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Document 62016TJ0278

    Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda ampliada) de 20 de septiembre de 2023.
    Atlas Copco Airpower y otros contra Comisión Europea.
    Ayudas de Estado — Régimen de ayudas ejecutado por el Reino de Bélgica — Decisión por la que se declara el régimen de ayudas incompatible con el mercado interior e ilegal y se ordena la recuperación de la ayuda abonada — Decisión fiscal anticipada (tax ruling) — Beneficios imponibles — Exención de los beneficios extraordinarios — Ventaja — Carácter selectivo — Recuperación.
    Asuntos T-278/16 y T-370/16.

    Court reports – general – 'Information on unpublished decisions' section

    ECLI identifier: ECLI:EU:T:2023:568

     Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda ampliada) de 20 de septiembre de 2023 —
    Atlas Copco Airpower y otros/Comisión

    (Asuntos T‑278/16 y T‑370/16) ( 1 )

    «Ayudas de Estado — Régimen de ayudas ejecutado por el Reino de Bélgica — Decisión por la que se declara el régimen de ayudas incompatible con el mercado interior e ilegal y se ordena la recuperación de la ayuda abonada — Decisión fiscal anticipada (tax ruling) — Beneficios imponibles — Exención de los beneficios extraordinarios — Ventaja — Carácter selectivo — Recuperación»

    1. 

    Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Medidas fiscales — Decisión fiscal anticipada — Marco de referencia para determinar la existencia de una ventaja y su selectividad — Consideración únicamente del Derecho nacional — No inclusión en el marco de referencia de una práctica administrativa contraria a la legislación aplicable — Procedencia

    (Art. 107 TFUE, ap. 1)

    (véanse los apartados 24 a 80)

    2. 

    Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Medidas fiscales — Examen conjunto de los criterios de selectividad y de ventaja económica — Procedencia

    (Art. 107 TFUE, ap. 1)

    (véanse los apartados 82 a 84 y 91 a 93)

    3. 

    Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Concesión de una ventaja a los beneficiarios — Medida que otorga una ventaja fiscal — Decisión fiscal anticipada — Exención fiscal que resulta de una práctica administrativa contraria a la legislación aplicable — Exención fiscal que da lugar a una reducción de la carga fiscal en relación con la resultante de la aplicación de las normas tributarias ordinarias — Inclusión

    (Art. 107 TFUE, ap. 1)

    (véanse los apartados 94 a 103)

    4. 

    Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Carácter selectivo de la medida — Excepción al sistema tributario general — Diferenciación entre empresas que se encuentran en una situación fáctica y jurídica comparable — Criterios de apreciación — Comparación a la luz del objetivo perseguido por el régimen tributario común en su conjunto

    (Art. 107 TFUE, ap. 1)

    (véanse los apartados 109 a 157)

    5. 

    Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Carácter selectivo de la medida — Excepción al sistema tributario general — Justificación basada en la naturaleza y en la estructura del sistema — Exención fiscal que no responde de manera necesaria y proporcionada a situaciones de doble imposición — Inexistencia de justificación

    (Art. 107 TFUE, ap. 1)

    (véanse los apartados 162 a 169)

    6. 

    Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Decisión de la Comisión en materia de ayudas de Estado — Decisión por la que se declara la incompatibilidad de una ayuda con el mercado interior y se ordena su recuperación — Decisión que contiene indicaciones que permiten a su destinatario determinar el importe que debe recuperarse y los beneficiarios que deben devolver las ayudas — Motivación suficiente

    [Arts. 108 TFUE y 296 TFUE; Reglamento (UE) n.o 2015/1589 del Consejo, art. 16]

    (véanse los apartados 180 a 182)

    7. 

    Ayudas otorgadas por los Estados — Recuperación de una ayuda ilegal — Ayuda concedida en forma de exención fiscal — Reducciones de las cargas fiscales de entidades nacionales pertenecientes a grupos multinacionales — Identificación de las entidades nacionales y de los grupos multinacionales como beneficiarios de la ayuda — Inexistencia de error manifiesto de apreciación — Recuperación ordenada de los grupos multinacionales afectados — Inexistencia de violación de los principios de seguridad jurídica y de legalidad

    [Arts. 107 TFUE, ap. 1, y 108 TFUE, ap. 2; Reglamento (UE) n.o 2015/1589 del Consejo, art. 16]

    (véanse los apartados 186 a 200)

    8. 

    Ayudas otorgadas por los Estados — Procedimiento administrativo — Obligaciones de la Comisión — Examen diligente e imparcial — Toma en consideración de los datos más completos y fiables posibles — Alcance de la obligación — Principio de buena administración — Violación — Inexistencia

    (Art. 108 TFUE, ap. 2)

    (véanse los apartados 206 a 212)

    Fallo

    1) 

    Acumular los asuntos T‑278/16 y T‑370/16 a efectos de la presente sentencia.

    2) 

    Desestimar los recursos.

    3) 

    Atlas Copco Airpower y Atlas Copco AB cargarán, además de con sus propias costas, con las de la Comisión Europea, en el asunto T‑278/16.

    4) 

    Anheuser-Busch Inbev y Ampar cargarán, además de con sus propias costas, con las de la Comisión, en el asunto T‑370/16.


    ( 1 ) DO C 279 de 1.8.2016.

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