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Document 62017CJ0595

    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 24 de octubre de 2018.
    Apple Sales International y otros contra MJA, en qualité de mandataire liquidateur de eBizcuss.com (eBizcuss).
    Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Competencia judicial en materia civil y mercantil — Reglamento (CE) n.o 44/2001 — Artículo 23 — Cláusula atributiva de competencia estipulada en un contrato de distribución — Acción indemnizatoria del distribuidor basada en la infracción del artículo 102 TFUE por el proveedor.
    Asunto C-595/17.

    Court reports – general – 'Information on unpublished decisions' section

    Asunto C‑595/17

    Apple Sales International y otros

    contra

    MJA

    [Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de Casación (Francia)]

    «Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Competencia judicial en materia civil y mercantil — Reglamento (CE) n.o 44/2001 — Artículo 23 — Cláusula atributiva de competencia estipulada en un contrato de distribución — Acción indemnizatoria del distribuidor basada en la infracción del artículo 102 TFUE por el proveedor»

    Sumario — Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 24 de octubre de 2018

    1. Cooperación judicial en materia civil — Competencia judicial y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil — Reglamento (CE) n.o 44/2001 — Prórroga de competencia — Convenio atributivo de competencia — Cláusula atributiva de competencia estipulada en un contrato de distribución — Acción indemnizatoria del distribuidor basada en la infracción del artículo 102 TFUE por el proveedor — Aplicación de la cláusula atributiva de competencia — Procedencia

      [Reglamento (CE) n.o 44/2001 del Consejo, art. 23]

    2. Cooperación judicial en materia civil — Competencia judicial y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil — Reglamento (CE) n.o 44/2001 — Prórroga de competencia — Convenio atributivo de competencia — Cláusula atributiva de competencia estipulada en un contrato de distribución — Acción indemnizatoria del distribuidor basada en la infracción del artículo 102 TFUE por el proveedor — Aplicación de la cláusula atributiva de competencia — Requisitos — Constatación previa de una infracción del Derecho de la competencia por una autoridad nacional o europea — Exclusión

      [Reglamento (CE) n.o 44/2001 del Consejo, art. 23]

    1.  El artículo 23 del Reglamento (CE) n.o 44/2001, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, debe interpretarse en el sentido de que no cabe excluir la aplicación, respecto a una acción por daños y perjuicios ejercitada por un distribuidor contra su proveedor sobre la base del artículo 102 TFUE, de una cláusula atributiva de competencia contenida en el contrato celebrado entre las partes por la sola razón de que esta cláusula no haga referencia expresa a los litigios relativos a la responsabilidad derivada de una infracción del Derecho de la competencia.

      (véase el apartado 30 y el punto 1 del fallo)

    2.  El artículo 23 del Reglamento n.o 44/2001 debe interpretarse en el sentido de que la aplicación de una cláusula atributiva de competencia en el marco de una acción por daños y perjuicios ejercitada por un distribuidor contra su proveedor sobre la base del artículo 102 TFUE no depende de la constatación previa de una infracción del Derecho de la competencia por una autoridad nacional o europea.

      (véase el apartado 36 y el punto 2 del fallo)

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