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Document 62015TJ0370
Sentencia del Tribunal General (Sala de Casación) de 5 de octubre de 2016.
CJ contra Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC).
Recurso de casación — Función pública — Agente contractual — Contrato de duración determinada — Resolución — Pérdida de la confianza — Derecho a ser oído.
Asunto T-370/15 P.
Sentencia del Tribunal General (Sala de Casación) de 5 de octubre de 2016.
CJ contra Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC).
Recurso de casación — Función pública — Agente contractual — Contrato de duración determinada — Resolución — Pérdida de la confianza — Derecho a ser oído.
Asunto T-370/15 P.
Court reports – general – 'Information on unpublished decisions' section
Sentencia del Tribunal General (Sala de Casación) de 5 de octubre de 2016 — CJ/ECDC
(Asunto T‑370/15 P)
«Recurso de casación — Función pública — Agente contractual — Contrato de duración determinada — Resolución — Pérdida de la confianza — Derecho a ser oído»
1. |
Funcionarios — Agentes temporales y agentes contractuales — Resolución anticipada de un contrato de duración determinada con previo aviso — Facultad de apreciación de la administración — Obligación de incoar un procedimiento disciplinario — Inexistencia [Régimen aplicable a los otros agentes, arts. 47, letra b), y 49, ap. 1] (véase el apartado 68) |
2. |
Funcionarios — Principios — Derecho de defensa — Obligación de oír al interesado antes de adoptar un acto lesivo para éste — Alcance [Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 41, ap. 2, letra a); Estatuto de los Funcionarios, anexo IX, art. 1, ap. 1] (véanse los apartados 87 y 88) |
3. |
Recursos de funcionarios — Objeto — Orden conminatoria dirigida a la administración — Inadmisibilidad (Art. 266 TFUE; Estatuto de los Funcionarios, art. 91) (véase el apartado 109) |
4. |
Funcionarios — Agentes contractuales — Resolución anticipada de un contrato de duración determinada con previo aviso — Justificación basada en la ruptura del vínculo de confianza — Control jurisdiccional — Límites [Régimen aplicable a los otros agentes, art. 47, letra b), inciso ii)] (véase el apartado 165) |
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (Sala Segunda) de 29 de abril de 2015, CJ/ECDC (F‑159/12 y F‑161/12, EU:F:2015:38), y que tiene por objeto la anulación de dicha sentencia.
Fallo
1) |
Desestimar el recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (Sala Segunda) de 29 de abril de 2015, CJ/ECDC (F‑159/12 y F‑161/12, EU:F:2015:38), en lo que concierne al asunto F‑159/12. |
2) |
CJ cargará con sus propias costas y con las del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC), correspondientes al asunto F‑159/12, derivadas de la presente instancia. |
3) |
Anular los puntos 3 y 5 del fallo de la sentencia del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (Sala Segunda) de 29 de abril de 2015, CJ/ECDC (F‑159/12 y F‑161/12, EU:F:2015:38). |
4) |
Devolver los autos del asunto F‑161/12 a una Sala distinta de la que conoció del presente recurso de casación, para que resuelva aquél. |
5) |
Reservar la decisión sobre las costas del asunto F‑161/12 derivadas del presente procedimiento. |