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Document 32019R0023
Commission Implementing Regulation (EU) 2019/23 of 7 January 2019 amending Council Regulation (EC) No 1210/2003 concerning certain specific restrictions on economic and financial relations with Iraq
Reglamento de Ejecución (UE) 2019/23 de la Comisión, de 7 de enero de 2019, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.° 1210/2003 del Consejo relativo a determinadas restricciones específicas aplicables a las relaciones económicas y financieras con Irak
Reglamento de Ejecución (UE) 2019/23 de la Comisión, de 7 de enero de 2019, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.° 1210/2003 del Consejo relativo a determinadas restricciones específicas aplicables a las relaciones económicas y financieras con Irak
C/2019/75
DO L 5 de 8.1.2019, p. 1–2
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
8.1.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 5/1 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2019/23 DE LA COMISIÓN
de 7 de enero de 2019
por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 1210/2003 del Consejo relativo a determinadas restricciones específicas aplicables a las relaciones económicas y financieras con Irak
LA COMISIÓN EUROPEA
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1210/2003 del Consejo, de 7 de julio de 2003, relativo a determinadas restricciones específicas aplicables a las relaciones económicas y financieras con Irak y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 2465/96 del Consejo (1), y en particular su artículo 11, letra b),
Considerando lo siguiente:
(1) |
En el anexo III del Reglamento (CE) n.o 1210/2003 figura la lista de organismos públicos, sociedades e instituciones, así como personas físicas y jurídicas, entidades y organismos asociados del anterior gobierno de Irak, a los que afecta el bloqueo de capitales y recursos económicos ubicados fuera de Irak a 22 de mayo de 2003 establecido en dicho Reglamento. |
(2) |
El 27 de diciembre de 2018, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió suprimir una entrada de su lista de personas o entidades a las que afecta el bloqueo de capitales y recursos económicos. |
(3) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo III del Reglamento (CE) n.o 1210/2003. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo III del Reglamento (CE) n.o 1210/2003 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 7 de enero de 2019.
Por la Comisión,
en nombre del Presidente,
Jefe del Servicio de Instrumentos de Política Exterior
ANEXO
En el anexo III del Reglamento (CE) n.o 1210/2003, se suprime la siguiente entrada:
«106) |
RAYON STATE ESTABLISHMENT (alias RAYON STATE COMPANY). Dirección: P.O. Box 11230, Hindiya, Babylon, Iraq.» |