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Document 62021TO0157

    Auto del Tribunal General (Sala Décima) de 18 de noviembre de 2021.
    RG contra Consejo de la Unión Europea.
    Recurso de anulación — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Acuerdo de Comercio y Cooperación entre, por una parte, la Unión y Euratom y, por otra parte, el Reino Unido — Decisión del Consejo relativa a la firma y a la aplicación provisional del Acuerdo de Comercio y Cooperación — Mecanismo de entrega en cumplimiento de una orden de detención — Persona detenida y privada de libertad en Irlanda tras el final del período de transición a efectos de la ejecución de una orden de detención europea emitida por el Reino Unido durante el período de transición — Inexistencia de afectación individual — Acto no reglamentario — Inadmisibilidad.
    Asunto T-157/21.

    ECLI identifier: ECLI:EU:T:2021:829

     Auto del Tribunal General (Sala Décima) de 18 de noviembre de 2021 — RG/Consejo

    (Asunto T‑157/21)

    «Recurso de anulación — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Acuerdo de Comercio y Cooperación entre, por una parte, la Unión y Euratom y, por otra parte, el Reino Unido — Decisión del Consejo relativa a la firma y a la aplicación provisional del Acuerdo de Comercio y Cooperación — Mecanismo de entrega en cumplimiento de una orden de detención — Persona detenida y privada de libertad en Irlanda tras el final del período de transición a efectos de la ejecución de una orden de detención europea emitida por el Reino Unido durante el período de transición — Inexistencia de afectación individual — Acto no reglamentario — Inadmisibilidad»

    1. 

    Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Requisitos de admisibilidad — Interés en ejercitar la acción — Legitimación — Decisión relativa a la firma y a la aplicación provisional de un acuerdo internacional — Toma en consideración del propio contenido del acuerdo internacional

    (Art. 263 TFUE, párr. 4)

    (véase el apartado 21)

    2. 

    Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que las afectan directa e individualmente — Afectación individual por un acto de carácter general — Requisitos — Decisión del Consejo relativa a la firma y a la aplicación provisional del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre, por una parte, la Unión y Euratom y, por otra parte, el Reino Unido — Recurso interpuesto por una persona buscada sobre la base de una orden de detención europea emitida antes del período de transición y cubierta por el referido Acuerdo — Inexistencia de afectación individual — Inadmisibilidad

    [Art. 263 TFUE, párr. 4; Decisión (UE) 2020/2252 del Consejo]

    (véanse los apartados 26, 27 y 29 a 32)

    3. 

    Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Concepto de acto reglamentario en el sentido del artículo 263 TFUE, párrafo cuarto — Decisión relativa a la firma y a la aplicación provisional de un acuerdo internacional — Exclusión

    [Art. 263 TFUE, párr. 4; Decisión (UE) 2020/2252 del Consejo]

    (véanse los apartados 35 y 37 a 41)

    Objeto

    Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación parcial de la Decisión (UE) 2020/2252 del Consejo, de 29 de diciembre de 2020, relativa a la firma, en nombre de la Unión, y la aplicación provisional del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra, y del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte relativo a los procedimientos de seguridad para el intercambio y la protección de información clasificada (DO 2020, L 444, p. 2).

    Fallo

    1) 

    Declarar la inadmisibilidad del recurso.

    2) 

    Sobreseer las demandas de intervención de Irlanda y de la Comisión Europea.

    3) 

    Condenar a RG a cargar, además de con sus propias costas, con las del Consejo de la Unión Europea, excepto las correspondientes a las demandas de intervención.

    4) 

    RG, el Consejo, Irlanda y la Comisión cargarán, respectivamente, con sus propias costas relativas a las demandas de intervención.

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