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Document 62008CJ0272

Sumario de la sentencia

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 9 de julio de 2009 — Comisión/España

(Asunto C-272/08)

«Incumplimiento de Estado — Directiva 2004/83/CE — Derecho de asilo — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»

1. 

Actos de las instituciones — Directivas — Ejecución por los Estados miembros — Adaptación del Derecho interno a una directiva sin actividad normativa (Art. 249 CE) (véanse los apartados 8 y 9)

2. 

Estados miembros — Obligaciones — Ejecución de las directivas — Incumplimiento — Justificación basada en el ordenamiento jurídico interno (Art. 226 CE) (véase el apartado 10)

Objeto

Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo señalado, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la Directiva 2004/83/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, por la que se establecen normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida (DO L 304, p. 12).

Fallo

1) 

Declarar que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2004/83/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, por la que se establecen normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida, al no haber adoptado, dentro del plazo fijado, todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en dicha Directiva.

2) 

Condenar en costas al Reino de España.

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Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 9 de julio de 2009 — Comisión/España

(Asunto C-272/08)

«Incumplimiento de Estado — Directiva 2004/83/CE — Derecho de asilo — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»

1. 

Actos de las instituciones — Directivas — Ejecución por los Estados miembros — Adaptación del Derecho interno a una directiva sin actividad normativa (Art. 249 CE) (véanse los apartados 8 y 9)

2. 

Estados miembros — Obligaciones — Ejecución de las directivas — Incumplimiento — Justificación basada en el ordenamiento jurídico interno (Art. 226 CE) (véase el apartado 10)

Objeto

Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo señalado, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la Directiva 2004/83/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, por la que se establecen normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida (DO L 304, p. 12).

Fallo

1) 

Declarar que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2004/83/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, por la que se establecen normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida, al no haber adoptado, dentro del plazo fijado, todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en dicha Directiva.

2) 

Condenar en costas al Reino de España.

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