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Document 62016CJ0058

    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 6 de abril de 2017.
    Comisión Europea contra República Federal de Alemania.
    Incumplimiento de Estado — Mejora de la protección portuaria — Directiva 2005/65/CE — Artículos 2, apartado 3, 6, 7 y 9 — Infracción — Inexistencia de una evaluación de la protección portuaria — Límites del puerto, plan de protección portuaria y oficial de protección portuaria — Inexistencia de una definición.
    Asunto C-58/16.

    Court reports – general – 'Information on unpublished decisions' section

    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava)
    de 6 de abril de 2017 — Comisión/Alemania

    (Asunto C‑58/16) ( 1 )

    «Incumplimiento de Estado — Mejora de la protección portuaria — Directiva 2005/65/CE — Artículos 2, apartado 3, 6, 7 y 9 — Infracción — Inexistencia de una evaluación de la protección portuaria — Límites del puerto, plan de protección portuaria y oficial de protección portuaria — Inexistencia de una definición»

    1. 

    Recurso por incumplimiento—Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia—Situación que debe considerarse—Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado

    (Art. 258 TFUE)

    (véanse los apartados 30 y 31)

    2. 

    Actos de las instituciones—Directivas—Ejecución por los Estados miembros—Adaptación del ordenamiento jurídico nacional a una directiva—Exigencias de claridad y de seguridad jurídica

    (Art. 288 TFUE, párr. 3)

    (véase el apartado 32)

    3. 

    Estados miembros—Obligaciones—Ejecución de las directivas—Incumplimiento—Justificación basada en el ordenamiento jurídico interno—Improcedencia

    (Art. 258 TFUE)

    (véanse los apartados 35 y 36)

    Fallo

    1) 

    Declarar que la República Federal de Alemania ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 2, apartado 3, 6, 7 y 9 de la Directiva 2005/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, sobre mejora de la protección portuaria, en la medida en que no ha velado por que se fijen los límites de los puertos, se aprueben evaluaciones y planes de protección portuaria, y se faculten oficiales de protección portuaria en los puertos alemanes de Düsseldorf, Köln-Niehl I, Godorf, Duisburg-Rheinhausen, Neuss, Duisburg Außen-/Parallelhafen, Krefeld-Linn, Stromhafen Krefeld, Duisburg Ruhrort-Meiderich, Gelsenkirchen y Mülheim, del Land de Renania del Norte-Westfalia (Alemania).

    2) 

    Condenar en costas a la República Federal de Alemania.


    ( 1 ) DO C 118 de 4.4.2016.

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