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Document 52018IP0026

Resolución del Parlamento Europeo, de 6 de febrero de 2018, sobre el tema «Acelerar la innovación en energías limpias» (2017/2084(INI))

DO C 463 de 21.12.2018, p. 10–20 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

21.12.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 463/10


P8_TA(2018)0026

Acelerar la innovación en energías limpias

Resolución del Parlamento Europeo, de 6 de febrero de 2018, sobre el tema «Acelerar la innovación en energías limpias» (2017/2084(INI))

(2018/C 463/02)

El Parlamento Europeo,

Vista la Comunicación de la Comisión, de 30 de noviembre de 2016, titulada «Acelerar la innovación en energías limpias» (COM(2016)0763),

Visto el Acuerdo de París en el contexto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático ratificado por la Unión Europea el 4 de octubre de 2016,

Vista la Comunicación de la Comisión, de 15 de septiembre de 2015, titulada «Plan Estratégico Europeo de Tecnología Energética (Plan EETE) integrado: Acelerar la transformación del sistema energético europeo» (C(2015)6317),

Vistas la Comunicación de la Comisión, de 25 de febrero de 2015, titulada «Estrategia marco para una Unión de la Energía resiliente con una política climática prospectiva» (COM(2015)0080) y la Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de diciembre de 2015, titulada «Hacia una Unión Europea de la Energía» (1),

Vistas la Comunicación de la Comisión, de 15 de diciembre de 2011, titulada «Hoja de Ruta de la Energía para 2050» (COM(2011)0885) y la Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de marzo de 2013, sobre la «Hoja de Ruta de la Energía para 2050, un futuro con energía» (2),

Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de marzo de 2010, titulada «EUROPA 2020: Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM(2010)2020),

Vista la propuesta de la Comisión, de 30 de noviembre de 2016, de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la gobernanza de la Unión de la Energía, y en particular su dimensión «investigación, innovación y competitividad» de la Unión de la Energía (COM(2016)0759), y más en particular su artículo 22 sobre «Comunicación integrada de información sobre investigación, innovación y competitividad»,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1291/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se establece Horizonte 2020, Programa Marco de Investigación e Innovación (2014-2020) (3),

Vista la Comunicación de la Comisión, de 18 de julio de 2017, titulada «Reforzar la innovación en las regiones de Europa: Estrategias para un crecimiento resiliente, inclusivo y sostenible» (COM(2017)0376),

Vista la Comunicación de la Comisión, de 22 de noviembre de 2016, titulada «Los líderes de la Europa del mañana: la Iniciativa sobre las empresas emergentes y en expansión» (COM(2016)0733),

Visto el artículo 52 de su Reglamento interno,

Vistos el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y las opiniones de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, de la Comisión de Transportes y Turismo, y de la Comisión de Desarrollo Regional (A8-0005/2018),

A.

Considerando que la investigación, el desarrollo y la innovación (I+D+I) constituyen una dimensión específica de la Unión de la Energía de la UE, siendo la I+D+I en materia de energía motores fundamentales del liderazgo industrial y la competitividad a escala mundial de la Unión, de su crecimiento sostenible y de la creación de empleo, así como de la seguridad energética general de los Estados miembros y de la Unión, al reducir la dependencia de las importaciones de energía y fomentar un uso efectivo y sostenible de todas las fuentes de energía;

B.

Considerando que la Unión sigue siendo un líder mundial en el ámbito de la innovación energética de valor elevado y con bajas emisiones, así como en materia de eficiencia energética, energías renovables y tecnologías limpias emergentes, lo que confiere a la Unión una base sólida para seguir avanzando en materia de investigación e innovación en el ámbito de las energías limpias, en particular en lo que se refiere al desarrollo de baterías para la electromovilidad y el almacenamiento de energía; que unas políticas ambiciosas y específicas en materia de clima y energía, en particular en el marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030 y de la Hoja de Ruta de la Energía para 2050, han sido motores fundamentales de este liderazgo; que, en este contexto, el Acuerdo de París elevó considerablemente el nivel de ambición a escala mundial y de los compromisos concretos de los signatarios en relación con la mitigación del cambio climático; y que la Unión debe seguir siendo ambiciosa en sus políticas e instrumentos para enviar las señales correctas en materia de inversión y no perder su posición de liderazgo en el mercado mundial en materia de investigación e innovación en el ámbito de las energías limpias;

C.

Considerando que los avances en las innovaciones basadas en la eficiencia energética y las energías renovables y en materia de I+D son fundamentales para la futura competitividad de la Unión, incluida la industria europea; que la Unión solo se convertirá en líder mundial en energías renovables si realiza innovaciones rentables y esfuerzos intensificados de I+D en este sector específico; y que la aplicación del principio de la «eficiencia energética, ante todo» debe ir respaldada por una política de innovación sólida a escala europea relacionada concretamente con la integración de sistemas;

D.

Considerando que un mercado interior de la energía plenamente operativo y competitivo, dotado de un marco reglamentario y de una infraestructura adecuadas, resulta esencial para seguir incentivando la I+D+I y potenciar al máximo la penetración en el mercado de las nuevas tecnologías limpias en todas las regiones de la Unión mediante economías de escala y seguridad reglamentaria y en materia de inversión permitiendo así a la Unión aprovechar al máximo el potencial de la innovación en energías neutras desde el punto de vista tecnológico que fomente la eficiencia, un uso sostenible y bajo en emisiones de las fuentes de energía y las soluciones y tecnologías descentralizadas en materia de generación, almacenamiento y transporte de energía;

E.

Considerando que la innovación en energías limpias debe contribuir también a establecer un suministro de energía asequible a los consumidores europeos anudándoles a beneficiarse de tarifas energéticas más bajas, de un mayor control sobre su consumo y generación de energía y poniendo a su disposición productos y servicios con un menor consumo energético;

F.

Considerando que la política energética y los instrumentos de financiación de la Unión y de sus Estados miembros, incluidas las inversiones públicas pertinentes, deben concebirse de modo que aprovechen plenamente la aceleración del desarrollo tecnológico y que deben centrarse principalmente en una transición gradual hacia unos sistemas energéticos limpios, altamente eficaces y con bajas emisiones; que, como consecuencia de la incertidumbre del mercado, de la tecnología y de la ciencia, a menudo la financiación del sector privado resulta insuficiente o no está disponible; y que es necesario que la Unión envíe señales sólidas y coherentes y que cree incentivos para brindar seguridad a los inversores e impulsar la inversión privada en innovación en energías limpias, I+D y su implantación;

G.

Considerando que el principal motor de la innovación son los innovadores y la demanda del mercado; que la Comisión debe dirigir sus esfuerzos, en particular, a crear un marco propicio para los innovadores que abarque desde la simplificación del acceso a la financiación de la investigación hasta la conversión del conocimiento en productos comercialmente viables; y que, en este contexto, pueden resultar útiles las asociaciones entre investigadores y los socios industriales pertinentes;

H.

Considerando que las subvenciones a la energía inciden en los precios de mercado ya que ocultan los verdaderos costes de la energía procedente de distintas fuentes y el coste real de las tecnologías relacionadas con la energía y que, por consiguiente, repercuten negativamente en las condiciones para la investigación y la inversión en innovación en energías limpias, así como en su posible implantación; y que, si bien el recurso a las subvenciones debe eliminarse de manera progresiva, su utilización debe, al mismo tiempo, limitarse a instrumentos temporales destinados a crear unas condiciones de competencia equitativas y un mercado competitivo que facilite la asimilación de nuevas tecnologías limpias, en particular en los ámbitos de la eficiencia energética y de las energías renovables;

I.

Considerando que, a la hora de abordar políticas e incentivos concretos a escala de la Unión destinados a fomentar soluciones y tecnologías limpias, con bajas emisiones y eficientes desde el punto de vista energético, incluido el aprovisionamiento sostenible de materias primas y minerales, ha de tenerse en cuenta como referencia el análisis del ciclo de vida (LCA) de las emisiones de gases de efecto invernadero de las fuentes, redes de distribución y tecnologías energéticas; y que debe hacerse hincapié en las innovaciones en las energías limpias que tienen un interés directo para los ciudadanos y los prosumidores, permitiendo su participación en la transición energética y haciendo que esta sea más asequible;

J.

Considerando que la investigación y la innovación relacionada con la energía ha sido reconocida como un ámbito prioritario en el 7PM y en Horizonte 2020 y que debe seguir siéndolo en el 9PM habida cuenta de los compromisos de la Unión en el marco de la Unión de la Energía y del Acuerdo de París, a fin de movilizar la financiación privada y pública en materia de I+D de manera más eficaz y contribuir a disminuir los riesgos de inversión de la innovación con mayores miras de futuro en energías limpias, en particular en materia de eficiencia energética y energías renovables;

K.

Considerando que el sector del transporte representa un tercio del consumo energético de la Unión y que tiene un enorme potencial en materia de eficiencia energética y de reducción de las emisiones de carbono, por lo que debe desempeñar un papel esencial en la transición a nuevas soluciones energéticas y a una sociedad hipocarbónica;

1.

Acoge con satisfacción la comunicación de la Comisión en la que se fija el marco para acelerar la innovación en energías limpias de la Unión; subraya la necesidad de un marco reglamentario y financiero para la innovación energética que sea coherente con la Hoja de Ruta de la Energía para 2050 de la Unión y con sus compromisos en el marco del Acuerdo de París y que fomente el uso eficiente y sostenible de todas las fuentes de energía, lo que se traduciría en un ahorro de energía y en beneficios más amplios, entre otros en los ámbitos de la salud, la seguridad y la calidad del aire y del agua, garantizando, al mismo tiempo, la competitividad industrial de la Unión, la seguridad de su suministro energético y el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Tratado de la Unión, así como una respuesta global a las preocupaciones en materia de medio ambiente; reconoce que el marco para acelerar la innovación de la Unión en energías limpias es parte integrante de un conjunto más amplio de las propuestas legislativas que se recogen en el paquete «Energía limpia para todos los europeos» y, por consiguiente, debe reforzar sus distintos elementos, los compromisos contraídos por la Unión en el marco del Acuerdo de París y el conjunto de la legislación y principios de la Unión de la Energía, en particular los reflejados en el marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030 y la Hoja de Ruta para 2050, sin perjuicio de las disposiciones de los artículos 191 y 194 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE);

2.

Reconoce que la implantación con éxito de la innovación energética es un reto pluridimensional que incluye cuestiones relacionadas con la cadena de valor tanto en lo que se refiere a la oferta como a la demanda, el capital humano, la dinámica del mercado, la reglamentación, la innovación y la política industrial; destaca que este reto exige el compromiso de los ciudadanos, tanto consumidores como prosumidores, así como de un amplio ecosistema de partes interesadas, en particular el mundo académico, organizaciones de investigación y tecnología, pymes, empresas emergentes, empresas de construcción y energía, proveedores de movilidad, prestadores de servicios, fabricantes de equipos, empresas de TI y telecomunicaciones, entidades financieras, autoridades de la Unión, nacionales, regionales y locales, ONG, educadores y líderes de opinión; resalta el valor de los nuevos modelos empresariales que utilizan tecnologías digitales innovadoras para, entre otros aspectos, optimizar la autogeneración, almacenamiento, intercambio y autoconsumo de energías renovables in situ y mejorar el acceso a las energías renovables, incluidos los hogares en situación de pobreza energética;

3.

Considera que para una transición energética rentable hacia unos sistemas respetuosos con el medio ambiente, orientados a los consumidores y digitalizados y descentralizados en mayor medida, con prosumidores y comunidades de prosumidores activos, se necesita investigación y el desarrollo de innovación en todos los sectores del sistema energético, incluidas soluciones sistémicas, tecnológicamente no específicas orientadas, en particular, hacia la eficiencia y la generación descentralizada de energía; reconoce que esta transición está favoreciendo nuevos modelos organizativos, en particular en lo que se refiere a la generación, transmisión, distribución y almacenamiento de energía, la electromovilidad, la gestión empresarial y de las necesidades, y la provisión de servicios; reconoce la necesidad de contar con normas comunes para fomentar un sistema energético conectado y digitalizado; destaca la función que pueden desempeñar los proyectos piloto a gran escala, incluidos los comunitarios, en el desarrollo de innovación energética sistémica;

4.

Recuerda que la eficiencia energética debe ser una prioridad horizontal transversal en la política de investigación e innovación de la Unión que se aplique a todos los sectores y no se limite a los proyectos relacionados con la energía y que promueva e incentive sistemáticamente la producción de procesos, servicios y bienes más eficientes en términos energéticos, además de aplicar el principio de «la eficiencia energética, ante todo» a lo largo de toda la cadena energética, incluida la generación, transmisión, distribución y el uso final de la energía;

5.

Reconoce la importancia de liberalizar en mayor medida los mercados europeos de la energía, eliminando concretamente los obstáculos a la libre formación de precios y suprimiendo progresivamente las subvenciones a la energía a fin de facilitar nuevas innovaciones y el despliegue de nuevas tecnologías que desemboquen en un uso más sostenible de la energía y que fomente un incremento del abastecimiento de energía renovable y el establecimiento de condiciones de competencia equitativas y de un mercado competitivo capaz de ofrecer mejores condiciones a los consumidores, prosumidores, comunidades y empresas energéticas;

Coherencia de las acciones de la Unión

6.

Observa que la I+D+I en el ámbito de las energías limpias dependen en gran medida de un mercado estable y de la previsibilidad y seguridad de un marco reglamentario, lo que requiere una visión política ambiciosa y realizable a largo plazo, incluidos objetivos y compromisos relacionados con la energía y el clima, incentivos específicos sostenidos y capital propio estable para crear unas condiciones de competencia equitativas entre las tecnologías facilitando así la innovación, simplificando el suministro de energía, reduciendo los obstáculos al acceso al mercado y simplificando que la innovación en energías limpias alcance la masa crítica necesaria para la implantación en el mercado; acoge con satisfacción la atención prestada a las tecnologías clave, tal y como se confirma en el Plan Estratégico Europeo de Tecnología Energética (Plan EETE) y en la Comunicación de la Comisión; reitera las disposiciones del artículo 194 del TFUE y señala que estas deben reflejarse en los instrumentos políticos y financieros que apoyan la innovación en materia de energías limpias; destaca, no obstante, que ha de concederse una mayor prioridad a la innovación transversal, transectorial y sistémica en el sector de la energía y al fomento de la educación y de la capacidad emprendedora, ya que la innovación no la impulsada únicamente la tecnología; subraya la necesidad de este planteamiento sistémico para poder integrar de manera efectiva las diferentes soluciones disponibles o en fase de desarrollo, en particular en lo que se refiere a la eficiencia energética y la integración de las energías renovables; pide que se utilicen las plataformas tecnológicas y de innovación europeas para ayudar a identificar posibles innovaciones en el ámbito de las energías limpias que merecen un apoyo específico;

7.

Insta a la Comisión y a los Estados miembros, así como, cuando proceda, a las autoridades regionales, a que establezcan mecanismos para la coordinación de los programas, tanto a escala nacional, regional como de la Unión, de innovación en el sector de la investigación y la energía con el fin de favorecer las sinergias y evitar las duplicaciones garantizando, de ese modo, el uso más eficaz posible de los recursos y de las estructuras disponibles y de los recursos energéticos existentes en los Estados miembros a fin de potenciar al máximo la penetración en el mercado de nuevas tecnologías e innovaciones e impulsar nuevos modelos de empresa en toda la Unión; opina que la inclusión de información pertinente en los planes nacionales integrados de energía y clima podría contribuir a la consecución de ese objetivo; destaca, en este contexto, la importancia de promover las mejores prácticas y el intercambio de información, así como la racionalización de las normas sobre participación en los programas de innovación en el ámbito de la energía con respecto a todas las organizaciones, empresas, universidades e institutos, tanto de la Unión como de terceros países;

8.

Acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión de seguir financiando la investigación básica a través de Horizonte 2020 y del Consejo Europeo de Investigación; pone de relieve la necesidad de seguir aumentando la financiación de la investigación colaborativa en el marco del reto social relativo a la energía, pero también de racionalizar la innovación energética en los demás retos sociales; observa la propuesta de la Comisión de reforzar las innovaciones creadoras de mercados por medio de la creación del Consejo Europeo de Innovación y de la Iniciativa sobre las empresas emergentes y en expansión, lo que contribuye a generar innovaciones de vanguardia que pueden captar y crear nuevos mercados; considera que la creación de un instrumento de financiación basado en el mercado (como los préstamos y las acciones de capital) no debe ir en detrimento de la financiación de subvenciones que permiten a los agentes públicos y sin ánimo de lucro, como por ejemplo el mundo académico, las universidades y la sociedad civil, participar en proyectos europeos transnacionales de gran valor;

9.

Señala que sigue preocupado por la variedad y complejidad de los instrumentos financieros existentes y destaca la necesidad de una mayor coherencia entre los fondos pertinentes, incluidos los Fondos Estructurales, destinados a proyectos energéticos para el fomento de energías limpias, así como de que los instrumentos de financiación en vigor a escala de la Unión y los Estados miembros sean más comprensibles; pide a la Comisión que haga un inventario de los diferentes fondos e instrumentos de financiación a lo largo de la cadena de valor y que examine la posibilidad de agrupar los diferentes instrumentos, procurando no minar su complementaridad; considera, por otra parte, que algunos Estados miembros carecen de la capacidad necesaria para desarrollar acciones de apoyo a la innovación en el ámbito de la energía, en particular a través de mecanismos nacionales de apoyo financiero y, a este respecto, pide a la Comisión que siga reforzando estas capacidades al mismo tiempo que garantiza un marco de financiación de la Unión coherente y simplificado en materia de innovación de las energías limpias;

10.

Pide a la Comisión que evalúe el rendimiento de sus instrumentos y fondos financieros relacionados con la energía y dé una respuesta rápida para mejorar los instrumentos si se constatan casos específicos de estancamiento, incoherencia o necesidad de mejora, y adapte dichos instrumentos y fondos a los nuevos objetivos energéticos de la Unión;

11.

Pide a la Comisión que proponga, como parte de la política industrial de la Unión, una dimensión específica, a largo plazo y neutra desde el punto de vista de la tecnología que se base en un elevado nivel de eficiencia energética, una mayor liberalización del mercado y más transparencia, para contribuir a evitar que se invierta en activos obsoletos; señala que dicha dimensión debe ser parte integrante de la estrategia y del plan de acción en materia de política industrial de la Unión; destaca el papel de las tecnologías y los procesos innovadores por lo que respecta a la mejora de los resultados en materia de emisiones de las industrias con un gran consumo de energía; pide a la Comisión que coloque la eficiencia energética y de los recursos en la vanguardia de la investigación y la innovación, y anima a los Estados miembros a invertir de manera responsable los ingresos procedentes de las subastas del RCDE en eficiencia energética y tecnologías sostenibles y con bajas emisiones; destaca la creación de un Fondo de Innovación para apoyar la innovación en tecnologías y procesos hipocarbónicos durante la fase IV del RCDE; considera que es fundamental promover un sistema de innovación abierta en cuyo marco el sector y las empresas pongan en común sus diferentes conocimientos especializados y desarrollen conjuntamente soluciones sostenibles de gran calidad; reconoce el papel del Foro de competitividad industrial de las energías limpias en el despliegue de innovaciones clave en materia de energía, incluidos los sectores fotovoltaico y eólico, pero también, probablemente, en materia de soluciones de almacenamiento, de captura y almacenamiento del carbono y de biotratamientos para la producción de energía; acoge favorablemente el compromiso y el apoyo de la Comisión en favor de iniciativas lideradas por el sector industrial para promover el liderazgo mundial de la Unión en las energías limpias y las soluciones tecnológicas con bajas emisiones;

12.

Recuerda que la industria fotovoltaica debe estar en el núcleo de la política industrial europea para satisfacer las demandas de un mercado mundial que está creciendo en un contexto en el que, hoy en día, la mayoría de las células y módulos fotovoltaicos se fabrican fuera de la Unión, principalmente en China; subraya la necesidad de que se integre plenamente a la Unión en el nuevo ciclo de inversión para mantener su liderazgo en I+D en el ámbito de la maquinaria para fabricar sistemas fotovoltaicos y también en otros ámbitos, como los inversores, las materias primas, la energía fotovoltaica integrada en edificios, el funcionamiento y el mantenimiento, así como el equilibrio de sistemas; hace hincapié además en la necesidad de que la Unión siga especializándose en la integración de sistemas, como, por ejemplo, las soluciones fotovoltaicas a pequeña escala para los países en desarrollo;

13.

Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que, cuando aborden el sector energético y los sectores conexos, redoblen esfuerzos y apoyen la innovación para el abastecimiento sostenible de materias primas, la mejora del diseño de los productos, el reciclaje, la reutilización y el uso en cascada de los metales y materiales existentes, en el contexto de la economía circular y el ahorro energético;

14.

Reconoce los vínculos que existen entre la digitalización, las tecnologías de la información y la investigación y la innovación en el sector energético, en particular por lo que respecta a la mejora de la recopilación de datos, la interoperabilidad y las garantías asociadas a la seguridad y privacidad de los datos; considera que las tecnologías de registros distribuidos, como el sistema de cadena de bloques, pueden desempeñar un papel en la mejora de la eficiencia de los procesos relacionados con la energía y en el fomento de la participación de los ciudadanos en la transformación del sistema energético, por ejemplo a través de la comercialización de la energía entre homólogos; pide, al efecto, a la Comisión que promocione esta iniciativa, mejore su marco reglamentario y garantice la coherencia entre los aspectos conexos de la Unión de la Energía, el Mercado Único Digital, las estrategias en materia de ciberseguridad y el marco europeo de protección de datos, con el fin de reforzar la capacidad de la Unión para situarse en la vanguardia de esta nueva tendencia;

15.

Pide a la Comisión que cree un equipo multiservicios específico que:

a)

permita planificar nuevas políticas comunes en materia de investigación e innovación para garantizar su consistencia y coherencia y evitar los cambios frecuentes de prioridades;

b)

identifique a las partes interesadas pertinentes en los ecosistemas de innovación energética más amplios de la Unión, a todos los niveles y en todos los sectores, incluidas las tecnologías eólicas en alta mar y otras tecnologías de energías renovables;

c)

determine los foros existentes para las partes interesadas sobre investigación e innovación energéticas, en especial sobre eficiencia energética y energías renovables; promueva la formación de agrupaciones empresariales, la integración en redes de creación de valor internacionales, la inversión y la innovación; prevea instrumentos para los intercambios intersectoriales, interdisciplinarios e interregionales, en particular sobre los proyectos de innovación energética, las políticas de innovación energética a largo plazo nacionales y locales, las oportunidades de inversión conjunta y la apropiación de la transición energética por parte de los ciudadanos y las iniciativas de base;

d)

incentive a las autoridades públicas de todos los niveles para que elaboren planes para recaudar fondos y establezca incentivos para la innovación en el ámbito de las energías limpias a fin de fomentar la confianza de los inversores y propiciar la movilización de capital privado;

e)

establezca una recopilación de las mejores prácticas, las políticas y los instrumentos de financiación en el ámbito de la energía, incluidas las asociaciones público-privadas, la contratación pública y los incentivos fiscales, los mecanismos de intercambio y de información, las campañas y los instrumentos de comunicación, así como directrices operativas y asistencia técnica sobre la movilización de la innovación en energía limpia, el despliegue y la participación de los productores-consumidores de energía («prosumidores»), y que garantice que la Unión pueda apoyar adecuadamente todas las fases del ciclo de innovación, y que, en último término, proporcione una guía práctica para los Estados miembros, las autoridades locales y las partes interesadas;

f)

examine la manera de elaborar unas normas de participación en el 9.o PM y los Fondos EIE favorables a la innovación, racionalizadas y flexibles, centrándose en la consecución de un mayor impacto a largo plazo, con el fin de mejorar su coherencia, evitar que se despilfarren los recursos de los solicitantes y promover la excelencia en materia de innovación en toda Europa;

g)

establezca un mecanismo con el objetivo de apoyar un ecosistema transnacional de empresas emergentes en el ámbito energético, incluyendo una incubadora europea de empresas, para garantizar que la introducción en el mercado de los modelos empresariales y de innovación en el ámbito de la energía supere la «zona de bajo rendimiento» en el ciclo de la innovación;

h)

incremente las sinergias con Horizonte 2020 y otras iniciativas de financiación para reforzar el desarrollo de capacidades en materia de investigación e innovación para las regiones con peores resultados de la Unión;

i)

asesore a las instituciones europeas sobre prácticas coherentes en materia de contratación pública, favoreciendo un despliegue más amplio de la innovación energética, y contribuya a definir objetivos concretos en el ámbito de la contratación pública de soluciones innovadoras a escala europea;

j)

elabore propuestas concretas con vistas al establecimiento de una estructura de asesoramiento eficaz del tipo de la ventanilla única y destinada a los innovadores sobre la financiación de la innovación energética mediante los fondos e instrumentos disponibles a nivel de la Unión, los Estados miembros y el Banco Europeo de Inversiones, así como procedentes de otras posibles fuentes privadas; mejore la asistencia técnica recopilando información sobre las posibilidades de financiación pública y privada, y oriente a los solicitantes para que recurran al mecanismo de financiación más adecuado, sobre todo en el ámbito de la eficiencia energética, en el que es indispensable agrupar los proyectos pequeños en carteras más amplias;

k)

determine posibles formas de introducir incentivos en la legislación de la Unión relativa a la adjudicación de contratos públicos para promover soluciones energéticas innovadoras en el sector público;

16.

Subraya que la contratación pública puede impulsar la innovación y fomentar un crecimiento más sostenible, como también se reconoce en los objetivos de desarrollo sostenible; señala que la elección de productos, servicios y obras públicas sostenibles es esencial y puede crear mercados pioneros o nuevos para los productos innovadores; celebra la iniciativa de la Comisión en el marco de la Iniciativa sobre las empresas emergentes y en expansión de introducir medidas de contratación pública de la Unión para, entre otras cosas, alentar a los Estados miembros a fijar objetivos ambiciosos en relación con la compra de innovación; destaca asimismo que las autoridades locales y regionales pueden predicar con el ejemplo y participar en el intercambio de buenas prácticas en foros como el Pacto de los Alcaldes;

17.

Insta a la Comisión a que refuerce el componente correspondiente a la capacidad de innovación en las evaluaciones del impacto sobre la competitividad, y a que aplique el instrumento de investigación e innovación a todas las nuevas propuestas en materia de política energética y la revisión de la legislación vigente sin menoscabar su eficacia;

18.

Pide a la Comisión que vele por que su labor en relación con la innovación, por un lado, y con las normas y la interoperabilidad, por otro, esté totalmente integrada a fin de que la Unión alcance el liderazgo mundial con respecto al establecimiento de normas en los sectores integrados de las energías limpias y la internet de las cosas; celebra a modo de ejemplo, en este contexto, el desarrollo de la nueva norma europea para dispositivos inteligentes (Saref), que puede crear un nuevo lenguaje de referencia en la Unión para los datos relacionados con la energía por el que los dispositivos domésticos podrían intercambiar información con cualquier sistema de gestión de la energía;

19.

Recuerda que las políticas de innovación energética tienen que estar en consonancia con el compromiso de la Unión de conservar y aumentar los sumideros de CO2 al tiempo que se preserva la biodiversidad, sobre todo la de los bosques, tierras y mares;

20.

Alienta a los Estados miembros pertinentes a contribuir adecuadamente al cumplimiento del objetivo de destinar el 3 % del PIB de la Unión a I+D; señala que un incremento general hasta el 3 % aportaría además más de 100 000 millones de euros al año para la investigación y la innovación en Europa; recuerda que se prevé que dos tercios de la financiación de I+D provengan del sector privado;

Seguridad de la financiación a largo plazo

21.

Reitera su llamamiento en favor de un presupuesto global más cuantioso de, como mínimo, 120 000 millones EUR para el 9.o PM, e insta a la Comisión a que aumente la proporción de la financiación relacionada con proyectos energéticos sostenibles y de bajas emisiones con cargo al 9.o PM en un 50 % como mínimo respecto del nivel correspondiente a Horizonte 2020, a fin de que se garantice una financiación suficiente para apoyar la transición energética de la Unión y la implantación efectiva de la Unión de la Energía; pide en especial que se refuercen los recursos financieros en el marco del 9.o PM para favorecer los avances importantes y la innovación que cree mercados nuevos, sobre todo por parte de pymes y empresas emergentes; destaca la importancia de contar con unos sólidos criterios de excelencia para convertir a Europa en un centro mundial de innovación, investigación y tecnologías punteras, incluida la investigación científica básica; destaca los resultados de la evaluación intermedia de Horizonte 2020 que demuestran que, a 1 de enero de 2017, el programa estaba por debajo del objetivo fijado en lo que respecta al gasto relacionado con el clima y la sostenibilidad; acoge con satisfacción el aumento de la financiación de Horizonte 2020 para el reto social de la energía dentro del presupuesto de 2018, pero sigue estando profundamente preocupado por los recortes en los proyectos energéticos en el marco del Mecanismo «Conectar Europa», recortes que considera incompatibles con los objetivos de la Unión de la Energía;

22.

Reitera la necesidad de mejorar la calidad de las inversiones financiadas con cargo al Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE) y de centrarse especialmente en los incentivos para mejorar la asignación geográfica, habida cuenta del desequilibrio existente en la cobertura geográfica del FEIE y de las necesidades específicas de las regiones menos desarrolladas y en transición; reconoce que es necesario que exista una cooperación con los bancos nacionales de fomento e inversión, las plataformas de inversión y los intermediarios financieros cualificados, pudiéndose a tal fin delegar en ellos el uso de la garantía de la Unión; pide que se refuercen sustancialmente la función y la capacidad del Centro Europeo de Asesoramiento para la Inversión, en particular a través de la presencia local y de un papel proactivo en la preparación de proyectos;

23.

Considera que el 9.o PM debe apoyar iniciativas tales como la de «ciudades 100 % renovables», que impliquen a las administraciones municipales y locales con objeto de aumentar sustancialmente la capacidad en términos de energía renovable por lo que respecta a la electricidad, la movilidad, la calefacción y la refrigeración en las ciudades por medio de proyectos innovadores, que podrían incluir redes inteligentes, la gestión de los sistemas energéticos, actividades para permitir el acoplamiento sectorial y fomentar los vehículos eléctricos, etc.;

24.

Reconoce la función del Plan Estratégico Europeo de Tecnología Energética (Plan EETE), las comunidades de conocimiento e innovación (CCI) y las iniciativas tecnológicas conjuntas (ITC) en la promoción de la innovación energética; destaca la necesidad de mejorar la conexión entre estos diferentes marcos y, entre otros, la iniciativa InnovFin, el FEIE y el proyecto de programa de fondo de fondos de capital riesgo europeos como parte de una estrategia de inversión en innovación en energías limpias coordinada y específica que contribuya a que los proyectos que se encuentran en su fase inicial, las empresas emergentes y las pymes superen con eficacia la «zona de bajo rendimiento» y alcancen los niveles de madurez del mercado necesarios para la expansión global; considera que un sistema eficaz de incentivos para la inversión en innovación energética, mediante fondos de inversión y fondos de pensiones nacionales, podría desempeñar un papel crucial a la hora de movilizar el capital necesario;

25.

Recuerda que los proyectos pioneros presentan un riesgo elevado y la financiación mediante capital propio y endeudamiento se encuentra en niveles mucho más bajos que en el caso de la financiación de tecnologías hipocarbónicas probadas; pide, a tal fin, a la Comisión que elimine los obstáculos reglamentarios restantes y proponga la creación de un fondo de inversión para proyectos pioneros estratégicos de tecnología energética;

26.

Reconoce el papel que podría desempeñar el Consejo Europeo de la Innovación a la hora de ayudar a las empresas que se encuentran en la fase inicial a obtener financiación, y propone que se encargue de coordinar las diferentes vertientes de una estrategia de inversión coherente en innovación en energías limpias; pide que se le facilite más información sobre la estructura de dicho Consejo y sobre la coherencia con los instrumentos existentes de apoyo a la innovación;

27.

Opina que la innovación energética impulsada por los ciudadanos requiere una reducción de los obstáculos para acceder al mercado y brinda oportunidades sin explotar para la financiación de la innovación; pide a la Comisión que explore maneras efectivas de promover la innovación energética mediante, entre otros instrumentos, la financiación colectiva, y que estudie la posibilidad de crear un fondo de inversión colectiva para la innovación energética; estima que las nuevas formas de financiación deben ser adicionales y complementarias respecto de las ya existentes;

28.

Subraya la importancia de impulsar la tecnología de redes inteligentes, así como la promoción y la integración de la generación descentralizada ascendente, también a través de agrupaciones de empresas y sistemas cooperativos; pide a la Comisión que apoye estas áreas de innovación en materia de energías limpias con mecanismos financieros, incluidos aquellos que mitiguen los riesgos para las inversiones privadas y reduzcan las cargas que pesan sobre las inversiones públicas en la modernización de los sistemas energéticos; celebra además la intención de la Comisión de utilizar cada vez más los premios de estímulo como un instrumento valioso para fomentar las innovaciones de vanguardia ascendentes;

29.

Subraya que, para fomentar un planteamiento ascendente en materia de innovación, se debe promover la adopción de dispositivos a pequeña escala (por ejemplo, los negavatios, la generación in situ y el almacenamiento local, entre otros) y favorecer su agrupación y agregación para atraer más inversión e incrementar su asequibilidad, prestándose especial atención a los hogares de rentas bajas y a los edificios plurifamiliares;

Liderazgo de la Unión a escala mundial

30.

Recuerda los objetivos del Acuerdo de París de fomentar los esfuerzos mundiales para acelerar la innovación en energías limpias; subraya la necesidad de seguir financiando la investigación y la recopilación de datos sobre el cambio climático; pide a la Comisión que, de conformidad con los objetivos de desarrollo sostenible, examine las diferentes modalidades para ayudar a los países en desarrollo y a las economías emergentes en su transición energética, por ejemplo mediante medidas de creación de capacidad, asistencia para reducir los costes de inversión de los proyectos de energías renovables y eficiencia energética, fomentando una posible transferencia de tecnología y ofreciendo soluciones para el desarrollo de ciudades, además de comunidades remotas y rurales, inteligentes, y con ello reforzar los ecosistemas de innovación energética en los países en desarrollo y ayudarles a cumplir sus compromisos en virtud del Acuerdo de París; acoge con satisfacción, en este sentido, la reciente creación del Fondo Europeo de Desarrollo Sostenible;

31.

Pide a la Comisión que aproveche todo el potencial de la iniciativa «Misión innovación», de manera que sus miembros puedan respetar y cumplir su compromiso de duplicar el gasto anual en I+D en materia de energías limpias entre 2015 y 2020; pone de manifiesto la importancia de buscar sinergias con iniciativas mundiales, tales como la coalición Breakthrough Energy Coalition y con capital y fondos de inversión mundiales; celebra a este respecto que la Unión esté a la cabeza de los retos en materia de innovación sobre la conversión de luz solar y sobre la calefacción y refrigeración asequibles de edificios; pide, en este contexto, que se estudie la posibilidad de una división coordinada del trabajo en innovación energética a escala mundial;

32.

Pide a la Comisión que elabore una estrategia de exportación exhaustiva para tecnologías energéticas limpias sostenibles y soluciones sistémicas, en particular mediante un instrumento de apoyo específico y asistencia focalizada de las delegaciones de la Unión en terceros países; destaca en este contexto el papel que pueden desempeñar las zonas de libre comercio de alcance amplio y profundo (ZLCAP) en la ejecución de esta estrategia;

33.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que examinen detenidamente los procedimientos de registro de patentes y solicita la eliminación de cargas administrativas innecesarias que ralentizan el proceso de penetración de productos innovadores en el mercado y perjudican al papel de la Unión como líder de la transición a las energías limpias;

Innovación energética impulsada por los ciudadanos

34.

Opina que, para acelerar la innovación en energías limpias, es necesario que se produzca un cambio en la mentalidad de los europeos que vaya más allá de la simple sensibilización sobre cuestiones energéticas y que estos avancen hacia una comprensión más profunda de los cambios en el comportamiento, específicamente con respecto al ahorro energético y los nuevos modelos de producción y consumo, necesarios para afrontar los acuciantes desafíos del crecimiento sostenible y aprovechar las ventajas de la revolución digital y la innovación en todos los ámbitos, con el fin de completar con éxito la transición energética; observa que la innovación puede permitir que los ciudadanos desempeñen un papel más activo en la generación de energía, también mediante la incorporación a la red de la energía autogenerada, y contribuye a un uso más eficiente de la energía reduciendo el consumo necesario en el domicilio, lo que disminuye tanto las emisiones como las facturas;

35.

Pone de relieve la necesidad de reforzar la base de conocimiento de Europa y de reducir la fragmentación mediante la promoción de la excelencia en materia de ciencias y educación a fin de crear centros de investigación de excelencia académica que se sitúen en la vanguardia internacional; hace hincapié en que es necesario desarrollar una estrategia que asegure que Europa atraiga talento extranjero al tiempo que mantiene el contacto con los mejores talentos europeos que se encuentran en terceros países; reconoce que una mano de obra cualificada es una gran ventaja para Europa y un importante motor para el desarrollo de la inversión en I+D+I;

36.

Reconoce que contar con la participación plenamente democrática de los ciudadanos y las comunidades de Europa es una herramienta esencial para llevar a buen puerto la transición energética; destaca, al mismo tiempo, que la aplicación efectiva de esta transformación requiere apertura, transparencia e igualdad de condiciones, y debe basarse en una competencia leal;

37.

Considera que la innovación en energías limpias y eficiencia energética tiene el potencial para crear empleos nuevos y mejores; opina que, para lograr la correcta transición a una economía sostenible y descarbonizada, es necesario garantizar que los mercados de trabajo puedan responder debidamente a las nuevas demandas de sistemas de energía limpia;

38.

Pide a la Comisión que, en sus iniciativas de I+D, preste más atención a la relación entre la innovación en los sistemas energéticos y los nuevos perfiles profesionales, las necesidades educativas, el empleo y las necesidades de formación;

39.

Reconoce la necesidad de sistemas de educación y participación sistémicos que permitan que la sociedad participe plenamente en la transformación del sistema energético y que los europeos de todas las edades evolucionen gradualmente de la sensibilización y la comprensión hacia una participación activa y la emancipación; pide a la Comisión, a los Estados miembros, a las autoridades regionales y locales y al sector privado que fomenten unas elecciones conscientes de los consumidores y la participación de los ciudadanos en cuestiones relacionadas con la energía mediante, entre otros, campañas de sensibilización, información completa y accesible sobre las facturas de la energía y los instrumentos de comparación de precios, la promoción de la autogeneración, la respuesta a la demanda y sistemas de reparto corporativo, presupuestos participativos y microfinanciación colectiva para inversiones relacionadas con la energía, incentivos fiscales y a la inversión, y liderando soluciones e innovaciones tecnológicas; pide a la Comisión, a los Estados miembros y a las autoridades competentes que determinen las mejores prácticas a la hora de abordar la pobreza energética de los hogares;

40.

Considera que las regiones y ciudades desempeñan un papel fundamental en la mejora de los modelos energéticos sostenibles; reconoce que las regiones, ciudades y municipios desempeñan un papel vital a la hora de promover la participación en la transición energética e impulsar desde la base la innovación en materia de clima y energía; señala que las regiones y las zonas urbanas se prestan bien para ensayar y aplicar soluciones integradas con la participación directa de los ciudadanos; subraya a este respecto el papel del Pacto de los Alcaldes, que aspira a fomentar el intercambio mundial de mejores prácticas y la posible agrupación de recursos e inversiones; señala que las zonas rurales también disponen de margen de innovación que puede superar retos como la lejanía o el cambio demográfico, además del suministro de nuevos servicios;

41.

Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que ayuden a las autoridades regionales y locales a tomar medidas coordinadas para incentivar la innovación energética en el ámbito local y transregional con el fin de desarrollar estrategias coherentes; destaca que la transición energética afectará drásticamente al empleo en algunas regiones de la Unión y, en este contexto, pone de relieve que debe prestarse especial atención a las regiones que se enfrentan al reto de eliminar progresivamente la generación de energía a partir de lignito, carbón y otros combustibles fósiles sólidos, así como las industrias mineras como respuesta a una decisión del Estado miembro, las autoridades locales o el sector, o como respuesta a otras circunstancias; subraya la necesidad de ayudar a estas regiones en el desarrollo de estrategias de transición locales inclusivas y justas atendiendo a las repercusiones sociales, socioeconómicas y ambientales, así como a la reconversión de los sitios; destaca las opciones financieras para facilitar apoyo de este tipo utilizando parcialmente los ingresos de la subasta de los derechos de emisión, además del fondo de modernización que se creará para el periodo 2021-2030; considera que los procesos inclusivos en los que intervienen las partes interesadas deben estudiar cuál es la mejor forma de atraer industrias alternativas e innovadoras y empresas emergentes con el objetivo de construir una economía regional sostenible, fomentar la dignidad de los pueblos y contribuir a sustituir la capacidad de generación de electricidad por soluciones de energía renovable o eficiencia energética; pide que las políticas de investigación e innovación se centren en la forma de reactivar las regiones afectadas por lo que respecta a la generación de empleo sostenible y a las perspectivas de crecimiento, en particular cuando la retirada de la capacidad de generación de energía a partir de lignito, carbón y otros combustibles fósiles sólidos esté vinculada a las actividades mineras;

42.

Pide a la Comisión que preste asistencia a las autoridades locales y regionales para capacitarse a la hora de desplegar la innovación en energías limpias, por ejemplo las ciudades inteligentes, la electromovilidad, las redes inteligentes y las microrredes, así como para la penetración en el mercado de las energías renovables, según su nivel de madurez, y que ayuden a dichas autoridades a superar los retos a que se enfrentan cuando avanzan en su transición energética, por ejemplo el compromiso de los ciudadanos; apoya el intercambio de mejores prácticas, la agrupación de las inversiones y una mejor evaluación de la capacidad de financiación de los proyectos, así como el desarrollo de estrategias financieras, como los modelos de negocio, la utilización de la contratación pública y los préstamos;

43.

Considera que el sector del transporte tiene un enorme potencial y debe desempeñar un papel fundamental en la transición energética, por lo que anima a la Comisión a que siga apoyando la actual financiación del despliegue de infraestructuras para vehículos eléctricos; pide a la Comisión que siga apoyando y desarrollando nuevas iniciativas como la de electromovilidad a escala de la Unión y la Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno;

44.

Alienta a la Comisión a que reconozca las ventajas de la movilidad basada en el hidrógeno, así como el acoplamiento sectorial entre los sectores del transporte y la electricidad, y a que cree incentivos para el desarrollo de nuevos modelos empresariales en ámbitos similares, como los sistemas de recarga inteligentes y los dispositivos de conexión de los vehículos a la red, que permitirían a los propietarios de vehículos eléctricos vender, de manera flexible, al sistema de suministro de energía; pide a la Comisión que vele por la financiación de la innovación destinada al desarrollo de soluciones de almacenamiento de hidrógeno y de almacenamiento a largo plazo para vehículos eléctricos, el desarrollo de infraestructuras de recarga de hidrógeno, así como infraestructuras y soluciones de conexión a la red, en particular infraestructuras de recarga para vehículos eléctricos; insta a los Estados miembros y a las autoridades locales a que adopten iniciativas nuevas como, por ejemplo, los incentivos fiscales relativos a la penetración en el mercado de los vehículos eléctricos y de hidrógeno, las deducciones y exenciones fiscales para los propietarios de vehículos eléctricos y de hidrógeno, así como otras iniciativas relacionadas con la promoción del uso de vehículos eléctricos, tales como los descuentos, el pago de bonificaciones y primas a los compradores de vehículos eléctricos, y la creación de estacionamientos gratuitos para estos vehículos;

45.

Toma nota de los importantes esfuerzos realizados en el marco del Programa de Investigación y Desarrollo Horizonte 2020 de la Unión con miras a alcanzar el objetivo de reducir un 60 % las emisiones de gases de efecto invernadero en el sector del transporte de aquí a 2050 con respecto a los niveles de 1990 (4); recuerda que los programas de investigación e innovación de la Unión son un factor esencial de la penetración en el mercado de la innovación en materia de energía, TIC y sistemas de transporte inteligentes; pide a la Comisión que, en el futuro, centre la financiación disponible más claramente en las prioridades estratégicas interconectadas, como la movilidad de bajas emisiones, las infraestructuras de carga de combustibles alternativos y el transporte urbano integrado, prestando particular atención a todas las emisiones contaminantes, la reducción del ruido, la seguridad vial, la congestión del tráfico y los atascos, y de conformidad con el principio de neutralidad tecnológica; destaca la importancia de desarrollar biocombustibles avanzados e incrementar la cuota del transporte por ferrocarril y de la bicicleta;

46.

Celebra que la Comisión vaya a respaldar la penetración en el mercado de soluciones innovadoras en materia de energía limpia a través de la contratación pública y la revisión de la Directiva sobre vehículos limpios, y reconoce las posibles ventajas que ello acarreará para las autoridades y los operadores de transporte público, los fabricantes de autobuses, los proveedores del sector, los proveedores de energía, y las asociaciones y los centros de investigación nacionales e internacionales; pide a la Comisión que presente sin demora propuestas a tal fin;

47.

Alienta la creación de un programa estratégico de investigación e innovación para el transporte, con hojas de ruta elaboradas conjuntamente por los Estados miembros y la Comisión, así como por los entes locales y regionales y los operadores, junto con un mecanismo de gobernanza adaptado, con el fin de apoyar la investigación, la innovación y la implantación de nuevas tecnologías en el sector del transporte y de fomentar la movilidad de bajas emisiones, aspectos que revisten una importancia fundamental; pide que las conclusiones de estas hojas de ruta se incluyan en el programa de trabajo anual de la Comisión;

48.

Pide un enfoque integrado y coordinado que tenga en cuenta la dimensión urbana de las políticas y las legislaciones nacionales y de la Unión, así como el desarrollo de planes de movilidad urbana sostenible, con el fin de apoyar, capacitar y alentar a los Estados miembros para que mejoren la salud y la calidad de vida de los ciudadanos y el estado del medio ambiente en las zonas urbanas; alienta la puesta en marcha de sistemas de transporte inteligentes cooperativos (STI cooperativos) y de vehículos autónomos, así como el desarrollo de infraestructuras comunicantes para garantizar las necesidades de gran capacidad y baja latencia para una red de 5G; pide que se trabaje activamente en la reducción de la diferencia de calidad de las infraestructuras entre las zonas urbanas y rurales y entre regiones más y menos desarrolladas, y en el aumento de la cooperación entre las mismas;

49.

Reconoce la importancia del nuevo Consenso Europeo sobre Desarrollo firmado en junio de 2017, que fija una visión y un marco de acción comunes a la Unión y sus Estados miembros en el ámbito de la cooperación al desarrollo; observa que, por vez primera, son universalmente aplicables a todos los países los diecisiete Objetivos de Desarrollo Sostenible y las metas asociadas que deben alcanzarse en 2030, teniendo en cuenta el compromiso de la Unión de situarse a la vanguardia de su aplicación; señala que el Consenso ajusta la política de desarrollo de la Unión a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y define importantes medidas en el ámbito de la energía sostenible y el cambio climático;

50.

Recuerda que el artículo 8 del Reglamento sobre disposiciones comunes (RDC) establece que «los objetivos de los Fondos EIE se perseguirán de conformidad con el principio de desarrollo sostenible», así como con arreglo al objetivo de la Unión de conservar, proteger y mejorar la calidad del medio ambiente, y a sus compromisos contraídos en el marco del Acuerdo de París;

51.

Recuerda que los acuerdos de asociación y programas contemplados en el Reglamento sobre disposiciones comunes tienen como objetivo promover la eficiencia de los recursos, la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo, así como los principios horizontales de asociación, gobernanza en varios niveles, no discriminación e igualdad de género;

52.

Considera que las sinergias entre las políticas de la Unión deben reforzarse mediante una postura unificada y coherente de la Unión ante las medidas antidumping, a fin de garantizar que la industria manufacturera aproveche al máximo la transición energética;

53.

Reconoce la función vital de las regiones, ciudades y municipios a la hora de promover la apropiación de la transición energética en todo el mundo e impulsar la innovación de enfoque ascendente relacionada con el clima y la energía; solicita que se apliquen las mismas normas de calidad medioambiental a toda la energía que acceda al mercado de la Unión; expresa su preocupación por la protección de las áreas verdes urbanas;

o

o o

54.

Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros.

(1)  DO C 399 de 24.11.2017, p. 21.

(2)  DO C 36 de 29.1.2016, p. 62.

(3)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 104.

(4)  Tal como se define en el Libro Blanco de la Comisión, de 28 de marzo de 2011, titulado «Hoja de ruta hacia un espacio único europeo de transporte: por una política de transportes competitiva y sostenible» (COM(2011)0144).


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