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Document 02006D0410-20081216

    Consolidated text: Decisión de la Comisión de 24 de mayo de 2006 por la que se fijan los importes que, en aplicación del artículo 10, apartado 2, del artículo 143 quinquies y del artículo 143 sexies del Reglamento (CE) n o 1782/2003 del Consejo, del artículo 4, apartado 1, del Reglamento (CE) n o 378/2007 del Consejo, y del artículo 23, apartado 2, del Reglamento (CE) n o 479/2008 del Consejo, se ponen a disposición del Feader y los importes que se ponen a disposición del Feaga (2006/410/CE)

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2006/410/2008-12-16

    2006D0410 — ES — 16.12.2008 — 003.001


    Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones

    ►B

    ►M2  DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de 24 de mayo de 2006

    por la que se fijan los importes que, en aplicación del artículo 10, apartado 2, del artículo 143 quinquies y del artículo 143 sexies del Reglamento (CE) no 1782/2003 del Consejo, del artículo 4, apartado 1, del Reglamento (CE) no 378/2007 del Consejo, y del artículo 23, apartado 2, del Reglamento (CE) no 479/2008 del Consejo, se ponen a disposición del Feader y los importes que se ponen a disposición del Feaga ◄

    (2006/410/CE)

    (DO L 163, 15.6.2006, p.10)

    Modificado por:

     

     

    Diario Oficial

      No

    page

    date

     M1

    DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 22 de octubre de 2007

      L 280

    27

    24.10.2007

    ►M2

    DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 3 de octubre de 2008

      L 271

    41

    11.10.2008

    ►M3

    DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 16 de diciembre de 2008

      L 338

    67

    17.12.2008




    ▼B

    ►M2  DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de 24 de mayo de 2006

    por la que se fijan los importes que, en aplicación del artículo 10, apartado 2, del artículo 143 quinquies y del artículo 143 sexies del Reglamento (CE) no 1782/2003 del Consejo, del artículo 4, apartado 1, del Reglamento (CE) no 378/2007 del Consejo, y del artículo 23, apartado 2, del Reglamento (CE) no 479/2008 del Consejo, se ponen a disposición del Feader y los importes que se ponen a disposición del Feaga ◄

    (2006/410/CE)



    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005, sobre la financiación de la política agrícola común ( 1 ), y, en particular, su artículo 12, apartados 2 y 3,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El artículo 10 del Reglamento (CE) no 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores ( 2 ), establece el método que permite calcular los importes netos de modulación que van a ponerse a disposición del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). El artículo 143 quinquies y el artículo 143 sexies de dicho Reglamento determinan los importes que se transfieren al FEADER en favor de la reestructuración de las regiones productoras de algodón o de tabaco.

    (2)

    Los importes máximos anuales de los gastos correspondientes al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) antes de las transferencias al FEADER para el período que va hasta el 2013 figuran en el anexo I del Acuerdo interinstitucional sobre el marco financiero 2007-2013 ( 3 ).

    (3)

    Los importes que se pondrán a disposición del FEADER y el saldo neto disponible para los gastos del FEAGA deben fijarse sobre la base de los importes máximos anuales correspondientes a los ejercicios presupuestarios 2007-2013.

    DECIDE:



    ▼M2

    Artículo único

    En el anexo de la presente Decisión se indican los importes puestos a disposición del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) para los ejercicios presupuestarios 2007 a 2013 en aplicación del artículo 10, apartado 2, del artículo 143 quinquies y del artículo 143 sexies del Reglamento (CE) no 1782/2003, del artículo 4, apartado 1, del Reglamento (CE) no 378/2007, y del artículo 23, apartado 2, del Reglamento (CE) no 479/2008, así como el saldo neto disponible para los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga).

    ▼M3




    ANEXO



    (millones de EUR)

    Ejercicio

    Importes que se ponen a disposición del FEADER

    Saldo neto disponible para los gastos del FEAGA

    Artículo 10.2 del Reglamento (CE) no 1782/2003

    Artículo 143 quinquies del Reglamento (CE) no 1782/2003

    Artículo 143 sexies del Reglamento (CE) no 1782/2003

    Artículo 4.1 del Reglamento (CE) no 378/2007

    Artículo 23.2 del Reglamento (CE) no 479/2008

    2007

    984

    22

     
     
     

    44 753

    2008

    1 241

    22

     

    362

     

    44 592

    2009

    1 305,7

    22

     

    424

    40,66

    44 886,64

    2010

    1 310,8

    22

     

    506

    82,11

    45 225,09

    2011

    1 290,8

    22

    484

    516,3

    122,61

    45 181,29

    2012

    1 292,3

    22

    484

    522,4

    122,61

    45 649,69

    2013

    1 293

    22

    484

    522,4

    122,61

    46 129,99



    ( 1 ) DO L 209 de 11.8.2005, p. 1. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) no 320/2006 (DO L 58 de 28.2.2006, p. 42).

    ( 2 ) DO L 270 de 21.10.2003, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 319/2006 (DO L 58 de 28.2.2006, p. 32).

    ( 3 ) No publicado aún en el Diario Oficial.

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