Badreddine BENNOUR, domiciliada en rue Ibn Maja - Khezama est - Sousse, titular del DNI n.o 08434380. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
43. |
Imed Ben Habib Ben Bouali LTAIEF |
Tunecino, nacido en Sousse el 13 de enero de 1970, hijo de Naïma BEN ALI, Jefe de Servicio en Tunisair, domiciliado en résidence les jardins, apt. 8C Bloc. b - El Menzah,8 -l'Ariana, titular del DNI n.o 05514395. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
44. |
Naoufel Ben Habib Ben Bouali LTAIEF |
Tunecino, nacido en Hammam - Sousse el 22 de octubre de 1967, hijo de Naïma BEN ALI, Encargado de Misión en el Ministerio de Transportes, domiciliado en 4 avenue Tahar SFAR - El Manar. 2-Túnez, titular del DNI n.o 05504161. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
45. |
Montassar Ben Habib Ben Bouali LTAIEF |
Tunecino, nacido en Sousse el 3 de enero de 1973, hijo de Naïma BEN ALI, casado con Lamia JEGHAM, administrador de sociedad, domiciliado en 13 lotissement Ennakhil - Kantaoui - Hammam - Sousse, titular del DNI n.o 05539378. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
46. |
Mehdi Ben Tijani Ben Haj Hamda Ben Haj Hassen BEN ALI |
Tunecino, nacido en París el 27 de octubre de 1966, hijo de Paulette HAZAT, Director de empresa, domiciliado en Chouket El Arressa, Hammam-Sousse, titular del DNI n.o 05515496 (doble nactionalidad). |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público (el expresidente Ben Ali) para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración. |
47. |
Slim Ben Tijani Ben Haj Hamda BEN ALI |
Nacionalidad tunecina y francesa, nacido en Le Petit Quevilly (76) el 6 de abril de 1971, (o el 16 de abril según su tarjeta de identidad tunecina); hijo de Tijani BEN ALI nacido el 9 de febrero de 1932 y de Paulette HAZET (o HAZAT), nacida el 23 de febrero de 1936; casado con Amel SAIED (o SAID); administrador de sociedad, domiciliado en Chouket El Arressa, - Hammam - Sousse, según su DNI tunecino n.o 00297112; domiciliado en 14, esplanade des Guinandiers en Bailly Romainvilliers (77), según su DNI francés n.o 111277501841. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
48. |
Sofiene Ben Habib Ben Haj Hamda BEN ALI |
Tunecino, nacido en Túnez el 28 de agosto de 1974, hijo de Leila DEROUICHE, Director comercial, domiciliado en 23 rue Ali Zlitni, El Manar,2-Túnez, titular del DNI n.o 04622472. |
Persona que es objeto de investigaciones judiciales por parte de las autoridades tunecinas por complicidad en apropiación indebida de caudales públicos por parte de un funcionario público, complicidad en abuso del cargo por parte de un funcionario público para brindar una ventaja injustificada a un tercero y causar perjuicios a la administración, y complicidad en abuso de influencia en relación con un funcionario público para obtener directa o indirectamente ventajas a beneficio de un tercero. |
ANEXO II
LISTA DE AUTORIDADES COMPETENTES EN LOS ESTADOS MIEMBROS A LAS QUE SE HACE REFERENCIA EN EL ARTÍCULO 4, APARTADO 1, ARTÍCULO 5, APARTADO 1, ARTÍCULO 7 Y ARTÍCULO 9, APARTADO 1, LETRA a), Y DIRECCIÓN PARA LAS NOTIFICACIONES A LA COMISIÓN EUROPEA
A. Autoridades competentes en cada Estado miembro:
BÉLGICA
http://www.diplomatie.be/eusanctions
BULGARIA
http://www.mfa.government.bg
CHEQUIA
http://www.mfcr.cz/mezinarodnisankce
DINAMARCA
http://www.um.dk/da/menu/Udenrigspolitik/FredSikkerhedOgInternationalRetsorden/Sanktioner/
ALEMANIA
http://www.bmwi.de/BMWi/Navigation/Aussenwirtschaft/Aussenwirtschaftsrecht/embargos.html
ESTONIA
http://www.vm.ee/est/kat_622/
IRLANDA
http://www.dfa.ie/home/index.aspx?id=28519
GRECIA
http://www.mfa.gr/www.mfa.gr/en-US/Policy/Multilateral+Diplomacy/Global+Issues/International+Sanctions/
ESPAÑA
http://www.maec.es/es/MenuPpal/Asuntos/Sanciones%20Internacionales/Paginas/Sanciones_%20Internacionales.aspx
FRANCIA
http://www.diplomatie.gouv.fr/autorites-sanctions/
CROACIA
http://www.mvep.hr/sankcije
ITALIA
http://www.esteri.it/MAE/IT/Politica_Europea/Deroghe.htm
CHIPRE
http://www.mfa.gov.cy/sanctions
LETONIA
http://www.mfa.gov.lv/en/security/4539
LITUANIA
http://www.urm.lt
LUXEMBURGO
http://www.mae.lu/sanctions
HUNGRÍA
http://www.kulugyminiszterium.hu/kum/hu/bal/Kulpolitikank/nemzetkozi_szankciok/
MALTA
http://www.doi.gov.mt/EN/bodies/boards/sanctions_monitoring.asp
PAÍSES BAJOS
http://www.minbuza.nl/sancties
AUSTRIA
http://www.bmeia.gv.at/view.php3?f_id=12750&LNG=en&version=
POLONIA
http://www.msz.gov.pl
PORTUGAL
http://www.min-nestrangeiros.pt
RUMANÍA
http://www.mae.ro/node/1548
ESLOVENIA
http://www.mzz.gov.si/si/zunanja_politika/mednarodna_varnost/omejevalni_ukrepi/
ESLOVAQUIA
http://www.foreign.gov.sk
FINLANDIA
http://formin.finland.fi/kvyhteistyo/pakotteet
SUECIA
http://www.ud.se/sanktioner
REINO UNIDO
www.fco.gov.uk/competentauthorities
B. Dirección para las notificaciones o comunicaciones a la Comisión Europea:
Comisión Europea
Servicio de Instrumentos de Política Exterior
CHAR 12/106
B-1049 Bruxelles/Brussel
Bélgica
Correo electrónico: relex-sanctions@ec.europa.eu
Teléfono +32 2295 55 85
Fax +32 2299 08 73.
( 1 ) DO L 28 de 2.2.2011, p. 62.
( 2 ) DO L 8 de 12.1.2001, p. 1.
( 3 ) DO L 281 de 23.11.1995, p. 31.