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Document 62013TJ0297
Junited Autoglas Deutschland/OHMI - Belron Hungary (United Autoglas)
Junited Autoglas Deutschland/OHMI - Belron Hungary (United Autoglas)
Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 16 de octubre de 2014 — Junited Autoglas Deutschland/OAMI — Belron Hungary (United Autoglas)
(Asunto T‑297/13)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa United Autoglas — Marca nacional figurativa anterior AUTOGLASS — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009»
1. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 19 a 21 y 60) |
2. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 25, 27, 41, 47 y 50) |
3. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marca denominativa United Autoglas y marca figurativa AUTOGLASS [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 31 a 36, 53, 59, 63 y 64) |
4. |
Marca comunitaria — Resoluciones de la Oficina — Legalidad — Examen por el juez comunitario — Criterios [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo] (véase el apartado 38) |
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 3 de abril de 2013 (asunto R 206/2012-2) relativa a un procedimiento de oposición entre Belron Hungary Kft — Zug Branch y Junited Autoglas Deutschland GmbH & Co. KG.
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Condenar en costas a Junited Autoglas Deutschland GmbH & Co. KG. |
Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 16 de octubre de 2014 — Junited Autoglas Deutschland/OAMI — Belron Hungary (United Autoglas)
(Asunto T‑297/13)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa United Autoglas — Marca nacional figurativa anterior AUTOGLASS — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009»
1. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 19 a 21 y 60) |
2. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 25, 27, 41, 47 y 50) |
3. |
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marca denominativa United Autoglas y marca figurativa AUTOGLASS [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 31 a 36, 53, 59, 63 y 64) |
4. |
Marca comunitaria — Resoluciones de la Oficina — Legalidad — Examen por el juez comunitario — Criterios [Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo] (véase el apartado 38) |
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 3 de abril de 2013 (asunto R 206/2012-2) relativa a un procedimiento de oposición entre Belron Hungary Kft — Zug Branch y Junited Autoglas Deutschland GmbH & Co. KG.
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Condenar en costas a Junited Autoglas Deutschland GmbH & Co. KG. |