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Document 62009CJ0427

    Sumario de la sentencia

    Palabras clave
    Índice

    Palabras clave

    Aproximación de las legislaciones — Legislaciones uniformes — Propiedad industrial y comercial — Derecho de patente — Certificado complementario de protección para los medicamentos — Ámbito de aplicación

    [Reglamento (CEE) nº 1768/92 del Consejo, art. 2; Directiva 65/65/CEE del Consejo]

    Índice

    Un producto que, como medicamento para uso humano, ha sido comercializado en la Comunidad Europea antes de haber obtenido una autorización de comercialización con arreglo a la Directiva 65/65, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas, sobre especialidades farmacéuticas, en su versión modificada por la Directiva 89/341, y, en particular, sin haberse sometido a pruebas de inocuidad y eficacia, no está comprendido en el ámbito de aplicación del Reglamento nº 1768/92, relativo a la creación de un certificado complementario de protección para los medicamentos, en su versión modificada por el Acta relativa a las condiciones de adhesión de la República de Austria, de la República de Finlandia y del Reino de Suecia y a las adaptaciones de los Tratados en los que se basa la Unión Europea, establecido en el artículo 2 de este Reglamento, en su versión modificada, y no puede ser objeto de un certificado complementario de protección.

    (véanse el apartado 36 y el fallo)

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