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Document 62014TJ0438

    Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 12 de julio de 2018.
    Silec Cable y General Cable Corp. contra Comisión Europea.
    Competencia — Prácticas colusorias — Mercado europeo de cables de energía — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 101 TFUE — Concepto de empresa — Sucesión económica — Infracción única y continua — Prueba de la infracción — Distanciamiento público — Duración de la participación — Igualdad de trato — Gravedad de la infracción — Competencia jurisdiccional plena.
    Asunto T-438/14.

    Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 12 de julio de 2018 — Silec Cable y General Cable/Comisión

    (Asunto T‑438/14)

    «Competencia — Prácticas colusorias — Mercado europeo de cables de energía — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 101 TFUE — Concepto de empresa — Sucesión económica — Infracción única y continua — Prueba de la infracción — Distanciamiento público — Duración de la participación — Igualdad de trato — Gravedad de la infracción — Competencia jurisdiccional plena»

    1. 

    Competencia — Normas de la Unión — Infracciones — Imputación — Empresa — Concepto — Unidad económica

    (Art. 101 TFUE)

    (véanse los apartados 32 a 41)

    2. 

    Competencia — Procedimiento administrativo — Decisión de la Comisión por la que se declara la existencia de una infracción — Prueba de la infracción y de su duración a cargo de la Comisión — Modo de prueba — Utilización de un conjunto de indicios — Grado de fuerza probatoria exigido en relación con cada uno de los indicios — Admisibilidad de la apreciación global de un conjunto de indicios — Respeto del principio de presunción de inocencia

    (Art. 101 TFUE, ap. 1; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 48)

    (véanse los apartados 62 a 68, 116 a 122 y 143 a 145)

    3. 

    Competencia — Normas de la Unión — Infracciones — Imputación — Aplicación de un programa de adecuación para atenerse a las normas sobre competencia — Toma en consideración no imperativa

    (Art. 101 TFUE, ap. 1)

    (véase el apartado 72)

    4. 

    Competencia — Procedimiento administrativo — Decisión de la Comisión por la que se declara la existencia de una infracción — Prueba de la infracción y de su duración a cargo de la Comisión — Alcance de la carga de la prueba — Prueba del cese de la infracción — Inexistencia de distanciamiento con respecto a las decisiones adoptadas — Distanciamiento público — Criterios de apreciación

    (Art. 101 TFUE, ap. 1)

    (véanse los apartados 150 a 165)

    5. 

    Competencia — Procedimiento administrativo — Decisión de la Comisión por la que se declara la existencia de una infracción — Prueba de la infracción y de su duración a cargo de la Comisión — Alcance de la carga de la prueba — Infracción única y continua — Falta de pruebas por lo que respecta a determinados períodos concretos del período global considerado — Irrelevancia

    (Art. 101 TFUE, ap. 1)

    (véase el apartado 174)

    6. 

    Competencia — Multas — Apreciación en función del comportamiento individual de la empresa — Relevancia de la no imposición de sanción a otro agente económico — Inexistencia — Respeto del principio de igualdad de trato que debe conciliarse con el respeto del principio de legalidad

    [Art. 101 TFUE, ap. 1; Reglamento (CE) n.o 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2]

    (véanse los apartados 187 y 188)

    Objeto

    Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita, con carácter principal, la anulación de la Decisión C(2014) 2139 final de la Comisión, de 2 de abril de 2014, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101 [TFUE] y del artículo 53 del Acuerdo EEE (Asunto AT.39610 — Cables de energía), en cuanto se refiere a las demandantes, y, con carácter subsidiario, la reducción del importe de las multas impuestas a estas.

    Fallo

    1) 

    Desestimar el recurso.

    2) 

    Condenar en costas a Silec Cable SAS y General Cable Corp.

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