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Document 62007CJ0339

Sumario de la sentencia

Asunto C-339/07

Christopher Seagon, que actúa en calidad de administrador judicial de Frick Teppichboden Supermärkte GmbH,

contra

Deko Marty Belgium NV

(Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof)

«Cooperación judicial en materia civil — Procedimientos de insolvencia — Órgano jurisdiccional competente»

Conclusiones del Abogado General Sr. D. Ruiz-Jarabo Colomer, presentadas el 16 de octubre de 2008   I ‐ 769

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 12 de febrero de 2009   I ‐ 791

Sumario de la sentencia

Cooperación judicial en materia civil — Procedimientos de insolvencia — Reglamento (CE) no 1346/2000

[Reglamento (CE) no 1346/2000 del Consejo, arts. 3, ap. 1, 16 y 25, considerandos 2, 4, 6 y 8]

El artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1346/2000, sobre procedimientos de insolvencia, debe interpretarse en el sentido de que los órganos jurisdiccionales del Estado miembro en cuyo territorio se ha abierto el procedimiento de insolvencia tienen competencia para conocer de una acción revocatoria por insolvencia dirigida contra un demandado cuyo domicilio social se encuentra en otro Estado miembro.

Dicha interpretación resulta del efecto útil de dicho Reglamento así como de la intención del legislador de limitar ese mismo Reglamento a disposiciones que regulen la competencia para la apertura de procedimientos de insolvencia y para decisiones emanadas directamente de dichos procedimientos, con los que están en estrecha relación.

(véanse los apartados 20, 21 y 28 y el fallo)

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