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Document 62015TJ0339

    Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 16 de abril de 2018.
    Polski Koncern Naftowy Orlen SA contra Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea.
    Marca de la Unión Europea — Solicitud de marcas tridimensionales de la Unión — Forma de estación de servicio — Motivo de denegación absoluto — Carácter distintivo — Artículo 65, apartado 4, del Reglamento (CE) n.º 207/2009 [actualmente artículo 72, apartado 4, del Reglamento (UE) 2017/1001] — Actos que hubieran estimado íntegramente las pretensiones de la demandante — Resolución sobre devolución del asunto adoptada por la sala de recurso — Carácter vinculante de la fundamentación de esa resolución de devolución — Admisibilidad — Obligación de motivación.
    Asuntos T-339/15 a T-343/15.

    Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 16 de abril de 2018 — Polski Koncern Naftowy Orlen/EUIPO (Forma de estación de servicio)

    (Asuntos T‑339/15 a T‑343/15)

    «Marca de la Unión Europea — Solicitud de marcas tridimensionales de la Unión — Forma de estación de servicio — Motivo de denegación absoluto — Carácter distintivo — Artículo 65, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 72, apartado 4, del Reglamento (UE) 2017/1001] — Actos que hubieran estimado íntegramente las pretensiones de la demandante — Resolución sobre devolución del asunto adoptada por la sala de recurso — Carácter vinculante de la fundamentación de esa resolución de devolución — Admisibilidad — Obligación de motivación»

    1. 

    Marca de la Unión Europea—Procedimiento de recurso—Personas legitimadas para interponer el recurso y para ser parte en el procedimiento—Personas cuyas pretensiones no son acogidas por una resolución—Resolución que estima una oposición al registro de una marca, basada en la existencia de riesgo de confusión con una marca anterior, sin reconocer a esta un especial carácter distintivo—Inexistencia de interés en ejercitar la acción—Inadmisibilidad

    [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 65, ap. 4]

    (véanse los apartados 29 y 30)

    2. 

    Marca de la Unión Europea—Procedimiento de recurso—Personas legitimadas para interponer el recurso y para ser parte en el procedimiento—Personas cuyas pretensiones no son acogidas por una resolución—Resolución por la que se devuelve el asunto a la instancia inferior para su nuevo examen

    [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, arts. 64, ap. 2, y 65, ap. 4]

    (véase el apartado 32)

    3. 

    Marca de la Unión Europea—Normas de procedimiento—Motivación de las resoluciones—Artículo 75, primera frase, del Reglamento (CE) n.o 207/2009—Alcance idéntico al del artículo 296 TFUE—Formalidad esencial

    [Art. 296 TFUE; Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 75, primera frase]

    (véase el apartado 33)

    4. 

    Marca de la Unión Europea—Resoluciones de la Oficina—Principio de igualdad de trato—Principio de buena administración—Práctica decisoria anterior de la Oficina—Principio de legalidad—Necesidad de efectuar un examen estricto y completo en cada caso concreto

    [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo]

    (véase el apartado 34)

    5. 

    Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación absolutos—Examen de los motivos de denegación en relación con cada uno de los productos o servicios comprendidos en la solicitud de registro—Obligación de motivación de la denegación de registro—Alcance

    [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, arts. 7, ap. 1, y 75, primera frase]

    (véanse los apartados 35 a 39)

    Objeto

    Cinco recursos interpuestos contra las resoluciones de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 2 de abril de 2015 (asuntos R 2245/2014‑5, R 2247/2014‑5, R 2248/2014‑5, R 2249/2014‑5 y R 2250/2014‑5), relativas a solicitudes de registro como marcas de la Unión Europea de signos tridimensionales consistentes en la forma de una estación de servicio.

    Fallo

    1) 

    Acumular los asuntos T‑339/15 a T‑343/15 a efectos de la sentencia.

    2) 

    Declarar la inadmisibilidad de los recursos respecto de los bienes y servicios que no forman parte del surtido habitual de las estaciones de servicio (combustible de aviación, coque de petróleo, xilenos y venta de combustible al por mayor).

    3) 

    Anular, por lo que se refiere a los bienes y servicios distintos de los que no forman parte del surtido habitual de las estaciones de servicio (combustible de aviación, coque de petróleo, xilenos y venta de combustible al por mayor) y que sí quedan cubiertos por las marcas solicitadas, las resoluciones de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 2 de abril de 2015 (asuntos R 2245/2014‑5, R 2247/2014‑5, R 2248/2014‑5, R 2249/2014‑5 y R 2250/2014‑5).

    4) 

    Condenar a la EUIPO a cargar con sus propias costas y con cuatro quintos de las costas de Polski Koncern Naftowy Orlen SA. Condenar a esta a cargar con un quinto de sus propias costas.

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