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Document 02010D0413-20200620
Council Decision 2010/413/CFSP of 26 July 2010 concerning restrictive measures against Iran and repealing Common Position 2007/140/CFSP
Consolidated text: Decisión 2010/413/PESC del Consejo, de 26 de julio de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y que deroga la Posición Común 2007/140/PESC
Decisión 2010/413/PESC del Consejo, de 26 de julio de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y que deroga la Posición Común 2007/140/PESC
02010D0413 — ES — 20.06.2020 — 032.001
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DECISIÓN 2010/413/PESC DEL CONSEJO de 26 de julio de 2010 (DO L 195 de 27.7.2010, p. 39) |
Modificada por:
Rectificada por:
La presentación de este texto consolidado tiene en cuenta las sentencias de los Tribunales de la UE sobre las menciones de la lista de personas y entidades designadas.
DECISIÓN 2010/413/PESC DEL CONSEJO
de 26 de julio de 2010
relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y que deroga la Posición Común 2007/140/PESC
CAPÍTULO 1
RESTRICCIONES A LA EXPORTACIÓN Y LA IMPORTACIÓN
Artículo 1
1. Queda prohibido el suministro, la venta o la transferencia en forma directa o indirecta, desde el territorio de los Estados miembros o por sus nacionales, o utilizando buques o aeronaves con su pabellón, para ser utilizados en Irán o en su beneficio, y procedentes o no de sus territorios, de todos los artículos, materiales, equipos, bienes y tecnologías, incluidos los programas informáticos, que se detallan a continuación:
los artículos, materiales, equipos, bienes y tecnologías que figuran en las listas del Grupo de Suministradores Nucleares y del Régimen de Control de la Tecnología de Misiles.
los demás artículos, materiales, equipos, bienes y tecnologías que el Consejo de Seguridad o el Comité determinen que podrían contribuir a las actividades relacionadas con el enriquecimiento, el reprocesamiento o el agua pesada, o con el desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares.
armas y materiales conexos de toda índole, a saber: armas y municiones, vehículos y equipos militares, equipos paramilitares, así como sus repuestos. Esta prohibición no se aplicará a los vehículos que no sean de combate que hayan sido manufacturados o acondicionados con materiales para proporcionarles protección balística y que se destinen únicamente a la protección del personal de la Unión y de sus Estados miembros en Irán.
determinados otros artículos, materiales, equipos, bienes y tecnología de doble uso que puedan contribuir a las actividades relacionadas con el enriquecimiento, el reprocesamiento o el agua pesada, al desarrollo de vectores de armas nucleares, o a actividades que el OIEA considere preocupantes o tenga pendientes. La Unión Europea tomará las medidas necesarias para determinar los artículos pertinentes a los que se aplicará la presente disposición.
otros bienes y la tecnología de doble uso que figuran en el anexo I del Reglamento (CE) no 428/2009 del Consejo, de 5 de mayo de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control de las exportaciones, la transferencia, el corretaje y el tránsito de productos de doble uso ( 1 ) no cubiertos por lo dispuesto en la letra a) excepto determinados artículos de la categoría 5, primera parte, y de la categoría 5, segunda parte, del anexo I de dicho Reglamento.
2. La prohibición establecida en el apartado 1 no se aplicará a la transferencia en forma directa o indirecta a Irán, o para su utilización en Irán o en beneficio de este país, a través de los territorios de los Estados miembros de los bienes mencionados en el párrafo primero del apartado 2, letra c), de la RCSNU 2231 (2015) respecto de los reactores de agua ligera.
3. Queda prohibido asimismo:
facilitar asistencia o capacitación técnica, inversiones o servicios de intermediación relacionados con los artículos, materiales, equipos, bienes y tecnologías mencionados en el artículo 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos artículos, directa o indirectamente, a cualquier persona, entidad u órgano de Irán, o para su utilización en ese país;
facilitar financiación o asistencia financiera en relación con los artículos y tecnologías mencionados en el apartado 1, y en particular subvenciones, préstamos y seguros de crédito a la exportación para cualquier venta, suministro, transferencia o exportación de dichos artículos y tecnologías, o para el suministro, directo o indirecto, de la correspondiente capacitación técnica, servicios o asistencia a cualquier persona, entidad u órgano de Irán, o para su utilización en ese país.
participar consciente o deliberadamente en actividades cuyo objeto o efecto sea eludir la prohibición a que se refieren las letras a) y b).
4. También se prohíbe que los nacionales de los Estados miembros, o utilizando buques o aeronaves con su pabellón adquieran de Irán los artículos, materiales, equipos, bienes y tecnología mencionados en el artículo 1, tengan o no su origen en el territorio de Irán.
Artículo 2
1. Estarán sujetos a una autorización por parte de las autoridades competentes del Estado miembro exportador de que se trate el suministro, la venta o la transferencia en forma directa o indirecta a Irán, o para su utilización en Irán o en beneficio de este país, por nacionales de los Estados miembros o a través de los territorios de los mismos, o utilizando buques o aeronaves bajo la jurisdicción de los mismos, de los artículos, materiales, equipos, bienes y tecnologías, incluidos los programas informáticos, no cubiertos por el artículo 1 que puedan contribuir a las actividades relacionadas con el enriquecimiento, el reprocesamiento o el agua pesada, al desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares o a la realización de actividades relacionadas con otros asuntos que el OIEA considere preocupantes o tenga pendientes, teniendo en cuenta cada caso particular. La Unión adoptará las medidas necesarias para determinar los elementos pertinentes a los que se aplicará la presente disposición.
2. El suministro de:
asistencia o capacitación técnica, inversiones o servicios de intermediación relacionados con los artículos, materiales, equipos, bienes y tecnologías mencionados en el artículo 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos artículos, directa o indirectamente, a cualquier persona, entidad u órgano de Irán, o para su utilización en ese país, y de
financiación o asistencia financiera en relación con los artículos y tecnologías mencionados en el apartado 1, y en particular subvenciones, préstamos y seguros de crédito a la exportación para cualquier venta, suministro, transferencia o exportación de dichos artículos, o para el suministro, directo o indirecto, de la correspondiente capacitación técnica, servicios o asistencia a cualquier persona, entidad u órgano de Irán, o para su utilización en ese país,
estará sujeta a una autorización por parte de la autoridad competente del Estado miembro exportador de que se trate.
3. Las autoridades competentes de los Estados miembros no concederán ninguna autorización para el suministro, la venta o la transferencia de los artículos, materiales, equipos, bienes y tecnologías a que se refiere el apartado 1, cuando los Estados miembros determinen que la venta, el suministro, la transferencia o la exportación en cuestión, o la prestación del servicio de que se trate, contribuyen a las actividades contempladas en el apartado 1.
Artículo 3
1. Las medidas prescritas en el artículo 1, apartado 1, letras a), b) y c), y apartado 2, no se aplicarán, según proceda, cuando el Comité determine previamente y caso por caso que es evidente que el suministro, la venta o la transferencia de esos artículos o la prestación de esa asistencia no contribuirán al desarrollo de las tecnologías de Irán en apoyo de sus actividades nucleares estratégicas relacionadas con la proliferación y del desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares, incluso cuando esos artículos o asistencia tengan fines alimentarios, agrícolas, médicos u otros fines humanitarios, siempre que:
los contratos para el suministro de esos artículos o la prestación de esa asistencia incluyan garantías adecuadas en cuanto al usuario final, e
Irán se haya comprometido a no utilizar estos artículos en actividades nucleares estratégicas relacionadas con la proliferación o para el desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares.
2. Las medidas impuestas en el artículo 1, apartado 1, letra e), y apartado 3 no se aplicarán cuando la autoridad competente del Estado miembro interesado determine previamente y caso por caso que es evidente que el suministro, la venta o la transferencia de esos artículos o la prestación de esa asistencia no contribuirán al desarrollo de las tecnologías de Irán en apoyo de sus actividades nucleares que planteen un riesgo de proliferación y del desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares, incluso cuando esos artículos o asistencia tengan fines médicos u otros fines humanitarios, siempre que:
los contratos para el suministro de esos artículos o la prestación de esa asistencia incluyan garantías adecuadas en cuanto al usuario final,
Irán se haya comprometido a no utilizar estos artículos en actividades nucleares que planteen un riesgo de proliferación o para el desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares.
El Estado miembro interesado informará a los demás Estados miembros de toda exención que se rechace.
Artículo 3 bis
1. Queda prohibida la importación, la adquisición o el transporte de petróleo crudo y productos derivados del petróleo iraníes.
La Unión tomará las medidas necesarias para determinar los artículos pertinentes que habrán de quedar cubiertos por la presente disposición.
2. Queda prohibido proporcionar, directa o indirectamente, financiación o asistencia financiera, incluidos derivados financieros, así como seguros y reaseguros, en relación con la importación, la adquisición o el transporte de petróleo crudo y productos derivados del petróleo iraníes.
Artículo 3 ter
1. Queda prohibida la importación, la adquisición o el transporte de productos petroquímicos iraníes.
La Unión tomará las medidas necesarias para determinar los artículos pertinentes que habrán de quedar cubiertos por el presente artículo.
2. Queda prohibido proporcionar, directa o indirectamente, financiación o asistencia financiera, así como seguros y reaseguros, en relación con la importación, la adquisición o el transporte de productos petroquímicos iraníes.
Artículo 3 quater
1. Las prohibiciones establecidas en el artículo 3 bis se entenderán sin perjuicio de la ejecución, hasta el 1 de julio de 2012, de contratos celebrados antes del 23 de enero de 2012 o de contratos auxiliares necesarios para la ejecución de dichos contratos, que deban celebrarse y ejecutarse el 1 de julio de 2012, a más tardar.
2. Las prohibiciones establecidas en el artículo 3 bis se entenderán sin perjuicio de la ejecución de obligaciones estipuladas en contratos celebrados antes del 23 de enero de 2012 o en contratos auxiliares necesarios para la ejecución de dichas obligaciones, cuando el suministro de petróleo crudo y productos derivados del petróleo iraníes o el producto derivado de su suministro se destinen al reembolso de sumas pendientes de pago por contratos celebrados antes del 23 de enero de 2012 a personas o entidades situadas en el territorio de los Estados miembros o que estén bajo su jurisdicción, siempre que dichos reembolsos estén estipulados de manera específica en tales contratos.
Artículo 3 quinquies
1. Las prohibiciones establecidas en el artículo 3 ter se entenderán sin perjuicio de la ejecución, hasta el 1 de mayo de 2012, de contratos celebrados antes del 23 de enero de 2012 o de contratos auxiliares necesarios para la ejecución de dichos contratos, que deban celebrarse y ejecutarse el 1 de mayo de 2012, a más tardar.
2. Las prohibiciones establecidas en el artículo 3 ter se entenderán sin perjuicio de la ejecución de obligaciones estipuladas en contratos celebrados antes del 23 de enero de 2012 o de contratos auxiliares necesarios para la ejecución de dichas obligaciones, cuando el suministro de productos petroquímicos o el producto derivado de su suministro se destinen al reembolso de sumas pendientes de pago por contratos celebrados antes del 23 de enero de 2012 a personas o entidades situadas en el territorio de los Estados miembros o que estén bajo su jurisdicción, siempre que dichos reembolsos estén estipulados de manera específica en tales contratos.
Artículo 3 sexies
1. Queda prohibida la importación, la adquisición o el transporte de gas natural iraní.
La Unión tomará las medidas necesarias para determinar los artículos pertinentes que habrán de quedar cubiertos por la presente disposición.
2. Queda prohibido proporcionar, directa o indirectamente, financiación o asistencia financiera, incluidos derivados financieros, así como seguros y reaseguros y servicios de corretaje referentes a los seguros y reaseguros, en relación con la importación, la adquisición o el transporte de gas natural iraní.
3. La prohibición establecida en el apartado 1 se entenderá sin perjuicio de la ejecución de contratos de suministro de gas natural de un Estado distinto de Irán a un Estado miembro de la Unión.
Artículo 4
1. Quedan prohibidos la venta, suministro o la transferencia de equipos y tecnología clave para los siguientes sectores clave de la industria del petróleo y el gas natural de Irán, o a empresas iraníes o de propiedad iraní activas en dichos sectores fuera de Irán por parte de nacionales de los Estados miembros o desde el territorio de los Estados miembros, o utilizando buques o aeronaves bajo la jurisdicción de los Estados miembros, con independencia de si proceden de sus territorios o no:
refinado;
gas natural licuado;
prospección;
producción.
La Unión tomará las medidas necesarias para determinar los bienes correspondientes que habrán de quedar cubiertos por la presente disposición.
2. Queda prohibido prestar a las siguientes empresas activas en Irán en los sectores clave de la industria del petróleo o del gas iraní mencionadas en el apartado 1, o a empresas iraníes o de propiedad iraní activas en dichos sectores fuera de Irán:
asistencia técnica o formación y demás servicios relacionados con equipos y tecnología clave determinados con arreglo al apartado 1;
financiación o asistencia financiera a cualquier venta, suministro, transferencia o exportación de equipos y tecnología clave determinados con arreglo al apartado 1, o a la prestación de la respectiva asistencia técnica o formación;
3. Queda prohibido participar, con conocimiento y deliberadamente, en actividades cuyo objeto o efecto sea eludir las prohibiciones mencionadas en los apartados 1 y 2.
Artículo 4 bis
1. Quedan prohibidos la venta, el suministro o la transferencia de equipos y tecnología clave para la industria petroquímica de Irán, o a empresas iraníes o de propiedad iraní activas en dicha industria fuera de Irán por parte de nacionales de los Estados miembros o desde el territorio de los Estados miembros, o utilizando buques o aeronaves bajo la jurisdicción de los Estados miembros, con independencia de si proceden de sus territorios o no.
La Unión tomará las medidas necesarias para determinar los artículos pertinentes que habrán de quedar cubiertos por la presente disposición.
2. Queda prohibido suministrar a empresas iraníes activas en la industria petroquímica de Irán, o a empresas iraníes o de propiedad iraní activas en dicha industria fuera de Irán:
asistencia técnica o formación y demás servicios relacionados con equipos y tecnología clave determinados con arreglo al apartado 1;
financiación o asistencia financiera a cualquier venta, suministro, transferencia o exportación de equipos y tecnología clave determinados con arreglo al apartado 1, o a la prestación de la respectiva asistencia técnica o formación.
3. Queda prohibido participar, con conocimiento y deliberadamente, en actividades cuyo objeto o efecto sea eludir las prohibiciones mencionadas en los apartados 1 y 2.
Artículo 4 ter
1. La prohibición establecida en el artículo 4, apartado 1, se entenderá sin perjuicio de la ejecución, hasta el 15 de abril de 2013, de cualquier obligación de entrega de bienes estipulada en contratos celebrados antes del 26 de julio de 2010 o del 16 de octubre de 2012.
2. Las prohibiciones establecidas en el artículo 4 se entenderán sin perjuicio de la ejecución, hasta el 15 de abril de 2013, de cualquier obligación dimanante de contratos celebrados antes del 26 de julio de 2010 o del 16 de octubre de 2012 y relativas a inversiones realizadas en Irán antes de esas fechas por empresas establecidas en Estados miembros.
3. La prohibición establecida en el artículo 4 bis, apartado 1, se entenderá sin perjuicio de la ejecución, hasta el 15 de abril de 2013, de las obligaciones de entrega de bienes estipuladas en contratos celebrados antes del 23 de enero de 2012 o del 16 de octubre de 2012.
4. Las prohibiciones establecidas en el artículo 4 bis se entenderán sin perjuicio de la ejecución, hasta el 15 de abril de 2013, de las obligaciones dimanantes de contratos celebrados antes del 23 de enero de 2012 o del 16 de octubre de 2012 y relativas a inversiones realizadas en Irán antes de esas fechas por empresas establecidas en Estados miembros.
5. Los apartados 1 y 2 se entenderán sin perjuicio de la ejecución de las obligaciones a que se refiere el artículo 3 quater, apartado 2, siempre que dichas obligaciones deriven de contratos de servicios o de contratos auxiliares necesarios para su ejecución y siempre que la ejecución de tales obligaciones haya sido autorizada de antemano por el Estado miembro pertinente. Este informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de su intención de conceder una autorización.
6. Los apartados 3 y 4 se entenderán sin perjuicio de la ejecución de las obligaciones a que se refiere el artículo 3 quinquies, apartado 2, siempre que dichas obligaciones deriven de contratos de servicios o de contratos auxiliares necesarios para su ejecución y siempre que la ejecución de tales obligaciones haya sido autorizada de antemano por el Estado miembro pertinente. Este informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de su intención de conceder una autorización.
Artículo 4 quater
Queda prohibida la venta, la adquisición, el transporte y el corretaje, directos o indirectos, de oro, metales preciosos y diamantes a, de o para, el Gobierno de Irán, sus organismos públicos, corporaciones y agencias o el Banco Central de Irán, así como a, de o para, personas y entidades que actúen por su cuenta o bajo su dirección, o entidades que sean de su propiedad o se encuentren bajo su control.
La Unión tomará las medidas necesarias para determinar los artículos pertinentes que habrán de quedar cubiertos por la presente disposición.
Artículo 4 quinquies
Queda prohibida la entrega al Banco Central de Irán, o a su favor, de billetes y moneda denominados en divisa iraní de reciente impresión o acuñación o que no hayan sido emitidos.
Artículo 4 sexies
1. Quedan prohibidos la venta, suministro o transferencia a Irán de grafito y de metales de base o semiacabados, tales como el aluminio y el acero, que sean de interés para industrias controladas directa o indirectamente por el Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Iraní o para el programa nuclear, militar y de misiles balísticos de Irán, por nacionales de los Estados miembros o desde el territorio de los Estados miembros, o utilizando buques o aeronaves bajo la jurisdicción de los Estados miembros, con independencia de si proceden de sus territorios o no.
La Unión tomará las medidas necesarias para determinar los artículos pertinentes que quedarán cubiertos por esta disposición.
2. Queda también prohibido:
proporcionar a Irán asistencia técnica o formación y demás servicios relacionados con los artículos mencionados en el apartado 1;
proporcionar a Irán financiación o asistencia financiera a toda venta, suministro o transferencia vinculada con los artículos mencionados en el apartado 1 o con la prestación de la respectiva asistencia técnica y formación.
3. Queda prohibido participar, con conocimiento o deliberadamente, en actividades cuyo objeto o efecto sea eludir las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2.
Artículo 4 septies
Las prohibiciones establecidas en el artículo 4 sexies se entenderá sin perjuicio de la ejecución, hasta el 15 de abril de 2013, de contratos celebrados antes del 16 de octubre de 2012 o de contratos auxiliares necesarios para la ejecución de aquellos.
Artículo 4 octies
1. Quedan prohibidos la venta, suministro o transferencia de equipos y tecnología navales esenciales para la construcción, mantenimiento o reparación de buques a Irán, a empresas iraníes o de propiedad iraní implicadas en este sector, por nacionales de los Estados miembros o desde el territorio de los Estados miembros, o utilizando buques o aeronaves bajo la jurisdicción de los Estados miembros, con independencia de si proceden de sus territorios o no.
La Unión tomará las medidas necesarias para determinar los artículos pertinentes que quedarán cubiertos por esta disposición.
2. La prohibición establecida en el apartado 1 se entenderá sin perjuicio del suministro de equipos y tecnología navales esenciales a buques que no sean de propiedad iraní ni se encuentren bajo control iraní y que hayan sido constreñidos por fuerza mayor a atracar en un puerto iraní o a adentrarse en aguas territoriales iraníes.
3. Queda también prohibido:
proporcionar a Irán asistencia técnica o formación y demás servicios relacionados con los artículos mencionados en el apartado 1;
proporcionar a Irán financiación o asistencia financiera a toda venta, suministro o transferencia vinculada con los artículos mencionados en el apartado 1 o con la prestación de la respectiva asistencia técnica y formación.
4. Queda prohibido participar, con conocimiento o deliberadamente, en actividades cuyo objeto o efecto sea eludir las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 3.
Artículo 4 nonies
Las prohibiciones establecidas en el artículo 4 septies se entenderán sin perjuicio de la ejecución, hasta el 15 de febrero de 2013, de contratos celebrados antes del 16 de octubre de 2012 o de contratos auxiliares necesarios para la ejecución de aquellos.
Artículo 4 decies
1. Quedan prohibidos la venta, suministro o transferencia a Irán de programas informáticos destinados a procesos industriales, que sean de interés para industrias controladas directa o indirectamente por el Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Iraní o para el programa nuclear, militar y de misiles balísticos de Irán, por parte nacionales de los Estados miembros o desde el territorio de los Estados miembros, o utilizando buques o aeronaves bajo la jurisdicción de los Estados miembros, con independencia de si proceden de sus territorios o no.
La Unión tomará las medidas necesarias para determinar los artículos pertinentes que quedarán cubiertos por esta disposición.
2. Queda prohibido también:
proporcionar a Irán asistencia técnica o formación y demás servicios relacionados con los artículos mencionados en el apartado 1;
proporcionar a Irán financiación o asistencia financiera a toda venta, suministro o transferencia vinculada con los artículos mencionados en el apartado 1 o con la prestación de la respectiva asistencia técnica y formación.
3. Queda prohibido participar, con conocimiento o deliberadamente, en actividades cuyo objeto o efecto sea eludir las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2.
Artículo 4 undecies
Las prohibiciones establecidas en el artículo 4 decies se entenderán sin perjuicio de la ejecución, hasta el 15 de enero de 2013, de los contratos celebrados antes del 16 de octubre de 2012 o de los contratos auxiliares necesarios para la ejecución de aquellas.
RESTRICCIONES A LA FINANCIACIÓN DE DETERMINADAS EMPRESAS
Artículo 5
Queda prohibida la inversión en territorio bajo jurisdicción de los Estados miembros por parte de Irán, sus nacionales, las personas sometidas a su jurisdicción o empresas constituidas dentro de su territorio o sometidas a su jurisdicción, o por parte de personas o entidades que actúen en su nombre o bajo su dirección, o entidades que sean de su propiedad o estén bajo su control, en cualquier actividad mercantil que implique la extracción de uranio, la producción o uso de materiales y tecnología nuclear, en particular el enriquecimiento de uranio y las actividades de reprocesamiento, todas las actividades relativas al agua pesada o tecnologías relativas a misiles balísticos capaces de producir armas nucleares. La Unión tomará las medidas necesarias para determinar los respectivos artículos a los que se aplicará el presente artículo.
Artículo 6
Queda prohibido lo siguiente:
la concesión de todo préstamo o crédito financiero a empresas de Irán que se dediquen a actividades de los sectores de la industria iraní del petróleo y el gas mencionadas en el artículo 4, apartado 1, o a empresas iraníes o de propiedad iraní activas en dichos sectores fuera de Irán;
la adquisición o ampliación de participaciones en empresas de Irán que se dediquen a actividades de los sectores de la industria iraní del petróleo y el gas mencionadas en el artículo 4, apartado 1 o a empresas iraníes o de propiedad iraní activas en dichos sectores fuera de Irán, incluida la adquisición total de dichas empresas y la adquisición de acciones y valores de índole participativa;
la creación de toda empresa mixta con empresas de Irán que se dediquen a actividades de los sectores del petróleo y el gas mencionadas en el artículo 4, apartado 1, así como con toda filial o sociedad participada que éstas controlen.
Artículo 6 bis
Quedan prohibidas:
la concesión de todo préstamo o crédito financiero a empresas de Irán que se dediquen a actividades de la industria petroquímica iraní, o a empresas iraníes o de propiedad iraní activas en dicha industria fuera de Irán;
la adquisición o ampliación de participaciones en empresas de Irán que se dediquen a actividades de la industria petroquímica iraní o a empresas iraníes o de propiedad iraní activas en dicha industria fuera de Irán, incluida la adquisición total de dichas empresas y la adquisición de acciones y valores de índole participativa;
la creación de toda empresa mixta con empresas de Irán que se dediquen a actividades de la industria petroquímica iraní, así como con toda filial o sociedad participada que éstas controlen.
Artículo 7
1. Las prohibiciones establecidas en el artículo 6, letras a) y b), respectivamente:
se entenderán sin perjuicio de la ejecución de obligaciones dimanantes de contratos o acuerdos celebrados antes del 26 de julio de 2010;
no impedirán la ampliación de una participación, si dicha ampliación constituye una obligación dimanante de un acuerdo celebrado antes del 26 de julio de 2010.
2. Las prohibiciones establecidas en el artículo 6 bis, letras a) y b), respectivamente:
se entenderán sin perjuicio de la ejecución de las obligaciones dimanantes de contratos o acuerdos celebrados antes del 23 de enero de 2012;
no impedirán la ampliación de una participación, si dicha ampliación constituye una obligación dimanante de un acuerdo celebrado antes del 23 de enero de 2012.
RESTRICCIONES A LA AYUDA FINANCIERA AL COMERCIO
Artículo 8
1. Los Estados miembros no contraerán ningún nuevo compromiso a corto, medio o largo plazo de prestación de ayuda financiera destinada al comercio con Irán, incluida la concesión de créditos a la exportación, garantías o seguros, a sus nacionales o a entidades que se dediquen a dicho comercio, y los Estados miembros no garantizarán ni reasegurarán dichos compromisos.
2. El apartado 1 no afectará a los compromisos asumidos antes de la entrada en vigor de la presente Decisión.
3. El apartado 1 no afectará al comercio con fines alimentarios, agrícolas, médicos y demás fines humanitarios.
CONSTRUCCIÓN DE PETROLEROS
Artículo 8 bis
1. Queda prohibida la construcción o la participación en la construcción de nuevos petroleros para Irán o para personas o entidades iraníes, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4, letra g).
2. Queda prohibido facilitar asistencia técnica o financiación o asistencia financiera a la construcción de nuevos petroleros para Irán o para personas o entidades iraníes.
CAPÍTULO 2
SECTOR FINANCIERO
Artículo 9
Los Estados miembros no adquirirán con respecto al Gobierno de Irán nuevos compromisos en materia de subvenciones, asistencia financiera y préstamos en condiciones favorables, incluido mediante su participación en instituciones financieras internacionales, salvo con fines humanitarios y de desarrollo.
Artículo 10
1. A fin de evitar la transferencia al territorio de los Estados miembros, a través de él o desde él, o a nacionales de los Estados miembros o a entidades organizadas de acuerdo con sus legislaciones (incluidas las sucursales en el extranjero), o por dichos nacionales o entidades, o a personas o instituciones financieras que se encuentren en los territorios de los Estados miembros, o por dichas personas o instituciones, de cualquier activo financiero o de otro tipo o de recursos que puedan contribuir a las actividades nucleares de Irán con riesgos de proliferación, o al desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares de Irán, las instituciones financieras bajo jurisdicción de los Estados miembros no asumirán ni seguirán participando en ninguna transacción con:
bancos domiciliados en Irán, incluido el Banco Central de Irán;
sucursales y filiales, dentro de la jurisdicción de los Estados miembros, de los bancos domiciliados en Irán;
sucursales y filiales, fuera de la jurisdicción de los Estados miembros, de los bancos domiciliados en Irán;
entidades financieras no domiciliadas en Irán pero que están bajo el control de personas y entidades domiciliadas en Irán,
a no ser que tal transacción haya sido autorizada de antemano por los Estados miembros pertinentes de acuerdo con los apartados 2 y 3.
2. A efectos del apartado 1, el Estado miembro pertinente podrá autorizar las siguientes transacciones:
transacciones relacionadas con productos alimenticios, atención sanitaria, equipos médicos o con fines agrícolas o humanitarios;
transacciones relativas a transferencias personales;
transacciones relativas a la ejecución de excepciones establecidas por la presente Decisión;
transacciones vinculadas a un contrato mercantil específico que no estén prohibidas en virtud de la presente Decisión;
transacciones relativas a una misión diplomática o consular o a una organización internacional que disfrute de inmunidades de conformidad con el Derecho internacional, en la medida en que dichas transacciones vayan destinadas a usos con fines oficiales de la misión diplomática o consular o de la organización internacional;
transacciones sobre pagos destinados a atender reclamaciones contra Irán, personas o entidades iraníes, caso por caso y a reserva de su notificación diez días antes de su autorización, y transacciones de naturaleza similar que no contribuyan a actividades prohibidas en virtud de la presente Decisión.
No se requerirá autorización o notificación respecto de las transacciones contempladas en las letras a) a e) que sean inferiores a 10 000 EUR.
3. Las transferencias de fondos a Irán y desde Irán a través de los bancos e instituciones financieras iraníes para las transacciones mencionadas en el apartado 2 se tratarán como sigue:
las transferencias debidas por transacciones relacionadas con productos alimenticios, atención sanitaria, equipos médicos o con fines agrícolas o humanitarios inferiores a 100 000 EUR, así como las transferencias personales inferiores a 40 000 EUR se efectuarán sin autorización previa alguna; la transferencia se notificará a la autoridad competente del Estado miembro interesado si es superior a 10 000 EUR;
las transferencias debidas por transacciones relacionadas con productos alimenticios, atención sanitaria, equipos médicos o con fines agrícolas o humanitarios superiores a 100 000 EUR, así como las transferencias personales superiores a 40 000 EUR requerirán autorización previa de la autoridad competente del Estado miembro interesado. El Estado miembro correspondiente informará a los demás Estados miembros de toda autorización concedida;
cualquier otra transferencia superior a 10 000 EUR requerirá autorización previa de la autoridad competente del Estado miembro interesado. El Estado miembro correspondiente informará a los demás Estados miembros de toda autorización concedida.
3 bis. Las entidades financieras, en sus actividades con los bancos y entidades financieras que cita el apartado 1, deberán:
vigilar continuamente la actividad de las cuentas, entre otras cosas mediante sus programas relacionados con la debida diligencia del cliente y según sus obligaciones relativas al blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo;
exigir que se cumplimenten todos los campos informativos de las instrucciones de pago relacionados con el origen y el beneficiario de la transacción de que se trate; de no facilitarse esa información, deberán rechazar la transacción;
mantener todos los registros de las transacciones durante un periodo de cinco años y ponerlos a disposición de las autoridades nacionales cuando éstas lo soliciten;
cuando sospechen o tengan motivos fundados para sospechar que los fondos están relacionados con la financiación de la proliferación, informar rápidamente de sus sospechas a la UIF o a otra autoridad competente designada por el Estado miembro de que se trate. La UIF o esa otra autoridad competente tendrán acceso directa o indirectamente y de manera periódica a la información financiera, administrativa y ejecutiva que necesiten para llevar a cabo adecuadamente esa función, incluido el análisis de los informes sobre transacciones sospechosas.
4. Las transferencias de fondos a Irán y desde Irán que no entren en el ámbito de aplicación de lo dispuesto en el apartado 3 se tratarán como sigue:
las transferencias debidas por transacciones relacionadas con productos alimenticios, atención sanitaria, equipos médicos o con fines agrícolas o humanitarios se efectuarán sin autorización previa alguna; la transferencia se notificará a la autoridad competente del Estado miembro interesado si es superior a 10 000 EUR;
cualquier otra transferencia inferior a 40 000 EUR se efectuará sin autorización previa alguna; la transferencia se notificará a la autoridad competente del Estado miembro interesado si es superior a 10 000 EUR;
cualquier otra transferencia superior a 40 000 EUR requerirá autorización previa de la autoridad competente del Estado miembro interesado. Dicha autorización se considerará concedida transcurrido un plazo de cuatro semanas, a no ser que la autoridad competente del Estado miembro interesado se haya opuesto dentro de ese plazo. El Estado miembro correspondiente informará a los demás Estados miembros de toda autorización que deniegue.
5. Asimismo, se pedirá a las sucursales y filiales de bancos domiciliados en Irán bajo la jurisdicción de los Estados miembros que notifiquen a la autoridad competente del Estado miembro en el que se encuentran establecidas todas las transferencias de fondos realizadas o recibidas por ellas en los cinco días laborables siguientes a la realización o la recepción de la respectiva transferencia de fondos.
A reserva de los acuerdos en materia de intercambio de información, las autoridades competentes notificadas transmitirán de inmediato dicha información sobre notificaciones, si procede, a las autoridades competentes de otros Estados miembros en los que están establecidos los beneficiarios de dichas transacciones.
Artículo 11
1. Queda prohibida la apertura de nuevas sucursales, filiales u oficinas de representación de los bancos iraníes en el territorio de los Estados miembros, así como la creación de nuevas empresas mixtas o la adquisición de una participación en la propiedad de las mismas, o el establecimiento de nuevas relaciones por parte de los bancos iraníes, entre ellos el Banco Central de Irán, sus sucursales y filiales y otras entidades financieras de las mencionadas en el artículo 10, apartado 1, con bancos que se encuentren dentro de la jurisdicción de los Estados miembros.
2. Queda prohibido a las entidades financieras situadas en el territorio de los Estados miembros o que estén bajo su jurisdicción abrir oficinas de representación, filiales o cuentas bancarias en Irán.
Artículo 12
1. Queda prohibida la prestación de seguros y reaseguros al Gobierno de Irán, a las entidades constituidas en Irán o sujetas a la jurisdicción de Irán, o a cualquier persona o entidad que actúe en su nombre o bajo su dirección, o a las entidades que sean de su propiedad o estén bajo su control, también por medios ilegales.
2. Lo dispuesto en el apartado 1 no se aplicará a la prestación de seguros de enfermedad y de viaje a personas físicas.
3. Queda prohibida la participación consciente o deliberada en actividades cuyo objeto o efecto sea eludir las prohibiciones a que se refiere el apartado 1.
Artículo 13
Quedan prohibidos la venta, la adquisición, el corretaje y la asistencia en la emisión, ya sean directos o indirectos, de títulos públicos o de garantía pública, emitidos después de la entrada en vigor de la presente Decisión, con respecto al Gobierno de Irán, al Banco Central de Irán y a los bancos domiciliados en Irán, a las sucursales y filiales de bancos domiciliados en Irán, estén o no bajo la jurisdicción de los Estados miembros, a las entidades financieras que no estén domiciliadas en Irán ni bajo la jurisdicción de los Estados miembros pero que estén controladas por personas y entidades domiciliadas en Irán, así como a cualquier persona y entidad que actúe en su nombre o bajo su dirección, y a las entidades que sean de su propiedad o estén bajo su control.
Artículo 14
Los Estados miembros exigirán a sus nacionales, a las personas sujetas a su jurisdicción y a las empresas constituidas en su territorio o sujetas a su jurisdicción que actúen con cautela a la hora de hacer negocios con entidades constituidas en Irán o sujetas a la jurisdicción de Irán, entre ellas las del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica y de la Compañía Naviera de la República Islámica de Irán, y con cualquier persona o entidad que actúe en su nombre o bajo su dirección, así como con las entidades que son de su propiedad o están bajo su control, también por medios ilegales, a fin de asegurarse de que no contribuyen a las actividades nucleares de Irán relacionadas con la proliferación, o al desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares, o al incumplimiento de las RCSNU 1737 (2006), 1747 (2007) 1803 (2008) o 1929 (2010).
CAPÍTULO 3
SECTOR DEL TRANSPORTE
Artículo 15
1. Los Estados miembros inspeccionarán, de conformidad con sus autoridades y legislación nacionales y en consonancia con el Derecho Internacional, en particular el Derecho del mar y los acuerdos internacionales de aviación civil pertinentes, todos los cargamentos con origen o destino en Irán que estén en su territorio, incluidos los puertos marítimos y los aeropuertos, si poseen información que ofrezca motivos razonables para creer que los cargamentos contienen artículos cuyo suministro, venta, transferencia o exportación están prohibidos en virtud de la presente Decisión.
2. Los Estados miembros, en consonancia con el Derecho Internacional, en particular el Derecho del mar, podrán solicitar, con el consentimiento del Estado de abanderamiento, inspecciones de los buques que se encuentren en alta mar, si poseen información que ofrezca motivos razonables para creer que los buques transportan artículos cuyo suministro, venta, transferencia o exportación están prohibidos en virtud de la presente Decisión.
3. Los Estados miembros cooperarán, con arreglo a su legislación nacional, con las inspecciones que se realicen de conformidad con el apartado 2.
4. Las aeronaves y los buques que transporten cargamentos con origen o destino en Irán estarán sometidos al requisito de información adicional previo a la llegada o a la salida para todas las mercancías que entren en un Estado miembro o salgan del mismo.
5. Cuando se realice la inspección a que se refieren los apartados 1 y 2, los Estados miembros requisarán y eliminarán (mediante su destrucción, inutilización, almacenamiento o transferencia a un Estado distinto del Estado de origen o destino para su eliminación) los artículos cuyo suministro, venta, transferencia o exportación están prohibidos en virtud de la presente Decisión. Los gastos de la requisición y la eliminación que se efectúen correrán por cuenta del importador o, en caso de que no sea posible percibir del importador el importe de dichos gastos, se imputarán a cualquier persona o entidad responsable del intento de suministro, venta, transferencia o exportación.
6. Queda prohibida la prestación por nacionales de los Estados miembros, o desde el territorio bajo jurisdicción de los Estados miembros, de servicios de aprovisionamiento de combustible o de avituallamiento, u otros servicios, a buques que sean propiedad de Irán o estén contratados por Irán, incluidos los fletes, si poseen información que ofrezca motivos razonables para creer que dichos buques transportan artículos cuyo suministro, venta, transferencia o exportación están prohibidos en virtud de la presente Decisión, salvo que la prestación de esos servicios sea necesaria con fines humanitarios o hasta el momento en que la carga haya sido inspeccionada y, de ser necesario, requisada y eliminada de conformidad con los apartados 1, 2 y 5.
Artículo 16
Los Estados miembros comunicarán al Comité toda la información de que dispongan sobre las transferencias a otras compañías o cualquier actividad que la División de Transporte Aéreo de Irán o los buques que son propiedad de la Compañía Naviera de la República Islámica de Irán u operan por cuenta de ésta pudieran haber realizado para evadir las sanciones o infringir las disposiciones de las RCSNU 1737 (2006), 1747 (2007), 1803 (2008) o 1929 (2010), incluidos el cambio de nombre y el nuevo registro de aeronaves, buques o barcos.
Artículo 17
Los Estados miembros, de conformidad con sus autoridades y legislación nacionales y en consonancia con el Derecho internacional, en particular los acuerdos internacionales de aviación civil pertinentes, tomarán las medidas necesarias para impedir el acceso a los aeropuertos sometidos a su jurisdicción de todos los vuelos de transporte de carga operados por transportistas iraníes o procedentes de Irán, salvo los vuelos mixtos de pasajeros y carga.
Artículo 18
Queda prohibida la prestación por nacionales de los Estados miembros, o desde el territorio de los Estados miembros, de servicios de ingeniería y mantenimiento a aeronaves de carga iraníes, si poseen información que ofrezca motivos razonables para creer que dichas aeronaves transportan artículos cuyo suministro, venta, transferencia o exportación están prohibidos en virtud de la presente Decisión, salvo que la prestación de esos servicios sea necesaria con fines humanitarios o hasta el momento en que la carga haya sido inspeccionada y, de ser necesario, requisada y eliminada de conformidad con el artículo 15, apartados 1 y 5.
Artículo 18 bis
Queda prohibido a partir del 15 de enero de 2013 el suministro de servicios de abanderamiento y clasificación, incluidos los números de registro y de identificación del tipo que sean, a petroleros y cargueros iraníes por parte de nacionales de los Estados miembros o desde el territorio bajo jurisdicción de los Estados miembros.
Artículo 18 ter
1. Queda prohibido suministrar buques concebidos para transportar o almacenar petróleo y productos petroquímicos a personas, entidades u organismos iraníes.
2. Queda prohibido suministrar buques concebidos para transportar o almacenar petróleo y productos petroquímicos a cualquier persona, entidad u organismo a fin de transportar petróleo y productos petroquímicos iraníes.
3. Queda prohibido participar, con conocimiento o deliberadamente, en actividades cuyo objeto o efecto sea eludir las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2.
CAPÍTULO 4
RESTRICCIONES DE LA ADMISIÓN
Artículo 19
1. Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para impedir la entrada en su territorio, o el tránsito por él, de:
las personas enumeradas en el anexo de la RCSNU 1737 (2006) y las otras personas designadas por el Consejo de Seguridad o por el Comité de conformidad con el apartado 10 de la RCSNU 1737 (2006), así como de las personas pertenecientes a los Cuerpos de la Guardia Revolucionaria Islámica designadas por el Consejo de Seguridad o por el Comité. La lista de dichas personas figura en el anexo I;
otras personas no incluidas en el anexo I que se dediquen, estén directamente vinculadas o presten apoyo a las actividades nucleares de Irán relacionadas con la proliferación o al desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares, incluso mediante su participación en la adquisición de artículos, bienes, equipos, materiales y tecnologías prohibidos, o personas que actúen en su nombre o bajo su dirección, o personas que hayan evadido o infringido, o que hayan ayudado a personas y entidades designadas a evadir las sanciones o infringir las disposiciones de las RCSNU 1737 (2006), 1747(2007), 1803 (2008) y 1929 (2010) o de la presente Decisión, o ayudado a personas y entidades designadas a evadirlas o infringirlas, así como otros miembros del IRGC y personas que actúen en nombre del IRGC o del IRISL, y personas que presten servicios de seguros u otros servicios esenciales al IRGC o el IRISL o a entidades que sean de su propiedad o estén bajo su control o actúen en su nombre, enumerados en el anexo II;
otras personas no incluidas en el anexo I que presten apoyo al Gobierno de Irán, así como de las personas vinculadas a ellas, enumeradas en el anexo II;
otras personas designadas por el Consejo de Seguridad como comprometidas, directamente vinculadas o que hayan prestado apoyo a actividades nucleares de Irán relacionadas con la proliferación que sean contrarias a los compromisos adquiridos por este país en virtud del Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC), o el desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares, incluso mediante su participación en la adquisición de artículos, bienes, equipos, materiales y tecnologías especificados en la declaración adjunta al Anexo B de la RCSNU 2231 (2015); que hayan ayudado a personas y entidades designadas a evadir las sanciones o infringir las disposiciones del PAIC o de la RCSNU 2231 (2015); que hayan actuado en nombre o bajo las órdenes de personas y entidades designadas en el anexo III;
otras personas no cubiertas por el Anexo III que están comprometidas, directamente vinculadas o que han prestado apoyo a actividades nucleares de Irán relacionadas con la proliferación que sean contrarias a los compromisos adquiridos por este país en virtud del PAIC, o el desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares, incluso mediante su participación en la adquisición de artículos, bienes, equipos, materiales y tecnologías especificados en la declaración adjunta al Anexo B de la RCSNU 2231 (2015) o en la presente Decisión; que hayan ayudado a personas y entidades designadas a evadir las sanciones o infringir las disposiciones del PAIC o de la RCSNU 2231 (2015) o la presente Decisión; que hayan actuado en nombre o bajo las órdenes de personas y entidades designadas en el anexo IV.
2. La prohibición establecida en el apartado 1 del presente artículo no se aplicará al tránsito a través de los territorios de los Estados miembros a efectos de las actividades directamente relacionadas con los artículos especificados en el apartado 2, letra c), párrafo primero, del anexo B de la RCSNU 2231 (2015) destinados a reactores de agua ligera.
3. Lo dispuesto en el apartado 1 no obligará a los Estados miembros a denegar la entrada en su territorio a sus propios nacionales.
4. El apartado 1 se entenderá sin perjuicio de aquellos casos en que un Estado miembro esté obligado por el Derecho Internacional, a saber:
como país anfitrión de una organización internacional intergubernamental;
como país anfitrión de una conferencia internacional convocada por las Naciones Unidas o auspiciada por éstas;
con arreglo a un acuerdo multilateral que confiera privilegios e inmunidades;
por el Concordato de 1929 (Pacto de Letrán) celebrado entre la Santa Sede (Estado de la Ciudad del Vaticano) e Italia.
5. El apartado 4 se considerará aplicable también a aquellos casos en los que un Estado miembro sea país anfitrión de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE).
6. Se informará debidamente al Consejo en todos los casos en que un Estado miembro conceda una exención de conformidad con los apartados 4 o 5.
7. Los Estados miembros podrán conceder exenciones de las medidas impuestas en el apartado 1 cuando determinen que el viaje esté justificado por:
razones humanitarias urgentes, incluidas las obligaciones religiosas,
promover los objetivos de la RCSNU 2231 (2015), incluidos los casos en que se aplique el artículo XV del Estatuto del OIEA,
la asistencia a reuniones de organismos intergubernamentales, incluidas las promovidas por la Unión, o las celebradas en un Estado miembro que ocupe la Presidencia en ejercicio de la OSCE, en las que se mantenga un diálogo político que fomente directamente la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho en Irán.
8. Todo Estado miembro que desee conceder las exenciones a que se refiere el apartado 7 lo notificará por escrito al Consejo. Se considerarán concedidas las exenciones a menos que uno o varios miembros del Consejo presenten objeciones por escrito en un plazo de dos días hábiles desde la recepción de la notificación de la exención propuesta. En caso de que algún miembro del Consejo formule una objeción, el Consejo, por mayoría cualificada, podrá resolver la concesión de la exención propuesta.
9. En los casos en que, en virtud de los apartados 4 5 y 7, un Estado miembro autorice la entrada en o el tránsito por su territorio de las personas enumeradas en los anexos I, II, III o IV, la autorización estará limitada a los fines para los que fue concedida y a las personas concernidas por la misma.
10. Todo Estado miembro que desee conceder las exenciones a que se refiere el apartado 7, incisos i) e ii) presentará las autorizaciones propuestas al Consejo de Seguridad para su aprobación.
CAPÍTULO 5
INMOVILIZACIÓN DE FONDOS Y RECURSOS ECONÓMICOS
Artículo 20
1. Serán inmovilizados todos los fondos y recursos económicos que sean pertenencia o propiedad, o estén bajo el control o a disposición, directa o indirectamente, de:
las personas y entidades designadas en el anexo de la RCSNU 1737 (2006), de las otras personas y entidades designadas por el Consejo de Seguridad o por el Comité de conformidad con el apartado 12 de la RCSNU 1737 (2006) y el apartado 7 de la RCSNU 1803 (2008), así como de las personas y entidades pertenecientes a los Cuerpos de la Guardia Revolucionaria Islámica y de las entidades de la Compañía Naviera de la República Islámica de Irán designadas por el Consejo de Seguridad o por el Comité, personas y entidades que se enumeran en el anexo I;
otras personas y entidades no incluidas en el anexo I que se dediquen, estén directamente vinculadas o presten apoyo a las actividades nucleares de Irán relacionadas con la proliferación o al desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares, incluso mediante su participación en la adquisición de artículos, bienes, equipos, materiales y tecnologías prohibidos, las personas o entidades que actúen en su nombre o bajo su dirección, las entidades que sean de su propiedad o estén bajo su control, también por medios ilegales, y las personas que hayan evadido o infringido, o personas que hayan ayudado a personas y entidades designadas a evadir las sanciones o infringir las disposiciones de las RCSNU 1737 (2006), 1747(2007), 1803 (2008) y 1929 (2010) o de la presente Decisión, o ayudado a personas y entidades designadas a evadirlas o infringirlas, así como otros miembros y entidades del IRGC y del IRISL y entidades que sean de su propiedad o estén bajo su control o personas y entidades que actúen en su nombre o personas y entidades que presten servicios de seguro u otros servicios esenciales al IRGC y al IRISL, o a entidades que sean de su propiedad o estén bajo su control o que actúen en su nombre, según se enumeran en el anexo II;
otras personas y entidades no incluidas en el anexo I que presten apoyo al Gobierno de Irán, así como entidades que sean de su propiedad o estén bajo su control o personas y entidades vinculadas a ellas, según se enumeran en el anexo II;
otras personas y entidades designadas por el Consejo de Seguridad como comprometidas, directamente vinculadas o que hayan prestado apoyo a actividades nucleares de Irán relacionadas con la proliferación que sean contrarias a los compromisos adquiridos por este país en virtud del PAIC, o el desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares, incluso mediante su participación en la adquisición de artículos, bienes, equipos, materiales y tecnologías especificados en la declaración adjunta al Anexo B de la RCSNU 2231 (2015); que hayan ayudado a personas y entidades designadas a eludir las sanciones o infringir las disposiciones del PAIC o de la RCSNU 2231 (2015); que hayan actuado en nombre o bajo las órdenes de personas y entidades designadas, o que hayan sido propiedad o estén bajo el control de personas o entidades designadas en el anexo III.
otras personas y entidades no cubiertas por el anexo III que están comprometidas, directamente vinculadas o que han prestado apoyo a actividades nucleares de Irán relacionadas con la proliferación que sean contrarias a los compromisos adquiridos por este país en virtud del PAIC o el desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares, incluso mediante su participación en la adquisición de artículos, bienes, equipos, materiales y tecnologías especificados en la declaración adjunta al Anexo B de la RCSNU 2231 (2015) o en la presente Decisión; que hayan ayudado a personas y entidades designadas a evadir las sanciones o infringir las disposiciones del PAIC o de la RCSNU 2231 (2015) o la presente Decisión; que hayan actuado en nombre o bajo las órdenes de personas y entidades designadas o que hayan sido propiedad o estén bajo el control de personas o entidades designadas en el anexo IV.
2. No podrán ponerse, ni directa ni indirectamente, fondos ni recursos económicos a disposición o en beneficio de las personas o entidades a que se refiere el apartado 1.
3. Se podrán establecer excepciones para los fondos y recursos económicos que sean:
necesarios para satisfacer las necesidades básicas, incluido el pago de alimentos, alquileres o hipotecas, medicamentos y tratamientos médicos, impuestos, primas de seguros y servicios públicos;
destinados exclusivamente al pago de honorarios profesionales razonables o al reembolso de gastos relacionados con la prestación de asistencia letrada;
destinados exclusivamente al pago de honorarios o tasas, con arreglo a la legislación nacional, por la administración o mantenimiento ordinarios de los fondos y recursos económicos inmovilizados;
previa notificación al Consejo de Seguridad por parte del Estado miembro de que se trate de su intención de autorizar, si procede, el acceso a dichos fondos y recursos económicos, y siempre y cuando el Consejo de Seguridad no haya tomado una decisión negativa en el plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación.
4. También podrán otorgarse exenciones para los fondos y recursos económicos que sean:
necesarios para costear gastos extraordinarios, previa notificación por el Estado miembro de que se trate al Consejo de Seguridad y previa aprobación de este;
objeto de un embargo o una decisión judicial, administrativa o arbitral, en cuyo caso los fondos y recursos económicos podrán utilizarse para cumplir el embargo o la decisión siempre y cuando estos se hayan dictado antes de la fecha de la RCSNU 1737 (2006) y no beneficien a una persona o entidad contemplada en el apartado 1 del presente artículo, previa notificación al Consejo de Seguridad por el Estado miembro de que se trate;
necesarios para las actividades directamente relacionadas con los artículos especificados en el apartado 2, letra c), párrafo primero, del anexo B de la RCSNU 2231 (2015) destinados a reactores de agua ligera;
necesarios para los proyectos de cooperación nuclear civil descritos en el anexo III del PAIC, previa notificación al Consejo de Seguridad por el Estado miembro de que se trate;
necesarios para actividades directamente relacionadas con los artículos especificados en los artículos 26 quater y 26 quinquies, o con cualquier otra actividad requerida para la aplicación del PAIC, previa notificación por parte del Estado miembro de que se trate al Consejo de Seguridad para obtener su aprobación.
4 bis. Por lo que respecta a las personas y entidades enumeradas en el anexo II, también se podrán establecer excepciones para los fondos y recursos económicos que se ingresen en la cuenta o se paguen con cargo a la cuenta de una misión diplomática o consular o de una organización internacional que goce de inmunidad con arreglo al Derecho internacional, en la medida en que dichos pagos se destinen a ser utilizados a fines oficiales de la misión diplomática o consular o de la organización internacional.
5. El apartado 2 no se aplicará a la incorporación a las cuentas inmovilizadas de:
intereses u otros beneficios correspondientes a esas cuentas; o bien
pagos a cuentas congeladas en virtud de contratos, acuerdos u obligaciones que se firmaron o surgieron con anterioridad a la fecha en que dichas cuentas fueron objeto de medidas restrictivas,
a condición de que tales intereses u otros beneficios y pagos sigan ateniéndose a lo dispuesto en el apartado 1.
6. El apartado 1 no impedirá que una persona o entidad designada efectúe los pagos correspondientes en virtud de contratos suscritos con anterioridad a la inclusión de esa persona o entidad en la lista, siempre y cuando el Estado miembro de que se trate haya determinado que:
el contrato no se refiere a ninguno de los artículos, materiales, equipos, bienes, tecnologías, asistencia, capacitación, asistencia financiera, inversiones, mediación o servicios prohibidos a que se refiere la presente Decisión;
el pago no ha sido recibido directa ni indirectamente por una persona o entidad contemplada en el apartado 1;
y siempre que el Estado miembro de que se trate haya notificado al Consejo de Seguridad su intención de efectuar o recibir dichos pagos o de autorizar, cuando proceda, el desbloqueo de fondos o recursos económicos con ese fin, diez días hábiles antes de la fecha de dicha autorización.
7. El apartado 1 no se aplicará a:
la transferencia efectuada por el Banco Central de Irán, o por intermediación de él, de fondos o recursos económicos inmovilizados siempre que dicha transferencia tenga como finalidad facilitar liquidez a entidades financieras bajo jurisdicción de los Estados miembros para financiar intercambios comerciales;
el reembolso por el Banco Central de Irán, o por intermediación de él, de indemnizaciones debidas en virtud de un contrato o acuerdo celebrado por entidades públicas o privadas iraníes con anterioridad a la adopción de la presente Decisión,
a condición de que el Estado miembro pertinente haya autorizado la transferencia o el reembolso.
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11. El apartado 7 se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 3, 4, 4 bis, 5 y 6 y el artículo 10, apartados 3 y 4.
12. Sin perjuicio de las exenciones dispuestas en el presente artículo, queda prohibido proporcionar a las personas y entidades a que se refiere el apartado 1 los servicios especializados de mensajería financiera para intercambiar datos financieros.
13. Los apartados 1 y 2 no se aplicarán a los actos y transacciones realizados con respecto a las entidades enumeradas en el anexo II que sean titulares de derechos derivados de una concesión original, anterior al 27 de octubre de 2010, otorgada por un gobierno soberano distinto del de Irán, de un acuerdo de reparto de producción de gas, siempre y cuando tales actos y transacciones se refieran a la participación de tales entidades en dicho acuerdo.
14. Los apartados 1 y 2 no se aplicarán a los actos y transacciones realizados con respecto a las entidades enumeradas en el anexo II, cuando ello sea necesario para el cumplimiento, hasta el 28 de enero de 2016, de las obligaciones referidas en el artículo 3 quater, apartado 2, siempre que dichos actos y transacciones hayan sido autorizados de antemano, caso por caso, por el Estado miembro de que se trate. El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de su intención de conceder una autorización.
CAPÍTULO 6
OTRAS MEDIDAS RESTRICTIVAS
Artículo 21
Los Estados miembros, de conformidad con su legislación nacional, tomarán las medidas necesarias para impedir que se imparta enseñanza o formación especializada a nacionales iraníes, dentro de su territorio o por parte de sus nacionales, en disciplinas que contribuyan a las actividades nucleares de Irán relacionadas con la proliferación y al desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares.
CAPÍTULO 7
DISPOSICIONES GENERALES Y FINALES
Artículo 22
No se atenderá ninguna reclamación, incluso de compensación u otra reclamación de esta naturaleza, como una reclamación por compensación o por garantía, relacionada con cualquier contrato o transacción cuya realización se viera afectada, directa o indirectamente, en todo o en parte, por las medidas impuestas por las RCSNU 1737 (2006), 1747 (2007), 1803 (2008), 1929 (2010) o 2231 (2015), incluidas las medidas de la Unión Europea o sus Estados miembros con arreglo a, según lo previsto por, o relacionadas con la aplicación de las decisiones pertinentes del Consejo de Seguridad o de medidas cubiertas por la presente Decisión, presentada por las personas o entidades designadas enumeradas en los anexos I, II, II o IV o cualquier otra persona o entidad en Irán, incluido su gobierno, o cualquier persona o entidad que reclame para dicha persona o entidad o en su beneficio.
Artículo 23
1. El Consejo llevará a la práctica las modificaciones de los anexos I y III basándose en las determinaciones realizadas por el Consejo de Seguridad.
2. El Consejo, por unanimidad y a propuesta de los Estados miembros o del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, establecerá la lista de los anexos II y IV y adoptará las modificaciones de la misma.
Artículo 24
1. Cuando el Consejo de Seguridad consigne en la lista a una persona o entidad, el Consejo incluirá a dicha persona o entidad en el anexo III.
2. Cuando el Consejo decida someter a una persona o entidad a las medidas a que se refieren el artículo 19, apartado 1, letras b), c) y e) y el artículo 20, apartado 1, letras b), c) y e) modificará en consecuencia los anexos II y IV.
3. El Consejo comunicará su decisión a la persona o entidad contemplada en los apartados 1 y 2, incluidos los motivos de su inclusión en la lista, ya sea directamente, si se conoce su domicilio, ya sea mediante la publicación de un anuncio, ofreciendo a la persona o entidad la oportunidad de presentar alegaciones.
4. Cuando se presenten alegaciones o nuevas pruebas sustantivas, el Consejo reconsiderará su decisión e informará en consecuencia a la persona o entidad.
Artículo 25
1. En los anexos I, II, III y IV constarán los motivos de la inclusión en la lista de las personas y entidades, según lo facilitado por el Consejo de Seguridad o por el Comité en relación con el anexo I, y por el Consejo de Seguridad en relación con el anexo III.
2. En los anexos I, II, III y IV constará también, cuando se disponga de ella, la información necesaria para determinar las personas o entidades afectadas, según lo facilitado por el Consejo de Seguridad o por el Comité en relación con el anexo I, y por el Consejo de Seguridad en relación con el anexo III. Respecto de las personas, esa información podrá incluir el nombre y apellidos y los apodos, el lugar y fecha de nacimiento, la nacionalidad, el número de pasaporte o de documento de identidad, el sexo, la dirección postal, si se conoce, y el cargo o profesión. Respecto de las entidades, dicha información puede comprender el nombre, el lugar y la fecha de registro, el número de registro y el lugar de actividad. En los anexos I, II, III y IV constará asimismo la fecha de designación.
Artículo 26
1. La presente Decisión se revisará, modificará o revocará, según proceda, teniendo en cuenta en particular las decisiones pertinentes del Consejo de Seguridad.
2. Las medidas relativas a la prohibición de importar, adquirir o transportar petróleo crudo y productos derivados del petróleo iraníes establecidas en el artículo 3 bis se revisarán a más tardar el 1 de mayo de 2012, habida cuenta en particular de la disponibilidad y las condiciones financieras del suministro de petróleo crudo y productos derivados del petróleo producidos en países que no sean Irán, con el fin de garantizar la continuidad en el suministro de energía de los Estados miembros.
3. Las medidas a que se refieren el artículo 19, apartado 1, letras b) y c), y el artículo 20, apartado 1, letras b) y c), se revisarán de forma periódica y como mínimo cada 12 meses. Estas medidas dejarán de aplicarse a las personas y entidades afectadas si el Consejo determina, con arreglo al procedimiento contemplado en el artículo 24, que ya no se cumplen las condiciones para su aplicación.
4. Las medidas indicadas en los artículos 19, apartado 1, letra a), 20, apartado 1, letra a), 20, apartado 2, y 20, apartado 12, se suspenderán en caso de aplicarse a las personas y entidades designadas en el anexo V.
5. Las medidas indicadas en los artículos 19, apartado 1, letras b) y c), 20, apartado 1, letras b) y c), 20, apartado 2, y 20, apartado 12, se suspenderán en caso de aplicarse a las personas y entidades designadas en el anexo VI.
Artículo 26 bis
1. Se suspenderán las medidas que figuran en el artículo 1, apartado 1, letras a), b), d) y e), artículos 2, 3, 3 bis, 3 ter, 3 quater, 3 quinquies, 3 sexies, 4, 4 bis, 4 ter, 4 quater, 4 quinquies, 4 sexies, 4 septies, 4 octies, 4 novies, 4 decies, 4 undecies, 5, 6, 6 bis, 7, 8, 8 bis, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 17, 18 bis, 18 ter, artículo 20, apartados 7, 11, 13, 14, y en los artículos 21 y 26 ter.
Artículo 26 ter
1. Las medidas impuestas por la presente Decisión no se aplicarán al suministro, venta o transferencia de artículos, materiales, equipo, bienes y tecnología, ni a la prestación de ninguna asistencia técnica, formación, asistencia financiera, inversiones, servicios de intermediación u otros servicios conexos, por parte de los Estados participantes en el Plan de Acción Integral Conjunto (PAIC) o los Estados miembros de las Naciones Unidas que actúen en coordinación con ellos, que estén en relación directa con:
la modificación de dos cascadas de la planta de Fordow para la producción de isótopos estables;
la exportación de uranio enriquecido iraní por encima del límite de 300 kilogramos, a cambio de uranio natural, o
la modernización del reactor de Arak con arreglo al diseño conceptual acordado y, posteriormente, al diseño definitivo acordado de dicho reactor.
2. Los Estados miembros que participen en las actividades indicadas en el apartado 1 garantizarán que:
todas esas actividades se realizan estrictamente de conformidad con el PAIC;
notifican, con una antelación de diez días, la realización de dichas actividades al Comité o, cuando esté constituida de conformidad con el PAIC, a la comisión mixta, o a los demás Estados miembros, según proceda;
se cumplen los requisitos, según proceda, especificados en el punto 22, letra c), de la RCSNU 2231 (2015);
han obtenido y están en condiciones de ejercer efectivamente el derecho a verificar el uso final y la ubicación del uso final de todos los artículos suministrados, y
en el caso de los artículos, materiales, equipo, bienes y tecnología suministrados que se especifican en el punto 22, letra e), de la RCSNU 2231 (2015), notificarán también al OIEA dentro de un plazo de diez días desde el suministro, la venta o las transferencias.
3. Las medidas impuestas en virtud de la presente Decisión no se aplicarán en la medida necesaria para realizar transferencias y actividades, autorizadas previamente caso por caso por el Comité o por la autoridad competente del correspondiente Estado miembro, según proceda, que:
estén directamente relacionadas con la aplicación de las medidas en materia nuclear especificadas en los puntos 15.1 a 15.11 del anexo V del PAIC;
sean necesarias para preparar la aplicación del PAIC, o
hayan sido consideradas por el Comité, cuando proceda, como congruentes con los objetivos de la RCSNU 2231 (2015).
El Estado miembro correspondiente informará a los demás Estados miembros de toda autorización.
Artículo 26 quater
1. Estarán sujetos a la aprobación del Consejo de Seguridad, determinada caso por caso, el suministro, la venta o la transferencia en forma directa o indirecta a Irán, o para su utilización en Irán o en beneficio de este país, por nacionales de los Estados miembros o a través de los territorios de los mismos, o utilizando buques o aeronaves bajo la jurisdicción de los mismos, de los artículos, materiales, equipos, bienes y tecnologías, con independencia de si proceden o no de sus territorios.
todos los artículos, materiales, equipos, bienes y tecnologías que figuran en la lista del Grupo de Suministradores Nucleares;
cualquier otro artículo en caso de que un Estado miembro determine que podría contribuir a actividades relacionadas con el reprocesamiento o enriquecimiento o el agua pesada que no se ajusten a lo dispuesto en el PAIC.
2. El requisito establecido en el apartado 1 del presente artículo no se aplicará al suministro, venta o transferencia a Irán del equipo indicado en el apartado 2, letra c), párrafo primero, del anexo B de la RCSNU 2231 (2015) destinados a reactores de agua ligera.
3. Los Estados miembros que participen en las actividades indicadas en los apartados 1 y 2 garantizarán que:
se cumplen los requisitos, según proceda, especificados en la lista del Grupo de Suministradores Nucleares;
han obtenido y están en condiciones de ejercer efectivamente el derecho a verificar el uso final y la ubicación del uso final de todos los artículos suministrados;
notifican, según corresponda, al Consejo de Seguridad dentro de los diez días siguientes el suministro, venta o transferencia realizados; y
en el caso de los artículos, materiales, equipo, bienes y tecnología suministrados que se especifican en la lista del Grupo de Suministradores Nucleares, notificarán también al OIEA dentro de un plazo de diez días el suministro, la venta o las transferencias.
4. El requisito que figura en el apartado 1 no se aplicará al suministro, venta o transferencia de artículos, materiales, equipo, bienes y tecnología, ni a la prestación de cualquier asistencia o formación técnica, asistencia financiera, inversión, intermediación u otros servicios conexos directamente relacionados con:
la necesaria modificación de dos cascadas de la planta de Fordow para la producción de isótopos estables;
la exportación de uranio enriquecido iraní por encima del límite de 300 kilogramos a cambio de uranio natural;
la modernización del reactor de Arak con arreglo al diseño conceptual acordado y, posteriormente, al diseño definitivo de dicho reactor acordado;
siempre que los Estados miembros garanticen que:
todas esas actividades se realizan estrictamente de conformidad con el PAIC;
notifican dichas actividades con diez días de antelación al Consejo de Seguridad y a la comisión conjunta;
se cumplen los requisitos, según proceda, especificados en la lista del Grupo de Suministradores Nucleares;
han obtenido y están en condiciones de ejercer efectivamente el derecho a verificar el uso final y la ubicación del uso final de todos los artículos suministrados; y
en el caso de los artículos, materiales, equipo, bienes y tecnología suministrados que se especifican en la lista del Grupo de Suministradores Nucleares, notifican también al OIEA dentro de un plazo de diez días el suministro, la venta o las transferencias.
5. La prestación de asistencia o formación técnica, financiación o asistencia financiera, inversión, intermediación u otros servicios relacionados con el suministro, venta, transferencia, fabricación o uso de los artículos, materiales, equipo, bienes y tecnología a que se refiere el apartado 1 a cualquier persona, entidad u organismo de Irán, o para su utilización en ese país, estarán sujetos a la aprobación del Consejo de Seguridad, que se determinará caso por caso.
6. La inversión en territorio bajo jurisdicción de los Estados miembros por parte de Irán, sus nacionales, las personas sometidas a su jurisdicción o empresas constituidas dentro de su territorio o sometidas a su jurisdicción, o por parte de personas o entidades que actúen en su nombre o bajo su dirección, o entidades que sean de su propiedad o estén bajo su control, en cualquier actividad mercantil que implique la extracción de uranio, o la producción o uso de los materiales nucleares que figuran en la Parte 1 de la lista del Grupo de Suministradores Nucleares, estarán sujetas a la aprobación, determinada caso por caso, del Consejo de Seguridad.
7. La adquisición a Irán por parte de nacionales de los Estados miembros, o utilizando buques o aeronaves con su pabellón, de los artículos, materiales, equipos, bienes y tecnología mencionados en el apartado 1, tengan o no su origen en el territorio de Irán, estará sujeta a notificación a la comisión conjunta.
8. El Estado miembro de que se trate informará al resto de Estados miembros de cualquier aprobación concedida en virtud del presente artículo, o de las actividades emprendidas con arreglo al mismo.
Artículo 26 quinquies
1. El suministro, la venta o la transferencia en forma directa o indirecta a Irán, o para su utilización en Irán o en beneficio de este país, por nacionales de los Estados miembros o a través de los territorios de los mismos, o utilizando buques o aeronaves bajo la jurisdicción de los mismos, de los artículos, materiales, equipos, bienes y tecnologías que no estén cubiertos por lo dispuesto en el artículo 26 quater o en el artículo 26 sexies y que podrían contribuir a actividades relacionadas con el reprocesamiento o enriquecimiento, el agua pesada u otras actividades que no se ajusten a lo dispuesto en el PAIC, estarán sujetos a una autorización concedida caso por caso por parte de las autoridades competentes del Estado miembro exportador, con independencia de si proceden de sus territorios o no.
La Unión tomará las medidas necesarias para determinar los artículos pertinentes a los que se aplicará la presente disposición.
2. El requisito establecido en el apartado 1 no se aplicará al suministro, venta o transferencia a Irán del equipo indicado en dicho apartado destinado a reactores de agua ligera.
3. Los Estados miembros que participen en las actividades indicadas en los apartados 1 y 2 garantizarán que han obtenido información sobre el uso final y la ubicación del uso final de todos los artículos suministrados.
4 Los Estados miembros que participen en las actividades indicadas en el apartado 2 garantizarán que notifican dichas actividades al resto de Estados miembros en el plazo de diez días.
5. El requisito que figura en el apartado 1 no se aplicará al suministro, venta o transferencia de artículos, materiales, equipo, bienes y tecnología, ni a la prestación de cualquier asistencia o formación técnica, asistencia financiera, inversión, intermediación u otros servicios conexos directamente relacionados con:
la necesaria modificación de dos cascadas de la planta de Fordow para la producción de isótopos estables;
la exportación de uranio enriquecido iraní por encima del límite de 300 kilogramos, a cambio de uranio natural;
la modernización del reactor de Arak con arreglo al diseño conceptual acordado y, posteriormente, al diseño definitivo de dicho reactor acordado;
siempre que los Estados miembros garanticen que:
todas esas actividades se realizan estrictamente de conformidad con el PAIC;
notifican dichas actividades con diez días de antelación al resto de Estados miembros; y
han obtenido información sobre el uso final y la ubicación del uso final de todos los artículos suministrados.
6. La prestación de asistencia o formación técnica, financiación o asistencia financiera, inversión, intermediación u otros servicios relacionados con el suministro, venta, transferencia, fabricación o uso de los artículos, materiales, equipo, bienes y tecnología a que se refiere el apartado 1 a cualquier persona, entidad u organismo de Irán, o para su utilización en ese país, estarán sujetos a la autorización, que se determinará caso por caso, por parte de la autoridad competente del Estado miembro de que se trate.
7. La inversión en territorio bajo jurisdicción de los Estados miembros por parte de Irán, sus nacionales, las personas sometidas a su jurisdicción o empresas constituidas dentro de su territorio o sometidas a su jurisdicción, o por parte de personas o entidades que actúen en su nombre o bajo su dirección, o entidades que sean de su propiedad o estén bajo su control, en cualquier actividad mercantil que implique el recurso a las tecnologías indicadas en el apartado 1, estará sujeta a la autorización, que se determinará caso por caso, por parte de la autoridad competente del Estado miembro de que se trate.
8. La adquisición a Irán por parte de nacionales de los Estados miembros, o utilizando buques o aeronaves con su pabellón, de los artículos, materiales, equipos, bienes y tecnología a que se refiere el apartado 1, tengan o no su origen en el territorio de Irán, estará sujeta a la aprobación, que se determinará caso por caso, de la autoridad competente del Estado miembro de que se trate.
9. Las autoridades competentes de los Estados miembros no concederán ninguna autorización para el suministro, la venta, la transferencia o la adquisición de los artículos, materiales, equipos, bienes y tecnologías a que se refiere el apartado 1, cuando los Estados miembros determinen que el suministro, la venta, la transferencia o la adquisición en cuestión, o la prestación del servicio de que se trate podrían contribuir a las actividades que suponen un incumplimiento del PAIC.
10. El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros de su intención de conceder una autorización en virtud del presente artículo al menos con diez días de antelación.
Artículo 26 sexies
1. Queda prohibido el suministro, la venta o la transferencia en forma directa o indirecta a Irán, o para su utilización en Irán o en beneficio de este país, por nacionales de los Estados miembros o a través de los territorios de los mismos, o utilizando buques o aeronaves bajo la jurisdicción de los mismos, de artículos, materiales, equipos, bienes y tecnologías contenidos en la lista del Régimen de Control de la Tecnología de Misiles, o de cualquier otro artículo que pueda contribuir al desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares, con independencia de si proceden de sus territorios o no.
La Unión tomará las medidas necesarias para determinar los artículos pertinentes a los que se aplicará la presente disposición.
2. Asimismo queda prohibido:
facilitar asistencia o capacitación técnica, inversiones o servicios de intermediación relacionados con los artículos, materiales, equipos, bienes y tecnologías mencionados en el artículo 1 y con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos artículos, directa o indirectamente, a cualquier persona, entidad u órgano de Irán, o para su utilización en ese país;
facilitar financiación o asistencia financiera en relación con los artículos y tecnologías mencionados en el apartado 1, y en particular subvenciones, préstamos y seguros de crédito a la exportación para cualquier suministro, venta, transferencia o exportación de dichos artículos y tecnologías, o para el suministro, directo o indirecto, de la correspondiente asistencia técnica, formación, servicios o asistencia a cualquier persona, entidad u órgano de Irán, o para su utilización en ese país.
participar consciente o deliberadamente en actividades cuyo objeto o efecto sea eludir la prohibición a que se refieren las letras a) y b);
hacer una inversión en territorios bajo jurisdicción de los Estados miembros por parte de Irán, sus nacionales, las personas sometidas a su jurisdicción o empresas constituidas dentro de su territorio o sometidas a su jurisdicción, o por parte de personas o entidades que actúen en su nombre o bajo su dirección, o entidades que sean de su propiedad o estén bajo su control, en cualquier actividad mercantil que implique el recurso a tecnologías indicadas en el apartado 1.
3. También se prohíbe que los nacionales de los Estados miembros, o utilizando buques o aeronaves con su pabellón, adquieran de Irán los artículos, material, equipos, bienes y tecnología mencionados en el artículo 1, tengan o no su origen en el territorio de Irán.
Artículo 26 septies
1. El suministro, venta o transferencia a Irán por parte de nacionales de los Estados miembros o a partir de territorios de los Estados miembros, o utilizando buques o aeronaves bajo la jurisdicción de los mismos, de grafito y de metales de base o semiacabados, tales como el aluminio y el acero, estarán sujetos a una autorización concedida caso por caso por parte de las autoridades competentes del Estado miembro exportador, con independencia de si proceden de sus territorios o no.
La Unión tomará las medidas necesarias para determinar los artículos pertinentes a los que se aplicará la presente disposición.
2. El suministro de:
asistencia técnica o formación y demás servicios relacionados con los artículos mencionados en el apartado 1 a Irán;
financiación o asistencia financiera a todo suministro, venta o transferencia vinculado con los artículos mencionados en el apartado 1 o con la prestación de la respectiva asistencia técnica y formación,
estará sujeto a una autorización por parte de la autoridad competente del Estado miembro de que se trate.
3. Las autoridades competentes de los Estados miembros no concederán ninguna autorización para el suministro, la venta o la transferencia de los artículos, materiales, equipos, bienes y tecnologías a que se refiere el apartado 1 en caso de que:
determinen que el suministro, la venta o la transferencia en cuestión, o la prestación del servicio de que se trate:
podrían contribuir a actividades relacionadas con el reprocesamiento o enriquecimiento o con el agua pesada o a otras actividades relacionadas con el sector nuclear que no se ajusten a lo dispuesto en el PAIC;
podrían contribuir al programa de misiles balísticos de Irán; o
podrían beneficiar directa o indirectamente al el Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Iraní.
los contratos para el suministro de esos artículos o la prestación de esa asistencia no incluyen garantías adecuadas en cuanto al usuario final.
4. El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros de su intención de conceder una autorización con arreglo al presente artículo al menos con diez días de antelación.
Artículo 26 octies
1. El suministro, venta o transferencia a Irán por parte de nacionales de los Estados miembros o a partir de territorios de los Estados miembros, o utilizando buques o aeronaves bajo la jurisdicción de los mismos, de programas informáticos destinados a procesos industriales, estarán sujetos a una autorización por parte de las autoridades competentes del Estado miembro exportador, con independencia de si proceden de sus territorios o no.
La Unión Europea tomará las medidas necesarias para determinar los artículos pertinentes a los que se aplicará la presente disposición.
2. El suministro de:
asistencia técnica o formación y demás servicios relacionados con los artículos mencionados en el apartado 1 a Irán;
financiación o asistencia financiera a todo suministro, venta, o transferencia vinculado con los artículos mencionados en el apartado 1 o con la prestación de la respectiva asistencia técnica y formación
estará sujeto a una autorización por parte de la autoridad competente del Estado miembro de que se trate.
3. Las autoridades competentes de los Estados miembros no concederán ninguna autorización para el suministro, la venta o la transferencia de los artículos, materiales, equipos, bienes y tecnologías a que se refiere el apartado 1 en caso de que:
determinen que el suministro, la venta o la transferencia en cuestión, o la prestación del servicio de que se trate:
podrían contribuir a actividades relacionadas con el reprocesamiento o enriquecimiento o con el agua pesada o a otras actividades relacionadas con el sector nuclear que no se ajusten a lo dispuesto en el PAIC;
podrían contribuir al programa de misiles balísticos de Irán; o
podrían beneficiar directa o indirectamente al Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Iraní.
los contratos para el suministro de esos artículos o la prestación de esa asistencia no incluyen garantías adecuadas en cuanto al usuario final.
4. El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros de su intención de conceder una autorización con arreglo al presente artículo con al menos diez días de antelación.
Artículo 27
Queda derogada la Posición Común 2007/140/PESC.
Artículo 28
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
ANEXO I
Lista de personas a que se refiere el artículo 19, apartado 1, letra a), y de personas y entidades a que se refiere el artículo 20, apartado 1, letra a)
A. Personas y entidades implicadas en actividades nucleares o de misiles balísticos
Personas físicas
1) Fereidoun Abbasi-Davani. Cargo: científico principal del Ministerio de Defensa y Logística de las Fuerzas Armadas (MODAFL). Fecha de nacimiento: a) 1958; b) 1959. Lugar de nacimiento: Abadán, Irán (República Islámica de). Otra información: tiene «vínculos con el Instituto de Física Aplicada. Estrecho colaborador de Mohsen Fakhrizadeh-Mahabadi».
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
2) Dawood Agha-Jani. Cargo: Director de la planta piloto de enriquecimiento de combustible (PFEP) - Natanz. Otra información: persona implicada en el programa nuclear de Irán.
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
3) Ali Akbar Ahmadian. Empleo: vicealmirante. Cargo: jefe del Estado Mayor del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria de Irán (IRGC). Fecha de nacimiento: 1961. Lugar de nacimiento: Kermán, Irán (República Islámica de). También conocido como: Ali Akbar Ahmedian. Otra información: cambio de puesto.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
4) Amir Moayyed Alai. Otra información: Participa en la gestión del ensamblaje y la fabricación de centrifugadoras.
Fecha de designación de la UE: 24.4.2007 (ONU: 3.3.2008).
5) Behman Asgarpour. Cargo: Gerente de Operaciones (Arak). Otra información: persona implicada en el programa nuclear de Irán.
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
6) Mohammad Fedai Ashiani. Otra información: participa en la producción de uranil carbonato de amonio (AUC) y en la Dirección del complejo de enriquecimiento de Natanz.
Fecha de designación de la UE: 24.4.2007 (ONU: 3.3.2008).
7) Abbas Rezaee Ashtiani. Otra información: alto funcionario de la Oficina de Exploración y Asuntos de Minería de la Organización de la Energía Atómica de Irán (AEOI).
Fecha de designación de la ONU: 3.3.2008.
8) Bahmanyar Morteza Bahmanyar. Cargo: director del Departamento de Finanzas y Presupuesto de la Organización de Industrias Aeroespaciales (OIA). Fecha de nacimiento: 31 de diciembre de 1952. Nacionalidad: Irán. Número de pasaporte: a) I10005159 expedido en Irán; b) 10005159 expedido en Irán.
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
9) Haleh Bakhtiar. Otra información: participa en la producción de magnesio en una concentración de 99,9 %.
Fecha de designación de la UE: 24.4.2007 (ONU: 3.3.2008).
10) Morteza Behzad. Otra información: participa en la fabricación de componentes de centrifugadoras.
Fecha de designación de la UE: 24.4.2007 (ONU: 3.3.2008).
11) Ahmad Vahid Dastjerdi. Cargo: jefe de la Organización de Industrias Aeroespaciales (OIA). Fecha de nacimiento: 15 de enero de 1954. Número de pasaporte: A0002987, expedido en Irán. Otra información: fue viceministro de Defensa.
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
12) Ahmad Derakhshandeh. Cargo: presidente y director ejecutivo del Banco Sepah, que presta apoyo a la OIA y a sus filiales, entre las que se incluyen el Grupo Industrial Shahid Hemmat (SHIG) y el Grupo Industrial Shahid Bagheri (SBIG), ambos mencionados en la Resolución 1737 (2006). Fecha de nacimiento: 11 de agosto de 1956. Dirección: 33 Hormozan Building, Pirozan St., Sharaj Ghods, Teherán, Irán (República Islámica de).
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
13) Mohammad Eslami. Empleo: doctor. Otra información: jefe del Instituto de Formación e Investigación de las Industrias de la Defensa. También conocido como: Mohammad Islami; Mohamed Islami; Mohammed Islami. Otra información: fue viceministro de Defensa de 2012 a 2013.
Fecha de designación de la ONU: 3.3.2008.
14) Reza-Gholi Esmaeli. Cargo: director del Departamento de Comercio y Asuntos Internacionales de la Organización de Industrias Aeroespaciales (OIA). Fecha de nacimiento: 3 de abril de 1961. También conocido como: Reza-Gholi Ismaili. Número de pasaporte: A0002302, expedido en Irán (República Islámica de).
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
15) Mohsen Fakhrizadeh-Mahabadi. Científico superior del MODAFL y ex director del Centro de Investigaciones Físicas (PHRC). Número de pasaporte: a) A0009228 [no confirmado (probablemente en Irán)]; b) 4229533 [no confirmado (probablemente en Irán)]. Otra información: el OIEA ha pedido entrevistarle en relación con las actividades realizadas por el PHRC mientras él desempeñaba las funciones de director, pero Irán se ha negado.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
16) Mohammad Hejazi. Empleo: general de Brigada. Cargo: comandante de la fuerza de resistencia Bassij. Fecha de nacimiento: 1959. Lugar de nacimiento: Ispahán, Irán (República Islámica de). También conocido como: Mohammed Hijazi.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
17) Mohsen Hojati. Cargo: director del Grupo Industrial Fajr, que se menciona en la Resolución 1737 (2006) por su papel en el programa de misiles balísticos. Fecha de nacimiento: 28 de septiembre de 1955. Número de pasaporte: G4506013, expedido en Irán (República Islámica de).
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
18) Seyyed Hussein Hosseini. Otra información: Funcionario de la AEOI que participa en el proyecto del Reactor de investigación de agua pesada de Arak.
Fecha de designación de la UE: 24.4.2007 (ONU: 3.3.2008).
19) M. Javad Karimi Sabet. Otra información: Jefe de Novin Energy Company, incluida en la lista de la Resolución 1747 (2007).
Fecha de designación de la UE: 24.4.2007 (ONU: 3.3.2008).
20) Mehrdada Akhlaghi Ketabachi. Cargo: jefe del Grupo Industrial Shahid Bagheri (SBIG), que se menciona en la Resolución 1737 (2006) por su papel en el programa de misiles balísticos. Fecha de nacimiento: 10 de septiembre de 1958. Número de pasaporte: A0030940, expedido en Irán (República Islámica de).
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
21) Ali Hajinia Leilabadi. Cargo: Director General de la empresa de energía Mesbah. Otra información: persona implicada en el programa nuclear de Irán.
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
22) Naser Maleki. Cargo: jefe del Grupo Industrial Shahid Hemmat (SHIG), que se menciona en la Resolución 1737 (2006) por su papel en el programa iraní de misiles balísticos. Fecha de nacimiento: 1960. Número de pasaporte: A0003039, expedido en Irán (República Islámica de). Documento nacional de identidad n.o: Irán (República Islámica de) 0035-11785, expedido en Irán (República Islámica de). Otra información: Naser Maleki es también un funcionario del MODAFL que supervisa los trabajos del programa del misil balístico Shahab-3. El Shahab-3 es el misil balístico de largo alcance actualmente operativo en Irán.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
23) Hamid-Reza Mohajerani. Otra información: participa en la Dirección de la producción en la Instalación de conversión de uranio (UCF) de Isfaján.
Fecha de designación de la UE: 24.4.2007 (ONU: 3.3.2008).
24) Jafar Mohammadi. Cargo: Asesor técnico de la Organización de la Energía Atómica de Irán (AEOI) (encargado de administrar la producción de válvulas para las centrifugadoras). Otra información: persona implicada en el programa nuclear de Irán.
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
25) Ehsan Monajemi. Cargo: Gerente del Proyecto de Construcción, Natanz. Otra información: persona implicada en el programa nuclear de Irán.
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
26) Mohammad Reza Naqdi. Empleo: general de Brigada. Fecha de nacimiento: a) 11 de febrero de 1949; b) 11 de febrero de 1952; c) 11 de febrero de 1953; d) 11 de febrero de 1961. Lugar de nacimiento: a) Nayaf, Irak; b) Teherán, Irán (República Islámica de). Otra información: antiguo subjefe de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas para logística e investigación industrial. Jefe del Cuartel General del Estado contra el contrabando, participa en actividades para eludir las sanciones impuestas por las Resoluciones 1737 (2006) y 1747 (2007) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Fecha de designación de la ONU: 3.3.2008.
27) Houshang Nobari. Otra información: participa en la dirección del complejo de enriquecimiento de Natanz.
Fecha de designación de la UE: 24.4.2007 (ONU: 3.3.2008).
28) Mohammad Mehdi Nejad Nouri. Empleo: teniente general. Cargo: rector de la Universidad de Tecnología de Defensa Malek Ashtar. Otra información: el Departamento de Química de la Universidad de Tecnología de Defensa Malek Ashtar está afiliado al MODALF y ha llevado a cabo experimentos con berilio. Viceministro de Ciencia, Investigación y Tecnología.
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
29) Mohammad Qannadi. Cargo: Vicepresidente de Investigación y Desarrollo de la AEOI. Otra información: participa en el programa nuclear de Irán.
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
30) Amir Rahimi. Cargo: Director del Centro de Investigación y Producción de Combustible Nuclear de Isfahán. Otra información: el Centro de Investigación y Producción de Combustible Nuclear de Isfahán forma parte de la Empresa de Producción y Adquisición de Combustible Nuclear de la AEOI, que participa en actividades relacionadas con el enriquecimiento.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
31) Javad Rahiqi: Cargo: Jefe del Centro de Tecnología Nuclear de Isfahan de la Organización de Energía Atómica de Irán (OEAI). Otra información: fecha de nacimiento 24 de abril de 1954; lugar de nacimiento: Marshad.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
32) Abbas Rashidi. Otra información: participa en las labores de enriquecimiento que se realizan en Natanz.
Fecha de designación de la UE: 24.4.2007 (ONU: 3.3.2008).
33) Morteza Rezaie. Empleo: general de Brigada. Cargo: vicecomandante del IRGC. Fecha de nacimiento: 1956. También conocido como: Mortaza Rezaie; Mortaza Rezai; Morteza Rezai.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
34) Morteza Safari. Empleo: contraalmirante. Cargo: comandante de la Fuerza Naval del IRGC. También conocido como: Mortaza Safari; Morteza Saferi; Murtaza Saferi; Murtaza Safari.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
35) Yahya Rahim Safavi. Empleo: general de División. Cargo: comandante del IRGC (Pasdaran). Fecha de nacimiento: 1952. Lugar de nacimiento: Ispahán, Irán (República Islámica de). También conocido como: Yahya Raheem Safavi.
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
36) Seyed Jaber Safdari. Otra información: Director de la planta de enriquecimiento de Natanz.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
37) Hosein Salimi. Empleo: general. Cargo: comandante de la Fuerza Aérea del IRGC (Pasdaran). También conocido como: Husain Salimi; Hosain Salimi; Hussain Salimi; Hosein Saleemi; Husain Saleemi; Hosain Saleemi; Hussain Saleemi; Hossein Salimi; Hossein Saleemi. Número de pasaporte: D08531177, expedido en Irán (República Islámica de).
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
38) Qasem Soleimani. Empleo: general de Brigada. Cargo: comandante de la fuerza Qods. Fecha de nacimiento: 11 de marzo de 1957. Lugar de nacimiento: Ghom, Irán (República Islámica de). También conocido como: Qasim Soleimani; Qasem Sulaimani; Qasim Sulaimani; Qasim Sulaymani; Qasem Sulaymani; Kasim Soleimani; Kasim Sulaimani; Kasim Sulaymani; Haj Qasem; Haji Qassem; Sarder Soleimani. Número de pasaporte: 008827, expedido en Irán. Otra información: ascendido a general de División, manteniendo su posición como comandante de la Fuerza Qods.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
39) Ghasem Soleymani. Otra información: Director de Operaciones de Extracción de Uranio de la mina de uranio de Saghand.
Fecha de designación de la ONU: 3.3.2008.
40) Mohammad Reza Zahedi. Empleo: general de Brigada. Cargo: comandante de la Fuerza Terrestre del IRGC. Fecha de nacimiento: 1944. Lugar de nacimiento: Ispahán, Irán (República Islámica de). También conocido como: Mohammad Reza Zahidi; Mohammad Raza Zahedi.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
41) Mohammad Baqer Zolqadr. Cargo: general, funcionario del IRGC, viceministro del Interior para asuntos de seguridad. También conocido como: Mohammad Bakr Zolqadr; Mohammad Bakr Zolkadr; Mohammad Baqer Zolqadir; Mohammad Baqer Zolqader.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
42) Azim Aghajani. Cargo: miembro de la fuerza Qods del IRGC, que opera bajo las órdenes del general de División Qasem Soleimani, comandante de la fuerza Qods, designado por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en su Resolución 1747 (2007). También conocido como: Azim Adhajani; Azim Agha-Jani. Nacionalidad: Irán (República Islámica de). Número de pasaporte: a) 6620505 expedido en Irán (República Islámica de); b) 9003213 expedido en Irán (República Islámica de). Otra información: facilitó una infracción del apartado 5 de la Resolución 1747 (2007), que prohíbe la exportación de armas y material relacionado desde Irán.
Fecha de designación de la ONU: 18.4.2012.
43) Ali Akbar Tabatabaei. Cargo: miembro de la fuerza Qods del IRGC, que opera bajo las órdenes del general de División Qasem Soleimani, comandante de la fuerza Qods, designado por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en su Resolución 1747 (2007). Fecha de nacimiento: 1967. También conocido como: a) Sayed Akbar Tahmaesebi; Syed Akber Tahmaesebi; b) Ali Akber Tabatabaei; Ali Akber Tahmaesebi; Ali Akbar Tahmaesebi. Nacionalidad: Irán (República Islámica de). Número de pasaporte: a) 9003213, expedido en Irán/desconocido; b) 6620505, expedido en Irán/desconocido. Otra información: facilitó una infracción del apartado 5 de la Resolución 1747 (2007), que prohíbe la exportación de armas y material relacionado desde Irán.
Fecha de designación de la ONU: 18.4.2012.
Entidades
1) Abzar Boresh Kaveh Co., también conocida como BK Co. Otra información: participa en la fabricación de componentes de las centrifugadoras.
Fecha de designación de la ONU: 3.3.2008.
2) Complejo Industrial Amin. El Complejo Industrial Amin trató de obtener dispositivos de control de la temperatura que pueden utilizarse en la investigación nuclear y en instalaciones operacionales o de producción. El Complejo Industrial Amin es propiedad de la Organización de Industrias de Defensa (DIO), que fue designada en la resolución 1737 (2006) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, está controlado por ella o actúa en su nombre.
Dirección: a) Apartado de correos 91735-549, Mashad, Irán; Amin Industrial Estate, Khalage Rd., Seyedi District, Mashad, Irán; Kaveh Complex, Khalaj Rd., Seyedi St., Mashad, Irán. Información adicional.
También conocida como: Compañía Industrial Amin.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
3) Ammunition and Metallurgy Industries Group (AMIG) también conocido como Ammunition Industries Group. Otra información: a) el AMIG controla el 7th of Tir, que se menciona en la Resolución 1737 (2006) por su papel en el programa de centrifugado de Irán. A su vez, el AMIG es propiedad y está bajo el control de la DIO, mencionada en la Resolución 1737 (2006).
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
4) Grupo de Industrias de Armamento: El Grupo de Industrias de Armamento (AIG) fabrica y ofrece asistencia técnica para diversos tipos de armas pequeñas y armas ligeras, incluidas las de mediano y gran calibre, y la tecnología conexa. El Grupo realiza la mayoría de sus adquisiciones por mediación del Complejo Industrial Hadid.
Dirección: Sepah Islam Road, Karaj Special Road km 10, Irán; Pasdaran Ave., P.O. Box 19585/777, Teherán, Irán.
Fecha de designación de la UE: 24.4.2007 (ONU: 9.6.2010).
5) Organización de Energía Atómica de Irán (AEOI). Otra información: participa en el programa nuclear de Irán.
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
6) Banco Sepah y Banco Sepah Internacional. Otra información: el Banco Sepah presta apoyo a la Organización de Industrias Aeroespaciales (OIA) y a sus entidades subordinadas, que incluyen el Grupo Industrial Shahid Hemmat (SHIG) y el Grupo Industrial Shahid Bagheri (SBIG).
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
7) Empresas Barzagani Tejarat Tavanmad Saccal. Otra información: a) filial de las empresas Saccal System, b) esta sociedad intentó comprar productos sensibles por cuenta de una de las entidades mencionadas en la Resolución 1737 (2006).
Fecha de designación de la ONU: 3.3.2008.
8) Cruise Missile Industry Group. También conocido como: Naval Defense Missile Industry Group. Otra información: produce y diseña misiles de crucero. Se encarga de los misiles navales, incluidos los de crucero.
Fecha de designación de la ONU: 3.3.2008.
9) Organización de Industrias de Defensa (DIO). Otra información: entidad controlada por el Ministerio de Defensa y Logística de las Fuerzas Armadas, algunos de cuyos subordinados han participado en el programa de centrifugado fabricando componentes, y en el programa de misiles.
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
10) Centro de Investigación Tecnológica y Científica de Defensa: El Centro de Investigación Tecnológica y Científica de Defensa (DTSRC) es propiedad o está bajo el control o actúa en nombre del Departamento de Logística del Ministerio de Defensa y de las Fuerzas Armadas (MODAFL, en sus siglas en inglés), que dirige las actividades de I+D, producción, mantenimiento, exportación y aprovisionamiento del sector de la defensa en Irán.
Dirección: Pasdaran Ave., P.O. Box 19585/777, Teherán, Irán.
Fecha de designación de la UE: 24.4.2007 (ONU: 9.6.2010).
11) Empresa Internacional Doostan: La Empresa Internacional Doostan (DICO) suministra elementos al programa iraní de misiles balísticos.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
12) Electro Sanam Company, también conocida como a) E. S. Co. y b) E. X. Co.. Otra información: sociedad pantalla de la AIO; participa en el programa balístico.
Fecha de designación de la ONU: 3.3.2008.
13) Centro de Investigación y Producción de Combustible Nuclear de Isfahán (NFRPC) y Centro de Tecnología Nuclear de Isfahán (ENTC). Otra información: forman parte de la Empresa de Producción y Adquisición de Combustible Nuclear de la Organización de la Energía Atómica de Irán (AEOI).
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
14) Grupo Técnico Ettehad. Otra información: sociedad pantalla de la OIA; participa en el programa balístico.
Fecha de designación de la ONU: 3.3.2008.
15) Grupo Industrial Fajr. Otra información: a) anteriormente, Instrumentation Factory Plant; b) entidad subordinada a la OIA.
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
16) Industrias Farasakht: Las Industrias Farasakht son propiedad de la Empresa Iraní de Fabricación de Aeronaves, a su vez propiedad o bajo el control de MODAFL.
Dirección: P.O. Box 83145-311, Kilómetro 28, autopista Isfahán-Teherán, Shahin Shahr, Esfahan, Irán.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
17) Farayand Technique. Otra información: a) participa en el programa nuclear de Irán (programa de centrifugado); b) identificada en informes del Organismo Internacional de la Energía Atómia (OIEA).
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
18) First East Export Bank, P.L.C.: First East Export Bank, PLC es propiedad o está bajo el control o actúa en nombre de Bank Mellat: En los últimos siete años, Bank Mellat ha transferido cientos de millones de dólares a entidades iraníes de la industria nuclear, de misiles y del sector de la defensa.
Dirección: Unit Level 10 (B1), Main Office Tower, Financial Park Labuan, Jalan Merdeka, 87000 WP Labuan, Malasia. Número de registro de la empresa LL06889 (Malasia)
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
19) Industrial Factories of Precision (IFP) Machinery, también conocida como Instrumentation Factories Plant. Otra información: utilizada por la OIA en algunos intentos de adquisición.
Fecha de designación de la ONU: 3.3.2008.
20) Jabber Ibn Hayan. Otra información: laboratorio de la AEOI que participa en actividades del ciclo de combustible.
Fecha de designación de la ONU: 3.3.2008 (UE: 24.4.2007).
21) Joza Industrial Co. Otra información: sociedad pantalla de la AIO; participa en el programa balístico.
Fecha de designación de la ONU: 3.3.2008.
22) Kala-Electric. También conocido como: Kalaye Electric. Otra información: proveedora de la PFEP — Natanz.
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
23) Centro de Investigación Nuclear de Karaj. Otra información: forma parte de la división de investigación de la AEOI.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
24) Kaveh Cutting Tools Company. Otra información: Kaveh Cutting Tools Company es propiedad o está bajo el control o actúa en nombre de la Organización de Industrias de Defensa (DIO).
Dirección: kilómetro 3 de Khalaj Road, Seyyedi Street, Mashad 91638, Irán; kilómetro 4 de Khalaj Road, al final de Seyedi Street, Mashad, Irán; P.O. Box 91735-549, Mashad, Irán; Khalaj Rd., al final de Seyyedi Alley, Mashad, Irán; Moqan St., Pasdaran St., Pasdaran Cross Rd., Teherán, Irán.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
25) Empresa Kavoshyar. Otra información: filial de la AEOI.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
26) Khorasan Metallurgy Industries. Otra información: a) filial del Grupo de Industrias de Municiones y Metalurgia, que depende de la Organización de Industrias de Defensa (DIO); b) participa en la producción de componentes de centrifugadoras.
Fecha de designación de la ONU: 3.3.2008.
27) M. Babaie Industries. Otra información: M. Babaie Industries depende de Shahid Ahmad Kazemi Industries Group (antes Air Defense Missile Industries Group) de la Organización de Industrias Aeroespaciales de Irán (AIO en sus siglas en inglés). AIO controla las organizaciones Shahid Hemmat Industrial Group (SHIG) y Shahid Bakeri Industrial Group (SBIG), ambas designadas en la Resolución 1737 (2006).
Dirección: P.O. Box 16535-76, Teherán, 16548, Irán.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
28) Universidad Malek Ashtar. Depende de DTRSC del MODAFL. Incluye grupos de investigación anteriormente parte del Centro de Investigaciones Físicas (PHRC, en sus siglas en inglés). No se ha autorizado a los inspectores de la OIEA a interrogar al personal ni a ver documentos bajo el control de esta organización para resolver el tema pendiente de la posible dimensión militar del programa nuclear de Irán.
Dirección: Esquina de Imam Ali Highway con Babaei Highway, Teherán, Irán.
Fecha de designación de la UE: 24.6.2008 (ONU: 9.6.2010).
29) Empresa de energía Mesbah. Otra información: a) proveedora del reactor de investigación A40-Arak; b) participa en el programa nuclear de Irán.
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
30) Departamento de Exportaciones Logísticas del Ministerio de Defensa. Otra información: Departamento de Exportaciones Logísticas del Ministerio de Defensa (MODLEX, en sus siglas en inglés) vende armas de producción iraní a clientes de todo el mundo contraviniendo la Resolución 1747 (2007) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, que prohíbe a Irán la venta de armas o material relacionado.
Dirección: PO Box 16315-189, Teherán, Irán; situada en el lado derecho de Dabestan Street, Abbas Abad District, Teherán, Irán.
Fecha de designación de la UE: 24.6.2008 (ONU: 9.6.2010).
31) Mizan Machinery Manufacturing. Otra información: Mizan Machinery Manufacturing (3M) es propiedad o está bajo el control o actúa en nombre de SHIG.
Dirección: P.O. Box 16595-365, Teherán, Irán.
También conocida como: 3MG
Fecha de designación de la UE: 24.6.2008 (ONU: 9.6.2010).
32) Modern Industries Technique Company. Modern Industries Technique Company (MITEC) se dedica al diseño y construcción del reactor de agua pesada IR-40 en Arak. MITEC ha dirigido la licitación para la construcción del reactor de agua pesada IR-40.
Dirección: Arak, Irán.
También conocido como: Rahkar Company, Rahkar Industries, Rahkar Sanaye Company, Rahkar Sanaye Novin.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
33) Centro de Investigación Nuclear para la Agricultura y la Medicina. El Centro de Investigación Nuclear para la Agricultura y la Medicina (NFRPC) es un importante centro de investigación de la Organización de la Energía Atómica de Irán (OEAI en sus siglas en inglés), que fue designado en la Resolución 1737 (2006) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. El NFRPC es el centro de la OEAI para el desarrollo de combustible nuclear y lleva a cabo actividades relacionadas con el enriquecimiento.
Dirección: P.O. Box 31585-4395, Karaj, Irán.
También conocido como: Centro de Investigación Agrícola y de Medicina Nuclear, Karaji Agricultural and Medical Research Center.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
34) Niru Battery Manufacturing Company. Otra información: a) filial de la Organización de Industrias de Defensa (DIO); b) su función es fabricar unidades de energía para el ejército del Irán, incluidos sistemas de misiles.
Fecha de designación de la ONU: 3.3.2008.
35) Empresa de energía Novin, también conocida como Pars Novin. Otra información: funciona dentro de la AEOI.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
36) Industrias Químicas Parchin. Otra información: filial de la DIO que produce municiones, explosivos y propulsores sólidos para cohetes y misiles.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
37) Empresa de Servicios de Aviación Pars. Otra información: lleva a cabo el mantenimiento de diversas aeronaves, entre ellas las MI-171, utilizadas por la Fuerza Aérea del IRGC.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
38) Empresa de tratamiento de residuos Pars. Otra información: a) participa en el programa nuclear de Irán (programa de centrifugado); b) identificada en informes del Organismo Internacional de la Energía Atómia (OIEA).
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
39) Pejman Industrial Services Corporation. Otra información: Pejman Indusrial Services Corporation es propiedad o está bajo el control o actúa en nombre de SBIG.
Dirección: P.O. Box 16785-195, Teherán, Irán.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
40) Pishgam (Pioneer) Energy Industries Company. Otra información: ha participado en la construcción del Centro de Conversión de Uranio de Isfahán.
Fecha de designación de la ONU: 3.3.2008.
41) Industrias Aeronáuticas Qods. Otra información: produce vehículos aéreos no tripulados (UAV), paracaídas, equipos de parapente y paramotor, etc. El IRGC ha hecho gala de la utilización de estos productos en el contexto de su doctrina de la guerra asimétrica.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
42) Sabalan Company. Otra información: Sabalan es una sociedad ficticia de SHIG.
Dirección: Damavand Tehran Highway, Teherán (Irán).
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
43) Grupo Industrial Sanam. Otra información: entidad subordinada de la OIA, en cuyo nombre ha comprado equipos para el programa de misiles.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
44) Safety Equipment Procurement (SEP). Otra información: sociedad pantalla de la OIA; participa en el programa balístico.
Fecha de designación de la ONU: 3.3.2008.
45) 7th of Tir. Otra información: entidad subordinada de la DIO, cuya participación directa en el programa nuclear de Irán es ampliamente reconocida.
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
46) Sahand Aluminum Parts Industrial Company (SAPICO). Otra información: SAPICO es una sociedad ficticia de SHIG.
Dirección: Autopista Damavand - Teherán, Teherán (Irán).
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
47) Grupo Industrial Shahid Bagheri (SBIG). Otra información: entidad subordinada de la OIA.
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
48) Grupo Industrial Shahid Hemmat (SHIG). Otra información: entidad subordinada de la OIA.
Fecha de designación de la ONU: 23.12.2006.
49) Shahid Karrazi Industries. Otra información: Shahid Karrazi Industries es propiedad o está bajo el control o actúa en nombre de SBIG.
Dirección: Teherán (Irán).
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
50) Shahid Satarri Industries. Otra información: Shahid Sattari Industries es propiedad o está bajo el control o actúa en nombre de SBIG.
Dirección: Southeast Teherán (Irán).
También conocido como: Shahid Sattari Group Equipment Industries.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
51) Shahid Sayyade Shirazi Industries. Otra información: Shahid Sayyade Sattari Industries es propiedad o está bajo el control o actúa en nombre de la DIO.
Dirección: cerca de Nirou Battery Mfg. Co, autovía Shahid Babaii, Nobonyad Square, Teherán, Irán; Pasdaran St., P.O. Box 16765, Teherán 1835, Irán; autopista Babaei — cerca de Niru M.F.G, Teherán, Irán.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
52) Empresa de aviación Sho'a'. Otra información: produce ultraligeros. El IRGC ha afirmado que utiliza estos productos en el contexto de su doctrina de la guerra asimétrica.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
53) Special Industries Group. Otra información: Special Industries Group (SIG) depende de la DIO.
Dirección: Pasdaran Ave., P.O. Box 19585/777, Teherán, Irán.
Fecha de designación de la UE: 24.7.2007 (ONU: 9.6.2010).
54) Compañía TAMAS. Otra información: a) participa en actividades relacionadas con el enriquecimiento; b) TAMAS es el organismo superior del que dependen cuatro filiales, uno de las cuales se dedica a los procesos que van desde la extracción del uranio hasta su concentración y otra, al tratamiento del uranio y su enriquecimiento y al tratamiento de sus residuos.
Fecha de designación de la UE: 24.4.2007 (ONU: 3.3.2008).
55) Tiz Pars. Otra información: Tiz Pars es una sociedad ficticia de SHIG. Entre abril y julio de 2007, Tiz Pars trató de adquirir una máquina de corte y soldadura láser de cinco ejes en nombre de SHIG.
Dirección: autopista Damavand -Teherán, Teherán, Irán.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
56) Grupo Industrial Ya Mahdi. Otra información: entidad subordinada de la OIA que participa en la compra internacional de equipos para misiles.
Fecha de designación de la ONU: 24.3.2007.
57) Yazd Metallurgy Industries. Otra información: Yazd Metallurgy Industries (YMI) depende de la DIO.
Dirección: Pasdaran Avenue, Next to Telecommunication Industry, Teherán 16588, Irán; Postal Box 89195/878, Yazd, Irán; P.O. Box 89195-678, Yazd, Iran; Km 5 de la carretera de Taft, Yazd, Irán.
También conocido como: Yazd Ammunition Manufacturing and Metallurgy Industries; Directorate of Yazd Ammunition and Metallurgy Industries.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
58) Behineh Trading Co.
Otra información: Empresa iraní que desempeñó un papel fundamental en el traslado clandestino de armas por parte de Irán al África Occidental y actuó en nombre de la fuerza Qods del IRGC, a cuyo mandato estaba el General de División Qasem Soleimani, designado por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en su Resolución 1747 (2007), como consignador del envío de armas.
Información adicional: Emplazamiento: Edificio Tavakoli, frente al callejón 15, calle Emam-Jomeh, Teherán, Irán. Teléfono: +98 919 538 2305. Sitio web: http://www.behinehco.ir
Fecha de designación por la ONU: 18 de abril de 2012.
59) Yas Air: Yas Air es el nuevo nombre de Pars Air, sociedad que fue propiedad de Pars Aviation Services Company, la cual, a su vez, fue designada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en su Resolución 1747 (2007). Yas Air ha ayudado a la Pars Aviation Services Company, entidad designada por las Naciones Unidas, a infringir el apartado 5 de la Resolución 1747 (2007).
Localización: Aeropuerto Internacional de Mehrabad, junto a la Terminal n.o 6, Teherán, Irán.
Fecha de designación de las Naciones Unidas: 10.12.2012.
60) SAD Import Export Company: la SAD Import Export Company ha ayudado a Parchin Chemical Industries y a 7th of Tir Industries, entidad señalada por las Naciones Unidas, a infringir el apartado 5 de la Resolución 1747 (2007).
Localización: Plaza Haftom Tir, Avenida Mofte Sur, Tour Line no. 3/1, Teherán, Irán. (2) PO Box 1584864813.
Fecha de designación de las Naciones Unidas: 10.12.2012.
B. Entidades que son propiedad, están bajo el control o actúan en nombre del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica
1) Fater (o Faater) Institute. Otra información: filial de Khatam al-Anbiya (KAA); Fater ha trabajado con proveedores extranjeros, probablemente en nombre de otras empresas de KAA en proyectos del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica (IRGC en sus siglas en inglés) en Irán.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
2) Gharagahe Sazandegi Ghaem. Otra información: Gharagahe Sazandegi Ghaem es propiedad o está bajo el control de KAA.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
3) Ghorb Karbala. Otra información: Ghorb Karbala es propiedad o está bajo el control de KAA.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
4) Ghorb Nooh. Otra información: Ghorb Nooh es propiedad o está bajo el control de KAA.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
5) Hara Company. Otra información: es propiedad o está bajo el control de Ghorb Noon.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
6) Imensazan Consultant Engineers Institute. Otra información: es propiedad o está bajo el control o actúa en nombre de KAA.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
7) Khatam al-Anbiya Construction Headquarters. Otra información: Khatam al-Anbiya Construction Headquarters (KAA) es una empresa propiedad del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica que desarrolla proyectos de construcción civil y militar a gran escala y otras actividades de ingeniería. Se ocupa en gran medida de proyectos de organización de la defensa pasiva. En concreto, las filiales de KAA participaron en una gran parte de la construcción de la planta de enriquecimiento de uranio de Qom/Fordow.
Fecha de designación de la UE: 24.6.2008 (ONU: 9.6.2010).
8) Makin. Otra información: Makin es propiedad o está bajo el control o actúa en nombre de KAA, y es una filial de KAA.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
9) Omran Sahel. Otra información: es propiedad o está bajo el control de Ghorb Noon.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
10) Oriental Oil Kish. Otra información: Oriental Oil Kish es propiedad o está bajo el control o actúa en nombre de KAA.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
11) Rah Sahel. Otra información: Rah Sahel es propiedad o está bajo el control o actúa en nombre de KAA.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
12) Rahab Engineering Institute. Otra información: Rahab es propiedad o está bajo el control o actúa en nombre de KAA, y es una filial de KAA.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
13) Sahel Consultant Engineers. Otra información: es propiedad o está bajo el control de Ghorb Noon.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
14) Sepanir. Otra información: Sepanir es propiedad o está bajo el control o actúa en nombre de KAA.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
15) Sepasad Engineering Company. Otra información: Sepasad Engineering Company es propiedad o está bajo el control o actúa en nombre de KAA.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
C. Entidades que son propiedad, están bajo el control o actúan en nombre de la Compañía Nacional de Transporte Marítimo de Irán (Islamic Republic of Iran Shipping Lines - IRISL)
1) Irano Hind Shipping Company.
Dirección: 18 Mehrshad Street, Sadaghat Street, frente al Park Mellat, Vali-e-Asr Ave., Teherán, Irán; 265, cerca de Mehrshad, Sedaghat St., frente al Mellat Park, Vali Asr Ave., Teherán 1A001, Irán.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
2) IRISL Benelux NV.
Dirección: Noorderlaan 139, B-2030, Amberes, Bélgica. Número de I.V.A. BE480224531 (Bélgica).
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010.
3) South Shipping Line Iran (SSL).
Dirección: Apt. No. 7, 3rd Floor, No. 2, 4th Alley, Gandi Ave., Teherán, Irán; Qaem Magham Farahani St., Teherán, Irán.
Fecha de designación de la ONU: 9.6.2010
ANEXO II
Lista de personas a que se refiere el artículo 19, apartado 1, letra b), y de personas y entidades a que se refiere el artículo 20, apartado 1, letra b)
I. ►M9 Personas y entidades implicadas en actividades relacionadas con la energía nuclear o con misiles balísticos y personas y entidades que apoyan al Gobierno de Irán ◄
A. Personas
|
Nombre |
Información identificativa |
Motivos |
Fecha de inclusión en la lista |
1. |
Reza AGHAZADEH |
Fecha de nacimiento: 15/03/1949; No de pasaporte: S4409483 validez: 26/04/2000 – 27/04/2010 expedido en Teherán. Número de pasaporte diplomático: D9001950, expedido el 22.01.08, válido hasta el 21.1.2013. Lugar de nacimiento: Khoy |
Antiguo Director de la Organización de la Energía Atómica de Irán (AEOI). Organización que supervisa el programa nuclear de Irán; figura en la lista de la RCSNU 1737 (2006). |
23.4.2007 |
▼M8 ————— |
||||
3. |
Dr. Hoseyn (Hossein) FAQIHIAN |
Dirección de la NFPC: AEOI-NFPD, Apartado de Correos: 11365-8486, Teherán/Irán |
Adjunto y Director General de la Compañía de Producción de Combustible Nuclear y de Contratación Pública (NFPC) (véase la Parte B, punto 30), parte de la AEOI. La AEOI supervisa el programa nuclear de Irán y ha sido señalada por la RCSNU 1737 (2006). La NFPC participa en actividades de enriquecimiento que la Junta de Gobernadores del OIEA y el Consejo de Seguridad han exigido suspender a Irán. |
23.4.2007 |
4. |
Ingeniero Mojtaba HAERI |
|
Adjunto del MODAFL para la Industria. Función de supervisión de la OIA y la DIO. |
23.6.2008 |
▼M23 ————— |
||||
6. |
Said Esmail KHALILIPOUR (también conocido como: LANGROUDI) |
Fecha de nacimiento: 24.11.1945. Lugar de nacimiento: Langroud |
Director Adjunto de la AEOI. La AEOI supervisa el programa nuclear de Irán y ha sido señalada por la RCSNU 1737 (2006). |
23.4.2007 |
7. |
Ali Reza KHANCHI |
Dirección de la NFPC: AEOI-NFPD, Apartado de Correos: 11365-8486 Teherán/Irán. Fax: (+9821) 8021412 |
Director del Centro de Investigaciones Nucleares de Teherán (TNRC) de la AEOI. El OIEA sigue tratando de obtener aclaraciones de Irán sobre los experimentos de separación de plutonio realizados en este Centro, y también sobre la presencia de partículas de elevado enriquecimiento (HEU) en muestras ambientales tomadas en la instalación de almacenamiento de desechos de Karaj, donde se encuentran contenedores que habían sido utilizados paraalmacenar blancos de uranio empobrecido usados en los experimentos. La AEOI supervisa el programa nuclear de Irán y ha sido señalada por la RCSNU 1737 (2006). |
23.4.2007 |
8. |
Ebrahim MAHMUDZADEH |
|
Antiguo Director Gerente de Industrias Electrónicas de Irán (véase la Parte B, n.o 20). En la actualidad Director General del Organismo de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas. |
23.6.2008 |
9. |
██████ |
██████ ██████ ██████ ██████ ██████ ██████ █ ██████ ██████ |
██████ |
██████ |
10. |
General de Brigada Beik MOHAMMADLU |
|
Adjunto del MODAFL para suministros y logística (véase la Parte B, punto 29). |
23.6.2008 |
▼M9 ————— |
||||
12. |
Mohammad Reza MOVASAGHNIA |
|
Antiguo jefe del grupo industrial Samen Al A’Emmeh (SAIG), conocido también como Cruise Missile Industry Group. Esta organización fue señalada por la RCSNU 1747, e incluida en la lista del anexo I de la Posición Común 2007/140/PESC. |
26.7.2010 |
13. |
Anis NACCACHE |
|
Administrador de las empresas Barzagani Tejarat Tavanmad Saccal. Su empresa ha intentado adquirir productos sensibles en beneficio de entidades que figuran en la lista de la Resolución 1737(2006). |
23.6.2008 |
14. |
General de Brigada Mohammad NADERI |
|
Jefe de la Aviation Industries Organisation de Irán (IAIO). Antiguo jefe de la Aerospace Industries Organisation de Irán (AIO). La AIO ha participado en programas sensibles iraníes. |
23.6.2008 |
15. |
Ali Akbar SALEHI |
|
Ministro de Asuntos Exteriores. Ex Director de la Organización de Energía Atómica de Irán (AEOI). La AEOI supervisa el programa nuclear de Irán y ha sido designada en virtud de la Resolución 1737 (2006) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. |
17.11.2009 |
16. |
Vicealmirante Mohammad SHAFI'I RUDSARI |
|
Antiguo Adjunto del MODAFL para la coordinación (véase la Parte B, punto 29). |
23.6.2008 |
17. |
Abdollah SOLAT SANA |
|
Director Gerente de la Instalación de Conversión de Uranio (UCF) de Isfaján. Esta es la instalación que produce el compuesto UF6 para las instalaciones de enriquecimiento de Natanz. El 27 de agosto de 2006, Solat Sana recibió una distinción especial del Presidente Ahmadinejad por su labor. |
23.4.2007 |
18. |
Mohammad AHMADIAN |
|
Ex Director interino de la Organización de Energía Atómica de Irán (AEOI), y actual Director Adjunto de dicha organización. La AEOI supervisa el programa nuclear de Irán y ha sido designada en virtud de la Resolución 1737 (2006) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. |
23.5.2011 |
19. |
Ingeniero Naser RASTKHAH |
|
Director Adjunto de la AEOI. La AEOI supervisa el programa nuclear de Irán y ha sido designada en virtud de la Resolución 1737 (2006) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. |
23.5.2011 |
20. |
Behzad SOLTANI |
|
Director Adjunto de la AEOI. La AEOI supervisa el programa nuclear de Irán y ha sido designada en virtud de la Resolución 1737 (2006) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. |
23.5.2011 |
21. |
Massoud AKHAVAN-FARD |
|
Director Adjunto de la AEOI, encargado de Planificación, Asuntos Internacionales y Cuestiones Parlamentarias. La AEOI supervisa el programa nuclear de Irán y ha sido designada en virtud de la Resolución 1737 (2006) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. |
23.5.2011 |
▼M8 ————— |
||||
23. |
Davoud BABAEI |
|
Actual jefe de seguridad del instituto de investigación del Ministerio de Defensa y Logística de las Fuerzas Armadas, la Organización de Innovación e Investigación para la Defensa (SPND), dirigida por Mohsen Fakhrizadeh-Mahabadi, que está incluido en las listas de las Naciones Unidas. La OIEA considera que la SPND puede estar vinculada a las posibles dimensiones militares del programa nuclear iraní, sobre el que Irán se niega a cooperar. En su calidad de jefe de seguridad, Babaei es responsable de impedir la divulgación de información, incluso al OIEA. |
1.12.2011 |
▼M9 ————— |
||||
25. |
Sayed Shamsuddin BORBORUDI (también conocido como Seyed Shamseddin BORBOROUDI) |
Fecha de nacimiento: 21.9.1969 |
Antiguo Director Adjunto de la Organización de Energía Atómica de Irán, incluido en las listas de las Naciones Unidas, y fue subordinado de Feridun Abbasi Davani, también incluido en las listas de las Naciones Unidas. Ha estado implicado en el programa nuclear iraní al menos desde 2002, también como ex jefe de contratación pública y logística de AMAD, donde era responsable de recurrir a sociedades tapadera como Kimia Madan para la adquisición de equipo y materiales para el programa de armas nucleares de Irán. |
1.12.2011 |
▼M9 ————— |
||||
27. |
Kamran DANESHJOO (también conocido como DANESHJOU) |
|
Exministro de Ciencia, Investigación y Tecnología. Ha prestado apoyo a actividades nucleares de Irán relacionadas con la proliferación. |
1.12.2011 |
▼M8 ————— |
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29. |
Milad JAFARI |
fecha de nacimiento 20/9/74 |
Nacional de Irán que suministra mercancías, en particular metales, a sociedades tapadera de SHIG, designadas por la ONU. Entregó mercancías al SHIG entre enero y noviembre de 2010. Los pagos de algunas de las mercancías se efectuaron en la oficina central del Banco de Desarrollo de la Exportación de Irán (EDBI) en Teherán señalado por la UE, después de noviembre de 2010. |
1.12.2011 |
▼M9 ————— |
||||
31. |
Ali KARIMIAN |
|
Nacional de Irán que suministra mercancías, en particular fibra de carbón, al SHIG y al SBIG, designados por la ONU. |
1.12.2011 |
32. |
Majid KHANSARI |
|
Director Gerente dela Compañía eléctrica Kalaye señalad por la ONU |
1.12.2011 |
▼M9 ————— |
||||
▼M8 ————— |
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35. |
Mohammad MOHAMMADI |
|
Director Gerente de MATSA. |
1.12.2011 |
▼M9 ————— |
||||
37. |
Mohammad Sadegh NASERI |
|
Director del Physics Research Institute (anteriormente denominado Institute of Applied Physics) |
1.12.2011 |
38. |
Mohammad Reza REZVANIANZADEH |
|
Director Gerente de la Sociedad de Combustible para Reactores Nucleares (SUREH), señalada por la UE. También es funcionario de la AEOI. Supervisa y adjudica licitaciones de contratos públicos de obras sensibles necesarias para la Fuel Manufacturing Plant (Fábrica de Combustibles) (FMP), la Zirconium Powder Plant (Planta de Polvo de Zirconio) (ZPP) y la Uranium Conversion Facility (Planta de Conversión de Uranio) (UCF) |
1.12.2011 |
▼M7 ————— |
||||
40. |
Hamid SOLTANI |
|
Director Gerente de la Sociedad Gestora de Construcción de Centrales Nucleares (MASNA), señalada por la UE. |
1.12.2011 |
▼M9 ————— |
||||
42. |
Javad AL YASIN |
|
Jefe del Centro de Investigación de Explosión e Impacto, también denominado METFAZ. |
1.12.2011 |
▼M8 ————— |
||||
44. |
Majid NAMJOO |
Nacido el 5 de enero de 1963 en Teherán, Irán |
Ministro de Energía. Miembro del Consejo Supremo de Seguridad Nuclear, que formula la política nuclear de Irán. |
16.10.2012 |
45. |
Babak Zanjani |
Fecha de nacimiento: 12 de marzo de 1971 |
Babak Zanjani ha respaldado la financiación de transacciones de crudo iraní realizadas por el Ministerio iraní del Petróleo, que fue designado por la UE. Además ha ayudado al Banco Central de Irán y a la Empresa Nacional del Petróleo de Irán (NIOC, por sus siglas en inglés), también designados por la UE, a eludir las medidas restrictivas de la UE. Ha actuado como intermediario en transacciones de petróleo iraníes y efectuado transferencias de fondos relacionados con el petróleo, principalmente a través de Natfrina Intertrade Company (NICO) y de Hong Kong Intertrade, que están controladas por el Gobierno de Irán y también designadas por la UE. Ha prestado además servicios esenciales al Cuerpo de la Guardia Revolucionaria de Irán (IRGC) facilitando transferencias de fondos en beneficio de Khatam al-Anbiya, empresa propiedad del IRGC sujeta a sanciones de las Naciones Unidas y de la UE. |
8.11.2014 |
B. Entidades
▼M35 —————
|
Nombre |
Información identificativa |
Motivos |
Fecha de inclusión en la lista |
1. |
Organización de Industrias Aeroespaciales |
OIA, 28 Shian 5, Lavizan, Teherán, Irán Langare Street Nobonyad Square, Teherán, Irán |
La OIA supervisa la producción de misiles de Irán, incluidos el Grupo Industrial Shahid Hemmat, el Grupo Industrial Shahid Bagheri y el Grupo Industrial Fajr, todos ellos designados por la RCSNU 1737 (2006). El director de la OIA y otros dos altos cargos fueron designados por la RCSNU 1737 (2006) |
23.4.2007 |
2. |
Organización geográfica de las fuerzas armadas |
|
Se considera que facilita datos geoespaciales para el programa de misiles balísticos. |
23.6.2008 |
3. |
Industrias Azarab |
Ferdowsi Ave, Apartado de Correos: 11365-171, Teherán, Irán |
Empresa del sector de la energía que presta apoyo en forma de fabricación al programa nuclear, incluidas las actividades determinadas como con riesgo de proliferación. Implicada en la construcción del reactor de agua pesada de Arak. |
26.7.2010 |
4. |
██████ |
██████ █ ██████ |
██████ |
██████ |
(a) Mellat Bank SB CJSC |
Apartado de Correos: 24, Yerevan 0010, República de Armenia |
Propiedad al 100 % del Bank Mellat |
26.7.2010 |
|
██████ ██████ |
██████ |
██████ |
██████ |
|
5. |
Bank Melli, Bank Melli Iran (incluidas todas sus sucursales) y filiales: |
Ferdowsi Avenue, apartado de Correos: 11365-171, Teherán, Irán |
Facilita o intenta facilitar apoyo financiero a empresas que participan o abastecen el programa nuclear y el programa de misiles iraní (AIO, SHIG, SBIG, AEOL, Empresa de Energía Novin, Empresa Eléctrica Mesbah, Empresa Eléctrica Kalaye y DIO). El Banco Melli sirve de facilitador para las actividades sensibles de Irán. Ha facilitado numerosas compras de materiales sensibles para los programas nuclear y de misiles de Irán. Ha facilitado una serie de servicios financieros por cuenta de entidades vinculadas a la industria nuclear y balística iraní, en particular la apertura de líneas de crédito y la gestión de cuentas. Muchas de las empresas enumeradas han sido designadas por las RCSNU 1737(2006) y 1747(2007). El Banco Melli continúa con esta tarea, siguiendo un modelo de conducta que apoya y facilita las actividades sensibles de Irán. Utilizando sus relaciones bancarias, continúa proporcionando apoyo y servicios financieros a las entidades enumeradas por la ONU y la UE en relación con tales actividades. También actúa en nombre, y en de la dirección, de dichas entidades, incluido el Banco Sepah, a menudo actuando a través de sus filiales y socios. |
23.6.2008 |
(a) Arian Bank (también conocido como Aryan Bank) |
House 2, Street Number 13, Wazir Akbar Khan, Kabul, Afghanistán |
Se trata de una empresa conjunta entre el Bank Melli y el Bank Saderat. |
26.7.2010 |
|
(b) Assa Corporation |
ASSA CORP, 650 (or 500) Quinta Avenida, Nueva York, EE.UU. No de identificación fiscal: 1368932 (Estados Unidos) |
Se trata de una sociedad ficticia creada y controlada por el Bank Melli para canalizar el dinero de los Estados Unidos a Irán. |
26.7.2010 |
|
(c) Assa Corporation Ltd |
6 Britannia Place, Bath Street, St Helier JE2 4SU, Jersey, Islas del Canal |
Assa Corporation Ltd es la organización madre de Assa Corporation. Propiedad del Bank Melli o bajo su control |
26.7.2010 |
|
(d) Bank Kargoshaie (también conocido como Bank Kargoshaee, también conocido como Kargosai Bank, también conocido como Kargosa'i Bank) |
587 Mohammadiye Square, Mowlavi St., Teherán 11986, Irán |
El Bank Kargoshaee es propiedad del Bank Melli. |
26.7.2010 |
|
(e) Bank Melli Iran Investment Company (BMIIC) |
No 1 - Didare Shomali Haghani Highway 1518853115, Teherán, Irán; Otra dirección: No.2, Nader Alley, Vali-Asr Str., Teherán, Irán, Apdo. Correos:3898-15875. Otra dirección: Bldg 2, Nader Alley after Beheshi Forked Road, Apdo. Correos:15875-3898, Teherán, Irán 15116. Otra dirección: Rafiee Alley, Nader Alley, 2 After Serahi Shahid Beheshti, Vali E Asr Avenue, Teherán, Irán. Número de registro comercial: 89584. |
Afiliado a entidades sancionadas por los Estados Unidos, la Unión Europea o las Naciones Unidas desde 2000. Señalado por los Estados Unidos por ser propiedad del Bank Melli o estar bajo su control. |
26.7.2010 |
|
(f) Bank Melli Iran ZAO (alias Mir Business Bank) |
Number 9/1, Ulitsa Mashkova, Moscú, 130064, Rusia Dirección alternativa: Mashkova st. 9/1 Moscú 105062 Rusia |
Es propiedad de Bank Melli. |
23.6.2008 |
|
(g) Bank Melli Printing and Publishing Company (BMPPC) |
18th Km Karaj Special Road, 1398185611 Teherán, Irán, Apdo. Correos: 37515-183 Otra dirección: Km 16 Karaj Special Road, Teherán, Irán Número de registro comercial: 382231 |
Señalada por los Estados Unidos por ser propiedad del Bank Melli o estar bajo su control |
26.7.2010 |
|
(h) Cement Investment and Development Company (CIDCO) (también conocida como: Cement Industry Investment and Development Company, CIDCO, CIDCO Cement Holding) |
No 20, West Nahid Blvd. Vali Asr Ave. Teherán, Irán, 1967757451 No. 241, Mirdamad Street, Teherán, Irán |
Propiedad al 100% de Bank Melli Investment Co. Holding Company que gestiona todas las cementeras propiedad de BMIIC |
26.7.2010 |
|
(i) First Persian Equity Fund |
Walker House, 87 Mary Street, George Town, Grand Cayman, KY1-9002, Islas Caimán. Otra dirección: Clifton House, 7z5 Fort Street, Apdo. Correos:190, Grand Cayman, KY1-1104 Islas Caimán. Otra dirección: Rafi Alley, Vali Asr Avenue, Nader Alley, Teherán, 15116, Iran, Apdo. Correos: 15875-3898 |
Fondo basado en las Caimán con licencia del Gobierno iraní para las inversiones extranjeras en la Bolsa de Teherán |
26.7.2010 |
|
(j) Mazandaran Cement Company |
No 51, sattari st. Afric Ave. Teherán, Irán. Otra dirección: Africa Street, Sattari Street No. 40, Apdo. Correos:121, Teherán, Irán 19688. Otra dirección: 40 Satari Ave. Afrigha Highway, Apdo. Correos: 19688, Teherán, Irán |
Bajo el control del Bank Melli Iran |
26.7.2010 |
|
(k) Mehr Cayman Ltd. |
Islas Caimán. Núm. registro comercial: 188926 (Islas Caimán) |
Propiedad del Bank Melli o bajo su control |
26.7.2010 |
|
(l) Melli Agrochemical Company PJS (también conocido como: Melli Shimi Keshavarz) |
5th Floor No 23 15th Street, Gandi Ave. Vanak Sq., Teherán, Irán Otra dirección: Mola Sadra Street, 215 Khordad, Sadr Alley No. 13, Vanak Sq., Apdo. Correos: 15875-1734, Teherán, Irán |
Propiedad del Bank Melli o bajo su control |
26.7.2010 |
|
(m) Melli Bank plc |
London Wall, 11th floor, London EC2Y 5EA, Reino Unido |
Propiedad de Bank Melli. |
23.6.2008 |
|
|
(n) Melli Investment Holding International |
514 Business Avenue Building, Deira, Apdo. Correos: 181878, Dubai, Emiratos Árabes Unidos. No de registro de la certificación (Dubai) 0107 expedida el 30 nov 2005. |
Propiedad del Bank Melli o bajo su control |
26.7.2010 |
|
(o) Shemal Cement Company (también conocida como: Siman Shomal, también conocida como Shomal Cement Company) |
No 269 Dr Beheshti Ave. Apdo. Correos: 15875/4571 Teherán - 15146 Irán Otra dirección: Dr Beheshti Ave No. 289, Teherán, Irán 151446; Otra dirección: 289 Shahid Baheshti Ave., Apdo. Correos 15146, Teherán, Irán |
Bajo el control del Bank Melli Iran |
26.7.2010 |
6. |
██████ |
██████ |
██████ |
██████ |
7. |
██████ |
██████ |
██████ |
██████ |
▼M36 ————— |
||||
▼M35 ————— |
||||
8. |
██████ |
██████ ██████ ██████ ██████ |
██████ |
██████ |
9. |
ESNICO (Equipment Supplier for Nuclear Industries Corporation) |
No1, 37th Avenue, Asadabadi Street, Teherán, Irán |
Efectúa contratos de adquisición de bienes industriales, específicamente para las actividades del programa nuclear desarrolladas por AEOI, Novin Energy y Kalaye Electric Company (todas señaladas por la RCSNU 1737). Su director es Haleh Bakhtiar (señalado por la RCSNU 1803). |
26.7.2010 |
▼M40 ————— |
||||
11. |
██████ |
██████ ██████ ██████ ██████ █ ██████ █ ██████ █ ██████ ██████ |
██████ |
██████ |
(a) EDBI Exchange Company (también conocida como: Export Development Exchange Broker Co.) |
No 20, 13th St., Vozara Ave., Teherán, Irán 1513753411, Apdo. Correos: 15875-6353 - Otra dirección:Tose'e Tower, Corner of 15th St., Ahmad Qasir Ave. Argentine Square, Teherán, Irán |
Basada en Teherán, pertenece en un 70 % al Export Development Bank of Iran (EDBI). Fue señalada por los Estados Unidos en octubre de 2008 por ser propiedad de EDBI o actuar bajo su control. |
26.7.2010 |
|
(b) EDBI Stock Brokerage Company |
Tose'e Tower, Corner of 15th St., Ahmad Qasir Ave. Argentine Square, Teherán, Irán |
Basada en Teherán, se trata de una sociedad filial propiedad en su totalidad del Export Development Bank of Iran (EDBI). Fue señalada por los Estados Unidos en octubre de 2008 por ser propiedad de EDBI o actuar bajo su control. |
26.7.2010 |
|
(c) Banco Internacional De Desarrollo CA |
Urb. El Rosal, Avenida Francesco de Miranda, Edificio Dozsa, Piso 8, Caracas C.P. 1060, Venezuela |
Pertenece al Export Development Bank of Iran. |
26.7.2010 |
|
12. |
Fajr Aviation Composite Industries Mehrabad Airport, Apdo. |
Aeropuerto de Mehrabad, apartado de correos 13445-885, Teherán, Irán |
Filial de la IAIO dentro del MODAFL, ambos incluidos en las listas de la UE, que produce principalmente materiales compuestos para la industria aeronáutica. |
26.7.2010 |
13. |
██████ |
██████ █ |
██████ |
██████ |
▼M19 ————— |
||||
14. |
Future Bank BSC |
Block 304. City Centre Building. Building 199, Government Avenue, Road 383, Manama, Bahrain. Apdo. Correos 785. Registro comercial: 2k Document: 54514-1 (Bahrain) vence el 9 de junio de 2009. No licencia comercial: 13388 (Bahrain) |
Dos tercios de este banco, basado en Bahrain, pertenecen a bancos iraníes. El Bank Melli y el Bank Saderat, señalados por la UE, poseen cada uno un tercio de las acciones y el tercio restante lo tienen el Ahli United Bank (AUB) de Bahrain. Si bien el AUB mantiene su participación en el Future Bank, según su informe anual de 2007, AUB ya no ejerce una influencia significativa en el banco, controlado efectivamente por sus matrices iraníes, señaladas ambas por la RCSNU 1803 como bancos iraníes que requieren «vigilancia» particular. Los estrechos vínculos entre el Future Bank e Irán quedan aún más probados por el hecho de que el presidente del Bank Melli ha ocupado al mismo tiempo el cargo de presidente del Future Bank. |
26.7.2010 |
15. |
Industrial Development & Renovation Organization (IDRO) |
|
Organismo estatal responsable de acelerar la industrialización de Irán. Controla distintas sociedades que trabajan para los programas nuclear y de misiles y que están implicadas en contratación de tecnología de fabricación avanzada en el extranjero en apoyo de los citados programas. |
26.7.2010 |
16. |
Iran Aircraft Industries (IACI) |
|
Filial de IAIO dentro del MODAFL (véase el punto 29). Fabrica, repara y revisa aviones y motores de aeronaves y contrata la adquisición de piezas para aeronáutica a menudo procedentes de los EE.UU., normalmente a través de intermediarios extranjeros. Se ha sabido también que IACI y sus filiales se valen de una red mundial de corretaje para adquirir material aeronáutico. |
26.7.2010 |
17. |
Iran Aircraft Manufacturing Company (también conocida como: HESA, HESA Trade Center, HTC, IAMCO, IAMI, Iran Aircraft Manufacturing Company, Iran Aircraft Manufacturing Industries, Karkhanejate Sanaye Havapaymaie Iran, Hava Peyma Sazi-e Iran, Havapeyma Sazhran, Havapeyma Sazi Iran, Hevapeimasazi) |
Apdo. Correos:83145-311, 28 km Esfahan – Teherán Freeway, Shahin Shahr, Esfahan, Irán. Apdo. Correos:14155-5568, No. 27 Ahahamat Ave., Vallie Asr Square, Teherán 15946, Irán. Apdo. Correos:81465-935, Esfahan, Irán. Shahih Shar Industrial Zone, Isfahan, Iran. Apdo. Correos:8140, No. 107 Sepahbod Gharany Ave., Teherán, Irán |
Pertenece al MODAFL, está bajo su control o actúa en su nombre (véase el punto 29). |
26.7.2010 |
18. |
Iran Centrifuge Technology Company (también denominada TSA o TESA) |
156 Golestan Street, Saradr-e Jangal, Tehran. |
Iran Centrifuge Technology Company se ha hecho cargo de las actividades de Farayand Technique (designada en virtud de la Resolución 1737 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas). Fabrica piezas de centrifugadoras para enriquecer uranio, y apoya directamente actividades de riesgo para la proliferación que Irán debe suspender con arreglo a las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Trabaja para Kalaye Electric Company (designada en virtud de la Resolución 1737 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas). |
26.7.2010 |
▼M40 ————— |
||||
20. |
Iran Electronics Industries (incluidas todas sus ramas) y filiales: |
Apdo. Correos: 18575-365, Teherán, Irán |
Pertenece en su totalidad al MODAFL (por lo que es hermana de AIO, AvIO y DIO). Su función es fabricar componentes electrónicos de sistemas armamentísticos iraníes |
23.6.2008 |
(a) Isfahan Optics |
Apdo. Correos:81465-313 Kaveh Ave. Isfahan - Irán Apdo. Correos: 81465-117, Isfahan, Irán |
Pertenece a Iran Electronics Industries, está bajo su control o actúa en su nombre. |
26.7.2010 |
|
►M40 (b) Iran Communications Industries (ICI) |
Apartado de correos: 19295-4731, Pasdaran Avenue, Teherán, Irán; Dirección alternativa: Apartado de correos 19575-131, 34 Apadana Avenue, Teherán, Irán Dirección alternativa: Shahid Langary Street, Nobonyad Square Ave, Pasdaran, Teherán |
Iran Communications Industries es una filial de Iran Electronics Industries (incluida en las listas de la UE) que produce artículos de distinto tipo en ámbitos como los sistemas de comunicación, la aviónica, la óptica y los dispositivos ópticos, la microelectrónica, la tecnología de la información, los ensayos y medidas, la seguridad de las telecomunicaciones, la guerra electrónica, la fabricación y el reacondicionamiento de tubos de radar y los lanzamisiles. |
26.7.2010 ◄ |
|
21. |
██████ |
██████ ██████ |
██████ |
██████ |
22. |
Iranian Aviation Industries Organization (IAIO) |
Ave. Sepahbod Gharani Apdo. Correos: 15815/1775 Teherán, Irán Ave. Sepahbod Gharani Apdo. Correos: 15815/3446 Teherán, Irán 107 Sepahbod Gharani Avenue, Teherán, Irán |
Organización del MODAFL (véase el punto 29) encargada de la planificación y gestión de la industria aeronáutica militar de Irán |
26.7.2010 |
23. |
Javedan Mehr Toos |
|
Empresa de ingeniería que contrata por cuenta de la Organización de energía atómica de Irán, señalada por la RCSNU 1737 |
26.7.2010 |
24. |
Kala Naft |
Kala Naft Teherán Co, Apdo. Correos:15815/1775, Gharani Avenue, Teherán, Irán. No 242 Shahid Kalantri Street - Near Karim Khan Bridge - Sepahbod Gharani Avenue, Teherán. Kish Free Zone, Trade Center, Kish Island, Irán. Kala Ltd., NIOC House, 4 Victoria Street, Londres Sw1H1 |
Comercia con equipos para el sector del petróleo y el gas que pueden ser utilizados para el programa nuclear de Irán. Intentó adquirir material (compuertas de aleación de gran inalterabilidad) que no tienen uso fuera de la industria nuclear. Tiene vínculos con sociedades implicadas en el programa nuclear iraní. |
26.7.2010 |
25. |
Machine Sazi Arak |
km 4 Tehran Road, Apdo. Correos: 148, Arak, Irán |
Sociedad del sector de la energía afiliada a IDRO que contribuye con manufacturación al programa nuclear, incluidas las actividades con riesgo de proliferación señaladas. Implicada en la construcción del reactor de agua pesada de Arak. El Reino Unido difundió un aviso de denegación de exportaciones en julio de 2009 contra Machine Sazi Arak de un vástago de tapón en grafito de alúmina. En mayo de 2009 Suecia denegó la exportación a Machine Sazi Arak revestimiento de extremidades de discos para recipientes a presión. |
26.7.2010 |
26. |
Marine Industries |
Pasdaran Av., Apd. Correos: 19585/ 777, Teherán |
Filial de DIO |
23.4.2007 |
27. |
Power Plants' Equipment Manufacturing Company (Saakhte Tajhizate Niroogahi) |
No. 10, Jahanara Alley, after Hemmat Bridge, Abbaspour St. (anteriormente llamada Tavanir), Teherán (Irán), Código postal 1435733161 |
Subordinada a AEOI y a Novin Energy (ambas designadas con arreglo a la RCSNU 1737). Participan en el desarrollo de reactores nucleares. |
26.7.2010 |
28. |
Mechanic Industries Group |
|
Ha participado en la fabricación de componentes para el programa balístico |
23.6.2008 |
29. |
Ministerio de Defensa y Logística de las Fuerzas Armadas (también denominado Ministerio de Defensa para la Logística de las Fuerzas Armadas, también denominado MODAFL, o MODSAF) |
Situado en el lado oeste de Dabestan Street, Abbas Abad District, Tehran, Iran |
Responsable de los programas de investigación, desarrollo y fabricación de la Defensa iraní, y en particular del apoyo a los programas nuclear y de misiles. |
23.6.2008 |
30. |
Nuclear Fuel Production and Procurement Company (NFPC) |
AEOI-NFPD, Apdo. Correos: 11365-8486, Teherán/Irán Apdo. Correos:14144-1339, Endof North Karegar Ave., Teherán, Irán |
La División de Producción de Combustible Nuclear (NFPD) de la AEOI realiza actividades de investigación y desarrollo en el terreno del ciclo del combustible nuclear, tales como: exploración del uranio, exploración minera, molturación, conversión y gestión de residuos nucleares. La NFPC es la sucesora de la NFPD, filial de la AEOI que realiza actividades de investigación y desarrollo en el ciclo del combustible nuclear, incluida la conversión y el enriquecimiento. |
23.4.2007 |
31. |
Parchin Chemical Industries |
|
Ha participado en la fabricación de componentes para el programa balístico |
23.6.2008 |
32. |
Parto Sanat Co |
No. 1281 Valiasr Ave., Next to 14th St., Teherán, 15178 Irán. |
Fabricante de convertidores de frecuencia, capaz de desarrollar o modificar convertidores de frecuencia extranjeros importados de forma que puedan emplearse en el enriquecimiento con centrifugadoras de gas. Se considera que está implicada en actividades de proliferación nuclear. |
26.7.2010 |
33. |
Passive Defense Organization |
|
Encargada de la selección y construcción de instalaciones estratégicas, entre ellas –según ha declarado Irán- la planta de enriquecimiento de uranio de Fordow (Qom), cuya construcción no se declaró al OIEA, en contravención de las obligaciones de Irán (afirmadas en una declaración de la Junta de Gobernadores del OIEA). Presidida por el General de Brigada Gholam-Reza Jalali, procedente del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica. |
26.7.2010 |
34. |
██████ |
██████ |
██████ |
██████ |
35. |
Raka |
|
Departamento de la Kalaye Electric Company (señalada por la RCSNU 1737). Establecido a finales de 2006, se ha hecho cargo de la construcción de la central de enriquecimiento de uranio en Fordow (Qom). |
26.7.2010 |
36. |
Research Institute of Nuclear Science and Technology, también denominado Nuclear Science and Technology Research Institute |
AEOI, PO Box 14395-836, Tehran |
Organismo que depende de la AEOI y que continúa la labor de su antigua División de Investigación. Su director gerente es el vicepresidente de la AEOI, Mohammad Ghannadi (designado en la Resolución 1737 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas). |
26.7.2010 |
37. |
Schiller Novin |
Gheytariyeh Avenue - no153 - 3rd Floor - Apdo. Correos: 17665/153 6 19389 Teherán |
Actúa en nombre de la Organización de Industrias de la Defensa (DIO). |
26.7.2010 |
38. |
Shahid Ahmad Kazemi Industrial Group |
|
El SAKIG desarrolla y produce sistemas de misiles tierra-aire para las Fuerzas armadas iraníes. Participa en proyectos militares, de misiles y de defensa aérea y se dedica a la compra de material de Rusia, Belarús y Corea del Norte. |
26.7.2010 |
39. |
Shakhese Behbud Sanat |
|
Implicada en la producción de piezas y equipos para el ciclo del combustible nuclear. |
26.7.2010 |
40. |
State Purchasing Organisation (SPO) |
|
Al parecer facilita la importación de armas enteras. Parece que es filial de MODAFL |
23.6.2008 |
41. |
Technology Cooperation Office (TCO) (Oficina de Cooperación Tecnológica) del Gabinete del Presidente de Irán (también conocida como: Center for Innovation and Technology (CITC)) |
Teherán, Irán |
Responsable del progreso tecnológico de Irán mediante adquisiciones importantes en el extranjero y mediante el mantenimiento de vínculos para la formación. Ofrece apoyo a los programas nucleares y de misiles. |
26.7.2010 |
42. |
Yasa Part, (incluidas todas sus sucursales) y filiales: |
|
Sociedad que se dedica a actividades relacionadas con la compra de materiales y tecnologías necesarios para los programas nucleares y balísticos. |
26.7.2010 |
(a) Arfa Paint Company |
|
Actúa en nombre de Yasa Part. |
26.7.2010 |
|
(b) Arfeh Company |
|
Actúa en nombre de Yasa Part. |
26.7.2010 |
|
(c) Farasepehr Engineering Company |
|
Actúa en nombre de Yasa Part. |
26.7.2010 |
|
(d) Hosseini Nejad Trading Co. |
|
Actúa en nombre de Yasa Part. |
26.7.2010 |
|
(e) Iran Saffron Company or Iransaffron Co. |
|
Actúa en nombre de Yasa Part. |
26.7.2010 |
|
(f) Shetab G. |
|
Actúa en nombre de Yasa Part. |
26.7.2010 |
|
(g) Shetab Gaman (también denominada Taamin Gostaran Pishgaman Azar) |
Dirección: Norouzi Alley, N.o 2, Larestan Street, Motahari Avenue, Teherán |
Actúa en nombre de Yasa Part. |
26.7.2010 |
|
(h) Shetab Trading |
|
Actúa en nombre de Yasa Part. |
26.7.2010 |
|
(i) Y.A.S. Co. Ltd |
|
Actúa en nombre de Yasa Part. |
26.7.2010 |
|
43. |
Europäisch-Iranische Handelsbank (EIH) |
Domicilio social: Depenau 2, D-20095 Hamburg; Sucursal de Kish: Sanaee Avenue, PO Box 79415/148, Kish Island 79415 Sucursal de Teherán: No. 1655/1, Valiasr Avenue, PO Box 19656 43 511, Tehran, Iran |
El banco EIH ha desempeñado una función clave ofreciendo a diversos bancos iraníes opciones alternativas para realizar operaciones dificultadas por las sanciones de la UE contra Irán. Se considera que ha actuado como banco asesor y como banco intermediario en operaciones con entidades designadas de Irán. Por ejemplo, el EIH inmovilizó las cuentas que los bancos Saderat Iran y Mellat, designados por la UE, tenían en EIH Hamburgo a principios de agosto de 2010. Poco después, el EIH reanudó las actividades comerciales en euros con ambos bancos utilizando cuentas del EIH con otro banco iraní no designado. En agosto de 2010, el EIH estaba implantando un sistema cuyo objeto era posibilitar la realización de pagos periódicos a los bancos Saderat London y Future Bank Bahrain, de tal modo que se evitaran las sanciones de la UE. En octubre de 2010, el EIH seguía actuando como conducto para la realización de pagos por bancos iraníes sujetos a sanciones, entre ellos los bancos Mellat y Saderat. Estos bancos, sujetos a sanciones, remiten sus pagos al EIH a través del Banco Iraní de Industria y Minería. En 2009, el Banco Postal se sirvió del EIH para un sistema de elusión de las sanciones que implicaba la realización de transacciones por cuenta del banco Sepah, designado por las Naciones Unidas. El banco Mellat, designado por la UE, es una de las sociedades matrices del banco EIH. |
23.5.2011 |
44. |
Onerbank ZAO (también conocida como Onerbank ZAT, Eftekhar Bank, Honor Bank, Honorbank, North European Bank) |
Ulitsa Klary Tsetkin 51-1, 220004, Minsk, Bielorrusia |
Banco con sede en Bielorrusia, propiedad del banco Refah Kargaran, el banco Saderat y el banco Toseeh Saderat Iran. |
23.5.2011 |
45. |
Aras Farayande |
Unit 12, No 35 Kooshesh Street, Tehran |
Implicado en la adquisición de materiales para la sociedad iraní de tecnología de centrifugadoras (Iran Centrifuge Technology Company), sancionada por la UE. |
23.5.2011 |
46. |
EMKA Company |
|
Filial de TAMAS (sancionada por las Naciones Unidas), responsable de la prospección y extracción de uranio. |
23.5.2011 |
47. |
Neda Industrial Group |
No 10 & 12, 64th Street, Yusef Abad, Tehran |
Sociedad de automatización industrial que ha trabajado para la sociedad Kalaye Electric Company (KEC), sancionada por las Naciones Unidas, en la central de enriquecimiento de uranio de Natanz. |
23.5.2011 |
▼M36 ————— |
||||
49. |
Noavaran Pooyamoj [también denominada Noavaran Tejarat Paya, Bastan Tejerat Mabna, Behdis Tejarat (o Bazarganis Behdis Tejarat Alborz Company o Behdis Tejarat General Trading Company), Fanavaran Mojpooya, Faramoj Company (o Tosee Danesh Fanavari Faramoj), Green Emirate Paya, Mehbang Sana, Mohandesi Hedayat Control Paya, Pooya Wave Company y Towsee Fanavari Boshra] |
|
Implicada en la adquisición de materiales sujetos a control que tienen una aplicación directa en la fabricación de centrifugadoras para el programa de enriquecimiento de uranio iraní. |
23.5.2011 |
50. |
Noor Afza Gostar, (también denominada Noor Afzar Gostar) |
Opp Seventh Alley, Zarafrshan Street, Eivanak Street, Qods Township |
Filial de la Organización de Energía Atómica de Irán (AEOI), sancionada por las Naciones Unidas. Implicada en la adquisición de equipo para el programa nuclear. |
23.5.2011 |
▼M9 ————— |
||||
52. |
Raad Iran (también denominada Raad Automation Company) |
Unit 1, No 35, Bouali Sina Sharghi, Chehel Sotoun Street, Fatemi Square, Tehran |
Sociedad implicada en la adquisición de onduladores para el programa (prohibido) de enriquecimiento. RaadIran se constituyó para producir y diseñar sistemas de control, y se encarga de la venta e instalación de onduladores y autómatas programables. |
23.5.2011 |
53. |
Sureh (también conocida como: Soreh) (Nuclear Fuel Reactor Company)Nuclear Reactors Fuel Company (también conocida como: Nuclear Fuel Reactor Company; Sookht Atomi Reactorhaye Iran; Soukht Atomi Reactorha-ye Iran) |
Domicilio social: 61 Shahid Abtahi St, Karegar e Shomali; Teherán Complejo de Teherán: Persian Gulf Boulevard, Km20 SW Esfahan Road; Esfahan |
Filial de la Organización Iraní de Energía Atómica (OIEA), sancionada por las Naciones Unidas, formada por la Central de Conversión de Uranio, la Central de Fabricación de Combustible y la Central de Producción de Circonio. |
23.5.2011 |
54. |
Sun Middle East FZ Company |
|
Sociedad que adquiere productos de riesgo destinados a la Sociedad de Combustible para Reactores Nucleares (SUREH). Sun Middle East utiliza intermediarios establecidos fuera de Irán para surtirse de los productos que SUREH necesita. Con el fin de eludir las restricciones de los regímenes aduaneros de los países correspondientes, Sun Middle East proporciona a estos intermediarios datos falsos de los usuarios finales para el envío del material a Irán. |
23.5.2011 |
55. |
Ashtian Tablo |
Ashtian Tablo - N.o 67, Ghods mirheydari St, Yoosefabad, Teherán |
Implicada en la producción y suministro de equipos y materiales eléctricos especializados que tienen una aplicación directa en el sector nuclear iraní. |
23.5.2011 |
56. |
Bals Alman |
|
Fabricante de equipo eléctrico (conmutadores) implicado en el proceso en curso de construcción de la instalación de Fordow (Qom), no declarada al OIEA. |
23.5.2011 |
57. |
Hirbod Co |
Hirbod Co - Flat 2, 3 Second Street, Asad Abadi Avenue, Tehran 14316 |
Sociedad que ha adquirido productos y equipos destinados al programa nuclear y al programa de misiles balísticos de Irán para la sociedad Kalaye Electric Company (KEC), sujeta a sanciones de las Naciones Unidas. |
23.5.2011 |
58. |
██████ |
██████ |
██████ |
██████ |
59. |
Marou Sanat (también denominada Mohandesi Tarh Va Toseh Maro Sanat Company) |
9, Ground Floor, Zohre Street, Mofateh Street, Tehran |
Empresa de compras que ha actuado en nombre de Mesbah Energy, designada en virtud de la Resolución 1737 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. |
23.5.2011 |
60. |
Paya Parto (también denominada Paya Partov) |
|
Filial de Novin Energy, empresa del sector de la soldadura por láser que fue objeto de sanciones en virtud de la Resolución 1747 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. |
23.5.2011 |
▼M17 ————— |
||||
62. |
Taghtiran |
|
Empresa de ingeniería que adquiere equipo para el reactor de investigación de agua pesada IR-40 de Irán. |
23.5.2011 |
63. |
Pearl Energy Company Ltd |
Level 13(E) Main Office Tower, Jalan Merdeka, Financial Park Complex, Labuan 87000, Malasia |
Pearl Energy Company Ltd. es una filial propiedad al 100 % de First East Export Bank (FEEB), incluida en la lista de las Naciones Unidas en junio de 2010 en virtud de la Resolución 1929 del Consejo de Seguridad. Pearl Energy Company fue constituida por el FEEB para que realizase investigaciones económicas sobre toda una serie de industrias mundiales |
23.5.2011 |
64. |
Pearl Energy Services, SA |
15 Avenue de Montchoisi, Lausanne, 1006 VD, Switzerland Documento de registro mercantil n.o CH-550.1.058.055-9 |
Pearl Energy Services S.A. es una filial propiedad al 100 % de Pearl Energy Company Ltd; está situada en Suiza, y su misión consiste en proporcionar financiación y conocimientos especializados a entidades que deseen introducirse en el sector petrolero iraní. |
23.5.2011 |
▼M36 ————— |
||||
66. |
MAAA Synergy |
Malaysia |
Implicada en la adquisición de componentes para los aviones de combate de Irán. |
23.5.2011 |
67. |
Modern Technologies FZC (MTFZC) |
PO Box 8032, Sharjah, United Arab Emirates |
Implicada en la adquisición de componentes para el programa nuclear iraní. |
23.5.2011 |
68. |
██████ |
██████ |
██████ |
██████ |
69. |
Bonab Research Center (BRC) |
Jade ye Tabriz (km 7), East Azerbaijan, Iran |
Afiliado a la AEOI. |
23.5.2011 |
70. |
Tajhiz Sanat Shayan (TSS) |
Unit 7, No. 40, Yazdanpanah, Afriqa Blvd., Teheran, Iran |
Implicada en la adquisición de componentes para el programa nuclear iraní. |
23.5.2011 |
71. |
Institute of Applied Physics (IAP) |
|
Realiza investigaciones sobre las aplicaciones militares del programa nuclear iraní. |
23.5.2011 |
72. |
Aran Modern Devices (AMD) |
|
Afiliada a la red MTFZC. |
23.5.2011 |
73. |
██████ |
██████ |
██████ |
██████ |
74. |
Electronic Components Industries (ECI) |
Hossain Abad Avenue, Shiraz, Iran |
Filial de Iran Electronics Industries. |
23.5.2011 |
75. |
Shiraz Electronics Industries |
Mirzaie Shirazi, P.O. Box 71365-1589, Shiraz, Iran |
Filial de Iran Electronics Industries. |
23.5.2011 |
76. |
Iran Marine Industrial Company (SADRA) |
Sadra Building No. 3, Shafagh St., Poonak Khavari Blvd., Shahrak Ghods, P.O. Box 14669-56491, Tehran, Iran |
Controlada efectivamente por Sepanir Oil & Gas Energy Engineering Company, incluida en la lista por la UE como empresa IRGC. Apoya al Gobierno de Irán participando en el sector iraní de la energía, incluido el yacimiento de gas de Suth Pars. |
23.5.2011 |
77. |
Shahid Beheshti University |
Daneshju Blvd., Yaman St., Chamran Blvd., P.O. Box 19839-63113, Tehran, Iran |
La Universidad de Shahid Beheshti es una entidad pública bajo la supervisión del Ministerio de Ciencia, Investigación y Tecnología. Realiza investigaciones científicas pertinentes para el desarrollo de armamento nuclear. |
23.5.2011 |
78. |
Aria Nikan, (también denominada Pergas Aria Movalled Ltd) |
Suite 1, 59 Azadi Ali North Sohrevardi Avenue, Teherán, 1576935561 |
Se sabe que realiza contratas para el Departamento Comercial de la Sociedad de Tecnología Centrífuga de Irán (TESA). Han intentado contratar la adquisición de materiales señalados, que incluyen mercancías procedentes de la UE que tienen aplicaciones en el programa nuclear iraní. |
1.12.2011 |
79. |
Bargh Azaraksh; (también denominada Barghe Azerakhsh Sakht) |
No 599, Stage 3, Ata Al Malek Blvd, Emam Khomeini Street, Esfahan. |
Sociedad contratada para trabajar en los centros de enriquecimiento de uranio de Natanz y Qom/Fordow, en obras de electricidad e instalación de tuberías. Encargada de concebir, adquirir e instalar equpo de control eléctrico en Natanz en 2010. |
1.12.2011 |
▼M8 ————— |
||||
81. |
Eyvaz Technic |
No 3, Building 3, Shahid Hamid Sadigh Alley, Shariati Street, Teherán, Irán |
Productora de equipo de vacío que ha abastecido a los centros de enriquecimiento de uranio de Natanz and Qom/Fordow. En 2011 suministró transductores de presión a la Compañía Eléctrica Kalaye, designada por la ONU. |
1.12.2011 |
82. |
Fatsa |
No 84, Street 20, North Amir Abad, Abad, Teherán, Irán |
Sociedad de tratamiento de uranio y producción de combustible nuclear de Irán. Controlada por la Organización de la Energía Atómica de Irán, designada por la ONU. |
1.12.2011 |
83. |
Ghani Sazi Uranium Company (también denominada Iran Uranium Enrichment Company) |
3, Qarqavol Close, 20th Street, Teherán |
Depende de TAMAS, a su vez designada por la ONU. Tiene contratos de producción con la Sociedad Eléctrica Kalaye, designada por la ONU, y con TESA, señalada por la UE. |
1.12.2011 |
84. |
Iran Pooya (también denominada Iran Pouya) |
|
Empresa pública que explotaba la mayor extrusora de aluminio de Irán y proporcionaba material para su uso en carcasas para las centrífugas IR-1 e IR-2. Importante fabricante de cilindros de aluminio para centrífugas, entre cuyos clientes se cuentan la AEOI y TESA, designadas por la UE. |
1.12.2011 |
85. |
██████ |
██████ |
██████ |
██████ |
86. |
Karanir (también denominada Moaser, también denominada Tajhiz Sanat) |
1139/1 Unit 104 Gol Building, Gol Alley, North Side of Sae, Vali Asr Avenue. PO Box 19395-6439, Teherán. |
Participa en la compra de equipo y materiales que tienen una aplicación directa en el programa nuclear iraní. |
1.12.2011 |
87. |
Khala Afarin Pars (también conocida como PISHRO KHALA AFARIN COMPANY) |
Último domicilio conocido: Unit 5, 2nd Floor, No 75, Mehran Afrand St, Sattarkhan St, Teherán |
Participa en la compra de equipo y materiales que tienen una aplicación directa en el programa nuclear iraní. |
1.12.2011 |
88. |
MACPAR Makina San Ve Tic |
Istasyon MH, Sehitler cad, Guldeniz Sit, Number 79/2, Tuzla 34930, Estambul |
Sociedad dirigida por Milad Jafari que ha suministrado mercancías, sobre todo metales, al Grupo Industrial Shahid Hemmat (SHIG), designado por la ONU, a través de sociedades tapadera. |
1.12.2011 |
89. |
MATSA (Mohandesi Toseh Sokht Atomi Company) |
90, Fathi Shaghaghi Street, Teherán, Irán. |
Sociedad iraní que tiene un contrato con la Compañía Eléctrica Kalaye, designada por la ONU, para prestar servicios de diseño e ingeniería a lo largo de todo el ciclo del combustible nuclear. Últimamente ha venido adquiriendo equipo para el centro de enriquecimiento de uranio de Natanz. |
1.12.2011 |
90. |
Mobin Sanjesh |
Entry 3, No 11, 12th Street, Miremad Alley, Abbas Abad, Teherán |
Participa en la compra de equipo y materiales que tienen una aplicación directa en el programa nuclear iraní. |
1.12.2011 |
91. |
Multimat lc ve Dis Ticaret Pazarlama Limited Sirketi |
|
Sociedad dirigida por Milad Jafari que ha suministrado mercancías, sobre todo metales, al Grupo Industrial Shahid Hemmat (SHIG), designado por la ONU, a través de sociedades tapadera. |
1.12.2011 |
92. |
Centro de Investigación de Explosión e Impacto (también denominado METFAZ) |
44, 180th Street West, Teherán, 16539-75751 |
Dependiente de la Universidad Malek Ashtar, designada por la UE; supervisa actividades vinculadas a las posibles dimensiones militares del programa nuclear iraní, en relación con el cual Irán no coopera con el OIEA. |
1.12.2011 |
93. |
Saman Nasb Zayendeh Rood; Saman Nasbzainde Rood |
Unit 7, 3rd Floor Mehdi Building, Kahorz Blvd, Esfahan, Irán |
Contratista de obras que ha instalado tuberías y equipo de apoyo afín en el centro de enriquecimiento de uranio de Natanz. Se ha ocupado específicamente de tuberías de centrífugas. |
1.12.2011 |
94. |
Saman Tose'e Asia (SATA) |
|
Empresa de ingeniería implicada en el apoyo a una serie de proyectos industriales de gran escala que incluyen el programa de enriquecimiento de uranio de Irán, con inclusión de trabajos no declarados en el centro de enriquecimiento de uranio de Qom/Fordow. |
1.12.2011 |
95. |
Samen Industries |
Km 2 de Khalaj Road End of Seyyedi St., apartado de correos 91735-549, 91735 Mashhad, Irán, Tel.: +98 511 3853008, +98 511 3870225 |
Denominación especulativa para la filial de Ammunition Industries Group (AMIG), Khorasan Metallurgy Industries, incluida en las listas de las Naciones Unidas. |
1.12.2011 |
▼M11 ————— |
||||
97. |
STEP Standart Teknik Parca San ve TIC A.S. |
79/2 Tuzla, 34940, Estambul (Turquía) |
Sociedad dirigida por Milad Jafari que ha suministrado mercancías, sobre todo metales, al Grupo Industrial Shahid Hemmat (SHIG), designado por la ONU, a través de sociedades tapadera. |
1.12.2011 |
98. |
SURENA (también denominada Sakhd Va Rah-An-Da-Zi) |
|
Sociedad de Construcción y Puesta en Funcionamiento de Centrales Nucleares. Controlada por la Sociedad Energética Novin, designada por la ONU. |
1.12.2011 |
99. |
TABA (Sociedad de Fabricación de Herramientas de Corte de Irán - Taba Towlid Abzar Boreshi Iran) |
12 Ferdowsi, Avenue Sakhaee, avenue 30 Tir (sud), nr 66 – Teherán |
Sociedad dependiente de TESA o controlada por ella, sancionada por la Unión Europea. Participa en la fabricación de equipo y materiales que tienen una aplicación directa en el programa nuclear iraní. |
1.12.2011 |
100. |
Test Tafsir |
No 11, Tawhid 6 Street, Moj Street, Darya Blvd, Shahrak Gharb, Teherán, Irán. |
Productora de contenedores específicos UF6 que ha abastecido a los centros de enriquecimiento de uranio de Natanz and Qom/Fordow. |
1.12.2011 |
101. |
Tosse Silooha (también denominada Tosseh Jahad E Silo) |
|
Participación en el programa nuclear iraní, en los centros de Natanz, Qom y Arak. |
1.12.2011 |
102. |
Yarsanat (también denominada Yar Sanat, también denominada Yarestan Vacuumi) |
No. 101, West Zardosht Street, 3rd Floor, 14157 Teherán; No. 139 Hoveyzeh Street, 15337, Teherán. |
Sociedad subcontratada de la Compañía Eléctrica Kalaye, señalada por la ONU. Participa en la compra de equipo y materiales que tienen una aplicación directa en el programa nuclear iraní. Ha intentado adquirir productos de vacío y transductores de presión. |
1.12.2011 |
103. |
██████ |
██████ |
██████ |
██████ |
104. |
Central Bank of Iran (a.k.a. Central Bank of the Islamic Republic of Iran) |
Dirección postal: Mirdamad Blvd., NO.144, Teherán, República Islámica de Irán P.O. Box: 15875 / 7177 Switchboard: +98 21 299 51 Cable Address: MARKAZBANK Télex: 216 219-22 MZBK IR SWIFT Código: BMJIIRTH Página web: http://www.cbi.ir Correo electrónico: G.SecDept@cbi.ir |
Participación en actividades destinadas a eludir las sanciones. Facilita apoyo económico al Gobierno iraní. |
23.1.2012 |
105. |
Bank Tejarat |
Dirección postal: Taleghani Br. 130, Taleghani Ave. P.O. Box: 11365 -5416, Teherán, Tel. 88826690,Tlx.: 226641 TJTA IR.,Fax 88893641,Sitio web: http://www.tejaratbank.ir |
Bank Tejarat facilita un apoyo importante al Gobierno de Irán poniendo a su disposición recursos financieros y servicios de financiación para proyectos de desarrollo del sector del gas y del petróleo. El sector del gas y del petróleo constituye una fuente importante de financiación para el Gobierno de Irán y la realización de diferentes proyectos financiados por Bank Tejarat corre a cargo de filiales de entidades que son propiedad del Gobierno de Irán y están bajo su control. Además, una parte de Bank Tejarat sigue siendo propiedad del Gobierno de Irán, al que está estrechamente vinculado, por lo que este está en situación de influir las decisiones de Bank Tejarat, incluida su implicación en la financiación de proyectos que el Gobierno iraní considera de gran prioridad. Asimismo, dado que Bank Tejarat financia varios proyectos de producción de petróleo crudo y refinado que necesariamente requieren la adquisición de equipos y tecnología clave para estos sectores, cuyo suministro para su utilización en Irán está prohibido, se puede determinar que Bank Tejarat ha participado en la adquisición de bienes y tecnologías prohibidos. |
8.4.2015 |
106. |
Tidewater (también conocida como. Tidewater Middle East Co; Faraz Royal Qeshm Company LLC) |
Domicilio postal: Tidewater Building, no 80, Vozara Street, cerca del Saie Park, Tehran, Iran |
propiedad de, o controlada por, IRGC |
23.1.2012 |
107. |
Turbine Engineering Manufacturing (TEM) (alias T.E.M. Co.) |
Dirección postal: Calle Shishesh Mina, Carretera Especial de Karaj, Teherán, Irán |
Utilizada como empresa tapadera por la empresa designada Iran Aircraft Industries (IACI) para actividades de adquisición encubierta. |
23.1.2012 |
▼M12 ————— |
||||
109. |
Rosmachin |
Dirección postal: Plaza Haftom Tir, Dirección postal: Avenida Mofte Sur, Tour Line No; 3/1, Teherán, Irán. Apdo. postal 1584864813 Teherán, Irán |
Empresa tapadera de Sad Export Import Company. Implicada en la transferencia ilícita de armas a bordo del M/V Monchgorsk. |
23.1.2012 |
110. |
Ministerio de Energía |
Avenida Palestina Norte, junto a la Avenida Zarathustra, 81, Tel. 9-8901081 |
Responsable de la política en el sector de la energia, que representa una fuente de ingresos considerable para la Administración de Irán. |
16.10.2012 |
111. |
Ministerio del Petróleo |
Avenida Taleghani, junto al Puente Hafez, tel. 6214-6153751 |
Responsable de la política en el sector del petróleo, que representa una fuente de ingresos considerable para la Administración de Irán. |
16.10.2012 |
112. |
National Iranian Oil Company (NIOC) |
Sede de la NIOC, National Iranian Oil Company, Hafez Crossing, Avenida Taleghani, Teherán - Irán / Primer edificio central, calle Taleghan, Teherán, Irán, Código postal: 1593657919, Apdo. de Correos 1863 y 2501 |
Entidad estatal administrada públicamente que facilita recursos financieros a la Administración de Irán. El Ministro del Petróleo es el Director del Consejo de Administración de la NIOC, y el Viceministro del Petróleo es el Director General de la NIOC. |
16.10.2012 |
113. |
National Iranian Oil Company (NIOC) PTE LTD |
Bulevar Temasek 07-02, Suntec Tower One 038987, Singapur; No de registro 199004388C Singapur |
Filial de la National Iranian Oil Company (NIOC) |
16.10.2012 |
114. |
National Iranian Oil Company (NIOC) International Affairs Limited |
NIOC House, 4 Victoria Street, Londres SW1H 0NE, Reino Unido; UK Company Number 02772297 (Reino Unido) |
Filial de la National Iranian Oil Company (NIOC). |
16.10.2012 |
115. |
Iran Fuel Conservation Organization (IFCO) |
Calle East Daneshvar, 23 Calle North Shiraz Calle Molasadra Plaza Vanak Teherán Irán Tel.: (+98) 2188604760-6 |
Filial (100 %) de la National Iranian Oil Company (NIOC). |
16.10.2012 |
116. |
Karoon Oil & Gas Production Company |
Zona Industrial de Karoon Ahwaz Khouzestan Irán Tel.: (+98) 6114446464 |
Filial (100 %) de la National Iranian Oil Company (NIOC). |
16.10.2012 |
117. |
Petroleum Engineering & Develop-ment Company (PEDEC) |
Calle Shahid Kalantari, 61 Avenida Sepahbod Qarani Teherán Irán Tel.: (+98) 2188898650-60 |
Filial (100 %) de la National Iranian Oil Company (NIOC). |
16.10.2012 |
118. |
██████ |
██████ ██████ ████ ██████ |
██████ |
██████ |
119. |
Khazar Expl & Prod Co (KEPCO) |
Calle 11, 19 Calle Khaled Eslamboli Teherán Irán Tel.: (+98) 2188722430 |
Filial (100 %) de la National Iranian Oil Company (NIOC). |
16.10.2012 |
120. |
National Iranian Drilling Company (NIDC) |
Plaza del Aeropuerto. Bulevar Pasdaran Ahwaz Khouzestan Irán Tel.: (+98) 6114440151 |
Filial (100 %) de la National Iranian Oil Company (NIOC). |
16.10.2012 |
121. |
South Zagros Oil & Gas Production Company |
Calle Parvaneh Bulevar Karimkhan Zand Shiraz Irán Tel.: (+98) 7112138204 |
Filial (100 %) de la National Iranian Oil Company (NIOC). |
16.10.2012 |
122. |
Maroun Oil & Gas Company |
Carretera Ahwaz-Mahshahr (km 12) Ahwaz Irán Tel.: (+98) 6114434073 |
Filial (100 %) de la National Iranian Oil Company (NIOC). |
16.10.2012 |
123. |
Masjed-soleyman Oil & Gas Company (MOGC) |
Masjed Soleyman Khouzestan Irán Tel.: (+98) 68152228001 |
Filial (100 %) de la National Iranian Oil Company (NIOC). |
16.10.2012 |
124. |
Gachsaran Oil & Gas Company |
Gachsaran Kohkiluye-va-Boyer Ahmad Irán Tel.: (+98) 7422222581 |
Filial (100 %) de la National Iranian Oil Company (NIOC). |
16.10.2012 |
125. |
Aghajari Oil & Gas Production Company (AOGPC) |
Bulevar Naft Omidieh Khouzestan Irán Tel.: (+98) 611914701 |
Filial (100 %) de la National Iranian Oil Company (NIOC). |
16.10.2012 |
126. |
Arvandan Oil & Gas Company (AOGC) |
Avenida Khamenei Khoramshar Irán Tel.: (+98) 6324214021 |
Filial (100 %) de la National Iranian Oil Company (NIOC). |
16.10.2012 |
127. |
West Oil & Gas Production Company |
Bulevar Zan, 42 Plaza Naft Kermanshah Irán Tel.: (+98) 8318370072 |
Filial (100 %) de la National Iranian Oil Company (NIOC). |
16.10.2012 |
128. |
East Oil & Gas Production Company (EOGPC) |
Calle Payam 6, 18 Avenida Payam Sheshsad Dastgah Mashhad Irán Tel.: (+98) 5117633011 |
Filial (100 %) de la National Iranian Oil Company (NIOC). |
16.10.2012 |
129. |
Iranian Oil Terminals Company (IOTC) |
Calle Beyhaghi, 17 Plaza Argentine Teherán Irán Tel.: (+98) 2188732221 |
Filial (100 %) de la National Iranian Oil Company (NIOC). |
16.10.2012 |
130. |
Pars Special Economic Energy Zone (PSEEZ) |
Pars Special Economic Energy Zone Org. Assaluyeh Boushehr Irán Tel.: (+98) 7727376330 |
Filial (100 %) de la National Iranian Oil Company (NIOC). |
16.10.2012 |
131. |
██████ |
██████ ██████ ████ ██████ ██████ ██████ |
██████ |
██████ |
132 |
Naftiran Intertrade Company (alias Naftiran Trade Company) (NICO) |
5th Floor, Petropars Building, No. 35 Farhang Boulevard, Snadat Abad Avenue, Teherán (Irán) Tel. +98 21 22372486; +98 21 22374681; +98 21 22374678; Fax +98 21 22374678; +98 21 22372481 Correo electrónico: info@naftiran.com |
Filial (al 100 % de la Empresa Nacional de Petróleo de Irán (NIOC). |
16.10.2012 |
133. |
Naftiran Intertrade Company Srl |
Avenue de la Tour-Haldimand, 6, 1009 Pully, Switzerland Tel: +41 21 3106565 Fax: +41 21 3106566/67/72 Email: nico.finance@naftiran.ch |
Filial (al 100 %) de Naftiran Intertrade Company Ltd. |
16.10.2012 |
134. |
Petroiran Development Company (PEDCO) Ltd (alias PetroIran; alias «PEDCO») |
National Iranian Oil Company - PEDCO, Apdo. de Correos 2965, Al Bathaa Tower, 9a planta, Apt. 905, Al Buhaira Corniche, Sharjah, Emiratos Árabes Unidos; Apdo. de Correos 15875-6731, Teherán, Irán; 41, 1st Floor, International House, The Parade, St. Helier JE2 3QQ, Jersey; 7th Lane, 22, calle Khalid Eslamboli, avenida Shahid Beheshti, Teherán, Irán; no. 102, junto al paseo Shahid Amir Soheil Tabrizian, calle Shahid Dastgerdi (Ex Zafar), calle Shariati, Teherán 19199/45111, Irán; Puerto Kish, Bazargan Ferdos Warehouses, Isla Kish, Irán; no de registro 67493 (Jersey) |
Filial de la Naftiran Intertrade Company Ltd. |
16.10.2012 |
135. |
Petropars Ltd. (alias Petropars Limited; alias «PPL») |
Calle La Guairita, Centro Profesional Eurobuilding, 8.a planta, Oficina 8E, Chuao, Caracas 1060, Venezuela; Bulevar Farhang 35, Saadat Abad, Teherán, Irán; Apdo. de Correos 3136, Road Town, Tortola, Virgin Islands, British; todas las sedes del mundo. |
Filial de la Naftiran Intertrade Company Ltd. |
16.10.2012 |
136. |
Petropars International FZE (alias PPI FZE) |
Apdo. de Correos 72146, Dubai, Emiratos Árabes Unidos; todas las sedes del mundo |
Filial de Petropars Ltd. |
16.10.2012 |
137. |
Petropars UK Limited |
47 Queen Anne Street, Londres W1G 9JG, Reino Unido; UK Company Number 03503060 (Reino Unido); todas las sedes del mundo |
Filial de Petropars Ltd. |
16.10.2012 |
138. |
National Iranian Gas Company (NIGC) |
(1) National Iranian Gas Company Building, Calle Aban Sur, Bulevar Karimkhan, Teherán, Irán (2) Apdo. de Correos 15875, Teherán, Irán (3) NIGC Edificio principal, calle Aban Sur, avenida Karimkhan, Teherán 1598753113, Irán |
Entidad estatal administrada públicamente que facilita recursos financieros a la Administración de Irán. El Ministro del Petróleo es el Presidente del Consejo de Administración de la NIGC. El Viceministro del Petróleo es Director General y Vicepresidente de la NIGC. |
16.10.2012 |
139. |
National Iranian Oil Refining and Distribution Company (NIORDC) |
4 Calle Varsho, Teherán 1598666611, Apdo. de Correos 15815/3499 Teherán |
Entidad estatal administrada públicamente que facilita apoyo financiero a la Administración de Irán. El Ministro del Petróleo es el Presidente del Consejo de Administración de la NIORDC. |
16.10.2012 |
140. |
National Iranian Tanker Company (NITC) |
Calle Shahid Atefi Este 35, Avenida de África, 19177 Teherán, apdo. de correos: 19395-4833, Tel. +98 21 23801, Correo electrónico: info@nitc-tankers.com; todas las sedes del mundo. |
La National Iranian Tanker Company presta ayuda financiera al Gobierno iraní mediante sus accionistas: el Fondo de Pensiones de Jubilación del Estado Iraní, el Organismo de la Seguridad Social Iraní, y el Fondo de Ahorros y Pensiones de los Empleados de la Industria Petrolera, todos los cuales están controlados por el Estado iraní. Además, la NITC es una de las mayores compañías explotadoras de petroleros del mundo y una de las grandes transportistas de crudo iraní. Consecuentemente, NITC facilita apoyo logístico al Estado de Irán mediante el transporte de petróleo iraní. |
|
141. |
Trade Capital Bank |
220035 Belarús Calle Timiriazeva 65A Tel: +375 (17) 3121012 Fax +375 (17) 3121008 correo electrónico: info@tcbank.by |
Filial (99 %) del Tejarat Bank |
16.10.2012 |
142. |
Bank of Industry and Mine |
Firouzeh Tower 2817 (encima del cruce con la autovía) Calle Valiaar Teherán Tel. 021-22029859 Fax: 021-22260272-5 |
Empresa estatal que facilita apoyo financiero a la Administración de Irán. |
16.10.2012 |
143. |
Cooperative Development Bank (a.k.a. Tose’e Ta’avon Bank) |
Calle Bozorgmehr Avenida Vali-e Asr Teherán Tel: (+98) 2166419974 / 66418184 Fax: (+98) 2166419974 correo electrónico: info@sandoghtavon.gov.ir |
Empresa estatal que facilita apoyo financiero a la Administración de Irán. |
16.10.2012 |
144. |
National Iranian Oil Company Nederland (alias: NIOC Netherlands Representation Office) |
Blaak 512, 3011 TA y Weena 333, 3013 AL Rotterdam, Países Bajos. Tel +31 (10) 225 0177, +31 (10) 225 0308. http://www.nioc-intl.com/Offices_Rotterdam.htm. |
Filial de la National Iranian Oil Company (NIOC). |
7.11.2012 |
145. |
National Iranian Oil Prodcuts distribution Company (NIOPDC) |
Calle Shadab, n.o 1, Av. Iranshahr, Teherán, Apdo. de correos: 79145/3184 Tel: +98-21-77606030 Sitio web: www.niopdc.ir |
Filial de la National Iranian Oil Refining and Distribution Company (NIORDC) |
22.12.2012 |
146. |
Iranian Oil Pipelines and Telecommunications Company (IOPTC) |
Av. Sepahbod Gharani, n.o 194, Teherán, Tel: +98-21-88801960/+98-21-66152223 Fax: +98-21-66154351 Sitio web: www.ioptc.com |
Filial de la National Iranian Oil Refining and Distribution Company (NIORDC) |
22.12.2012 |
147. |
National Iranian Oil Engineering and Construction Company (NIOEC) |
Av. Ostad Nejatollahi, n.o 263, Teherán, Apdo. de correos: 11365/6714 Tel: +98-21-88907472 Fax: +98-21-88907472 Sitio web: www.nioec.org |
Filial de la National Iranian Oil Refining and Distribution Company (NIORDC) |
22.12.2012 |
148. |
Instituto de Compuestos Iraní |
Instituto de Compuestos Iraní, Universidad Iraní de Ciencia y Tecnología, 16845-188, Teherán, Irán, Teléfono: 98 217 3912858 Fax: 98 217 7491206 Correo elec.: ici@iust.ac.ir Sitio web: http://www.irancomposites.org |
El Instituto de Compuestos Iraní (ICI, igualmente denominado Instituto de Compuestos de Irán) ayuda a entidades vetadas a infringir las disposiciones relativas a las sanciones a Irán de las Naciones Unidas o de la UE y apoya directamente las actividades nucleares que amenazan proliferación. El ICI ha sido contratado desde 2011 para suministrar rotores de centrifugado IR-2M a la Iran Centrifuge Technology Company (TESA), entidad vetada por la UE. |
22.12.2012 |
149. |
Jelvesazan Company |
Calle Bahman, 22, Av. Bozorgmehr, 84155666, Ispahán, Irán Tel: 98 0311 2658311 15 Fax: 98 0311 2679097 |
La Jelvesazan Company ayuda a entidades vetadas a infringir las disposiciones relativas a las sanciones a Irán de las Naciones Unidas y de la UE y apoya directamente las actividades nucleares iraníes que amenazan proliferación. Desde principios de 2012, Jelvesazan pretendió suministrar bombas controladas de vacío a la Iran Centrifuge Technology Company (TESA), entidad vetada por la UE. |
22.12.2012 |
150. |
██████ |
██████ ██████ ██████ ██████ |
██████ |
██████ |
151. |
Simatec Development Company |
|
La Simatec Development Company ayuda a entidades vetadas a infringir las disposiciones relativas a las sanciones a Irán de las Naciones Unidas y la UE y apoya directamente las actividades nucleares iraníes que amenazan proliferación. Desde principios de 2010, la Simatec fue contratada por la la Kalaye Electric Company (KEC), vetada por las Naciones Unidas, para suministrar inversores Vacon a las centrifugadoras de enriquecimiento del uranio de las centrales. Desde mediados de 2012, la Simatec ha intentado suministrar inversores controlados por la EU. |
22.12.2012 |
152. |
Aluminat |
1. Calle Parcham, km 13 de la Qom Road, 38135 Arak (Fabrica) 2. Unidad 38, 5.o piso, Edificio n.o 60, Calle Golfam, Jordan, 19395-5716, Teherán Tel: 98 212 2049216 / 22049928 / 22045237 Fax: 98 21 22057127 Sitio web: www.aluminat.com |
Aluminat ayuda a entidades vetadas a infringir las disposiciones relativas a las sanciones a Irán de las Naciones Unidas y la UE y apoya directamente a las actividades nucleares iraníes que amenazan proliferación. A principios de 2012, Aluminat firmó contrato para suministrar aluminio 6061-T6 a la Iran Centrifuge Technology Company (TESA), entidad vetada por la UE. |
22.12.2012 |
153. |
Organización de Innovación e Investigación para la Defensa (SPND) |
|
La Organización de Innovación e Investigación para la Defensa (SPND) apoya directamente las actividades nucleares de Irán relacionadas con la proliferación. El OIEA considera que la SPND puede estar vinculada a las posibles dimensiones militares del programa nuclear iraní. La SPND está dirigida por Mohsen Fakhrizadeh-Mahabadi, incluido en las listas de las Naciones Unidas, y forma parte del Ministerio de Defensa y Logística de las Fuerzas Armadas (MODAFL), incluido en las listas de la UE. |
22.12.2012 |
154. |
First Islamic Investment Bank |
Branch: 19A-31-3A, Level 31 Business Suite, Wisma UOA, Jalan Pinang 50450, Kuala Lumpur; Kuala Lumpur; Wilayah Persekutuan; 50450 Tel. 603-21620361/2/3/4, +6087417049/417050, +622157948110 Branch: Unit 13 (C), Main Office Tower, Financial Park Labuan Complex, Jalan Merdeka, 87000 Federal Territory of Labuan, Malaysia; Labuan F.T; 87000 Investor Relations: Menara Prima 17 th floor Jalan Lingkar, Mega Kuningan Blok 6.2 Jakarta 12950 — Indonesia; South Jakarta; 12950 |
First Islamic Investment Bank (FIIB) presta apoyo financiero y logístico al Gobierno de Irán. El FIIB fue utilizado por Babak Zanjani para canalizar una suma importante de pagos iraníes relacionados con el petróleo en nombre del Gobierno de Irán. |
22.12.2012 |
155. |
International Safe Oil |
|
La International Safe Oil (ISO) ayuda a entidades vetadas a infringir las disposiciones del Reglamento de la UE sobre Irán y ofrece apoyo financiero al Gobierno de Irán. La ISO forma parte del Grupo Sorinet, del que es propietario y dirigente Babak Zanjani. Este banco se utiliza para canalizar pagos iraníes relacionados con el petróleo. |
22.12.2012 |
156. |
Sorinet Commercial Trust Bankers Ltd. (SCT) (alias: SCT Bankers; SCT Bankers Kish Company (PJS); SCT Bankers Company Branch; Sorinet Commercial Trust) |
Sorinet Commercial Trust Bankers, Sadaf Tower, 3rd Floor, Suite no 301, Kish Island, Irán Sorinet Commercial Trust Bankers, No.1808, 18th Floor, Grosvenor House Commercial Tower, Sheikh Zayed Road, Dubai, UAE, P.O. Box 31988 Sucursal de Teherán: Reahi Aiiey, First of Karaj, Maksous Road 9, Tehran (Irán). SWIFT codes: SCERIRTH KSH (sucursal de Kish Island), SCTSAEA1 (sucursal de Dubai), SCERIRTH (sucursal de Teherán) Dirección alternativa de la sucursal de Kish Island: Kish Banking Fin Activities Centre, No 42, 4th floor, VC25 Direcciones alternativas de la sucursal de Dubai: (1) SCT Bankers Kish Company (PJS), Head Office, Kish Island, Sadaf Tower, 3rd floor, Suite 301, P.O. Box 87. (2) Sheykh Admad, Sheykh Zayed Road, 31988, Dubai, Port, Kish Island. Tels: 09347695504 (sucursal de Kish Island) 09347695504/97-143257022-99 (sucursal de Dubai) 09347695504 (Sucursal de Teherán) Emails: info@sctbankers.com zanjani@sctbankers.com |
Sorinet Commercial Trust Bankers Ltd. está controlado por Babak Zanjani, designado por prestar apoyo financiero al Gobierno de Irán facilitando los pagos del petróleo en su nombre. |
8.11.2014 |
157. |
HK Intertrade Company Ltd (HK Intertrade) |
HK Intertrade Company, 21st Floor, Tai Yau Building, 181 Johnston Road, Wanchai, Hong Kong |
HK Intertrade pertenece en su totalidad a National Iranian Oil Company, que también la controla, y es una entidad estatal incluida en la lista que apoya al Gobierno de Irán. Además, HK Intertrade ha prestado apoyo logístico y financiero al Gobierno iraní, facilitando la transferencia de fondos relacionados con el petróleo en nombre del Gobierno de Irán. |
22.12.2012 |
158. |
Petro Suisse |
Petro Suisse Avenue De la Tour- Halimand 6, 1009 Pully, Switzerland |
Petro Suisse, empresa que actúa en el sector iraní del petróleo y del gas, pertenece al 100 % a la NIOC (National Iranian Oil Company), que es una entidad incluida en la lista que presta apoyo financiero al Gobierno de Irán. Petro Suisse está asociada también a Naftiran Intertrade Co (NICO), entidad incluida en la lista en tanto que filial (al 100 %) de la National Iranian Oil Company (NIOC). |
22.12.2012 |
▼M36 ————— |
||||
▼M23 ————— |
||||
161. |
Sharif University of Technology |
Último domicilio conocido: Azadi Ave/Street, PO Box 11365-11155, Teherán, Irán Teléfono: +98 21 66 161 Correo electrónico: info@sharif.ir |
Sharif University of Technology (SUT) tiene una serie de acuerdos de cooperación con organizaciones del Gobierno iraní designadas por las Naciones Unidas o la UE, que operan en ámbitos militares o relacionados con estos, especialmente en el ámbito de la producción y adquisición de misiles balísticos. Incluyen un acuerdo con la Organización de Industrias Aeroespaciales, designada por la UE, para, entre otras cosas, la fabricación de satélites; cooperación con el Ministerio iraní de Defensa y con el Cuerpo de la Guardia Revolucionaria (IRGC) en concursos relativos a embarcaciones inteligentes; un acuerdo más amplio con la Fuerza Aérea del IRGC que abarca el desarrollo y fortalecimiento de las relaciones de la Universidad, y la cooperación organizativa y estratégica; dicha Universidad es parte en un acuerdo celebrado entre seis universidades que apoya al Gobierno de Irán mediante la investigación en el ámbito de la defensa; De todo lo anterior se desprende un importante historial de compromisos con el Gobierno de Irán en ámbitos militares o relacionados con ellos, que constituyen un apoyo al Gobierno de Irán. |
8.11.2014 |
162. |
██████ ██████ |
██████ ██████ ██████ ██████ |
██████ |
██████ |
163. |
Petropars Iran Company (alias: PPI) |
Dirección: n.°. 9, Maaref Street, Farhang Blvd, Saadet Abad, Teherán, Irán. Tel +98-21-22096701- 4. http://www.petropars.com/Subsidiaries/PPI.aspx |
Filial de la entidad designada Petropars Ltd |
8.6.2013 |
164. |
Petropars Oilfield Services Company (alias: POSCO) |
Dirección: Kish harbor, PPI Bldg, Tel +98-764-445 03 05, http://www.petropars.com/Subsidiaries/POSCO.aspx. |
Filial de la entidad designada Petropars Iran Company |
8.6.2013 |
165. |
██████ |
██████ ██████ ██████ ██████ |
██████ |
██████ |
166. |
██████ |
██████ ██████ ██████ ██████ |
██████ |
██████ |
167. |
Iranian Oil Company (U.K.) Limited (IOC) |
Iranian Oil Company (U.K.) Limited, alias IOC. Dirección: NIOC House 6th Floor, 4 Victoria Street, Londres, Reino Unido, SW1H 0NE |
IOC es propiedad en su totalidad de Naftiran Intertrade Company (NICO). NICO es a su vez una entidad designada sometida a sanciones de la UE por ser propiedad en su totalidad de la National Iranian Oil Company (NIOC), también entidad designada porque facilita recursos financieros al Gobierno de Irán. Los tres directores del Consejo de Administración de IOC a 18 de diciembre de 2012 habían trabajado anteriormente para NIOC en puestos de dirección, demostrando una vez más el estrecho vínculo entre IOC y NIOC. |
8.6.2013 |
168. |
Post Bank of Iran (también conocido como Post Bank Iran, Post Bank) |
237, Motahari Ave., Teherán, Irán 1587618118 Sitio web: www.postbank.ir |
Empresa perteneciente mayoritariamente al Gobierno de Irán al que presta apoyo financiero. |
16.11.2013 |
169. |
Iran Insurance Company (también conocida como: Bimeh Iran) |
121 Fatemi Ave., P.O. Box 14155-6363 Teherán, IránP.O. Box 14155-6363, 107 Fatemi Ave., Teherán, Irán |
Empresa perteneciente al Gobierno de Irán al que presta apoyo financiero. |
16.11.2013 |
170. |
Export Development Bank of Irán (EDBI) (incluidas todas las sucursales y filiales): |
Export Development Building, 21th floor, Tose’e tower, 15th st, Ahmad Qasir Ave, Teherán, Irán, 15138-35711 next to the 15th Alley, Bokharest Street, Argentina Square, Teherán, Irán; Tose’e Tower, corner of 15th St, Ahmad Qasir Ave., Argentine Square, Teherán, Irán; No. 129, 21 ‘s Khaled Eslamboli, No. 1 Building, Teherán, Irán; C.R. No. 86936 (Irán) |
Empresa perteneciente al Gobierno de Irán al que presta apoyo financiero. |
16.11.2013 |
171. |
Persia International Bank Plc |
6 Lothbury, Londres Código Postal: EC2R 7HH, Reino Unido |
Entidad perteneciente a entidades denominadas Bank Mellat y Bank Tejarat. |
16.11.2013 |
172. |
Iranian Offshore Engineering & Construction Co (IOEC) |
18 Shahid Dehghani Street, Qarani Street, Teherán 19395-5999 O: No.52 North Kheradmand Avenue (Corner of 6th Alley) Teherán, Irán Sitio web: http://www.ioec.com/ |
Importante entidad del sector energético que aporta cuantiosos ingresos al gobierno de Irán. Como tal, IOEC facilita apoyo financiero y logístico al Gobierno de Irán. |
16.11.2013 |
173. |
Bank Refah Kargaran (también conocido como Bank Refah) |
40, North Shiraz Street, Mollasadra Ave., Vanak Sq., Teherán, Postal Code 19917, Irán Swift: REF AIRTH |
Entidad que facilita apoyo al Gobierno iraní. Es propiedad al 94 % de la organización iraní de la seguridad social, que a su vez está controlada por el Gobierno de Irán y facilita servicios bancarios a los ministros del Gobierno. |
16.11.2013 |
II. Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica (CGRI)
A. Personas físicas
|
Nombre |
Información identificativa |
Motivos |
Fecha de inclusión en la lista |
1. |
General de Brigada del CGRI Javad DARVISH-VAND |
|
Antiguo viceministro e inspector general del MODAFL. |
23.6.2008 |
2. |
Contralmirante Ali FADAVI |
|
Comandante de la Armada del CGRI |
26.7.2010 |
3. |
Parviz FATAH |
nacido en 1961 |
Miembro del CGRI. Exministro de Energía |
26.7.2010 |
4. |
General de Brigada del CGRI Seyyed Mahdi FARAHI |
|
Antiguo jefe de la Aerospace Industries Organisation de Irán (AIO) y antiguo director general de la Defence Industries Organisation (DIO), incluida en las listas de las Naciones Unidas. Miembro del CGRI y adjunto en el Ministerio de Defensa y Logística de las Fuerzas Armadas (MODAFL). |
23.6.2008 |
5. |
General de Brigada del CGRI Ali HOSEYNITASH |
|
Miembro del CGRI. Miembro del Consejo Supremo de Seguridad Nacional e implicado en la formulación de políticas en materia nuclear. |
23.6.2008 |
6. |
Mohammad Ali JAFARI, del CGRI |
|
Antiguo comandante adjunto del CGRI |
23.6.2008 |
7. |
General de Brigada del CGRI Mostafa Mohammad NAJJAR |
|
Antiguo Ministro de Interior y antiguo Ministro del MODAFL, encargado de la totalidad de los programas militares, incluidos los de misiles balísticos. En la actualidad, consejero principal del Jefe de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas. |
23.6.2008 |
8. |
General de brigada del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica (CGRI) Mohammad Reza NAQDI |
Lugar de nacimiento: Nadjaf, Irak Fecha de nacimiento: 1953 |
Coordinador adjunto del CGRI. Antiguo comandante adjunto del CGRI para Asuntos Culturales y Sociales. Antiguo comandante de la fuerza de resistencia Basij. |
26.7.2010 |
9. |
Gen. de brig. Mohammad PAKPUR |
|
Comandante de las Fuerzas Terrestres del CGRI |
26.7.2010 |
10. |
Rostam QASEMI (también conocido como Rostam GHASEMI) |
nacido en 1961 |
Ex comandante de Khatam al Anbiya. |
26.7.2010 |
11. |
General de Brigada del CGRI Hossein SALAMI |
|
Comandante del CGRI. |
26.7.2010 |
12. |
General de Brigada del CGRI Ali SHAMSHIRI |
|
Miembro del CGRI. Ha ocupado puestos de responsabilidad en el MODAFL. |
23.6.2008 |
13. |
General de Brigada del CGRI Ahmad VAHIDI |
|
Presidente de la Universidad Suprema Nacional de Defensa y antiguo Ministro del MODAFL. |
23.6.2008 |
▼M8 ————— |
||||
15. |
Abolghassem Mozaffari SHAMS |
|
Antiguo Director de Khatam al-Anbiya Construction Headquarters. |
1.12.2011 |
▼M8 ————— |
||||
17. |
Ali Ashraf NOURI |
|
Subcomandante del IRGC, jefe de la Oficina Política del IRGC |
23.1.2012 |
18. |
Hojatoleslam Ali SAIDI (alias Hojjat- al-Eslam Ali Saidi o Saeedi) |
|
Representante del Líder Supremo ante el IRGC |
23.1.2012 |
19. |
General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica (CGRI) Amir Ali Haji ZADEH (también conocido como Amir Ali HAJIZADEH) |
|
Comandante de la Fuerza Aeroespacial del IRGC |
23.1.2012 |
B. Entidades
|
Nombre |
Información identificativa |
Motivos |
Fecha de inclusión en la lista |
1. |
Islamic Revolutionary Guard Corps (IRGC) (Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica (CGRI)) |
Teherán, Irán |
Responsable del programa nuclear iraní. Ejerce el control operativo del programa iraní de misiles balísticos. Ha emprendido tentativas de adquisiciones destinadas a apoyar los programas nucleares y de misiles balísticos de Irán. |
26.7.2010 |
2. |
Fuerza Aérea del CGRI |
|
Opera el arsenal iraní de misiles balísticos de corto y medio alcance. El jefe de la fuerza aérea del CGRI fue señalado por la RCSNU 1737 (2006) |
23.6.2008 |
3. |
IRGC Air Force Al-Ghadir Missile Command (Mando de los Misiles de la Fuerza Aérea Al-Ghadir del CGRI) |
|
El Mando de Misiles de la Fuerza Aérea Al-Ghadir del CGRI es un sector especial de la Fuerza Aérea del CGRI, que ha venido trabajando con el SBIG (señalado por la RCSNU 1737) en el FATEH 110, misil balístico de corto alcance, así como en el misil balístico de medio alcance Ashura. Este Mando parece que es la entidad que ejerce el control operativo de los misiles |
26.7.2010 |
4. |
Naserin Vahid |
|
Naserin Vahid fabrica piezas de armamento en nombre del CGRI. Es una empresa ficticia del CGRI. |
26.7.2010 |
5. |
IRGC Qods Force (Fuerza Qods del CGRI) |
Teherán, Irán |
La Fuerza Qods del CGRI es responsable de las operaciones fuera de Irán y constituye el instrumento principal de la política exterior de Teherán para las operaciones especiales y el apoyo a los terroristas y militantes islámicos en el extranjero. Hizbollah utilizó, en el conflicto de 2006 con Israel, cohetes, misiles de crucero antibuques, sistemas portátiles de defensa aérea y vehículos aéreos sin tripulación, proporcionados por la Fuerza Qods y recibió de ella formación para el manejo de estos sistemas, según informaciones de la prensa. Según fuentes varias, la Fuerza Qods sigue suministrando armamento avanzado, misiles antiaéreos y cohetes de largo alcance a Hizbollah y formando a esta organización en su manejo. La Fuerza Qods sigue ofreciendo apoyo letal delimitado, formación y financiación a las milicias talibanes en el sur y el oeste de Afganistán, como armas pequeñas, munición, morteros y cohetes de combate de corto alcance. Su Comandante ha sido sancionado en una RCSNU. |
26.7.2010 |
6. |
Sepanir Oil and Gas Energy Engineering Company (también conocida como Sepah Nir) |
|
Filial de Khatam al-Anbya Construction Headquarters, señalada por la RCSNU 1929. La Sociedad de ingeniería petrolera y gasista Sepanir participa en la Fase 15-16 del proyecto iraní de desarrollo del yacimiento marítimo de gas South Pars. |
26.7.2010 |
7. |
Bonyad Taavon Sepah (tambien denominada IRGC Cooperative Foundation; Bonyad-e Ta'avon-Sepah; Sepah Cooperative Foundation) |
Niayes Highway, Seoul Street, Tehran, Iran |
Bonyad Taavon Sepah, también denominada IRGC Cooperative Foundation, fue creada por los Comandantes del CGRI para estructurar las inversiones de éste. Está controlada por el CGRI. La Junta de Administradores de Bonyad Taavon Sepah está formada por nueve miembros, ocho de los cuales son también miembros del CGRI. Entre estos altos cargos figuran el Comandante en Jefe del CGRI, que preside la Junta de Administradores, el representante del Líder Supremo ante el CGRI, el Comandante del Basij, el Comandante de las Fuerzas de Tierra del CGRI, el Comandante de las Fuerzas Aéreas del CGRI, el Comandante de la Marina del CGRI, el Director de la Organización de Seguridad de la Información del CGRI, un alto cargo del CGRI del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas y un algo cargo del CGRI del Ministerio de Defensa y Logística de las Fuerzas Armadas. |
23.5.2011 |
8. |
Ansar Bank (también denominado Ansar Finance and Credit Fund; Ansar Financial and Credit Institute; Ansae Institute; Ansar al-Mojahedin No-Interest Loan Institute; Ansar Saving and Interest Free-Loans Fund) |
No. 539, North Pasdaran Avenue, Tehran; Ansar Building, North Khaje Nasir Street, Tehran, Iran |
Bonyad Taavon Sepah creó el banco Ansar para prestar servicios de financiación y crédito al personal del CGRI. En un principio, funcionó como una cooperativa de crédito, pero se transformó en un banco en toda regla a mediados de 2009, cuando recibió autorización del Banco Central de Irán. El banco Ansar, anteriormente denominado Ansar al Mojahedin, mantiene relaciones con el CGRI desde hace más de 20 años. Los miembros del CGRI cobran sus nóminas a través del banco Ansar. Además, este banco concedió beneficios especiales al personal del CGRI, en particular préstamos a tipos reducidos para la compra de mobiliario doméstico y atención médica gratuita o a bajo precio. |
23.5.2011 |
9. |
Mehr Bank (también denominado Mehr Finance and Credit Institute; Mehr Interest-Free Bank) |
►C7 N.o 182, Shahid Tohidi St, 4th Golsetan, Pasdaran Ave, Teherán 1666943, Irán ◄ |
El banco Mehr está bajo el control de Bonyas Taavon Sepah y del CGRI. Este banco presta servicios financieros al CGRI. Según una entrevista (de fuentes abiertas) concedida por el director de Bonyad Taavon Sepah, Parviz Fattah (nacido en 1961), Bonyad Taavon Sepah creó el banco Mehr para servir al Basij (brazo paramilitar del CGRI). |
23.5.2011 |
▼M12 ————— |
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11. |
Behnam Sahriyari Trading Company |
Dirección postal: Edificio Ziba, 10.a planta, Northern Sohrevardi Street, Teherán, Irán |
Implicada en el envío de armamento al Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica (CGRI). |
23.1.2012 |
12. |
Etemad Amin Invest Co Mobin |
Pasadaran Av. Teherán, Irán |
Una empresa que está controlada por el CGRI, o es de su propiedad, que contribuye a financiar los intereses estratégicos del régimen. |
26.7.2010 |
III. Islamic Republic of Iran Shipping Lines (IRISL) (Compañía Naviera de la República Islámica de Irán)
A. Personas
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Nombre |
Información identificativa |
Motivos de la inclusión en la lista |
Fecha de inclusión en la lista |
1. |
Mohammad Hossein Dajmar |
Fecha de nacimiento: 19 de febrero de 1956. N.o de pasaporte: K13644968 (Irán); fecha de caducidad: mayo de 2013. |
Presidente y Director Gerente de IRISL. Presidente también de Soroush Sarzamin Asatir Ship Management Co. (SSA), Safiran Payam Darya Shipping Co. (SAPID), y Hafiz Darya Shipping Co. (HDS), que son todas ellas conocidas filiales de IRISL. |
23.5.2011 |
2. |
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3. |
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4. |
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5. |
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6. |
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7. |
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8. |
Gholam Hossein Golparvar |
Fecha de nacimiento: 23 de enero de 1957, iraní. Documento de identidad no 4207. |
El Sr. Golparvar actúa en nombre de IRISL y las empresas asociadas. Ha sido director comercial de IRISL, así como director gerente y accionista de la compañía naviera SAPID, director no ejecutivo y accionista de HDSL y accionista de la Rhabaran Omid Darya Ship Management Company, que la UE ha designado como agentes en representación de IRISL. |
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9. |
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10. |
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12. |
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13. |
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14. |
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B. Entidades
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Nombre |
Información identificativa |
Motivos |
Fecha de inclusión en la lista |
1. |
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k) IRITAL Shipping SRL |
Número de registro comercial: GE 426505 (Italia). Código fiscal italiano: 03329300101 (Italia). No de IVA: 12869140157 (Italia) Ponte Francesco Morosini 59, 16126 Génova (GE), Italia |
Punto de contacto para servicios ECL y PCL. Utilizado por el Marine Industries Group, filial de la DIO (el MIG es ahora conocido como Marine Industries Organization, MIO), grupo responsable del diseño y construcción de estructuras marítimas varias y de buques tanto militares como no militares. La DIO fue señalada por la RCSNU 1737. |
26.7.2010 |
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▼M12 ————— |
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r) Santexlines (también conocida como IRISL China Shipping Company Ltd, también conocida como Yi Hang Shipping Company) |
Suite 1501, Shanghai Zhongrong Plaza, 1088, Pudong(S) road, Shanghai 200122, Shanghai, China. Otra dirección: F23A-D, Times Plaza No. 1, Taizi Road, Shekou, Shenzhen 518067, China |
Actúa en nombre de HDSL. Antes conocida como IRISL China shipping Company, actúa en nombre de IRISL en China. |
26.7.2010 |
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t) SISCO Shipping Company Ltd (también conocida como IRISL Korea Ltd) |
Con oficins en Seúl y Busan, Corea del Sur. |
Actúa en nombre de IRISL en Corea del Sur |
26.7.2010 |
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██████ |
██████ |
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2. |
Darya Capital Administration GMBH |
Schottweg 5, Hamburg 22087, Germany. Documento de registro mercantil n.o HRB94311 (Alemania), expedido el 21 de julio de 2005Schottweg 6, 22087 Hamburg, Germany. Documento de registro mercantil n.o HRB96253, expedido el 30 de enero de 2006 |
Darya Capital Administration es una filial propiedad al 100 % de IRISL Europe GmbH. Su Director Gerente es Mohammad Talai. |
23.5.2011 |
3. |
Nari Shipping and Chartering GmbH & Co. KG |
Schottweg 5, Hamburg 22087, Germany. Documento de registro mercantil n.o HRA102485 (Alemania) expedido el 19 de agosto de 2005; n.o de teléfono: 004940278740 |
Propiedad de Ocean Capital Administration y de IRISL Europe. Ahmad Sarkandi es también director de Ocean Capital Administration GmbH y de Nari Shipping and Chartering GmbH & Co. KG. |
23.5.2011 |
4. |
Ocean Capital Administration GmbH |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, Documento de registro mercantil no HRB92501 (Alemania) expedido el 4 de enero de 2005 |
Sociedad holding de IRISL con sede en Alemania que es propiedad y está bajo el control de IRISL. |
8.4.2015 |
5. |
First Ocean Administration GMBH |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, Documento de registro mercantil no HRB94311 (Alemania) expedido el 21 de julio de 2005 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
5.a. |
First Ocean GMBH & Co. Kg |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, Documento de registro mercantil no HRA102601 (Alemania) expedido el 19 de septiembre de 2005, Número OMI: 9349576 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
6. |
Second Ocean Administration GMBH |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, Documento de registro mercantil no HRB94312 (Alemania) expedido el 21 de julio de 2005 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
6.a. |
Second Ocean GMBH & Co. Kg |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, Documento de registro mercantil no HRA102502 (Alemania) expedido el 24 de agosto de 2005, Número OMI: 9349588. |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
7. |
Third Ocean Administration GMBH |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, Documento de registro mercantil no HRB94313 (Alemania) expedido el 21 de julio de 2005 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
7.a. |
Third Ocean GMBH & Co. Kg |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania; Documento de registro mercantil no HRA102520 (Alemania) expedido el 29 de agosto de 2005, Número OMI: 9349590. |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
8. |
Fourth Ocean Administration GMBH |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, Documento de registro mercantil no HRB94314 (Alemania) expedido el 21 de julio de 2005 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
8.a. |
Fourth Ocean GMBH & CO. KG |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, Documento de registro mercantil no HRA102600 (Alemania) expedido el 19 de septiembre de 2005 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
9. |
Fifth Ocean Administration GMBH |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, Documento de registro mercantil no HRB94315 (Alemania) expedido el 21 de julio de 2005 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
9.a. |
Fifth Ocean GMBH & CO. KG |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania; Documento de registro mercantil no HRA102599 (Alemania) expedido el 19 de septiembre de 2005, Número OMI: 9349667 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
10. |
Sixth Ocean Administration GMBH |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania; Documento de registro mercantil no HRB94316 (Alemania) expedido el 21 de julio de 2005 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
10.a. |
Sixth Ocean GMBH & CO. KG |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania; Documento de registro mercantil no HRA102501 (Alemania) expedido el 24 de agosto de 2005, Número OMI: 9349679 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
11. |
Seventh Ocean Administration GMBH |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, Documento de registro mercantil no HRB94829 (Alemania) expedido el 19 de septiembre de 2005 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
11.a. |
Seventh Ocean GMBH & CO. KG |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, Documento de registro mercantil no HRA102655 (Alemania) expedido el 26 de septiembre de 2005, Número OMI: 9165786 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
12. |
Eighth Ocean Administration GMBH |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, no HRB94633 (Alemania) expedido el 24 de agosto de 2005 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
12.a. |
Eighth Ocean GmbH & CO. KG |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, Documento de registro mercantil no HRA102533 (Alemania) expedido el 1 de septiembre de 2005, Número OMI: 9165803 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
13. |
Ninth Ocean Administration GmbH |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, Documento de registro mercantil no HRB94698 (Alemania) expedido el 9 de septiembre de 2005 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
13.a. |
Ninth Ocean GmbH & CO. KG |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, Documento de registro mercantil no HRA102565 (Alemania) expedido el 15 de septiembre de 2005 Número OMI: 9165798 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
14. |
Tenth Ocean Administration GmbH |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania; |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
14.a. |
Tenth Ocean GmbH & CO. KG |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, Documento de registro mercantil no HRA102679 (Alemania) expedido el 27 de septiembre de 2005 Número OMI: 9165815 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
15. |
Eleventh Ocean Administration GmbH |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, Documento de registro mercantil no HRB94632 (Alemania) expedido el 24 de agosto de 2005 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
15.a. |
Eleventh Ocean GmbH & CO. KG |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania; Documento de registro mercantil no HRA102544 (Alemania) expedido el 9 de septiembre de 2005 Número OMI: 9209324 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
16. |
Twelfth Ocean Administration GmbH |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, Documento de registro mercantil no HRB94573 (Alemania) expedido el 18 de agosto de 2005 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
16.a. |
Twelfth Ocean GmbH & CO. KG |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania, Documento de registro mercantil no HRA102506 (Alemania) expedido el 25 de agosto de 2005 |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
17. |
Thirteenth Ocean Administration GmbH |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
17.a. |
Thirteenth Ocean GmbH & CO. KG |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania; c/o Islamic Republic of Iran Shipping Lines (IRISL), No. 37, Aseman Tower, Sayyade Shirazee Square, Pasdaran Ave., P.O. Box 19395-1311, Teherán, Irán; documento de registro mercantil n.o HRA104149 (Alemania) expedido el 10 de julio de 2006; dirección electrónica smd@irisl.net; sitio web www.irisl.net; n.o de teléfono: 00982120100488; Fax: 00982120100486 Número OMI: 9328900 |
Es propiedad o se encuentra bajo control de IRISL. |
23.5.2011 |
18. |
Fourteenth Ocean Administration GmbH |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
18.a. |
Fourteenth Ocean GmbH & CO. KG |
Schottweg 5, Hamburg 22087, Germany; c/o Islamic Republic of Iran Shipping Lines (IRISL), No. 37, Aseman Tower, Sayyade Shirazee Square, Pasdaran Ave., P.O. Box 19395-1311, Tehran, Iran. Documento de registro mercantil n.o HRA104174 (Alemania), expedido el 12 de julio de 2006; dirección de correo electrónico: smd@irisl.net; sitio web: www.irisl.net; n.o de teléfono: 00982120100488; n.o de fax: 00982120100486 |
Es propiedad o está sujeta al control de IRISL. |
23.5.2011 |
19. |
Fifteenth Ocean Administration GmbH |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
19.a. |
Fifteenth Ocean GmbH & CO. KG |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania; c/o Islamic Republic of Iran Shipping Lines (IRISL), No. 37, Aseman Tower, Sayyade Shirazee Square, Pasdaran Ave., P.O. Box 19395-1311, Teherán, Irán; documento de registro mercantil n.o HRA104175 (Alemania) expedido el 12 de julio de 2006; dirección electrónica smd@irisl.net; sitio web www.irisl.net; n.o de teléfono: 00982120100488; Fax: 00982120100486 Número OMI: 9346536 |
Es propiedad o se encuentra bajo control de IRISL. |
23.5.2011 |
20. |
Sixteenth Ocean Administration GmbH |
Schottweg 5, Hamburgo 22087, Alemania |
Propiedad de IRISL a través de Ocean Capital Administration GmbH que es una sociedad holding de IRISL. |
8.4.2015 |
20.a. |
Sixteenth Ocean GmbH & CO. KG |
Schottweg 5, Hamburg 22087, Germany; c/o Islamic Republic of Iran Shipping Lines (IRISL), No. 37, Aseman Tower, Sayyade Shirazee Square, Pasdaran Ave., P.O. Box 19395-1311, Tehran, Iran. Dirección de correo electrónico: smd@irisl.net; sitio web: www.irisl.net; n.o de teléfono: 00982120100488; n.o de fax: 00982120100486 |
Es propiedad o está sujeta al control de IRISL. |
23.5.2011 |
21. |
Loweswater Ltd |
Manning House, 21 Bucks Road, Douglas, Isle of Man, IM1 3DA |
Sociedad administrada desde la Isla de Man que controla sociedades navieras en Hong Kong cuyos buques son explotados por la compañía de transporte marítimo Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), sancionada por la UE, que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL. Las sociedades de Hong Kong son: Insight World Ltd, Kingdom New Ltd, Logistic Smart Ltd, Neuman Ltd y New Desire Ltd. La gestión técnica de los buques la realiza Soroush Saramin Asatir (SSA), sancionada por la UE. |
23.5.2011 |
21.a. |
Insight World Ltd |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong Números OMI: 8309634; 9165827 |
Insight World Ltd es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Loweswater Ltd, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
21.b. |
Kingdom New Ltd |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong Números OMI: 8309622; 9165839 |
Kingdom New Ltd es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Loweswater Ltd, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
21.c. |
Logistic Smart Ltd |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong Número OMI: 9209336 |
Logistic Smart es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Loweswater Ltd, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
21.d. |
Neuman Ltd |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong Números OMI: 8309646; 9167253 |
Neuman Ltd es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Loweswater Ltd, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
21.e. |
New Desire LTD |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong Números OMI: 8320183; 9167277 |
New Desire LTD es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Loweswater Ltd, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
22. |
Mill Dene Ltd |
Manning House, 21 Bucks Road, Douglas, Isle of Man. IM1 3DA |
Sociedad administrada desde la Isla de Man que controla sociedades navieras en Hong Kong cuyos buques son explotados por la compañía de transporte marítimo Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), sancionada por la UE, que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL. Uno de los accionistas es Gholamhossein Golpavar, director gerente de SAPID y director comercial de IRISL. Las sociedades de Hong Kong son: Advance Novel, Alpha Effort Ltd, Best Precise Ltd, Concept Giant Ltd y Great Method Ltd. La gestión técnica de los buques la realiza Soroush Saramin Asatir (SSA), sancionada por la UE. |
23.5.2011 |
22.a. |
Advance Novel |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong Número OMI: 8320195 |
Advance Novel es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Mill Dene Ltd, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
22.b. |
Alpha Effort Ltd |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong Número OMI: 8309608 |
Alpha Effort Ltd es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Mill Dene Ltd, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
22.c. |
Best Precise Ltd |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong Números OMI: 8309593; 9051650 |
Best Precise Ltd es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Mill Dene Ltd, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
22.d. |
Concept Giant Ltd |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong Números OMI: 8309658; 9051648 |
Concept Giant Ltd es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Mill Dene Ltd, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
22.e. |
Great Method Ltd |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong Números OMI: 8309610; 9051636 |
Great Method Ltd es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Mill Dene Ltd, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
23. |
Shallon Ltd |
Manning House, 21 Bucks Road, Douglas, Isle of Man. IM1 3DA |
Sociedad administrada desde la Isla de Man que controla sociedades navieras en Hong Kong cuyos buques son explotados por la compañía Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), sancionada por la UE, que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL. Uno de los accionistas es Mohammed Mehdi Rasekh, miembro del Consejo de Administración de IRISL. Las sociedades de Hong Kong son Day Holdings Ltd, System Wise Ltd (también denominada Sysyem Wise Ltd), Trade Treasure, True Honour Holdings Ltd. La gestión técnica de los buques la realiza Soroush Saramin Asatir (SSA), sancionada por la UE. |
23.5.2011 |
23.a. |
Smart Day Holdings Ltd |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong Número OMI: 8309701 |
Smart Day Holdings Ltd es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Shallon Ltd, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
23.b. |
System Wise Ltd (también denominada Sysyem Wise Ltd) |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong |
System Wise Ltd es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Shallon Ltd, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
23.c. |
Trade Treasure |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong Número OMI: 8320157 |
Trade Treasure es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Shallon Ltd, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
23.d. |
True Honour Holdings Ltd |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong Número OMI: 8320171 |
True Honour Holdings Ltd es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Shallon Ltd, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
24. |
Springthorpe Limited |
Manning House, 21 Bucks Road, Douglas, Isle of Man, IM1 3DA |
Sociedad administrada desde la Isla de Man que controla sociedades navieras en Hong Kong cuyos buques son explotados por la compañía de transporte marítimo Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL. Uno de los accionistas es Mohammed Hossein Dajmar, director gerente de IRISL. Las sociedades de Hong Kong son: New Synergy Ltd, Partner Century Ltd, Sackville Holdings Ltd, Sanford Group y Sino Access Holdings. La gestión técnica de los buques la realiza Soroush Saramin Asatir (SSA), sancionada por la UE. |
23.5.2011 |
24.a. |
New Synergy Ltd |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong Números OMI: 8309696; 9167291 |
New Synergy Ltd es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Springthorpe Limited, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
24.b. |
Partner Century Ltd |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong Número OMI: 8309684 |
Partner Century Ltd es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Springthorpe Limited, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
24.c. |
Sackville Holdings Ltd |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong Números OMI: 8320169; 9167265 |
Sackville Holdings Ltd es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Springthorpe Limited, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
24.d. |
Sanford Group |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong |
Sanford Group es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Springthorpe Limited, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
24.e. |
Sino Access Holdings |
15th Floor, Tower One, Lippo Centre, 89 Queensway, Hong Kong Número OMI: 8309672 |
Sino Access Holdings es una sociedad con sede en Hong Kong, propiedad de Springthorpe Limited, cuyos buques son explotados por Safiran Payam Darya Shipping Lines (SAPID), que se ha hecho cargo de las rutas y servicios de carga de IRISL y utiliza buques que anteriormente eran propiedad de IRISL, que era quien los explotaba. |
23.5.2011 |
25. |
██████ |
██████ ██████ ██████ |
██████ |
██████ |
26. |
██████ |
██████ ██████ |
██████ |
██████ |
26.a. |
██████ |
██████ ██████ |
██████ |
██████ |
26.b. |
██████ |
██████ ██████ |
██████ |
██████ |
26.c. |
██████ |
██████ ██████ |
██████ |
██████ |
26.d. |
██████ |
██████ ██████ |
██████ |
██████ |
27. |
██████ |
██████ ██████ ██████ |
██████ |
██████ |
28. |
Ashtead Shipping Company Ltd |
N.o de registro mercantil: 108116C, Manning House, 21 Bucks Road, Douglas, IM1 3DA, Isle of Man |
Ashtead Shipping Company Ltd es una sociedad ficticia de IRISL situada en la Isla de Man. Es propiedad al 100 % de IRISL y es la propietaria registrada de un buque que es propiedad de IRISL o de una de sus filiales. El director de la sociedad es Ahmad Sarkandi. |
23.5.2011 |
29. |
Byfleet Shipping Company Ltd |
Byfleet Shipping Company Ltd - N.o de registro mercantil: 118117C, Manning House, 21 Bucks Road, Douglas, IM1 3DA, Isle of Man |
Byfleet Shipping Company Ltd es una sociedad ficticia de IRISL situada en la Isla de Man. Es propiedad al 100 % de IRISL y es la propietaria registrada de un buque que es propiedad de IRISL o de una de sus filiales. El director de la sociedad es Ahmad Sarkandi. |
23.5.2011 |
30. |
Cobham Shipping Company Ltd |
N.o de registro mercantil: 108118C, Manning House, 21 Bucks Road, Douglas, IM1 3DA, Isle of Man |
Cobham Shipping Company Ltd es una sociedad ficticia de IRISL situada en la Isla de Man. Es propiedad al 100 % de IRISL y es la propietaria registrada de un buque que es propiedad de IRISL o de una de sus filiales. El director de la sociedad es Ahmad Sarkandi. |
23.5.2011 |
31. |
Dorking Shipping Company Ltd |
Manning House, 21 Bucks Road, Douglas, IM1 3DA, Isle of Man N.o de registro mercantil: 108119C |
Dorking Shipping Company Ltd es una sociedad ficticia de IRISL situada en la Isla de Man. Es propiedad al 100 % de IRISL y es la propietaria registrada de un buque que es propiedad de IRISL o de una de sus filiales. El director de la sociedad es Ahmad Sarkandi. |
23.5.2011 |
32. |
Effingham Shipping Company Ltd |
Manning House, 21 Bucks Road, Douglas, IM1 3DA, Isle of Man N.o de registro mercantil: 108120C |
Effingham Shipping Company Ltd es una sociedad ficticia de IRISL situada en la Isla de Man. Es propiedad al 100 % de IRISL y es la propietaria registrada de un buque que es propiedad de IRISL o de una de sus filiales. El director de la sociedad es Ahmad Sarkandi. |
23.5.2011 |
33. |
Farnham Shipping Company Ltd |
Manning House, 21 Bucks Road, Douglas, IM1 3DA, Isle of Man N.o de registro mercantil: 108146C |
Farnham Shipping Company Ltd es una sociedad ficticia de IRISL situada en la Isla de Man. Es propiedad al 100 % de IRISL y es la propietaria registrada de un buque que es propiedad de IRISL o de una de sus filiales. El director de la sociedad es Ahmad Sarkandi. |
23.5.2011 |
34. |
Gomshall Shipping Company Ltd |
Manning House, 21 Bucks Road, Douglas, IM1 3DA, Isle of Man N.o de registro mercantil: 111998C |
Gomshall Shipping Company Ltd es una sociedad ficticia de IRISL situada en la Isla de Man. Es propiedad al 100 % de IRISL y es la propietaria registrada de un buque que es propiedad de IRISL o de una de sus filiales. El director de la sociedad es Ahmad Sarkandi. |
23.5.2011 |
35. |
Horsham Shipping Company Ltd |
Manning House, 21 Bucks Road, Douglas, IM1 3DA, Isle of Man Horsham Shipping Company Ltd - N.o de registro mercantil 111999C Número OMI: 9323833 |
Horsham Shipping Company Ltd es una sociedad ficticia de IRISL situada en la Isla de Man. Es propiedad al 100 % de IRISL y es la propietaria registrada de un buque que es propiedad de IRISL o de una de sus filiales. Su director es Ahmad Sarkandi. |
23.5.2011 |
36. |
E-Sail, también denominada E-Sail Shipping Company, también denominada Rice Shipping |
Suite 1501, Shanghai Zhong Rong Plaza, 1088 Pudong South Road, Shanghai, China |
Nuevas denominaciones de Santexlines, alias IRISL China Shipping Company Limited, sancionada por la Unión Europea. Actúa en nombre de IRISL. Actúa en nombre de SAPID, señalada por la Unión Europea, en China, subcontratando buques de IRISL a otras empresas. |
1.12.2011 |
37. |
IRISL Maritime Training Institute |
No 115, Ghaem Magham Farahani St. P.O. Box 15896-53313, Teherán, Irán |
IRISL Maritime Training Institute es propiedad y está bajo control de IRISL, que posee el 90 % de las acciones de la sociedad y cuyo representante es vicepresidente del consejo de administración. Participa en la formación de los trabajadores de IRISL. |
8.4.2015 |
38. |
Kara Shipping and Chartering Gmbh (KSC) |
Schottweg 7, 22087 Hamburgo, Alemania. |
Sociedad tapadera de HTTS, sancionada por la Unión Europea. |
1.12.2011 |
39. |
Kheibar Co. |
Iranshahr shomali (North) avenue, nr 237, 158478311, Teherán/Irán |
Kheibar Co. es propiedad y está bajo control de IRISL, que posee el 81 % de las acciones de la sociedad y cuyo representante es miembro de su consejo de administración. Suministra piezas sueltas para buques mercantes. |
8.4.2015 |
40. |
Kish Shipping Line Manning Co. |
Sanaei Street Kish Island Irán |
Kish Shipping Line Manning Co. es propiedad y está bajo control de IRISL. Participa en la contratación y la gestión de personal de IRISL. |
8.4.2015 |
▼M9 ————— |
||||
42. |
Diamond Shipping Services (DSS) |
5 Saint Catharine Sq., El Mansheya El Soghra, Alejandría, Egipto |
Sociedad que actúa por cuenta de IRISL. Diamond Shipping Services ha efectuado transacciones iniciadas por IRISL o por entidades de su propiedad o que están bajo su control. |
1.12.2011 |
43. |
██████ |
██████ ██████ ██████ ██████ |
██████ |
██████ |
44. |
Ocean Express Agencies Private Limited |
Ocean Express Agencies - Ground Floor, KDLB Building, 58 West Wharf Road - Karachi - 74000, Sindh, Pakistán |
Sociedad que actúa por cuenta de IRISL. Ocean Express Agencies ha empleado documentos de transporte utilizados por IRISL o por entidades de su propiedad o que están bajo su control. para eludir las acanciones |
1.12.2011 |
▼M9 ————— |
||||
46. |
Universal Transportation Limitation Utl |
21/30 Thai Wah Tower 1, South Sathorn Road, Bangkok 10120 Tailandia |
Sociedad que actúa por cuenta de IRISL. Universal Transportation Limited (UTL) ha emitido falsos documentos de transporte en beneficio de una sociedad tapadera propiedad de IRISL o sujeta a su control; ha efectuado transacciones por cuenta de IRISL. |
1.12.2011 |
▼M7 ————— |
||||
48. |
Acena Shipping Company Limited |
Dirección: 284 Makarios III avenue, Fortuna Court, 3105 Limassol N.o de la OMI: 9213399; 9193185 |
Acena Shipping Company Limited es una sociedad tapadera perteneciente a IRISL o controlada por ésta. Es la propietaria registrada de varios buques propiedad de IRISL o de una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
49. |
Alpha Kara Navigation Limited |
171, Old Bakery Street, La Valette – Número de registro C 39359 |
Alpha Kara Navigation Limited es una sociedad tapadera perteneciente a IRISL o controlada por ésta. Filial de Darya Capital Administration GMBH, señalada por la UE. Es la propietaria registrada de varios buques propiedad de IRISL o de una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
50. |
Alpha Nari Navigation Limited |
143 Tower Road - 1604 Sliema, Malta Número de registro C 38079 |
Alpha Nari Navigation Limited es una sociedad tapadera perteneciente a IRISL o controlada por ésta. Es la propietaria registrada de varios buques propiedad de IRISL o de una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
51. |
Aspasis Marine Corporation |
Dirección: 107 Falcon House, Dubaï Investment Park, Po Box 361025 Dubaï |
Aspasis Marine Corporation es una sociedad tapadera perteneciente a IRISL o controlada por ésta. Es la propietaria registrada de varios buques propiedad de IRISL o de una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
52. |
Atlantic Intermodal |
|
Es propiedad de la Pacific Shipping, agente de IRISL. Prestó ayuda financiera para buques embargados de la IRISL así como para la compra de nuevos contendores de transporte marítimo. |
1.12.2011 |
53. |
Avrasya Container Shipping Lines |
|
Sociedad tapadera perteneciente a IRISL o controlada por ésta o una de sus filiales. |
1.12.2011 |
54. |
Azores Shipping Company alias Azores Shipping FZE LLC |
P.O. Box 113740 – Office n.o 236, Sultan Business Center, Oud Mehta, Dubai, EAU |
Controlada por Mohammad Moghddami Fard. Presta servicios a la Valfajre Shipping Company, filial de IRISL señalada por la UE. Sociedad tapadera perteneciente a IRISL o controlada por ésta o una de sus filiales. Propietaria oficial de un buque que pertenece a IRISL o que está bajo su control. Moghddami Fard es director de empresa. |
1.12.2011 |
55. |
Beta Kara Navigation Ltd |
Dirección: 171, Old Bakery Street, La Valetta Número de registro C 39354 |
Beta Kara Navigation Ltd es una sociedad tapadera perteneciente a IRISL o controlada por ésta. Es la propietaria registrada de varios buques propiedad de IRISL o de una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
56. |
Bis Maritime Limited |
Número OMI: 0099501 |
Bis Maritime Limited es una sociedad tapadera de la IRISL situada en Barbados. Es la propietaria registrada de un buque propiedad de IRISL o de una filial de IRISL. Gholam Hossein Golparvar es un administrador de la sociedad. |
1.12.2011 |
57. |
Brait Holding SA |
Registrada en agosto de 2011 en las islas Marshall con el número 46270. |
Sociedad tapadera de IRISL. Es la propietaria registrada de un buque propiedad de IRISL o de una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
58. |
Bright Jyoti Shipping |
|
Sociedad tapadera de IRISL. Es la propietaria registrada de un buque propiedad de IRISL o de una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
59. |
Bright Ship FZC |
Saif zone, Dubai |
Sociedad tapadera de IRISL, utilizada para la compra de un navío propiedad de IRISL o de una de sus filiales, así como para transferencias de fondos en beneficio de IRISL. |
1.12.2011 |
▼M23 ————— |
||||
▼M11 ————— |
||||
62. |
Chaplet Shipping Limited |
Dieudonnee No 1., Triq Tumas Fenech, Qormi, 19635-1114 Malta No |
Sociedad tapadera de IRISL. Es la propietaria registrada de un buque propiedad de IRISL o de una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
▼M23 ————— |
||||
64. |
Crystal Shipping FZE |
Dubai, EAU |
Es propiedad de la Pacific Shipping, agente de IRISL. Creada en 2010 por Moghddami Fard, como parte de sus esfuerzos por eludir el señalamiento de IRISL por la UE. En diciembre de 2010 se empleó para transferir fondos con el fin de liberar buques secuestrados de IRISL y de enmascarar la implicación de IRISL. |
1.12.2011 |
65. |
Damalis Marine Corporation |
|
Sociedad tapadera de IRISL. Es la propietaria registrada de un buque propiedad de IRISL o de una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
66. |
Delta Kara Navigation Ltd |
171, Old Bakery Street, La Valetta Número de registro C 39357 |
Sociedad tapadera de IRISL. Es la propietaria registrada de un buque propiedad de IRISL o de una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
67. |
Delta Nari Navigation Ltd |
143 Tower Road - 1604 Sliema, Malta Número de registro C 38077 |
Sociedad tapadera de IRISL. Es la propietaria registrada de un buque propiedad de IRISL o de una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
68. |
Elbrus Ltd |
Manning House - 21 Bucks Road - Douglas - Isla de Man - IM1 3DA |
Corporación propiedad de IRISL o sujeta a su control, que regúne sociedades tapadera de IRISL situadas en la Isla de Man. |
1.12.2011 |
69. |
Elcho Holding Ltd |
Registrada en agosto de 2011 en las islas Marshall con el número 46041. |
Sociedad tapadera de IRISL registrada en las Islas Marshall, perteneciente a IRISL o controlada por ésta o una de sus filiales. |
1.12.2011 |
70. |
Elegant Target Development Limited |
Room 1601, Workington Tower, 78 Bonham Strand, Sheung Wan, Hong Kong Número OMI: 8320195 |
Es propiedad de IRISL, está bajo su control o actúa en su nombre. Empresa tapadera de IRISL. Es propietaria de un buque en manos de IRISL o una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
71. |
Epsilon Nari Navigation Ltd |
143 Tower Road - 1604 Sliema, Malta Número de registro: C 38082 |
Empresa tapadera de IRISL, en manos de IRISL o de una filial de IRISL o bajo su control. |
1.12.2011 |
72. |
Eta Nari Navigation Ltd |
171, Old Bakery Street, La Valeta Número de registro: C 38067 |
Empresa tapadera de IRISL, en manos de IRISL o de una filial de IRISL o bajo su control. |
1.12.2011 |
73. |
Eternal Expert Ltd. |
Room 1601, Workington Tower, 78 Bonham Strand, Sheung Wan, Hong Kong |
Empresa tapadera de IRISL. Es propietaria de un buque en manos de IRISL o una filial de IRISL |
1.12.2011 |
74. |
Fairway Shipping |
83 Victoria Street, Londres, SW1H OHW |
Empresa tapadera de IRISL, en manos de IRISL o de una filial de IRISL o bajo su control. Uno de sus directores es Haji Pajand. |
1.12.2011 |
75. |
Fasirus Marine Corporation |
|
Empresa filial de IRISL en Barbados. Es propietaria de un buque en manos de IRISL o una filial de IRISL |
1.12.2011 |
76. |
Galliot Maritime Incorporation |
|
Empresa filial de IRISL en Barbados. Es propietaria de un buque en manos de IRISL o una filial de IRISL |
1.12.2011 |
77. |
Gamma Kara Navigation Ltd |
171, Old Bakery Street, La Valeta Número de registro: C 39355 |
Empresa filial de IRISL, en manos de IRISL o una filial de IRISL o bajo su control. Es propietaria de un buque en manos de IRISL o una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
78. |
Giant King Limited |
Room 1601, Workington Tower, 78 Bonham Strand, Sheung Wan, Hong Kong Número OMI: 8309593 |
Es propiedad de IRISL, está bajo su control o actúa en su nombre. Empresa tapadera de IRISL. Es propietaria de un buque en manos de IRISL o una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
79. |
Golden Charter Development Ltd. |
Room 1601, Workington Tower, 78 Bonham Strand, Sheung Wan, Hong Kong Número OMI: 8309610 |
Es propiedad de IRISL, está bajo su control o actúa en su nombre. Empresa tapadera de IRISL. Es propietaria de un buque en manos de IRISL o una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
80. |
Golden Summit Investments Ltd. |
Room 1601, Workington Tower, 78 Bonham Strand, Sheung Wan, Hong Kong Número OMI: 8309622 |
Es propiedad de IRISL, está bajo su control o actúa en su nombre. Empresa tapadera de IRISL. Es propietaria de un buque en manos de IRISL o una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
81. |
Golden Wagon Development Ltd. |
Room 1601, Workington Tower, 78 Bonham Strand, Sheung Wan, Hong Kong Número OMI: 8309634 |
Es propiedad de IRISL, está bajo su control o actúa en su nombre. Empresa tapadera de IRISL. Es propietaria de un buque en manos de IRISL o una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
82. |
Grand Trinity Ltd. |
Room 1601, Workington Tower, 78 Bonham Strand, Sheung Wan, Hong Kong Número OMI: 8309658 |
Es propiedad de IRISL, está bajo su control o actúa en su nombre. Empresa tapadera de IRISL. Es propietaria de un buque en manos de IRISL o una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
83. |
Great Equity Investments Ltd. |
Room 1601, Workington Tower, 78 Bonham Strand, Sheung Wan, Hong Kong Número OMI: 8320121 |
Es propiedad de IRISL, está bajo su control o actúa en su nombre. Empresa tapadera de IRISL. Es propietaria de un buque en manos de IRISL o una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
▼M12 ————— |
||||
85. |
Great Prospect International Ltd. |
Room 1601, Workington Tower, 78 Bonham Strand, Sheung Wan, Hong Kong Número OMI: 8309646 |
Es propiedad de IRISL, está bajo su control o actúa en su nombre. Empresa tapadera de IRISL. Es propietaria de un buque en manos de IRISL o una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
▼M23 ————— |
||||
88. |
Harvest Supreme Ltd. |
Room 1601, Workington Tower, 78 Bonham Strand, Sheung Wan, Hong Kong Número OMI: 8320183 |
Es propiedad de IRISL, está bajo su control o actúa en su nombre Empresa tapadera de IRISL. Es propietaria de un buque en manos de IRISL o una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
89. |
Harzaru Shipping |
Número OMI: 7027899 |
Empresa tapadera de IRISL. Es propietaria de un buque en manos de IRISL o una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
90. |
Heliotrope Shipping Limited |
Dieudonnee No 1., Triq Tumas Fenech, Qormi, 19635-1114 Malta – Número de registro: C 45613 Número OMI: 9270646 |
Empresa tapadera de IRISL. Es propietaria de un buque en manos de IRISL o una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
91. |
Helix Shipping Limited |
Dieudonnee No 1., Triq Tumas Fenech, Qormi, 19635-1114 Malta – Número de registro: C 45618 Número OMI: 9346548 |
Empresa tapadera de IRISL. Es propietaria de un buque en manos de IRISL o una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
92. |
Hong Tu Logistics Private Limited |
149 Rochor Road 01 - 26 Fu Lu Shou Complex, Singapur 188425 |
Empresa tapadera de IRISL. En manos de IRISL o una filial de IRISL o bajo su control. |
1.12.2011 |
93. |
Ifold Shipping Company Limited |
Dieudonnee No 1., Triq Tumas Fenech, Qormi, 19635-1114 Malta – Número de registro: C 38190 IMO Nr.: 9386500 |
Empresa tapadera de IRISL. Es propietaria de un buque en manos de IRISL o una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
94. |
Indus Maritime Incorporation |
47st Bella Vista y Aquilino de la Guardia, Ciudad de Panamá, Panamá IMO Nr.: 9283007 |
Empresa tapadera de IRISL en Panamá. Es propietaria de un buque en manos de IRISL o una filial de IRISL. |
1.12.2011 |
95. |
Iota Nari Navigation Limited |
143 Tower Road - 1604 Sliema, Malta Número de registro C 38076 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL. |
1.12.2011 |
96. |
ISIM Amin Limited |
147/1 Ste Lucia Street, 1185, La Valette Número de registro C 40069 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL. |
1.12.2011 |
97. |
ISIM Atr Limited |
147/1 Ste Lucia Street, 1185, La Valette Número de registro C 34477 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL. |
1.12.2011 |
98. |
ISIM Olive Limited |
147/1 Ste Lucia Street, 1185, La Valette Número de registro C 34479 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL. |
1.12.2011 |
99. |
ISIM SAT Limited |
147/1 Ste Lucia Street, 1185, La Valette Número de registro C 34476 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
100. |
ISIM Sea Chariot Ltd |
147/1 Ste Lucia Street, 1185, La Valette Número de registro C 45153 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL. |
1.12.2011 |
101. |
ISIM Sea Crescent Ltd |
147/1 Ste Lucia Street, 1185, La Valette Número de registro C 45152 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
102. |
ISIM Sinin Limited |
147/1 Ste Lucia Street, 1185, La Valette Número de registro C 41660 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
103. |
ISIM Taj Mahal Ltd |
147/1 Ste Lucia Street, 1185, La Valette Número de registro C 37437 Número OMI del buque 9274941 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
104. |
ISIM Tour Company Limited |
147/1 Ste Lucia Street, 1185, La Valette Número de registro C 34478 Número OMI del buque 9364112 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL. |
1.12.2011 |
105. |
Jackman Shipping Company |
Dieudonnee No 1., Triq Tumas Fenech, Qormi, 19635-1114 Malta Número de registro C 38183 Número OMI del buque 9387786 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL. |
1.12.2011 |
106. |
Kalan Kish Shipping Company Ltd |
|
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
107. |
Kappa Nari Navigation Ltd |
143 Tower Road - 1604 Sliema, Malta Número de registro C 38066 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
108. |
Kaveri Maritime Incorporation |
Panamá Número de registro 5586832 Número OMI 9284154 |
Sociedad tapadera de la IRISL en Panamá, dependiente o controlada por una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
109. |
Kaveri Shipping Llc |
|
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
110. |
Key Charter Development Ltd |
Room 1601, Workington Tower, 78 Bonham Strand, Sheung Wan, Hong Kong |
Sociedad dependiente o controlada o que actúa en nombre de la IRISL |
1.12.2011 |
111. |
King Prosper Investments Ltd. |
Room 1601, Workington Tower, 78 Bonham Strand, Sheung Wan, Hong Kong Número OMI del buque 8320169 |
Sociedad dependiente o controlada o que actúa en nombre de la IRISL Sociedad tapadera de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
112. |
Kingswood Shipping Company Limited |
171, Old Bakery Street, La Valette Número OMI del buque 9387798 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
113. |
Lambda Nari Navigation Limited |
143 Tower Road - 1604 Sliema, Malta Número de registro C 38064 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
114. |
Lancing Shipping Company limited |
143/1 Tower Road, Sliema Número de registro C 38181 Número OMI del buque 9387803 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
115. |
Magna Carta Limited |
|
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
116. |
Malship Shipping Agency |
Número de registro C 43447 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
117. |
Master Supreme International Ltd |
Room 1601, Workington Tower, 78 Bonham Strand, Sheung Wan, Hong Kong Número OMI del buque 8320133 |
Sociedad dependiente o controlada o que actúa en nombre de la IRISL Sociedad tapadera de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
118. |
Melodious Maritime Incorporation |
47st Bella Vista and Aquilino de la Guardia, Ciudad de Panamá, Panamá Número OMI del buque 9284142 |
Sociedad tapadera de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
119. |
Metro Supreme International Ltd |
Room 1601, Workington Tower, 78 Bonham Strand, Sheung Wan, Hong Kong Número OMI del buque 8309672 |
Sociedad dependiente o controlada o que actúa en nombre de la IRISL Sociedad tapadera de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
120. |
Midhurst Shipping Company Limited (Malta) |
SPC propiedad de Hassan Djalilzaden– Número de registro C38182 Número OMI del buque 9387815 |
Sociedad tapadera de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
121. |
Modality Ltd |
Número de registro C 49549 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
122. |
Modern Elegant Development Ltd |
Room 1601, Workington Tower, 78 Bonham Strand, Sheung Wan, Hong Kong Número OMI del buque 8309701 |
Sociedad dependiente o controlada o que actúa en nombre de la IRISL Sociedad tapadera de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
▼M7 ————— |
||||
124. |
Mount Everest Maritime Incorporation |
Número de registro 5586846 Número OMI del buque 9283019 |
Sociedad tapadera de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
125. |
Narmada Shipping |
Aghadir Building, room 306, Dubai EAU |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
126. |
Newhaven Shipping Company Limited |
Número OMI del buque 9405930 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
▼M23 ————— |
||||
129. |
Oxted Shipping Company Limited |
Dieudonnee No 1., Triq Tumas Fenech, Qormi, 19635-1114 Malta Número de registro C 38783 Número OMI del buque 9405942 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
130. |
Pacific Shipping |
P.O. Box 127137 – Office n.o 334, Sultan Business Center, Oud Mehta, Dubai, EAU |
Actúa por cuenta de la IRISL en Oriente Medio. Es filial de la Azores Shipping Company. Su Director General es Mohammad Moghaddami Fard. En octubre de 2010 estuvo implicada en la creación de sociedades ficticias, cuyos nombres se utilizaron en conocimientos de embarque para eludir las sanciones. Sigue implicada en la programación de buques de la IRISL. |
1.12.2011 |
131. |
Petworth Shipping Company Limited |
Dieudonnee No 1., Triq Tumas Fenech, Qormi, 19635-1114 Malta Número de registro C 38781 Número OMI del buque 9405954 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
▼M23 ————— |
||||
133. |
Prosper Metro Investments Ltd. |
Room 1601, Workington Tower, 78 Bonham Strand, Sheung Wan, Hong Kong Número OMI del buque 8320145 |
Sociedad dependiente o controlada o que actúa en nombre de la IRISL Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
134. |
Reigate Shipping Companylimited |
Dieudonnee No 1., Triq Tumas Fenech, Qormi, 19635-1114 Malta Número de registro C 38782 Número OMI del buque 9405978 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
135. |
Rishi Maritime Incorporation |
Número de registro 5586850 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
136. |
Seibow Logistics Limited (alias Seibow Limited) |
111 Futura Plaza, How Ming Street, Kwun Tong, Hong Kong Número de registro 92630 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
137. |
Shine Star Limited |
|
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
138. |
Silver Universe International Ltd |
Room 1601, Workington Tower, 78 Bonham Strand, Sheung Wan, Hong Kong Número OMI del buque 8320157 |
Sociedad dependiente o controlada o que actúa en nombre de la IRISL Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
139. |
Sinose Maritime |
200 Middle Road 14-03/04, Prime Centre, Singapur 188980 |
Oficina principal de la IRISL en Singapur que actúa como agente exclusivo de Asia Marine Network. Actúa para HDSL en Singapur |
1.12.2011 |
140. |
Sparkle Brilliant Development Limited |
Room 1601, Workington Tower, 78 Bonham Strand, Sheung Wan, Hong Kong Número OMI del buque 8320171 |
Sociedad dependiente o controlada o que actúa en nombre de la IRISL Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
141. |
Statira Maritime Incorporation |
|
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
▼M4 ————— |
||||
143. |
Tamalaris Consolidated Ltd |
P.O. Box 3321, Drake Chambers, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
144. |
TEU Feeder Limited |
143/1 Tower Road, Sliema Número de registro C44939 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
145. |
Theta Nari Navigation |
143 Tower Road - 1604 Sliema, Malta Número de registro C 38070 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
146. |
Top Glacier Company Limited |
|
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
147. |
Top Prestige Trading Limited |
|
Société écran de l’IRISL, détenue ou contrôlée par IRISL ou une filiale d’IRISL |
1.12.2011 |
148. |
Tulip Shipping Inc |
|
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
149. |
Western Surge Shipping Companylimited (Chipre) |
|
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
150. |
Wise Ling Shipping Company Limited |
|
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL. Es propietaria de un buque perteneciente a la IRISL o a una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
151. |
Zeta Neri Navigation |
143 Tower Road - 1604 Sliema, Malta Número de registro C 38069 |
Sociedad tapadera de la IRISL, dependiente o controlada por la IRISL o una filial de la IRISL |
1.12.2011 |
152. |
BIIS Maritime Limited |
Dirección postal: 147/1 Sta. Lucía, La Valletta, Malta |
Propiedad o bajo control de la empresa designada Irano Hind |
23.1.2012 |
153. |
Darya Delalan Sefid Khazar Shipping Company (Irán) (alias Khazar Sea Shipping Lines o Darya-ye Khazar Shipping Company o Khazar Shipping Co. o KSSL o Daryaye Khazar (Mar Caspio) Co. o Darya-e-khazar shipping Co. |
Dirección postal: Calle M. Khomeini, Ghazian, Bandar Anzil, Gilan, IránCalle Shahid Mostafa Khomeini final, no 1., Plaza Tohid, Bandar Anzali, 1711-324, Irán |
Propiedad o bajo control de la IRISL |
23.1.2012 |
154. |
██████ ██████ |
██████ ██████ |
██████ |
██████ |
155. |
██████ |
██████ ██████ |
██████ |
██████ |
156. |
Islamic Republic of Iran Shipping Lines (IRISL) (Compañía Naviera de la República Islámica de Irán) |
No 37, Aseman Tower (Sky Tower), Sayyade Shirazee Square, Pasdaran Ave., PO Box 19395-1311, Teherán. Irán; IRISL IMO Nrs: 9051624; 9465849; 7632826; 7632814; 9465760; 8107581; 9226944; 7620550; 9465863; 9226956; 7375363; 9465758; 9270696; 9193214; 8107579; 9193197; 8108559; 8105284; 9465746; 9346524; 9465851; 8112990 |
IRISL ha estado implicada en el transporte marítimo de material relacionado con armas de Irán en infracción del apartado 5 de la Resolución 1747(2007) del CSNU. Tres claras infracciones fueron señaladas al Comité de sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en 2009. |
27.11.2013 |
157. |
Busher Shipping Company Limited (también conocida como Bimeh Iran) |
143/1 Tower Road Sliema, Slm 1604, Malta; Registro no C 37422; c/o Hafiz Darya Shipping Company, no 60, Ehteshamiyeh Square, 7th Neyestan Street, Pasdaran Avenue, Teherán, Irán; IMO Nr. 9270658 |
Busher Shipping Company Limited pertenece a IRISL. |
27.11.2013 |
158. |
Hafiz Darya Shipping Lines (HDSL) también conocida como HDS Lines) |
No 60, Ehteshamiyeh Square, 7th Neyestan Street, Pasdaran Avenue, Teherán, Irán. |
HDSL ha asumido la función de titular beneficiario de una serie de buques de IRISL. En consecuencia, HDSL está actuando en nombre de IRISL. |
27.11.2013 |
159. |
Irano Misr Shipping Company (también conocida como Nefertiti Shipping) |
6, El Horeya Rd., El Attarein, Alejandría, Egipto; Inside Damietta Port, New Damietta City, Damietta, Egipto; 403, El Nahda St., Port Said, Port Said, Egipto. |
Como agente de IRISL en Egipto, Irano Misr Shipping Company proporciona servicios esenciales a IRISL. |
27.11.2013 |
160. |
Irinvestship Ltd |
10 Greycoat Place, Londres SW1P 1SB, Reino Unido; Registro de la Compañía no # 41101 79 |
Irinvestship Ltd pertenece a IRISL. |
27.11.2013 |
161. |
IRISL (Malta) Ltd |
Flat 1, 143 Tower Road, Sliema SLM 1604, Malta; Registro no C 33735 |
IRISL (Malta) Ltd pertenece mayoritariamente a IRISL, a través de IRISL Europe GmbH, que a su vez pertenece a IRISL. En consecuencia, IRISL Malta Ltd está bajo control de IRISL. |
27.11.2013 |
162. |
IRISL Europe GmbH (Hamburg) |
Schottweg 5, 22087 Hamburgo, Alemania; Número de IVA DE217283818 Registro no HRB 81573 |
IRISL Europe GmbH (Hamburg)pertenece a IRISL. |
27.11.2013 |
163. |
IRISL Marine Services and Engineering Company) |
Sarbandar Gas Station, PO Box 199, Bandar Imam Khomeini, Irán; Karim Khan Zand Avenue (o: Karimkhan Avenue), Iran Shahr Shomai (o: Northern Iranshahr Street), n o221, Teherán, Irán; Shahaid Rajaee Port Road, Kilometer of 8, Before Tavanir Power Station, Bandar Abbas, Irán. |
IRISL Marine Services y Engineering Company son controladas por IRISL. |
27.11.2013 |
164. |
ISI Maritime Limited (Malta) |
147/1 St. Lucia Street, La Valeta, Vlt 1185, Malta; Registro no C 28940 c/o IranoHind Shipping Co. Ltd., Mehrshad Street, Sedaghat St., opp. Park Mellat vali-e-asr Ave., Teherán, Irán |
ISI Maritime Limited (Malta) pertenece íntegramente a Irano Hind Shipping Company, que a su vez pertenece mayoritariamente a IRISL. En consecuencia, ISI Maritime Limited (Malta) está bajo control de IRISL. La ONU considera que Irano Hind Shipping Company pertenece a, está bajo control o actúa en nombre de IRISL. |
27.11.2013 |
165. |
Khazar Shipping Lines (Bandar Anzali) |
End of Shahid Mostafa, Khomeini St., Tohid Square, Bandar Anzali 1711-324, Irán, P.O. Box 43145. |
Khazar Shipping Lines pertenece a IRISL. |
27.11.2013 |
166. |
Marble Shipping Limited (Malta) |
143/1 Tower Road, Sliema, Slm 1604, Malta; Registro no C 41949 |
Marble Shipping Limited (Malta) pertenece a IRISL. |
27.11.2013 |
167. |
Safiran Payam Darya (SAPID) Shipping Company (también conocida como Safiran Payam Darya Shipping Lines, SAPID Shipping Company) |
33241 - Narenjestan 8th ST, Artesh Blvd, Aghdasieh, PO Box 19635-1116, Teherán, Irán. |
Safiran Payam Darya (SAPID) ha asumido la función de titular beneficiario de una serie de buques de IRISL. En consecuencia, está actuando en nombre de IRISL. |
27.11.2013 |
168. |
Shipping Computer Services Company (SCSCOL) |
No 37, Asseman, Shahid Sayyad Shirazees Ave, P.O. Box 1587553-1351, Teherán, Irán. |
Shipping Computer Services Company está controlada por IRISL. |
27.11.2013 |
169. |
Soroush Saramin Asatir (SSA) (también conocida como Soroush Sarzamin Asatir Ship Management Company, Rabbaran Omid Darya Ship Management Company, Sealeaders) |
No 14 (alt. 5), Shabnam Alley, Fajr Street, Shahid Motahhari Avenue, PO Box 196365-1114, Teherán, Irán. |
Soroush Saramin Asatir (SSA) gestiona y administra una serie de buques de IRISL. En consecuencia, actúa en nombre de IRISL y le proporciona servicios esenciales. |
27.11.2013 |
170. |
South Way Shipping Agency Co. Ltd (también conocida como Hoopad Darya Shipping Agent) |
Hoopad Darya Shipping Agency Company, no 101, Shabnam Alley, Ghaem Magham Street, Teherán, Irán; Bandar Abbas Branch: Hoopad Darya Shipping Agency building, Imam Khomeini Blvd, Bandar Abbas, Irán; Imam Khomieni Branch: Hoopad Darya Shipping Agency building B.I.K. port complex, Bandar Imam Khomeini, Irán; Khorramshahr Branch: Flat no.2-2nd floor, SSL Building, Coastal Blvd, between City Hall and Post Office, Khorramshahr, Irán; Assaluyeh Branch: Opposite to city post office, no.2 telecommunication center, Bandar Assaluyeh, Irán; Chabahar Branch: No hay dirección disponible; Bushehr Branch: No hay dirección disponible. |
South Way Shipping Agency Co Ltd administra las operaciones de terminales de contenedores en Irán y ofrece servicios de personal de flota en Bandar Abbas, en nombre de IRISL. En consecuencia, South Way Shipping Agency Co Ltd está actuando en nombre de IRISL. |
27.11.2013 |
171. |
Valfajr 8th Shipping Line (también conocida como Valjafr 8th Shipping Line, Valfajr) |
No 119, Corner Shabnam Alley, Shoaa Square, Ghaem Magam Farahani, Teherán, Irán P.O. Box 15875/4155 Abyar Alley, Corner of Shahid Azodi St. & Karim Khan Zand Ave., Teherán, Irán; Shahid Azodi St., Karim Khan Zand Ave., Abiar Alley, PO Box 4155, Teherán, Irán. |
Valfajr 8th Shipping Line pertenece a IRISL. |
27.11.2013 |
ANEXO III
Lista de personas a que se refiere el artículo 19, apartado 1, letra d), y de personas y entidades a que se refiere el artículo 20, apartado 1, letra d)
Personas
Entidades.
ANEXO IV
Lista de personas a que se refiere el artículo 19, apartado 1, letra e), y de personas y entidades a que se refiere el artículo 20, apartado 1, letra e)
Personas
Entidades.
ANEXO V
LISTA DE PERSONAS Y ENTIDADES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 26, APARTADO 4
1. |
AGHA-JANI, Dawood |
2. |
ALAI, Amir Moayyed |
3. |
ASGARPOUR, Behman |
4. |
ASHIANI, Mohammad Fedai |
5. |
ASHTIANI, Abbas Rezaee |
6. |
ORGANIZACIÓN DE ENERGÍA ATÓMICA DE IRÁN (AEOI) |
7. |
BAKHTIAR, Haleh |
8. |
BEHZAD, Morteza |
9. |
CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y PRODUCCIÓN DE COMBUSTIBLE NUCLEAR DE ISFAHÁN (NFRPC) Y CENTRO DE TECNOLOGÍA NUCLEAR DE ISFAHÁN (ENTC) |
10. |
FIRST EAST EXPORT BANK, P.L.C.: |
11. |
HOSSEINI, Seyyed Hussein |
12. |
IRANO HIND SHIPPING COMPANY |
13. |
IRISL BENELUX NV |
14. |
JABBER IBN HAYAN |
15. |
CENTRO DE INVESTIGACIÓN NUCLEAR DE KARAJ |
16. |
EMPRESA KAVOSHYAR |
17. |
LEILABADI, Ali Hajinia |
18. |
EMPRESA DE ENERGÍA MESBAH |
19. |
MODERN INDUSTRIES TECHNIQUE COMPANY |
20. |
MOHAJERANI, Hamid-Reza |
21. |
MOHAMMADI, Jafar |
22. |
MONAJEMI, Ehsan |
23. |
NOBARI, Houshang |
24. |
NOVIN ENERGY COMPANY |
25. |
CENTRO DE INVESTIGACIÓN NUCLEAR PARA LA AGRICULTURA Y LA MEDICINA |
26. |
EMPRESA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS PARS |
27. |
PISHGAM (PIONEER) ENERGY INDUSTRIES COMPANY |
28. |
QANNADI, Mohammad |
29. |
RAHIMI, Amir |
30. |
RAHIQI, Javad |
31. |
RASHIDI, Abbas |
32. |
SABET, M. Javad Karimi |
33. |
SAFDARI, Seyed Jaber |
34. |
SOLEYMANI, Ghasem |
35. |
SOUTH SHIPPING LINE IRAN (SSL) |
36. |
COMPAÑÍA TAMAS. |
37. |
BANCO SEPAH Y BANCO SEPAH INTERNATIONAL. |
ANEXO VI
LISTA DE PERSONAS Y ENTIDADES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 26, APARTADO 5
1. |
ACENA SHIPPING COMPANY LIMITED |
2. |
ADVANCE NOVEL |
3. |
AGHAJARI OIL & GAS PRODUCTION COMPANY |
4. |
AGHAZADEH, Reza |
5. |
AHMADIAN, Mohammad |
6. |
AKHAVAN-FARD, Massoud |
7. |
ALPHA EFFORT LTD |
8. |
ALPHA KARA NAVIGATION LIMITED |
9. |
ALPHA KARA NAVIGATION LIMITED |
10. |
ARIAN BANK |
11. |
AGHAJARI OIL & GAS PRODUCTION COMPANY |
12. |
ASHTEAD SHIPPING COMPANY LTD |
13. |
ASPASIS MARINE CORPORATION |
14. |
ASSA CORPORATION |
15. |
ASSA CORPORATION LTD |
16. |
ATLANTIC INTERMODAL |
17. |
AVRASYA CONTAINER SHIPPING LINES |
18. |
AZARAB INDUSTRIES |
19. |
AZORES SHIPPING COMPANY ALIAS AZORES SHIPPING FZE LLC |
20. |
BANCO INTERNACIONAL DE DESARROLLO CA |
21. |
BANK KARGOSHAE |
22. |
BANK MELLAT |
23. |
BANK MELLI IRAN INVESTMENT COMPANY |
24. |
BANK MELLI IRAN ZAO |
25. |
BANK MELLI PRINTING AND PUBLISHING COMPANY |
26. |
BANK MELLI, |
27. |
BANK OF INDUSTRY AND MINE |
28. |
BANK REFAH KARGARAN |
29. |
BANK TEJARAT |
30. |
BEST PRECISE LTD |
31. |
BETA KARA NAVIGATION LTD |
32. |
BIIS MARITIME LIMITED |
33. |
BIS MARITIME LIMITED |
34. |
BONAB RESEARCH CENTER |
35. |
BRAIT HOLDING SA |
36. |
BRIGHT JYOTI SHIPPING |
37. |
BRIGHT SHIP FZC |
38. |
BUSHEHR SHIPPING COMPANY LIMITED |
39. |
BYFLEET SHIPPING COMPANY LTD |
40. |
CEMENT INVESTMENT AND DEVELOPMENT COMPANY |
41. |
CENTRAL BANK OF IRAN |
42. |
CHAPLET SHIPPING LIMITED |
43. |
COBHAM SHIPPING COMPANY LTD |
44. |
CONCEPT GIANT LTD |
45. |
COOPERATIVE DEVELOPMENT BANK |
46. |
CRYSTAL SHIPPING FZE |
47. |
DAJMAR, Mohammad Hossein |
48. |
DAMALIS MARINE CORPORATION |
49. |
DARYA CAPITAL ADMINISTRATION GMBH |
50. |
DARYA DELALAN SEFID KHAZAR SHIPPING COMPANY |
51. |
DELTA KARA NAVIGATION LTD |
52. |
DELTA NARI NAVIGATION LTD |
53. |
DIAMOND SHIPPING SERVICES |
54. |
DORKING SHIPPING COMPANY LTD |
55. |
EAST OIL & GAS PRODUCTION COMPANY |
56. |
EDBI EXCHANGE COMPANY |
57. |
EDBI STOCK BROKERAGE COMPANY |
58. |
EFFINGHAM SHIPPING COMPANY LTD |
59. |
EIGHTH OCEAN ADMINISTRATION GMBH |
60. |
EIGHTH OCEAN GMBH & CO. KG |
61. |
ELBRUS LTD |
62. |
ELCHO HOLDING LTD |
63. |
ELEGANT TARGET DEVELOPMENT LIMITED |
64. |
ELEVENTH OCEAN ADMINISTRATION GMBH |
65. |
ELEVENTH OCEAN GMBH & CO. KG |
66. |
EMKA COMPANY |
67. |
EPSILON NARI NAVIGATION LTD |
68. |
E-SAIL A.K.A.E-SAIL SHIPPING COMPANY |
69. |
ETA NARI NAVIGATION LTD |
70. |
ETERNAL EXPERT LTD. |
71. |
EUROPÄISCH-IRANISCHE HANDELSBANK |
72. |
EXPORT DEVELOPMENT BANK OF IRAN |
73. |
FAIRWAY SHIPPING |
74. |
FAQIHIAN, Dr Hoseyn |
75. |
FARNHAM SHIPPING COMPANY LTD |
76. |
FASIRUS MARINE CORPORATION |
77. |
FATSA |
78. |
FIFTEENTH OCEAN ADMINISTRATION GMBH |
79. |
FIFTEENTH OCEAN GMBH & CO. KG |
80. |
FIFTEENTH OCEAN ADMINISTRATION GMBH |
81. |
FIFTEENTH OCEAN GMBH & CO. KG |
82. |
FIRST ISLAMIC INVESTMENT BANK |
83. |
FIRST OCEAN ADMINISTRATION GMBH |
84. |
FIRST OCEAN GMBH & CO. KG |
85. |
FIRST PERSIAN EQUITY FUND |
86. |
FOURTEENTH OCEAN ADMINISTRATION GMBH |
87. |
FOURTEENTH OCEAN GMBH & CO. KG |
88. |
FOURTH OCEAN ADMINISTRATION GMBH |
89. |
FOURTH OCEAN GMBH & CO. KG |
90. |
FUTURE BANK BSC |
91. |
GACHSARAN OIL & GAS COMPANY |
92. |
GALLIOT MARITIME INCORPORATION |
93. |
GAMMA KARA NAVIGATION LTD |
94. |
GIANT KING LIMITED |
95. |
GOLDEN CHARTER DEVELOPMENT LTD. |
96. |
GOLDEN SUMMIT INVESTMENTS LTD. |
97. |
GOLDEN WAGON DEVELOPMENT LTD. |
98. |
GOLPARVAR, Gholam Hossein |
99. |
GOMSHALL SHIPPING COMPANY LTD |
100. |
GOOD LUCK SHIPPING COMPANY LLC |
101. |
GRAND TRINITY LTD. |
102. |
GREAT EQUITY INVESTMENTS LTD. |
103. |
GREAT METHOD LTD |
104. |
GREAT PROSPECT INTERNATIONAL LTD. |
105. |
HAFIZ DARYA SHIPPING LINES |
106. |
HARVEST SUPREME LTD. |
107. |
HARZARU SHIPPING |
108. |
HELIOTROPE SHIPPING LIMITED |
109. |
HELIX SHIPPING LIMITED |
110. |
HK INTERTRADE COMPANY LTD |
111. |
HONG TU LOGISTICS PRIVATE LIMITED |
112. |
HORSHAM SHIPPING COMPANY LTD |
113. |
IFOLD SHIPPING COMPANY LIMITED |
114. |
INDUS MARITIME INCORPORATION |
115. |
INDUSTRIAL DEVELOPMENT & RENOVATION ORGANIZATION |
116. |
INSIGHT WORLD LTD |
117. |
INTERNATIONAL SAFE OIL |
118. |
IOTA NARI NAVIGATION LIMITED |
119. |
IRAN FUEL CONSERVATION ORGANIZATION |
120. |
IRAN INSURANCE COMPANY |
121. |
IRANIAN OFFSHORE ENGINEERING & CONSTRUCTION CO |
122. |
IRANIAN OIL COMPANY LIMITED |
123. |
IRANIAN OIL PIPELINES AND TELECOMMUNICATIONS COMPANY (IOPTC) |
124. |
IRANIAN OIL TERMINALS COMPANY |
125. |
IRANO MISR SHIPPING COMPANY |
126. |
IRINVESTSHIP LTD |
127. |
IRISL (MALTA) LTD |
128. |
IRISL EUROPE GMBH |
129. |
IRISL MARINE SERVICES AND ENGINEERING COMPANY |
130. |
IRISL MARITIME TRAINING INSTITUTE |
131. |
IRITAL SHIPPING SRL |
132. |
ISI MARITIME LIMITED |
133. |
ISIM AMIN LIMITED |
134. |
ISIM ATR LIMITED |
135. |
ISIM OLIVE LIMITED |
136. |
ISIM SAT LIMITED |
137. |
ISIM SEA CHARIOT LTD |
138. |
ISIM SEA CRESCENT LTD |
139. |
ISIM SININ LIMITED |
140. |
ISIM TAJ MAHAL LTD |
141. |
ISIM TOUR COMPANY LIMITED |
142. |
ISLAMIC REPUBLIC OF IRAN SHIPPING LINES (IRISL) (COMPAÑÍA NAVIERA DE LA REPÚBLICA ISLÁMICA DE IRÁN) |
143. |
JACKMAN SHIPPING COMPANY |
144. |
KALA NAFT |
145. |
KALAN KISH SHIPPING COMPANY LTD |
146. |
KAPPA NARI NAVIGATION LTD |
147. |
KARA SHIPPING AND CHARTERING GMBH |
148. |
KAROON OIL & GAS PRODUCTION COMPANY |
149. |
KAVERI MARITIME INCORPORATION |
150. |
KAVERI SHIPPING LLC |
151. |
KEY CHARTER DEVELOPMENT LTD. |
152. |
KHALILIPOUR, Said Esmail |
153. |
KHANCHI, Ali Reza |
154. |
KHAZAR EXPL & PROD CO |
155. |
KHAZAR SHIPPING LINES |
156. |
KHEIBAR COMPANY |
157. |
KING PROSPER INVESTMENTS LTD. |
158. |
KINGDOM NEW LTD |
159. |
KINGSWOOD SHIPPING COMPANY LIMITED |
160. |
KISH SHIPPING LINE MANNING COMPANY |
161. |
LAMBDA NARI NAVIGATION LIMITED |
162. |
LANCING SHIPPING COMPANY LIMITED |
163. |
LOGISTIC SMART LTD |
164. |
LOWESWATER LTD |
165. |
MACHINE SAZI ARAK |
166. |
MAGNA CARTA LIMITED |
167. |
MALSHIP SHIPPING AGENCY |
168. |
MARBLE SHIPPING LIMITED |
169. |
MAROUN OIL & GAS COMPANY |
170. |
MASJED-SOLEYMAN OIL & GAS COMPANY |
171. |
MASTER SUPREME INTERNATIONAL LTD. |
172. |
MAZANDARAN CEMENT COMPANY |
173. |
MEHR CAYMAN LTD. |
174. |
MELLAT BANK SB CJSC |
175. |
MELLI AGROCHEMICAL COMPANY PJS |
176. |
MELLI BANK PLC |
177. |
MELLI INVESTMENT HOLDING INTERNATIONAL |
178. |
MELODIOUS MARITIME INCORPORATION |
179. |
METRO SUPREME INTERNATIONAL LTD. |
180. |
MIDHURST SHIPPING COMPANY LIMITED (MALTA) |
181. |
MILL DENE LTD |
182. |
MINISTRY OF ENERGY |
183. |
MINISTRY OF PETROLEUM |
184. |
MODALITY LTD |
185. |
MODERN ELEGANT DEVELOPMENT LTD. |
186. |
MOUNT EVEREST MARITIME INCORPORATION |
187. |
NAFTIRAN INTERTRADE COMPANY |
188. |
NAFTIRAN INTERTRADE COMPANY SRL |
189. |
NAMJOO, Majid |
190. |
NARI SHIPPING AND CHARTERING GMBH & CO. KG |
191. |
NARMADA SHIPPING |
192. |
NATIONAL IRANIAN DRILLING COMPANY |
193. |
NATIONAL IRANIAN GAS COMPANY |
194. |
NATIONAL IRANIAN OIL COMPANY |
195. |
NATIONAL IRANIAN OIL COMPANY NEDERLAND (A.K.A.: NIOC NETHERLANDS REPRESENTATION OFFICE) |
196. |
NATIONAL IRANIAN OIL COMPANY PTE LTD |
197. |
NATIONAL IRANIAN OIL COMPANY, INTERNATIONAL AFFAIRS LIMITED |
198. |
NATIONAL IRANIAN OIL ENGINEERING AND CONSTRUCTION COMPANY (NIOEC) |
199. |
NATIONAL IRANIAN OIL PRODUCTS DISTRIBUTION COMPANY (NIOPDC) |
200. |
NATIONAL IRANIAN OIL REFINING AND DISTRIBUTION COMPANY |
201. |
NATIONAL IRANIAN TANKER COMPANY |
202. |
NEUMAN LTD |
203. |
NEW DESIRE LTD |
204. |
NEW SYNERGY |
205. |
NEWHAVEN SHIPPING COMPANY LIMITED |
206. |
NINTH OCEAN ADMINISTRATION GMBH |
207. |
NINTH OCEAN GMBH & CO. KG |
208. |
NOOR AFZA GOSTAR |
209. |
NORTH DRILLING COMPANY |
210. |
NUCLEAR FUEL PRODUCTION AND PROCUREMENT COMPANY |
211. |
OCEAN CAPITAL ADMINISTRATION GMBH |
212. |
OCEAN EXPRESS AGENCIES PRIVATE LIMITED |
213. |
ONERBANK ZAO |
214. |
OXTED SHIPPING COMPANY LIMITED |
215. |
PACIFIC SHIPPING |
216. |
PARS SPECIAL ECONOMIC ENERGY ZONE |
217. |
PARTNER CENTURY LTD |
218. |
PEARL ENERGY COMPANY LTD |
219. |
PEARL ENERGY SERVICES, SA |
220. |
PERSIA INTERNATIONAL BANK PLC |
221. |
PETRO SUISSE |
222. |
PETROIRAN DEVELOPMENT COMPANY LTD |
223. |
PETROLEUM ENGINEERING & DEVELOPMENT COMPANY |
224. |
PETROPARS INTERNATIONAL FZE |
225. |
PETROPARS IRAN COMPANY |
226. |
PETROPARS LTD. |
227. |
PETROPARS OILFIELD SERVICES COMPANY |
228. |
PETROPARS UK LIMITED |
229. |
PETWORTH SHIPPING COMPANY LIMITED |
230. |
POST BANK OF IRAN |
231. |
POWER PLANTS' EQUIPMENT MANUFACTURING COMPANY (SAAKHTE TAJHIZATE NIROOGAHI) |
232. |
PROSPER METRO INVESTMENTS LTD. |
233. |
RASTKHAH, Ingeniero Naser |
234. |
REIGATE SHIPPING COMPANY LIMITED |
235. |
RESEARCH INSTITUTE OF NUCLEAR SCIENCE & TECHNOLOGY |
236. |
REZVANIANZADEH, Mohammad Reza |
237. |
RISHI MARITIME INCORPORATION |
238. |
SACKVILLE HOLDINGS LTD |
239. |
SAFIRAN PAYAM DARYA SHIPPING COMPANY |
240. |
SALEHI, Ali Akbar |
241. |
SANFORD GROUP |
242. |
SANTEXLINES |
243. |
SECOND OCEAN ADMINISTRATION GMBH |
244. |
SECOND OCEAN GMBH & CO. KG |
245. |
SEIBOW LOGISTICS LIMITED |
246. |
SEVENTH OCEAN ADMINISTRATION GMBH |
247. |
SEVENTH OCEAN GMBH & CO. KG |
248. |
SHALLON LTD |
249. |
SHEMAL CEMENT COMPANY |
250. |
SHINE STAR LIMITED |
251. |
SHIPPING COMPUTER SERVICES COMPANY |
252. |
SILVER UNIVERSE INTERNATIONAL LTD. |
253. |
SINA BANK |
254. |
SINO ACCESS HOLDINGS |
255. |
SINOSE MARITIME |
256. |
SISCO SHIPPING COMPANY LTD |
257. |
SIXTEENTH OCEAN ADMINISTRATION GMBH |
258. |
SIXTEENTH OCEAN GMBH & CO. KG |
259. |
SIXTH OCEAN ADMINISTRATION GMBH |
260. |
SIXTH OCEAN GMBH & CO. KG |
261. |
SMART DAY HOLDINGS LTD |
262. |
SOLTANI, Behzad |
263. |
SORINET COMMERCIAL TRUST (SCT) |
264. |
SOROUSH SARAMIN ASATIR |
265. |
SOUTH WAY SHIPPING AGENCY CO. LTD |
266. |
SOUTH ZAGROS OIL & GAS PRODUCTION COMPANY |
267. |
SPARKLE BRILLIANT DEVELOPMENT LIMITED |
268. |
SPRINGTHORPE LIMITED |
269. |
STATIRA MARITIME INCORPORATION |
270. |
SUREH (NUCLEAR REACTORS FUEL COMPANY) |
271. |
SYSTEM WISE LTD |
272. |
TAMALARIS CONSOLIDATED LTD |
273. |
TENTH OCEAN ADMINISTRATION GMBH |
274. |
TENTH OCEAN GMBH & CO. KG |
275. |
TEU FEEDER LIMITED |
276. |
THETA NARI NAVIGATION |
277. |
THIRD OCEAN ADMINISTRATION GMBH |
278. |
THIRD OCEAN GMBH & CO. KG |
279. |
THIRTEENTH OCEAN ADMINISTRATION GMBH |
280. |
THIRTEENTH OCEAN GMBH & CO. KG |
281. |
TOP GLACIER COMPANY LIMITED |
282. |
TOP PRESTIGE TRADING LIMITED |
283. |
TRADE CAPITAL BANK |
284. |
TRADE TREASURE |
285. |
TRUE HONOUR HOLDINGS LTD |
286. |
TULIP SHIPPING INC |
287. |
TWELFTH OCEAN ADMINISTRATION GMBH |
288. |
TWELFTH OCEAN GMBH & CO. KG |
289. |
UNIVERSAL TRANSPORTATION LIMITATION UTL |
290. |
VALFAJR 8TH SHIPPING LINE |
291. |
WEST OIL & GAS PRODUCTION COMPANY |
292. |
WESTERN SURGE SHIPPING COMPANY LIMITED |
293. |
WISE LING SHIPPING COMPANY LIMITED |
294. |
ZANJANI, Babak |
295. |
ZETA NERI NAVIGATION. |
( 1 ) DO L 134 de 29.5.2009, p. 1.