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Document 62017CO0731

Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 5 de julio de 2018.
Nap Innova Hoteles, S.L., contra Junta Única de Resolución (JUR).
Recurso de casación — Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Recurso de anulación y de indemnización — Artículo 19 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea — Representación ante los órganos jurisdiccionales de la Unión — Abogado que no tiene la condición de tercero respecto de la recurrente — Artículos 47 y 48 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Recurso de casación en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente infundado.
Asunto C-731/17 P.

Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 5 de julio de 2018 —
Nap Innova Hoteles/JUR

(Asunto C‑731/17 P)

«Recurso de casación — Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Recurso de anulación y de indemnización — Artículo 19 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea — Representación ante los órganos jurisdiccionales de la Unión — Abogado que no tiene la condición de tercero respecto de la recurrente — Artículos 47 y 48 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Recurso de casación en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente infundado»

1. 

Recurso de casación—Objeto—Recurso de casación que incurre en el mismo vicio de forma que el recurso interpuesto ante el Tribunal General—Cuestión jurídica relativa a la admisibilidad del recurso de casación—Examen de fondo—Admisibilidad

(Art. 256 TFUE, ap. 1, párr. 2)

(véase el apartado 9)

2. 

Procedimiento judicial—Escrito de interposición del recurso—Requisitos de forma—Requisitos relativos al firmante—Calidad de tercero respecto a las partes—Sociedad representada por un abogado que es al mismo tiempo administrador y socio de la recurrente—Incumplimiento del requisito de independencia—Inadmisibilidad

(Art. 256 TFUE, ap. 1, párr. 2; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 47; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 19)

(véanse los apartados 11, 19 y 20)

3. 

Recurso de casación—Motivos—No determinación del error de Derecho invocado—Motivo que carece de precisión—Inadmisibilidad

(Art. 256 TFUE, ap. 1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art. 169, ap. 2)

(véanse los apartados 24, 25 y 34)

4. 

Recurso de casación—Motivos—Control por el Tribunal de Justicia de las normas de Derecho nacional invocadas por una de las partes—Exclusión—Inadmisibilidad

(Art. 256 TFUE, ap. 1, párr. 2; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1)

(véanse los apartados 31 y 32)

Fallo

1) 

Desestimar el recurso de casación, por ser en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente infundado.

2) 

Nap Innova Hoteles, S.L., cargará con sus propias costas.

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