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Document 62013TJ0308

    Repsol/OHMI - Adell Argiles (ELECTROLINERA)

    Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 18 de noviembre de 2014 — Repsol/OAMI — Adell Argiles (ELECTROLINERA)

    (Asunto T‑308/13)

    «Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa ELECTROLINERA — Marca nacional denominativa anterior ELECTROLINERA — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009»

    1. 

    Marca comunitaria — Procedimiento de recurso — Recurso ante el juez de la Unión — Competencia del Tribunal General — Nuevo examen de los hechos a la luz de pruebas presentadas por primera vez ante él — Exclusión [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 65] (véase el apartado 20)

    2. 

    Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 25, 26 y 75)

    3. 

    Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre los productos o servicios de que se trata — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 29)

    4. 

    Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre los productos o servicios de que se trata — Carácter complementario de los productos o servicios [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 30)

    5. 

    Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marcas denominativas ELECTROLINERA [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 80 y 83 a 86)

    Objeto

    Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 7 de marzo de 2013 (asunto R 1565/2012-1) relativa a un procedimiento de oposición entre el Sr. Josep Maria Adell Argiles y Repsol, S.A.

    Fallo

    1) 

    Anular la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 7 de marzo de 2013 (asunto R 1565/2012-1) relativa a un procedimiento de oposición entre el Sr. Josep Maria Adell Argiles y Repsol, S.A., en lo que atañe a los «aceites y grasas para uso industrial; lubricantes; combustibles (incluida la gasolina para motores)» comprendidos en la clase 4 del Arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas, de 15 de junio de 1957, en su versión revisada y modificada.

    2) 

    Desestimar el recurso en todo lo demás.

    3) 

    Cada parte cargará con sus propias costas.

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