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Document 32010D0618

    2010/618/UE: Decisión de la Comisión, de 14 de octubre de 2010 , sobre los fondos de los programas nacionales de apoyo al sector vitivinícola transferidos al régimen de pago único conforme al Reglamento (CE) n ° 1234/2007 del Consejo [notificada con el número C(2010) 7042]

    DO L 271 de 15.10.2010, p. 18–19 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2010/618/oj

    15.10.2010   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 271/18


    DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de 14 de octubre de 2010

    sobre los fondos de los programas nacionales de apoyo al sector vitivinícola transferidos al régimen de pago único conforme al Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo

    [notificada con el número C(2010) 7042]

    (Los textos en lengua española, griega, inglesa, francesa y maltesa son los únicos auténticos)

    (2010/618/UE)

    LA COMISIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

    Visto el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) (1), y, en particular, su artículo 103 septvicies bis,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    El artículo 103 quindecies del Reglamento (CE) no 1234/2007 establece que la distribución de los fondos comunitarios disponibles y los límites presupuestarios de los programas nacionales de apoyo al sector vitivinícola son los que figuran en el anexo X ter de ese Reglamento.

    (2)

    De conformidad con el artículo 103 sexdecies del Reglamento (CE) no 1234/2007, varios Estados miembros han previsto transferencias de fondos de sus programas nacionales de apoyo al régimen de pago único o aprobado las subsiguientes modificaciones de dichos programas.

    (3)

    El artículo 3 del Reglamento (CE) no 555/2008 de la Comisión (2) dispone que los Estados miembros deben notificar las subsiguientes transferencias de fondos al régimen de pago único antes del 1 de diciembre anterior al año civil en que vaya a aplicarse ese régimen.

    (4)

    Es conveniente que, en aras de la claridad y en aplicación del artículo 103 septvicies bis del Reglamento (CE) no 1234/2007, la Comisión publique los fondos notificados por los Estados miembros conforme a los artículos 2 y 3 del Reglamento (CE) no 555/2008.

    (5)

    Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la organización común de mercados agrícolas.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    En el anexo de la presente Decisión se establecen los fondos de los programas nacionales de apoyo transferidos al régimen de pago único en los ejercicios financieros 2010, 2011, 2012 y 2013.

    Artículo 2

    Los destinatarios de la presente Decisión serán la República Helénica, el Reino de España, el Gran Ducado de Luxemburgo, la República de Malta y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

    Hecho en Bruselas, el 14 de octubre de 2010.

    Por la Comisión

    Dacian CIOLOŞ

    Miembro de la Comisión


    (1)  DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.

    (2)  DO L 170 de 30.6.2008, p. 1.


    ANEXO

    Fondos de los programas nacionales de apoyo al sector vitivinícola transferidos al régimen de pago único (ejercicios financieros 2010, 2011, 2012 y 2013)

    (EUR 1000)

    Ejercicio presupuestario

    2010

    2011

    2012

    2013

    Bulgaria

     

     

     

     

    República Checa

     

     

     

     

    Alemania

     

     

     

     

    Grecia

    13 000

    13 000

    16 000

    16 000

    España

    19 507

    142 749

    142 749

    142 749

    Francia

     

     

     

     

    Italia

     

     

     

     

    Chipre

     

     

     

     

    Lituania

     

     

     

     

    Luxemburgo

    467

    485

    595

    587

    Hungría

     

     

     

     

    Malta

    318

    329

    407

    401

    Austria

     

     

     

     

    Portugal

     

     

     

     

    Rumanía

     

     

     

     

    Eslovenia

     

     

     

     

    Eslovaquia

     

     

     

     

    Reino Unido

    61

    67

    124

    120


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