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Document 62015TJ0233

    Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 10 de octubre de 2017.
    Cofra Holding AG contra Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea.
    Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca denominativa de la Unión 1841 — Marca denominativa nacional anterior AD‑1841‑TY — Motivo de denegación relativo — Uso efectivo de la marca anterior — Consideración de pruebas complementarias — Artículo 57, apartado 2, y artículo 76, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 207/2009 [actualmente artículo 64, apartado 2, y artículo 95, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1001] — Regla 40, apartado 6, del Reglamento (CE) n.º 2868/95 [actualmente artículo 19, apartado 2, del Reglamento Delegado (UE) 2017/1430] — Artículo 15, apartado 1, párrafo segundo, letra a), del Reglamento n.º 207/2009 [actualmente artículo 18, apartado 1, párrafo segundo, letra a), del Reglamento 2017/1001] — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento n.º 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento 2017/1001].
    Asunto T-233/15.

    Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 10 de octubre de 2017 —
    Cofra/EUIPO — Armand Thiery (1841)

    (Asunto T‑233/15)

    «Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca denominativa de la Unión 1841 — Marca denominativa nacional anterior AD‑1841‑TY — Motivo de denegación relativo — Uso efectivo de la marca anterior — Consideración de pruebas complementarias — Artículo 57, apartado 2, y artículo 76, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 64, apartado 2, y artículo 95, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1001] — Regla 40, apartado 6, del Reglamento (CE) n.o 2868/95 [actualmente artículo 19, apartado 2, del Reglamento Delegado (UE) 2017/1430] — Artículo 15, apartado 1, párrafo segundo, letra a), del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 18, apartado 1, párrafo segundo, letra a), del Reglamento 2017/1001] — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento 2017/1001]»

    1. 

    Marca de la Unión Europea—Normas de procedimiento—Procedimiento de nulidad—Hechos y pruebas no presentados en apoyo de la solicitud de nulidad en el plazo fijado a tal efecto—Consideración—Facultad de apreciación de la Sala de Recurso

    [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, arts. 57, aps. 1, 2 y 3, y 76, ap. 2; Reglamento (CE) n.o 2868/95 de la Comisión, art. 1, regla 40, ap. 6]

    (véanse los apartados 23 a 28, 34, 36 y 37)

    2. 

    Marca de la Unión Europea—Renuncia, caducidad y nulidad—Examen de la solicitud—Prueba del uso de la marca anterior—Uso efectivo—Concepto—Interpretación habida cuenta de la ratio legis del artículo 57, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) no 207/2009

    [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, considerando 10 y art. 57, aps. 2 y 3]

    (véase el apartado 41)

    3. 

    Marca de la Unión Europea—Renuncia, caducidad y nulidad—Examen de la solicitud—Prueba del uso de la marca anterior—Uso efectivo—Concepto—Criterios de apreciación

    [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 57, aps. 2 y 3]

    (véanse los apartados 42, 50, 52, 56, 57, 60 y 63)

    4. 

    Marca de la Unión Europea—Renuncia, caducidad y nulidad—Examen de la solicitud—Prueba del uso de la marca anterior—Uso efectivo—Aplicación de los criterios al caso concreto

    [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 57, aps. 2 y 3]

    (véase el apartado 58)

    5. 

    Marca de la Unión Europea—Renuncia, caducidad y nulidad—Examen de la solicitud—Prueba del uso de la marca anterior—Empleo de la marca en una forma que difiere en elementos que no alteran el carácter distintivo de la marca—Objeto y ámbito de aplicación del artículo 15, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) n.o 207/2009

    [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, arts. 15, ap. 1, letra a), y 57, ap. 2]

    (véanse los apartados 67 a 69)

    6. 

    Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares—Riesgo de confusión con la marca anterior—Criterios de apreciación

    [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

    (véanse los apartados 80, 81 y 114)

    7. 

    Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares—Riesgo de confusión con la marca anterior—Apreciación del riesgo de confusión—Nivel de atención del público

    [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

    (véase el apartado 83)

    8. 

    Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares—Similitud entre los productos o servicios de que se trata—Criterios de apreciación

    [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

    (véase el apartado 85)

    9. 

    Marca de la Unión Europea—Renuncia, caducidad y nulidad—Causas de nulidad relativa—Existencia de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares—Riesgo de confusión con la marca anterior—Marcas denominativas 1841 y AD‑1841‑TY

    [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, arts. 8, ap. 1, letra b), y 53, ap. 1, letra a)]

    (véanse los apartados 86, 113, 116, 117 y 119)

    10. 

    Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares—Similitud entre los productos o servicios de que se trata—Criterios de apreciación

    [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

    (véanse los apartados 87 y 88)

    11. 

    Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares—Riesgo de confusión con la marca anterior—Similitud entre las marcas de que se trata—Capacidad de las divergencias conceptuales para neutralizar las similitudes visuales o fonéticas—Requisitos

    [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

    (véase el apartado 110)

    12. 

    Marca de la Unión Europea—Procedimiento de recurso—Recurso ante el juez de la Unión—Competencia del Tribunal General—Control de la legalidad de las resoluciones adoptadas por las Salas de Recurso—Nuevo examen de las circunstancias de hecho a la luz de pruebas no presentadas con anterioridad ante los órganos de la Oficina—Exclusión

    [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 65]

    (véase el apartado 122)

    13. 

    Procedimiento judicial—Costas—Contencioso relativo a los derechos de propiedad intelectual—Costas recuperables—Gastos indispensables en que hubieran incurrido las partes con motivo del procedimiento ante la Sala de Recurso

    (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 190, ap. 2)

    (véanse los apartados 124 a 128)

    Objeto

    Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 26 de febrero de 2015 (asunto R 805/2014‑1), relativa a un procedimiento de nulidad entre Armand Thiery y Cofra Holding.

    Fallo

    1) 

    Desestimar el recurso.

    2) 

    Cofra Holding AG cargará con sus propias costas y con aquellas en que hayan incurrido, en el marco del presente procedimiento, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y Armand Thiery SAS.

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