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Document 62008CJ0527

    Sumario de la sentencia

    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 3 de septiembre de 2009 — Comisión/Reino Unido

    (Asunto C-527/08)

    «Incumplimiento de Estado — Directiva 2005/65/CE — Política de transportes — Protección de las instalaciones portuarias — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»

    Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art. 226 CE) (véase el apartado 9)

    Objeto

    Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo señalado, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva 2005/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, sobre mejora de la protección portuaria (DO L 310, p. 28).

    Fallo

    1) 

    Declarar que el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 18 de la Directiva 2005/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, sobre mejora de la protección portuaria, al no haber adoptado, dentro del plazo señalado, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en dicha Directiva.

    2) 

    Condenar en Costas al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

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    Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 3 de septiembre de 2009 — Comisión/Reino Unido

    (Asunto C-527/08)

    «Incumplimiento de Estado — Directiva 2005/65/CE — Política de transportes — Protección de las instalaciones portuarias — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»

    Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art. 226 CE) (véase el apartado 9)

    Objeto

    Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo señalado, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva 2005/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, sobre mejora de la protección portuaria (DO L 310, p. 28).

    Fallo

    1) 

    Declarar que el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 18 de la Directiva 2005/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, sobre mejora de la protección portuaria, al no haber adoptado, dentro del plazo señalado, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en dicha Directiva.

    2) 

    Condenar en Costas al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

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