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Document 62016TJ0720

    Sentencia del Tribunal General (Sala Novena) de 29 de noviembre de 2018.
    Aziende riunite filovie ed autolinee Srl (ARFEA) contra Comisión Europea.
    Ayudas de Estado — Compensación retroactiva de servicio público otorgada por las autoridades italianas — Servicio de transporte regional de pasajeros por autobús prestado en 1997 y 1998 sobre la base de concesiones — Decisión por la que se declara la ayuda incompatible con el mercado interior y se ordena su recuperación — Sentencia Altmark — Aplicación en el tiempo de normas de Derecho material.
    Asunto T-720/16.

    Court reports – general – 'Information on unpublished decisions' section

    Sentencia del Tribunal General (Sala Novena) de 29 de noviembre de 2018 — ARFEA/Comisión

    (Asunto T‑720/16)

    «Ayudas de Estado — Compensación retroactiva de servicio público otorgada por las autoridades italianas — Servicio de transporte regional de pasajeros por autobús prestado en 1997 y 1998 sobre la base de concesiones — Decisión por la que se declara la ayuda incompatible con el mercado interior y se ordena su recuperación — Sentencia Altmark — Aplicación en el tiempo de normas de Derecho material»

    1. 

    Procedimiento judicial — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Exposición sumaria de los motivos invocados — Inexistencia — Inadmisibilidad

    [Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 21, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 76, letra d)]

    (véase el apartado 64)

    2. 

    Ayudas otorgadas por los Estados — Competencias respectivas de la Comisión y de los órganos jurisdiccionales nacionales — Función de los órganos jurisdiccionales nacionales — Principio de fuerza de cosa juzgada — Inoponibilidad del principio de fuerza juzgada al ejercicio por la Comisión de su competencia exclusiva de control de la compatibilidad de las ayudas de Estado

    (Arts. 107 TFUE, ap. 1, y 108 TFUE, ap. 3)

    (véanse los apartados 68 a 70)

    3. 

    Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Medidas destinadas a compensar el coste de las misiones de servicio público asumidas por una empresa — Exclusión — Requisitos enunciados en la sentencia Altmark — Carácter acumulativo

    (Art. 107 TFUE, ap. 1)

    (véanse los apartados 73 a 79 y 111)

    4. 

    Competencia — Empresas encargadas de la gestión de servicios de interés económico general — Definición de servicios de interés económico general — Facultad de apreciación de los Estados miembros — Límites — Control de la Comisión limitado a los casos de error manifiesto

    (Arts. 106 TFUE, ap. 2, y 107 TFUE, ap. 1)

    (véanse los apartados 87 y 88)

    5. 

    Derecho de la Unión Europea — Principios — Protección de la confianza legítima — Límites — Aplicación de una nueva normativa a los efectos futuros de situaciones nacidas al amparo de la normativa anterior

    (véanse los apartados 122 y 123)

    6. 

    Transportes — Ayudas a los transportes — Reglamento (CE) n.o 1370/2007 — Ámbito de aplicación temporal — Aplicación a las ayudas abonadas a partir de la entrada en vigor del Reglamento, sin perjuicio de lo establecido en disposiciones transitorias

    [Arts. 107 TFUE, ap. 1, y 108 TFUE, ap. 3; Reglamento (CE) n.o 1370/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo; Reglamento (CEE) n.o 1191/69 del Consejo]

    (véanse los apartados 132, 133 y 136)

    7. 

    Ayudas otorgadas por los Estados — Ayudas existentes y ayudas nuevas — Compensación por las obligaciones de servicio público en materia de transporte regional — Exención de la obligación de notificación prevista en el artículo 17, apartado 2, del Reglamento (CEE) n.o 1191/69 — Medida que no respeta los criterios materiales de dicho Reglamento — Calificación de ayuda nueva — Obligación de notificación previa

    [Art. 108 TFUE; Reglamento (CEE) n.o 1191/69 del Consejo, art. 17, ap. 2]

    (véanse los apartados 153 a 168)

    8. 

    Ayudas otorgadas por los Estados — Recuperación de una ayuda ilegal — Prescripción decenal — Inicio del cómputo del plazo de prescripción — Fecha de concesión de la ayuda al beneficiario — Fecha que puede variar en función de la naturaleza de la ayuda de que se trate — Ayuda concedida a raíz de una resolución de un órgano jurisdiccional nacional — Fecha de concesión que coincide con la fecha en que se dicta tal resolución

    [Art. 108 TFUE, ap. 2; Reglamento (UE) 2015/1589, art. 17]

    (véanse los apartados 171 a 187)

    9. 

    Actos de las instituciones — Ámbito de aplicación temporal — Normas de procedimiento — Aplicación a los litigios pendientes en el momento de su entrada en vigor

    [Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, art. 17]

    (véanse los apartados 172 y 173)

    Objeto

    Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión (UE) 2016/2084 de la Comisión, de 10 de junio de 2016, relativa a la ayuda estatal SA.38132 (2015/C) (ex 2014/NN) — Compensación adicional para obligaciones de servicio público en favor de Arfea (DO 2016, L 321, p. 57).

    Fallo

    1) 

    Desestimar el recurso.

    2) 

    Condenar en costas a Aziende riunite filovie ed autolinee Srl (ARFEA).

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