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Document 62017TJ0601

Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 24 de octubre de 2019.
Rubik's Brand Ltd contra Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea.
Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca de la Unión tridimensional — Cubo con caras que poseen una estructura cuadriculada — Motivos de denegación absolutos — Artículo 7, apartado 1, letra e), inciso ii), del Reglamento (CE) n.º 40/94 (actualmente artículo 7, apartado 1, letra e), inciso ii), del Reglamento (UE) n.º 2017/1001) — Signo constituido exclusivamente por la forma del producto necesaria para obtener un resultado técnico — Artículo 76, apartado 1, del Reglamento (CE) n.º 207/2009 (actualmente artículo 95, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 2017/1001) — Artículo 75, apartado 1, segunda frase, del Reglamento (CE) n.º 207/2009 (actualmente artículo 94, apartado 1, segunda frase, del Reglamento (UE) n.º 2017/1001) — Artículo 65, apartado 6, del Reglamento (CE) n.º 207/2009 (actualmente artículo 72, apartado 6, del Reglamento (UE) n.º 2017/1001).
Asunto T-601/17.

Court reports – general – 'Information on unpublished decisions' section

ECLI identifier: ECLI:EU:T:2019:765

 Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 24 de octubre de 2019 — Rubik’s Brand/EUIPO — Simba Toys (Forma de un cubo con caras que poseen una estructura cuadriculada)

(Asunto T‑601/17)

«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca de la Unión tridimensional — Cubo con caras que poseen una estructura cuadriculada — Motivos de denegación absolutos — Artículo 7, apartado 1, letra e), inciso ii), del Reglamento (CE) n.o 40/94 (actualmente artículo 7, apartado 1, letra e), inciso ii), del Reglamento (UE) n.o 2017/1001) — Signo constituido exclusivamente por la forma del producto necesaria para obtener un resultado técnico — Artículo 76, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 207/2009 (actualmente artículo 95, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 2017/1001) — Artículo 75, apartado 1, segunda frase, del Reglamento (CE) n.o 207/2009 (actualmente artículo 94, apartado 1, segunda frase, del Reglamento (UE) n.o 2017/1001) — Artículo 65, apartado 6, del Reglamento (CE) n.o 207/2009 (actualmente artículo 72, apartado 6, del Reglamento (UE) n.o 2017/1001)»

1. 

Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Signos constituidos exclusivamente por la forma del producto necesaria para la obtención de un resultado técnico — Concepto — Interpretación a la luz del interés general defendido

[Reglamento (CE) n.o 40/94 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra e), inciso ii)]

(véanse los apartados 43 a 45)

2. 

Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Signos constituidos exclusivamente por la forma del producto necesaria para la obtención de un resultado técnico — Concepto — Existencia de otras formas que permiten obtener el mismo resultado técnico — Irrelevancia a efectos del motivo de denegación

[Reglamento (CE) n.o 40/94 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra e), inciso ii)]

(véase el apartado 46)

3. 

Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Signos constituidos exclusivamente por la forma del producto necesaria para la obtención de un resultado técnico — Identificación de las características esenciales de un signo tridimensional

[Reglamento (CE) n.o 40/94 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra e), inciso ii)]

(véanse los apartados 47 a 49)

4. 

Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Signos constituidos exclusivamente por la forma del producto necesaria para la obtención de un resultado técnico — Apreciación de las características esenciales a la luz de la función técnica del producto

[Reglamento (CE) n.o 40/94 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra e), inciso ii)]

(véanse los apartados 50 a 52)

5. 

Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Signos constituidos exclusivamente por la forma del producto necesaria para la obtención de un resultado técnico — Cubo con caras que poseen una estructura cuadriculada

[Reglamento (CE) n.o 40/94 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra e), inciso ii)]

(véanse los apartados 70, 81, 84, 85, 90 a 93 y 97 a 99)

6. 

Marca de la Unión Europea — Normas de procedimiento — Examen de oficio de los hechos — Procedimiento de nulidad relativo a motivos de denegación absolutos — Examen limitado a los motivos invocados — Consideración de hechos notorios

[Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 76, ap. 1]

(véase el apartado 82)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 19 de junio de 2017 (asunto R 452/2017 1), relativa a un procedimiento de nulidad entre Simba Toys y Rubik’s Brand.

Fallo

1) 

Desestimar el recurso.

2) 

Condenar en costas a Rubik’s Brand Ltd.

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