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Document 62023CO0406

Auto del Tribunal de Justicia (Sala de Admisión a Trámite de Recursos de Casación) de 17 de octubre de 2023.
Arkadiusz Kaminski contra Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).
Recurso de casación — Marca de la Unión Europea — Admisión a trámite de recursos de casación — Artículo 170 ter del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de una cuestión para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión — Inadmisión a trámite del recurso de casación.
Asunto C-406/23 P.

Court reports – general – 'Information on unpublished decisions' section

ECLI identifier: ECLI:EU:C:2023:787

 Auto del Tribunal de Justicia (Sala de Admisión a Trámite de Recursos de Casación) de 17 de octubre de 2023 — Kaminski / EUIPO

(Asunto C‑406/23 P)

«Recurso de casación — Marca de la Unión Europea — Admisión a trámite de recursos de casación — Artículo 170 ter del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de una cuestión para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión — Inadmisión a trámite del recurso de casación»

1. 

Recurso de casación — Régimen de previa admisión a trámite — Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión — Carga de la prueba

(Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58 bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts. 170 bis, ap. 1, y 170 ter)

(véase el apartado 13)

2. 

Recurso de casación — Régimen de previa admisión a trámite — Solicitud de admisión a trámite de un recurso de casación — Requisitos de forma — Alcance

(Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58 bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts. 170 bis, ap. 1, y 170 ter)

(véanse los apartados 14 a 16)

3. 

Recurso de casación — Régimen de previa admisión a trámite — Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión — Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de la cuestión — Inadmisión a trámite

(Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58 bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts. 170 bis, ap. 1, y 170 ter)

(véanse los apartados 17, 19, 23 y 24)

4. 

Recurso de casación — Régimen de previa admisión a trámite — Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión — Cuestión que no ha sido examinada por el Tribunal de Justicia — Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de la cuestión — Inadmisión a trámite

(Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58 bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts. 170 bis, ap. 1, y 170 ter)

(véase el apartado 18)

5. 

Recurso de casación — Régimen de previa admisión a trámite — Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión — Contradicción con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia — Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de la cuestión — Inadmisión a trámite

(Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58 bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts. 170 bis, ap. 1, y 170 ter)

(véase el apartado 20)

6. 

Recurso de casación — Régimen de previa admisión a trámite — Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión — Desnaturalización de los hechos y de las pruebas — Exclusión

(Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58 bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts. 170 bis, ap. 1, y 170 ter)

(véase el apartado 21)

7. 

Recurso de casación — Régimen de previa admisión a trámite — Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión — Motivación insuficiente o contradictoria — Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de la cuestión — Inadmisión a trámite

(Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58 bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts. 170 bis, ap. 1, y 170 ter)

(véase el apartado 22)

Fallo

1) 

No admitir a trámite el recurso de casación.

2) 

Arkadiusz Kaminski cargará con sus propias costas.

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