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Document 62008CJ0458

Sumario de la sentencia

Palabras clave
Índice

Palabras clave

1. Recurso por incumplimiento — Objeto del litigio — Determinación durante el procedimiento administrativo previo — Precisión de las imputaciones iniciales en el escrito de interposición del recurso — Procedencia

(Art. 226 CE)

2. Libre prestación de servicios — Restricciones — Sector de la construcción

(Art. 49 CE)

Índice

1. El hecho de que la Comisión detalle en su recurso las alegaciones, ya formuladas de manera más general en el escrito de requerimiento y en el dictamen motivado, que justifican su conclusión sobre el incumplimiento imputado, simplemente ahondando en las razones por las que considera que un régimen es incompatible con la libre prestación de servicios, no modifica el objeto de dicho incumplimiento ni tiene ninguna influencia en el alcance del litigio.

(véase el apartado 47)

2. Un Estado miembro incumple las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 49 CE al exigir a los prestadores de servicios de construcción establecidos en otro Estado miembro el cumplimiento de todos los requisitos a los que el régimen nacional del Estado miembro de que se trate supedite la obtención de una autorización para ejercer una actividad en el sector de la construcción y al excluir, por tanto, que se tengan debidamente en cuenta las obligaciones equivalentes que se imponen a estos prestadores en el Estado miembro en que se encuentran establecidos, así como las verificaciones ya efectuadas a este respecto por las autoridades de este último Estado.

Las restricciones al artículo 49 CE sólo pueden considerarse justificadas en la medida en que el interés general que la legislación nacional pretende proteger no quede salvaguardado por las normas a las que está sujeto el prestador en el Estado miembro en el que está establecido.

(véanse los apartados 100 y 108 y el fallo)

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