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Document C2020/227/08

    Convocatoria de propuestas 2020 — EAC/A03/2020 Acreditación Erasmus en el ámbito de la juventud 2020/C 227/08

    PUB/2020/546

    DO C 227 de 10.7.2020, p. 9–10 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    10.7.2020   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    C 227/9


    CONVOCATORIA DE PROPUESTAS 2020 — EAC/A03/2020

    Acreditación Erasmus en el ámbito de la juventud

    (2020/C 227/08)

    CLÁUSULA DE RESERVA

    Los legisladores europeos no han aprobado todavía el programa de la Unión para la educación, la formación, la juventud y el deporte para el período 2021-2027 propuesto por la Comisión Europea el 30 de mayo de 2018 (en lo sucesivo, «programa»). Sin embargo, se ha decidido publicar la presente convocatoria de acreditación para facilitar la solicitud de subvenciones de la Unión a los posibles beneficiarios tan pronto como los legisladores europeos adopten la base jurídica.

    La presente convocatoria de acreditación no es jurídicamente vinculante para la Comisión Europea. En caso de que los legisladores europeos realicen una modificación sustancial de la base jurídica, la presente convocatoria puede ser modificada o anulada y podrán publicarse otras convocatorias de acreditación con un contenido diferente y con los plazos de respuesta pertinentes.

    En términos más generales, cualquier acción derivada de la presente convocatoria de acreditación está sujeta a las siguientes condiciones, cuya ejecución no depende de la Comisión:

    la adopción por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea del texto definitivo de la base jurídica por la que se establece el programa;

    la adopción de los planes de trabajo anuales de 2021 y posteriores y de las directrices generales de ejecución, así como de los criterios y procedimientos de selección, una vez sometidos al comité del programa, y

    la adopción del presupuesto de la Unión Europea para 2021 y posteriores ejercicios por parte de la autoridad presupuestaria.

    El programa de la Unión para la educación, la formación, la juventud y el deporte propuesto para 2021-2027 está basado en los artículos 165 y 166 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en el principio de subsidiariedad.

    1.   Introducción

    Las acreditaciones Erasmus son una herramienta para las organizaciones que desean abrirse al intercambio y la cooperación transfronterizos.

    Las organizaciones con acreditación Erasmus obtendrán un acceso simplificado a las oportunidades de financiación de la Acción Clave 1 del futuro programa (2021-2027). Las condiciones para el acceso de las organizaciones acreditadas a la financiación se definirán en convocatorias anuales de propuestas publicadas por la Comisión Europea.

    La concesión de la acreditación Erasmus Juventud confirma que el solicitante dispone de los procesos y las medidas apropiados y efectivos para llevar a cabo las actividades de movilidad educativa de alta calidad que se habían previsto, y para utilizarlos en beneficio de la juventud.

    2.   Objetivos

    Esta acción persigue los siguientes objetivos:

    reforzar el desarrollo personal y profesional de las personas jóvenes a través de actividades de movilidad educativa formales e informales;

    fomentar la capacitación de las personas jóvenes, su ciudadanía activa y su participación en la vida democrática;

    impulsar la mejora de la calidad del trabajo con jóvenes a nivel local, regional, nacional, europeo e internacional mediante el desarrollo de las capacidades de las organizaciones activas en el ámbito de la juventud y el apoyo al desarrollo profesional de los trabajadores en dicho ámbito;

    promover la inclusión y la diversidad, el diálogo intercultural y los valores de la solidaridad, la igualdad de oportunidades y los derechos humanos entre las personas jóvenes de Europa.

    3.   Admisibilidad

    Solamente los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 23, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se crea el programa «Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte de la Unión y por el que se derogan las Decisiones n.o 1719/2006/CE, 1720/2006/CE y 1298/2008/CE (1), pueden participar.

    La acreditación Erasmus Juventud está abierta a la participación de cualquier entidad pública o privada establecida en:

    los Estados miembros de la Unión Europea;

    los terceros países asociados al programa, con arreglo a las condiciones establecidas en la base jurídica (2).

    4.   Fecha límite de presentación

    La evaluación de las solicitudes y la concesión de acreditaciones constituyen un proceso permanente.

    El acceso simplificado a las oportunidades de financiación en un año determinado requiere la obtención previa de la acreditación. Para obtener la acreditación en virtud de la presente convocatoria, las solicitudes deberán presentarse a más tardar el 31 de diciembre de 2021.

    5.   Procedimiento de selección

    Las propuestas se evaluarán con arreglo al conjunto de criterios de concesión, así como de exclusión y selección, definidos en las normas de solicitud.

    La agencia nacional responsable de la selección nombrará un comité de evaluación para supervisar la gestión de todo el proceso de selección. Basándose en la valoración de los expertos, el comité de evaluación elaborará una lista de solicitudes propuestas para la selección.

    6.   Información completa

    La propuesta de la Comisión de un Reglamento por el que se establece el programa de la Unión para la educación, la formación, la juventud y el deporte para el período 2021-2027 puede consultarse en el siguiente enlace:

    https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?qid=1585129325950&uri=CELEX:52018PC0367.

    Las condiciones, normas y procedimientos detallados de esta convocatoria de acreditaciones figuran en las normas de solicitud en la siguiente dirección de internet:

    https://ec.europa.eu/programmes/erasmus-plus/calls/2020-erasmus-accreditation_es.

    Las normas de solicitud forman parte integrante de la presente convocatoria de acreditaciones y las condiciones de participación expresadas en ellas le son íntegramente de aplicación.


    (1)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 50.

    (2)  A reserva de la adopción de la base jurídica. En el programa Erasmus+ 2014-2020, esta lista incluye los siguientes países: Islandia, Liechtenstein, Macedonia del Norte, Noruega, Serbia y Turquía.


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